Contáctenos

Judicial

Preventiva para las mujeres implicadas en el crimen de Claudio Gamarra

Quedaron en prisión preventiva por 90 días dos mujeres de 26 y 30 años a las que se investiga por encubrimiento y amenazas vinculados al homicidio de Claudio Daniel Gamarra cometido en Suardi

Publicado

el

Foto ilustrativa de Internet

Así lo ordenó el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Nicolás Stegmayer, en una audiencia que se desarrolló de forma remota en los tribunales de San Cristóbal.

La fiscal que está a cargo de la investigación y solicitó la medida cautelar es Hemilce Fissore. En tal sentido, señaló que “aunque las imputadas, cuyas iniciales son MMF y BSM, llevaron a cabo su accionar ilícito en la ciudad cordobesa de Morteros, corresponde que lo investiguemos desde el MPA”.

Competencia territorial

Fissore indicó que “el defensor de las imputadas solicitó la incompetencia territorial por razones de economía procesal”, y destacó que “rechazamos el planteo en virtud de la conexidad entre estos delitos y otros cometidos en nuestra provincia”.

En la audiencia, el magistrado desestimó el requerimiento de la defensa porque los ilícitos endilgados a las imputadas se refieren a un delito precedente y el bien jurídico afectado es la administración pública de la provincia de Santa Fe.

Encubrimiento

La fiscal puntualizó que “el jueves 26 de enero de este año a las 20:30, la mujer de iniciales MMF, circuló por la vía pública de Morteros a bordo de una motocicleta que había sido utilizada para consumar el homicidio de Gamarra y una tentativa de homicidio en perjuicio de un niño”.

Fissore aclaró que “la moto era marca Yamaha modelo XTZ y la imputada estaba al tanto de los hechos ilícitos que se habían cometido con el vehículo”.

Además, se relató que “la investigada se negó a restituir la motocicleta a su verdadero dueño con el fin de ayudar al presunto autor del homicidio a eludir las investigaciones en su contra”.

Amenazas coactivas

La funcionaria judicial se refirió a que “la otra imputada es hermana de un hombre que está prófugo y con un pedido de detención vigente porque se lo investiga como autor del homicidio de Gamarra”. Según se añadió, “ella también llevó a cabo su conducta delictiva en Morteros”.

“Tras el ataque que tuvo lugar en Suardi, la mujer de iniciales BSM amenazó de muerte al propietario de la motocicleta utilizada para concretarlo”, se aseguró. “Le exigió que la hiciera pintar para modificar sus características y dificultar su identificación”, se precisó.

Peligros procesales

Fissore afirmó que “el magistrado dispuso la prisión preventiva por 90 días de ambas imputadas dando por acreditadas la autoría y materialidad los hechos que se les atribuyeron”. Al respecto, remarcó que “se tuvo en cuenta la contundente declaración del propietario de la moto”.

Asimismo, “el juez sostuvo que tanto el encubrimiento como las amenazas coactivas atribuidas a las imputadas están relacionadas con un delito preexistente grave y esa circunstancia lleva a que la pena en expectativa sea de ejecución efectiva”, subrayó la fiscal.

Por último, la representante del MPA informó que “el magistrado adujo que por el tipo de ilícitos investigados, los testigos y víctimas son especialmente vulnerables”, y agregó que “mientras el presunto autor del homicidio -que tiene relación estrecha con las imputadas- continúe prófugo, los riesgos procesales están vigentes”.

Prisión domiciliaria

La fiscal mencionó que “en la audiencia se ordenó que las imputadas cumplan la medida cautelar de forma domiciliaria”. Explicó que “se contempló que ambas son madres y, dado el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, se resolvió en función de sus hijos”.

Por otro lado, “el magistrado les recordó a las imputadas que tienen vedado cualquier tipo de comunicación con las víctimas y testigos de los ilícitos”, concluyó Fissore.

Calificación penal

A la mujer de iniciales MMF se le atribuyó la autoría de encubrimiento por favorecimiento personal y real calificado (por la gravedad del delito precedente); y a la de iniciales BSM, la autoría de amenazas coactivas.

Fuente: Radio Belgrano de Suardi

Seguí Leyendo
Clic para Comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judicial

Un padre deberá indemnizar con $65 millones a su hija por no haberla reconocido durante más de 20 años

Una cámara de apelaciones confirmó la condena contra un hombre que deberá pagar una indemnización de 65 millones de pesos, más intereses, a su hija por los daños ocasionados tras negarse a reconocer legalmente el vínculo filial durante más de dos décadas.

Publicado

el

Foto: Imagen ilustrativa

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la sentencia al considerar acreditado que el demandado conocía la existencia de su hija desde 2004, pero no avanzó con su reconocimiento.

La demanda fue impulsada por la hija

La causa fue iniciada por una mujer, actualmente de 37 años, quien reclamó una reparación económica por los daños morales, psicológicos y patrimoniales sufridos como consecuencia de no haber sido reconocida por su padre durante gran parte de su vida.

El reconocimiento de la filiación se concretó recién en 2022, a través de una sentencia dictada en un proceso judicial anterior.

