Judicial
Prisión preventiva para los 10 acusados de abusar de una joven en Pilar
Así lo dispuso el juez Javier Bottero en una audiencia llevada a cabo es sábado en los tribunales de Rafaela. Los investigados tienen entre 23 y 26 años. La fiscal a cargo de la investigación es Ángela Capitanio.
Los 10 hombres a los que se investiga por el abuso sexual de una adolescente menor de edad en la localidad de Pilar (departamento Las Colonias) quedaron en prisión preventiva. La medida cautelar fue ordenada por el juez Javier Bottero a raíz del pedido formulado por la fiscal Ángela Capitanio en una audiencia llevada a cabo hoy en los tribunales de la ciudad de Rafaela.
“El juez hizo lugar a la teoría del caso que planteamos desde la Fiscalía y en el marco de la cual entendemos que estamos ante un caso de lo que se denomina como violación en manada”, valoró Capitanio y agregó que “dispuso que la prisión preventiva de los 10 investigados sea sin plazo”.
La fiscal del MPA subrayó que “el magistrado entendió que están acreditados los hechos tal como los planteamos”. También sostuvo que “de las evidencias aportadas queda claro que la víctima estaba en un estado de vulnerabilidad que no le permitía actuar voluntariamente” y agregó que “el juez también tuvo en cuenta que, en reiteradas oportunidades, la adolescente dijo a los hombres investigados que terminaran con su accionar”.
“El juez también entendió que era necesario disponer la prisión preventiva porque consideró que hay riesgos procesales, tanto el entorpecimiento probatorio como el peligro de fuga”, remarcó la fiscal.
En tal sentido, recordó que “la atribución delictiva que realizamos ayer a los 10 hombres detenidos es por la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado”. La funcionaria del MPA también detalló que “el ilícito fue atribuido de forma agravada porque fue cometido por un total de 12 personas, entre ellas un menor de edad”.
En una vivienda
“El ilícito que investigamos fue cometido entre las 23:00 del viernes 11 de mayo de 2018 y las 7 de la mañana del día siguiente en una vivienda en la ciudad de Pilar”, indicó la fiscal.
Capitanio relató que “un total de 12 personas abusaron de la adolescente, quien estaba en una situación de vulnerabilidad, ya que no podía dirigir libremente su voluntad a raíz de que había tomado bebidas alcohólicas y había consumido marihuana”. La fiscal puntualizó que “entre esas 12 personas están los 10 hombres imputados hoy, un hombre que vive en España y un menor de edad”.
“Los imputados actuaron de común acuerdo para la realización de los actos de naturaleza sexual, los cuales fueron llevados a cabo sin el consentimiento de la adolescente”, subrayó la fiscal y argumentó que “el ilícito fue cometido en un claro contexto de violencia de género”.
Investigación
Capitanio recordó que “la investigación se inició a raíz de una denuncia que radicó la madre de la víctima” y añadió que “la mujer se enteró lo que había ocurrido a raíz de lo que le manifestó la madre de otra menor que también había estado en la vivienda en la que se perpe-tró el abuso”.
“A partir de esa denuncia ordenamos diversas diligencias, entre ellas, la entrevista en cámara Gesell a la víctima y la otra adolescente que estuvo en el lugar”, remarcó la fiscal.
La representante del MPA también hizo hincapié en que “se hicieron allanamientos en las viviendas de los imputados y se secuestraron más de 120 dispositivos electrónicos, entre teléfonos celulares, pen drive, computadoras y tarjetas de memoria”.
Capitanio concluyó que “una vez que tuvimos los resultados de todas las pericias, avanzamos y solicitamos la detención de las personas que hoy fueron imputadas”.
Otra víctima
A uno de los imputados, cuyas iniciales son JDG, también se le atribuyó la autoría de un segundo hecho ilícito en perjuicio de otra víctima, también menor de edad. “Fue cometido alrededor de las 7:00 de la mañana del domingo 7 de enero de 2018 en una tapera ubicada al costado de un camino rural en Pilar”, informó la fiscal.
Capitanio le endilgó la autoría del delito de abuso sexual simple. “La víctima fue una adolescente menor de edad que estaba en un auto con el imputado”, especificó la fiscal.
Momento en que los acusados eran retirados de tribunales
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Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
Un padre deberá indemnizar con $65 millones a su hija por no haberla reconocido durante más de 20 años
Una cámara de apelaciones confirmó la condena contra un hombre que deberá pagar una indemnización de 65 millones de pesos, más intereses, a su hija por los daños ocasionados tras negarse a reconocer legalmente el vínculo filial durante más de dos décadas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la sentencia al considerar acreditado que el demandado conocía la existencia de su hija desde 2004, pero no avanzó con su reconocimiento.
