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Procesan a una banda narco de Rafaela cuyo jefe daba las directivas desde la cárcel de Piñero

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Evelio «Yiyo» Ramallo, conocido por haber agredido a un fiscal con un tacho de basura, fue procesado en la Justicia federal por dirijir una organización criminal que se suministraba de estupefacientes en la ciudad de Santa Fe.

Evelio “Yiyo” Ramallo (35), el célebre preso que recientemente en agosto de este año firmó una condena de tres años por haber agredido a un fiscal con un tacho de basura en medio de una audiencia en los tribunales de Rafaela, quedó nuevamente implicado en una causa judicial. La misma se tramita en el fuero federal y lo tiene sindicado como el jefe de una banda narco que operaba en la ciudad del departamento Castellanos pero que se suministraba de estupefacientes en la ciudad de Santa Fe.

El juez federal a cargo del Juzgado de Rafaela, Reinaldo Rodríguez, dictó el procesamiento para Ramallo tras considerar que el mismo dirigió hasta el pasado 22 de agosto una organización criminal, dedicada a la venta de drogas, desde la Unidad Penitenciaria N°11 de Piñero, dependiente del Servicio Penitenciario provincial.

El fallo del magistrado, que hizo lugar al pedido del fiscal del caso Gustavo Onel, lo encontró presuntamente responsable del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de organizador” por lo que ordenó su prisión preventiva y además le trabó un embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 500 mil pesos.

La resolución también alcanza a otras seis personas sindicadas a lo largo de investigación como quienes desempeñaron dentro de la banda distintos roles: Carina Soledad Castillo (21); Yoana Carolina Olivera (28); Diego Hernán Molina (34); Cristian Daniel Ferreyra (41); Nanci Lorena Zunoffen (42); y Joaquín Ángel Babijezuk (30). Todos procesados por “comercio de estupefacientes”.
Un procedimiento como disparador

La investigación tuvo su inicio a raíz de la interceptación de dos mujeres que iban a bordo de un remis en la ruta provincial 70 (en el kilómetro 45) el pasado 22 de mayo. Ambas portaban dos armas de fuego (pistolas), de las cuales una tenía la numeración “limada”.

Las pistolas fueron secuestradas en el marco de una causa que buscó dar, en el Ministerio Público de la Acusación, con el comercio ilegal de armas y su posible utilización para cometer ilícitos. Sin embargo, con el devenir de la pesquisa, una serie de escuchas a personas involucradas develaron una trama narco como trasfondo de aquel secuestro por lo que la investigación pasó el fuero federal.

Tan solo bastaron una serie de intervenciones telefónicas para dar cuenta que quien estaba a cargo de la organización era un conocido preso de la ciudad de Rafaela que para ese entonces estaba alojado en el penal de Piñero, en el sur provincial. Evelio “Yiyo” Ramallo, nacido en 1985 en la localidad de Suardi y con residencia, hasta su detención por una causa de homicidio, en la ciudad de Rafaela. El mismo actualmente purga una condena de 20 años de prisión por una causa de homicidio y además por haber agredido al fiscal Guillermo Loyola (del MPA), el 13 de diciembre del 2018 en una audiencia de medidas cautelares que se desarrollaba en la sala 2 de los tribunales rafaelinos.

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Directivas desde la cárcel

Tras una serie de trabajos de inteligencia y a través del análisis de escuchas, los investigadores de la Unidad Investigativa Antinarcóticos I -encargados de la pesquisa- detectaron que quien oficiaba en la estructura criminal como ladera de Ramallo era Carina Soledad Castillo, una joven de tan solo 21 años y la cual quedó registrada en una serie de escuchas.

El juez Rodríguez destacó en este sentido que la misma “se encargaba de fraccionar, estirar, comercializar y distribuir la droga a puntos de venta” al menudeo en Rafaela. Y además se habría encargado de recaudar “las ganancias obtenidas de esa actividad ilícita”, todo ello bajo las órdenes y directivas que le impartía el imputado Ramallo.