La Justicia confirmó la responsabilidad del padre

En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización compuesta por:

  • $30 millones por daño moral.
  • $15 millones por daño psíquico y tratamiento psicológico.
  • $20 millones por perjuicio material.

A ese monto se le suman los intereses calculados desde diciembre de 2004, fecha en la que la Justicia consideró que el hombre ya tenía conocimiento del vínculo filial.

La apelación fue rechazada

El demandado apeló la sentencia y aseguró que recién tomó conocimiento del embarazo y del nacimiento de su hija en 2017. También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la mujer demoró varios años en iniciar el reclamo judicial.

Sin embargo, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó esos argumentos y concluyó que las pruebas reunidas en el expediente demostraban que el padre conocía, o debía conocer, la existencia de su hija desde 2004.

Para llegar a esa conclusión, los jueces analizaron declaraciones testimoniales, registros migratorios y documentación médica incorporada a la causa.

El impacto emocional fue determinante

En la resolución, el tribunal también valoró la historia clínica de la demandante, donde quedaron documentadas las consecuencias emocionales derivadas de la ausencia de la figura paterna.

Entre otros aspectos, se destacaron episodios de ansiedad y el deseo permanente de establecer un vínculo con la familia de su padre.

Finalmente, los magistrados entendieron que el hombre no presentó pruebas suficientes que permitieran desvirtuar la responsabilidad atribuida y confirmaron íntegramente la condena.

Seguí Leyendo

Judicial

Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann

La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.

Publicado

el

Foto: Ilustrativa

La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.

La Cámara rechazó el planteo de la defensa

La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.

Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.

Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.

Los fundamentos de la condena

En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.

También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.

Rechazaron un nuevo estudio de salud mental

La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.

Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.

Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.

Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.

Seguí Leyendo

Judicial

La Justicia suspendió la venta de SanCor y frenó el proceso de licitación de sus activos

La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral resolvió suspender el proceso de venta de los activos de SanCor tras admitir un recurso presentado por el fideicomiso acreedor Fidulac S.A..

Publicado

el

Foto: Justicia suspendió la venta de SanCor

La medida paraliza la licitación hasta que se analicen los cuestionamientos sobre el procedimiento aprobado para la liquidación de la histórica cooperativa láctea.

La licitación quedó suspendida

La Sala II de la Cámara de Apelación de la Quinta Circunscripción Judicial concedió la apelación con efecto suspensivo, dejando sin efecto, de manera provisoria, el pliego de bases y condiciones y el cronograma establecido para la venta de los bienes de SanCor.

En la práctica, esto significa que el proceso de licitación queda detenido hasta que el tribunal resuelva si el mecanismo diseñado para la liquidación se ajusta a la legislación vigente.

Los cuestionamientos de Fidulac

El recurso fue impulsado por Fidulac S.A., fideicomiso acreedor presidido por Gustavo Scaglione, que sostiene que la venta por separado de los activos perjudica el valor de la empresa.

Entre las principales objeciones, el fideicomiso planteó:

  • La fragmentación de la empresa, al vender marcas, plantas industriales y otros activos por separado.
  • Presuntas irregularidades en la elaboración del pliego licitatorio.
  • La supuesta falta de participación efectiva del Comité de Acreedores.
  • Observaciones sobre la actuación de la sindicatura.
  • Cuestionamientos a la valuación utilizada para establecer el precio base de los activos.

Según el planteo, la empresa como unidad productiva tendría un mayor valor económico que la suma de sus partes, además de ofrecer mayores posibilidades de preservar la actividad y las fuentes de trabajo.

Qué resolvió la Cámara

Hasta ahora, esos argumentos no habían sido analizados porque el juez de primera instancia, Marcelo Gelcich, había rechazado el recurso por una cuestión formal relacionada con la representación de Fidulac.

Sin embargo, la Cámara entendió que tanto el presidente del fideicomiso como su abogado acreditaron correctamente la representación legal y resolvió habilitar el tratamiento de la apelación.

Además, los camaristas señalaron que la aprobación del pliego constituye una decisión de gran trascendencia, ya que define el mecanismo y los valores para la venta de los activos, con posibles consecuencias irreversibles para el futuro de la cooperativa.

Qué puede ocurrir ahora

La Cámara todavía no se pronunció sobre el fondo del conflicto. En esta instancia únicamente decidió que los cuestionamientos deben analizarse antes de continuar con la liquidación.

Mientras tanto, la venta de los activos de SanCor permanecerá suspendida hasta que el tribunal determine si corresponde mantener el procedimiento vigente o introducir modificaciones.

Los bienes de la cooperativa fueron valuados judicialmente en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a las marcas y otros activos intangibles, que despertaron el interés de distintos grupos empresarios.

Seguí Leyendo

Clima Sunchales

Sunchales
Clear sky
Claro
5°C
Apparent: 4°C
Presión: 1025 mb
Humedad: 90%
Viento: 11 km/h NE
Ráfagas: 33 km/h
Indice UV: 0
Salida del Sol: 8:02 am
Puesta de Sol: 6:21 pm
 
Publicidad

Tendencia