La demanda fue impulsada por la hija
La causa fue iniciada por una mujer, actualmente de 37 años, quien reclamó una reparación económica por los daños morales, psicológicos y patrimoniales sufridos como consecuencia de no haber sido reconocida por su padre durante gran parte de su vida.
El reconocimiento de la filiación se concretó recién en 2022, a través de una sentencia dictada en un proceso judicial anterior.
La Justicia confirmó la responsabilidad del padre
En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización compuesta por:
- $30 millones por daño moral.
- $15 millones por daño psíquico y tratamiento psicológico.
- $20 millones por perjuicio material.
A ese monto se le suman los intereses calculados desde diciembre de 2004, fecha en la que la Justicia consideró que el hombre ya tenía conocimiento del vínculo filial.
La apelación fue rechazada
El demandado apeló la sentencia y aseguró que recién tomó conocimiento del embarazo y del nacimiento de su hija en 2017. También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la mujer demoró varios años en iniciar el reclamo judicial.
Sin embargo, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó esos argumentos y concluyó que las pruebas reunidas en el expediente demostraban que el padre conocía, o debía conocer, la existencia de su hija desde 2004.
Para llegar a esa conclusión, los jueces analizaron declaraciones testimoniales, registros migratorios y documentación médica incorporada a la causa.
El impacto emocional fue determinante
En la resolución, el tribunal también valoró la historia clínica de la demandante, donde quedaron documentadas las consecuencias emocionales derivadas de la ausencia de la figura paterna.
Entre otros aspectos, se destacaron episodios de ansiedad y el deseo permanente de establecer un vínculo con la familia de su padre.
Finalmente, los magistrados entendieron que el hombre no presentó pruebas suficientes que permitieran desvirtuar la responsabilidad atribuida y confirmaron íntegramente la condena.
Con información de TN
Judicial
Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.
La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.
La Cámara rechazó el planteo de la defensa
La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.
Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.
Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.
Los fundamentos de la condena
En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.
También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.
Rechazaron un nuevo estudio de salud mental
La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.
Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.
Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.
Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.
Judicial
La Justicia suspendió la venta de SanCor y frenó el proceso de licitación de sus activos
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral resolvió suspender el proceso de venta de los activos de SanCor tras admitir un recurso presentado por el fideicomiso acreedor Fidulac S.A..
La medida paraliza la licitación hasta que se analicen los cuestionamientos sobre el procedimiento aprobado para la liquidación de la histórica cooperativa láctea.
La licitación quedó suspendida
La Sala II de la Cámara de Apelación de la Quinta Circunscripción Judicial concedió la apelación con efecto suspensivo, dejando sin efecto, de manera provisoria, el pliego de bases y condiciones y el cronograma establecido para la venta de los bienes de SanCor.
En la práctica, esto significa que el proceso de licitación queda detenido hasta que el tribunal resuelva si el mecanismo diseñado para la liquidación se ajusta a la legislación vigente.
Los cuestionamientos de Fidulac
El recurso fue impulsado por Fidulac S.A., fideicomiso acreedor presidido por Gustavo Scaglione, que sostiene que la venta por separado de los activos perjudica el valor de la empresa.
Entre las principales objeciones, el fideicomiso planteó:
- La fragmentación de la empresa, al vender marcas, plantas industriales y otros activos por separado.
- Presuntas irregularidades en la elaboración del pliego licitatorio.
- La supuesta falta de participación efectiva del Comité de Acreedores.
- Observaciones sobre la actuación de la sindicatura.
- Cuestionamientos a la valuación utilizada para establecer el precio base de los activos.
Según el planteo, la empresa como unidad productiva tendría un mayor valor económico que la suma de sus partes, además de ofrecer mayores posibilidades de preservar la actividad y las fuentes de trabajo.
Qué resolvió la Cámara
Hasta ahora, esos argumentos no habían sido analizados porque el juez de primera instancia, Marcelo Gelcich, había rechazado el recurso por una cuestión formal relacionada con la representación de Fidulac.
Sin embargo, la Cámara entendió que tanto el presidente del fideicomiso como su abogado acreditaron correctamente la representación legal y resolvió habilitar el tratamiento de la apelación.
Además, los camaristas señalaron que la aprobación del pliego constituye una decisión de gran trascendencia, ya que define el mecanismo y los valores para la venta de los activos, con posibles consecuencias irreversibles para el futuro de la cooperativa.
Qué puede ocurrir ahora
La Cámara todavía no se pronunció sobre el fondo del conflicto. En esta instancia únicamente decidió que los cuestionamientos deben analizarse antes de continuar con la liquidación.
Mientras tanto, la venta de los activos de SanCor permanecerá suspendida hasta que el tribunal determine si corresponde mantener el procedimiento vigente o introducir modificaciones.
Los bienes de la cooperativa fueron valuados judicialmente en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a las marcas y otros activos intangibles, que despertaron el interés de distintos grupos empresarios.
Con información de Conclusión
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