Judicial
Rafaela: 15 años de prisión a aberrante sujeto que abusó de cuatro sobrinas en Barrio Barranquitas
Cuando Víctor Contreras (39), quedaba al cuidado de sus sobrinas de entre 7 y 9 años en la casa familiar de Barrio Barranquitas, aprovechaba para hacerlas partícipes de actos sexuales depravados que afectaron el desarrollo de las niñas.
El martes por la mañana en la sala 2 de los tribunales penales de Rafaela, se llevó a cabo una audiencia de juicio de procedimiento abreviado, en el legajo caratulado penalmente como “Contreras, Víctor Hugo s/ abuso sexual con acceso carnal” del que fueron víctimas de los aberrantes hechos tres niñas y una cuarta sin acceso carnal; todas sobrinas suyas, menores de edad de su entorno familiar en el marco de la convivencia existente en un domicilio de calle Carlos Gardel, en barrio Barranquitas de Rafaela.
El procesado Víctor Hugo Contreras, de 39 años de edad, de ocupación changarín, en el juicio de procedimiento abreviado que fue consensuado entre las partes y homologado por el tribunal colegiado integrado por los jueces Dr. Nicolás Stegmayer (presidente), Javier Bottero y José Luis Estévez (este último a través de Zoom), fue condenado a la pena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo, más accesorias legales y costas del proceso.
Las partes en este proceso estuvieron representadas por la fiscal Gabriela Lema, de la sección Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas) de la Unidad Fiscal Rafaela del Ministerio Público de la Acusación (MPA), la abogada del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP) Dra. Amalia Cassina, y por la Querella, el abogado particular Carlos Farías Demaldé.
Cabe agregar que los cuatro hechos adjudicados al condenado se dieron cuando las cuatro víctimas, menores de edad, tenían entre 7 y 9 años aproximadamente. Actualmente tres de ellas ya son mayores de edad por lo que instaron la acción penal contra el depravado familiar.
Resumen de los hechos imputados
Un repaso de los hechos por los que se acusó al encartado es el que se brinda a continuación.
- Primer Hecho: en una fecha ubicable cuando AG tenía entre 7 y 8 años de edad, cuando el hermano de su padrastro -el ahora condenado- concurría a la vivienda a cuidarla a ella y sus hermanos en horas de la noche quedando como adulto responsable de los menores y encontrándose al cuidado y guarda de los mismos, este aprovechaba la situación para distintas situaciones de abuso consistentes en manoseos y acceso carnal.
Todas estas situaciones ocurrieron en forma reiterada y en un número indeterminado de veces por el término de un año aproximadamente, aunque siempre en horas de la noche cuando la menor se encontraba durmiendo en la pieza de su mamá o en la propia pieza de la niña.
Todo este accionar del imputado tuvo la entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la menor, siendo además, que el mismo se le atribuye en un claro contexto de violencia de género, evidenciando una desigualdad de poder entre las partes.
- Segundo Hecho: en fecha ubicable cuando BG tenía entre 7 y 8 años de edad, cuando el imputado concurría siempre a la misma vivienda familiar a cuidarla a ella y sus hermanos en horas de la noche quedando como adulto responsable de los menores, aprovechaba para concretar distintos tipos de abusos consistentes en tocamientos y acceso carnal.
Estas situaciones se sucedieron en forma reiterada y en un número indeterminado de veces. Incluso hubo oportunidades en que el imputado le hacía ver pornografía a la niña.
Todas estas situaciones ocurrieron en la cocina de la vivienda, a excepción de una ocasión en que el imputado llevó a la menor a un campo e intentó abusarla. Todo este accionar del imputado tuvo la entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la menor, siendo la atribución en un claro contexto de violencia de género, y desigualdad de poder entre las partes.
- Tercer Hecho: en fecha ubicable cuando GC tenía entre 7 y 9 años de edad, en ocasión en que la misma se encontraba al cuidado y guarda de su tío Víctor Hugo Contreras, en la vivienda familiar ubicada en Barrio Barranquitas, el imputado llevó adelante conductas sexuales aberrantes hacia la menor que no merecen la más mínima descripción.
Estas situaciones ocurrieron en forma reiterada y en un número indeterminado de veces todas ellas en los dos dormitorios de la vivienda. Todo este accionar del imputado tiene la entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la menor, en un claro contexto de violencia de género, y evidenciando una desigualdad de poder entre las partes.
- Cuarto Hecho: en fecha ubicable cuando MC tenía 8 o 9 años de edad, en ocasión en que la misma se encontraba sola sentada mirando televisión en la cocina de la casa, se aproximó a la niña el procesado, quien le dio besos en el cuello. El hecho se le atribuye en un claro contexto de violencia de género, evidenciando una desigualdad de poder entre las partes.
