Judicial
Sobreseyeron a CFK en una denuncia por su vacunación contra el Covid
La denuncia había partido del dirigente de JxC Yamil Santoro, quien había expresado «sospechas, a partir de información periodística».
La vicepresidenta Cristina Fernández fue sobreseída por «inexistencia de delito» en una causa en la que había sido denunciada por el dirigente de Juntos por el Cambio Yamil Santoro por supuestas irregularidades en su vacunación contra el Covid-19.
Santoro había expresado «sospechas, a partir de información periodística» sobre la forma en que la vicepresidenta se inoculó en la primera etapa del Plan Estratégico de Vacunación en Hospital Juan Domingo Perón, en la ciudad bonaerense de Avellaneda.
Según la denuncia, Cristina Fernández «podría haber formado parte de un ardid en perjuicio de la Administración y del patrimonio del Estado Nacional, en complicidad con funcionarios nacionales, provinciales y municipales, tendiente a obtener un beneficio sanitario (la vacuna) que no le correspondía».
El juez federal de La Plata Alejo Ramos Padilla sostuvo que la vicepresidenta era considerada parte del «Personal estratégico» en el marco de la pandemia e integraba los grupos poblacionales que tenían prioridad en el esquema vacunatorio.
«Resulta evidente que la vacunación de la vicepresidenta de la Nación no podría ser considerada una violación a la norma regulatoria», contrapuso el juez en su resolución.
Además, también descartó la hipótesis del «ardid» sostenida en la denuncia.
«Fue la propia Vicepresidenta y el entonces viceministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, Nicolás Kreplak, quienes publicaron en sus respectivas cuentas de Twitter imágenes y videos de la vacunación», recordó Ramos Padilla.
«Por lo tanto, resultaría absurdo sostener que una persona que es públicamente conocida y que además exhibe en sus redes sociales el momento de su vacunación llevó a cabo un ardid o engaño o simuló una calidad o categoría particular para obtener acceso a dicha vacuna», completó.
La causa se inició como una derivación del expediente conocido como «Vacunatorio VIP» y llegó hasta la Justicia federal de La Plata después de que la jueza María Eugenia Capuchetti resolviera «extraer testimonios» (iniciar una investigación ante otro tribunal) en el expediente que tramita en su juzgado.
Fuente: NA
Judicial
Causa Vialidad: Casación confirmó la condena a 6 años de prisión para Cristina
El tribunal ratificó además la sentencia por «administración fraudulenta» agravada y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles la condena a seis años de prisión a la expresidenta Cristina Kirchner por «administración fraudulenta» agravada en la Causa Vialidad. La decisión se anunció durante la lectura de la sentencia en los tribunales de Retiro.
Detalles de la sentencia
A pesar de la confirmación de la condena, la expresidenta no será detenida en este momento. De acuerdo con el nuevo Código Procesal Penal Federal, la ejecución de la pena se activará solo cuando se agoten todas las instancias judiciales de revisión, un proceso que podría extenderse por años.
Posibles recursos legales
La defensa de Cristina Kirchner ha manifestado su intención de apelar ante la Corte Suprema, que es la última instancia judicial en este caso. La expresidenta, que no cuenta con fueros que impidan su arresto, tiene más de 70 años y, en caso de que la Corte confirme la condena, podría solicitar cumplir la pena en su domicilio.
Impacto de la Ley de Ficha Limpia
Además, si avanza esta ley en el Congreso, la condena le impediría postularse como candidata en futuras elecciones.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Justicia: Agravaron las imputaciones contra los acusados de asesinar a Aralí en Brinkmann
Tanto la madre, como el padrastro y el amigo de éste quedaron ahora imputados por lo mismo: presunto homicidio calificado por el vínculo. En caso de condena, corresponde la perpetua. El viernes, arrancan las indagatorias.
El fiscal Oscar Gieco decidió agravar la imputación de los dos primeros detenidos por el crimen de Aralí Vivas, la niña de 8 años de Brinkmann, el cual se quiso ocultar mediante un incendio intencional en el domicilio donde vivía.