Así lo evidenciaron las escuchas entre la joven y el mismo Ramallo. “Ya te dije son negocios y de droga son cosas serias, de droga. Estas vendiendo droga no caramelos, droga”, le dijo “Yiyo” a la joven ladera sobre cómo debía actuar para la venta y el cobro de la actividad clandestina. “Lo hice como vos me dijiste, ósea le puse 40 gramos de la piola y 60 gramos de creatina y lo mezcle, lo pise en un plato de ahí, y lo estuve pisando, lo estuve pisando, lo pise, lo mezclaba, lo mezclaba…”, le respondió Castillo a Ramallo en otro dialogo que consta en el expediente judicial.

El proveedor

El procesamiento también valoró la participación que tuvo en la organización Joaquín Ángel Babijezuk, un cuidador de caballos del Hipódromo de Las Flores y cual residía en un departamento de Santiago de Chile al 2000 del barrio Roma, donde existen una serie de cocheras y supo funcionar un lavadero, según indicaron fuentes policiales.

El mismo fue acusado de ser el proveedor de la banda por medio entregas que se llevaban en inmediaciones del hipódromo de Las Flores de la ciudad de Santa Fe. En este sentido, la causa determinó en un primer momento que Babijezuk almacenaba drogas en su domicilio y también en el stud donde

Sin embargo, cuando le allanaron su domicilio los investigadores no encontraron estupefacientes. De todos modos, quedó detenido y ahora procesado por las escuchas telefónicas que desnudaron sus modus operandi en la banda.
Eslabón inferior

Para el juez, el resto de los involucrados en la causa realizaron una serie de roles, como lo fue el de Cristian Daniel “Kiko” Ferreyra que fue imputado de “acopiar y acondicionar” el material estupefaciente que luego se distribuía en los puntos de venta al menudeo de Rafaela.

En el caso de Yoana Carolina Olivera, quedó implicada por haber realizado la comercialización de estupefacientes al menudeo en el domicilio Lucio Casarin al 1900 de Rafaela, puesto que allí habría funcionado una “boca de expendio” de la banda.

Mientras que en el caso de Lorena Zunoffen, fue procesada porque se comprobó su grado de participación en la organización criminal ya que se habría encargado de transportar el material estupefaciente y el dinero para el pago del mismo, desde la ciudad de Santa Fe hacia la ciudad de Rafaela por medio de la utilización de vehículo marca Ford, modelo Ecosport. Dicho vehículo supo ser visto por los investigadores en el Hipódromo de Las Flores donde la banda se suministraba de drogas.

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Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.

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Foto: Cristina Kirchner

La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.

La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.

La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.

El decomiso supera los $684 mil millones

Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.

Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.

Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.

Qué bienes podrían ser ejecutados

Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.

El listado incluye:

  • Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
  • Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
  • Una propiedad en 25 de Mayo al 200
  • Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
  • Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
  • El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
  • Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
  • Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino

La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.

Qué puede pasar ahora

Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:

  • Tasaciones oficiales
  • Administración de activos
  • Embargos
  • Posibles remates públicos

La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.

Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos

Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.

Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.

La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.

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Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela

La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.

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Foto: ilustrativa de archivo

El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.

El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.

Cómo ocurrió el crimen en Rafaela

Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.

De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.

El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.

El disparo con una escopeta

La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.

Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.

Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.

La causa irá a juicio oral

Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.

Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.

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Judicial

Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista

Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.

Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.

La reforma laboral y los monotributistas

El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.

La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:

  • Se trata de servicios profesionales
  • Existen facturas o recibos emitidos regularmente
  • El prestador conserva autonomía organizativa y económica

Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia

Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.

Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:

  • No existía subordinación técnica ni organizativa
  • Los médicos organizaban sus propias guardias
  • Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
  • No había control horario ni fichado
  • El profesional emitía facturas por montos variables
  • También trabajaba en otros consultorios y clínicas

Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.

Debate por los intereses y la nueva ley

Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.

La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.

La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.

Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.

Qué impacto puede tener el fallo

Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.

El fallo refuerza la necesidad de:

  • Mantener facturación regular
  • Evitar controles típicos de empleados
  • No aplicar sanciones disciplinarias
  • Garantizar autonomía en horarios y organización

La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.

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