Calificaciones legales
Las calificaciones legales de los hechos son las que siguen.
En cuanto al primer y al segundo hecho “abuso sexual gravemente ultrajante continuado agravado por haber sido cometido por quien estaba encargado de la guarda en concurso real con abuso sexual con acceso carnal; todo en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravado por haber sido cometido a una menor de 13 años”.
En cuanto al tercer hecho, “abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por haber sido cometido por quien estaba encargado de la guarda en concurso real con promoción de la corrupción de menores, agravado por haber sido cometido a una menor de 13 años”.
Finalmente en cuanto al cuarto hecho la calificación legal es “abuso simple en calidad de autor”.
Pena acordada
Como ya se mencionó párrafos atrás, las partes acordaron para el imputado Victor Hugo Contreras la pena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo, más accesorias legales y costas del proceso. Operó como circunstancia atenuante que el imputado no contaba con antecedentes condenatorios.
El imputado y su abogada defensora, manifestaron de manera expresa su conformidad respecto de los hechos atribuidos, las calificaciones legales seleccionadas y la pena solicitada, en cuanto a su monto y modalidad de cumplimiento, y con el procedimiento abreviado escogido. Asimismo Víctor Hugo Contreras admitió su culpabilidad por los hechos por los cuales se acusa.
A su vez, las víctimas de los hechos, tres de ellas mayores de edad en estos momentos, prestaron su consentimiento para el mencionado acuerdo.
Fuente: La Opinión de Rafaela
Judicial
Muerte de Izan Aguirre: imputarán a su madre por homicidio agravado en Santa Fe
La madre de Izan Aguirre, el niño de seis años hallado muerto en San Justo, será imputada este lunes en los Tribunales de Santa Fe. La Fiscalía solicitará que se le atribuya el delito de homicidio agravado por el vínculo.
La audiencia será este lunes
La mujer, de 22 años, fue dada de alta del Hospital Psiquiátrico Dr. Emilio Mira y López y posteriormente trasladada a la Unidad Penitenciaria N° 4 de mujeres, donde permanece a disposición de la Justicia.
La audiencia imputativa está prevista para las 16:45 de este lunes en los Tribunales de la ciudad de Santa Fe.
El acto será encabezado por el juez José Luis García Troiano y permitirá formalizar la investigación penal contra la acusada.
Las fiscales Laura Urquiza, de la Unidad Especial de Homicidios, y Daniela Montegrosso, de la sede San Justo, estarán a cargo de la acusación.
Qué delito le atribuirá la Fiscalía
La Fiscalía solicitará imputar a la mujer por homicidio agravado por el vínculo, una figura que contempla una pena de prisión perpetua.
Durante la audiencia también se analizarán los informes y pericias vinculados con el estado psíquico de la acusada al momento del hecho y posteriormente.
La defensa estará a cargo de la defensora pública Betina Dongo, quien pondrá el foco en los informes médicos relacionados con la salud mental de la joven.
Qué determinó la autopsia
La autopsia realizada al cuerpo de Izan determinó que la muerte se produjo por asfixia.
De acuerdo con la información difundida en la investigación, este resultado orientó las hipótesis sobre el mecanismo que provocó el fallecimiento, mientras la Justicia continúa reuniendo elementos para establecer lo ocurrido.
Dolor y conmoción en San Justo
La muerte de Izan provocó una profunda conmoción en la localidad de San Justo.
Durante su despedida, familiares, amigos, docentes y vecinos se acercaron para acompañar a la familia. También participaron docentes de la Escuela Normal, institución a la que asistía el niño.
Luego de la ceremonia, una caravana acompañó el cortejo fúnebre hasta el Cementerio Municipal de San Justo, donde fueron sepultados sus restos.
La investigación judicial continuará este lunes con la audiencia en la que se conocerá formalmente la acusación contra la madre del niño.
Con información de Uno de Santa Fe
Judicial
Imputarán por homicidio agravado a la mamá del nene asfixiado en San Justo
La joven de 22 años permanece detenida y fue trasladada a la Cárcel de Mujeres. La Fiscalía solicitará su prisión preventiva y una evaluación de su estado de salud mental para determinar si sufrió un brote psicótico al momento del hecho.
La imputación será el lunes
La investigación por la muerte de Izan Aguirre, de seis años, tendrá un nuevo avance este lunes 24 de agosto, cuando la Fiscalía impute formalmente a su madre, R.M., por el delito de homicidio agravado.
La decisión fue acordada este sábado durante una audiencia de control de detención realizada en los tribunales de Santa Fe, ante el juez penal Pablo Spekuljak.
Participaron las fiscales Laura Urquiza y Daniela Montegrosso y la defensora pública Betina Dongo.