Ahora, Matías Ezequiel Simeone, padrastro de la víctima, y su amigo, Cristian Hernán Varela, que se encontraban imputados por homicidio simple, son sindicados como presuntos coautores del delito de homicidio calificado por el vínculo.
En el caso de ser acusados en un juicio, a través de esta calificación podrían llegar a recibir prisión perpetua.
Cabe recordar que también se encuentra detenida e imputada Rocío Milagros Rauch, madre de Aralí, como partícipe necesario de homicidio calificado por el vínculo, por comisión por omisión.
A la mujer no se la vincula directamente con la ejecución del crimen, aunque el fiscal le apunta por su descuido como progenitora, lo que contribuyó al asesinato.
Gieco tomó esta decisión que había adelantado La Voz, mediante el avance de la investigación, con el análisis de llamadas telefónicas entre los acusados y los testimonios recabados.
El fiscal también explicó que los tres detenidos serían indagados el próximo viernes por videoconferencia.
Un incendio para despistar
La muerte dataría de la madrugada del sábado 2 de noviembre, entre la 1 y las 6 de la mañana aproximadamente.
Cámaras de seguridad de la zona vieron a Simeone y Varela en la vivienda donde se encontraban Aralí y sus hermanos, yendo y viniendo en determinados horarios. La madre se había ido el día anterior y nunca regresó a la casa previo a la tragedia.
En horas de la siesta de ese día la casa tomó fuego. Alertados por vecinos, arribaron bomberos voluntarios que, a poco de apagar las llamas, hallaron el cadáver de una nena que se encontraba sola en la vivienda. Se trataba de Aralí.
Lo que parecía un incendio trágico tuvo un giro inesperado: por un lado, los peritos de la Dirección Bomberos de la Policía descubrieron que el fuego había sido intencional en la casa; por otro lado, los forenses descubrieron que la nena no presentaba monóxido de carbono en su organismo. Había sido asesinada previamente.
El fiscal Gieco, de San Francisco y a cargo circunstancialmente de Morteros, se puso a trabajar en la causa y ordenó una serie de distintas medidas procesales, entre peritajes y toma de testigos y de pruebas. En ese marco, el estudio forense determinó, a priori, que la criatura había sido víctima de abusos y que presuntamente había muerto a causa de golpes.
Simeone había sido condenado en septiembre de 2023 en un juicio por amenazas y violencia de género y estaba con prisión condicional. La sospecha fiscal es que la pequeña había sido víctima de abusos y fue asesinada. Para ocultar el crimen, se incendió su casa.
Fuente: La Voz
Judicial
La audiencia de los hermanos Sapggiari será el lunes a las 12.30
Se realizará en el subsuelo del edificio de Tribunales de la capital santafesina ante el Juez Nicolás Falkemberg interviniendo como fiscal el Dr. Eladio Oscar García. La misma se concretará por una presentación de Habeas Corpus realizada por los defensores de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari, los doctores José María Silvela y Andrés Colón.
Los abogados defensores de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari, los doctores José María Silvela y Andrés Colón, habían presentado un recurso de Habeas Corpus en favor de sus defendidos ante presuntos apremios ilegales que habrían sufrido por parte de personal del Servicio Penitenciario Provincial que presta servicio en la cárcel de Coronda, donde los rafaelinos están privados de su libertad cumpliendo prisión preventiva, acusados en su momento por el fiscal Guillermo Loyola del delito de Estafa en calidad de jefes de una Asociación ilícita que habría engañado a inversores privados.
Fernando y Matías Spaggiari cumplían prisión preventiva en la Alcaidía de la Jefatura de la ciudad de Rafaela y luego, fueron trasladados a la Unidad Penal de Las Flores y luego, derivados al penal de Coronda donde habrían sufrido esta situación denunciada por sus representantes legales. En tanto la madre de ambos, también está cumpliendo prisión preventiva, pero en este caso bajo la morigeración del arresto domiciliario
Fuente: Castellanos
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