La Fiscalía también solicitará que la mujer continúe detenida mediante una medida cautelar de prisión preventiva mientras avanza la investigación.
Evaluarán su salud mental
R.M., de 22 años, había permanecido internada bajo custodia policial en el Hospital Psiquiátrico Mira y López, donde recibió asistencia especializada. Actualmente se encuentra alojada en la Cárcel de Mujeres.
En paralelo con la imputación, la Fiscalía solicitará la intervención de la Junta Médica de Salud Mental para determinar cuál es su estado psíquico actual y, especialmente, cuáles eran sus facultades mentales al momento de la muerte del niño.
También se requerirán informes a profesionales de psiquiatría de la Policía de Investigaciones (PDI).
El objetivo será establecer si la joven tenía antecedentes de trastornos de salud mental o si atravesó un brote psicótico agudo durante el hecho, circunstancia que podría haber afectado su capacidad para comprender y dirigir sus acciones.
Hasta el momento, las actuaciones de la Fiscalía determinaron que la mujer no tenía denuncias previas por maltrato infantil ni antecedentes penales.
El niño murió por asfixia
El hecho ocurrió en una vivienda ubicada sobre calle Sylvestre Begnis, en el barrio Reyes de San Justo.

El abuelo paterno de Izan fue quien encontró al pequeño sin vida durante la siesta del miércoles. El hombre se acercó al domicilio preocupado porque no tenía novedades de su nieto y, al ingresar, encontró a la joven madre durmiendo junto al cuerpo del niño.
Tras el aviso al 911, los primeros exámenes médicos indicaron que el menor habría fallecido varias horas antes, posiblemente durante la noche anterior.
La autopsia preliminar confirmó que la muerte se produjo por asfixia y estimó que esta pudo haber sido provocada mediante estrangulamiento o ahogamiento.
La investigación continúa
Los peritos criminalísticos de la PDI secuestraron distintos elementos que podrían aportar información para reconstruir lo ocurrido.
Entre ellos se encuentran un teléfono celular, una computadora notebook, sábanas, almohadas, prendas de vestir y muestras biológicas, que actualmente son analizadas en laboratorio.
La imputación prevista para el lunes será un paso central para determinar cómo continúa la investigación y cuál será la situación procesal de la madre del niño.
Con información de El Litoral
Judicial
Sergio Denis: la Justicia rechazó la demanda de sus hijos y ahora deberán afrontar las costas del juicio
La Justicia de Tucumán rechazó la demanda de indemnización presentada por los hijos de Sergio Denis por el accidente que sufrió el cantante durante una presentación en 2019. Además, resolvió que la parte demandante deberá hacerse cargo de las costas del proceso.
La Justicia atribuyó la caída a la conducta del cantante
La sentencia fue firmada el 19 de agosto de 2026 por la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán, que desestimó la demanda contra el Ente Autárquico Teatro Mercedes Sosa, la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina (ATSA) y Raúl Francisco Armisén, quien estaba al frente del organismo al momento del accidente.
El hecho ocurrió el 11 de marzo de 2019, durante un espectáculo organizado por ATSA en el Teatro Mercedes Sosa de San Miguel de Tucumán por el Día de la Mujer.
Durante la presentación, Denis caminó por una pasarela ubicada sobre el foso de orquesta mientras interactuaba con el público. Según la reconstrucción incorporada al expediente, el cantante avanzó de espaldas sin advertir el límite de la estructura y terminó cayendo al foso, situado a unos tres metros de profundidad.
El tribunal consideró que esa conducta fue determinante en el accidente y la calificó jurídicamente como un “hecho de la víctima” o “autopuesta en peligro”.
De acuerdo con los fundamentos del fallo, la conducta de Denis interrumpió el vínculo causal necesario para atribuir responsabilidad al teatro, a ATSA o al exfuncionario demandado.
El reclamo iniciado por sus tres hijos
Los hijos del cantante, Federico Patricio Hoffmann, Bárbara Hoffmann y María Victoria Hoffmann, habían iniciado la demanda en febrero de 2022 en carácter de herederos.
El reclamo buscaba obtener una reparación económica por los daños derivados del accidente sufrido por el artista durante aquella presentación.
Sin embargo, la Cámara resolvió rechazar la demanda de indemnización y descartó la responsabilidad de los demandados.
¿Cuánto deberá pagar ahora la familia de Sergio Denis?
La sentencia también estableció que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la parte demandante, es decir, por los hijos de Sergio Denis.
De todos modos, todavía no existe un monto definitivo que la familia deba pagar.
La determinación de los honorarios de los profesionales que intervinieron y de los demás gastos judiciales quedará para una etapa posterior, mediante la correspondiente regulación.
Con información de La Gaceta
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