Judicial
Quedó en prisión preventiva el acusado del crimen de Gonzalo Riato en Lehmann
Quedó en prisión preventiva un hombre de 37 años que es investigado como autor del homicidio de Gonzalo Andrés Riato cometido en la localidad de Lehmann (departamento Castellanos). Así lo ordenó el juez, Javier Bottero, en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de Rafaela
El fiscal Martín Castellano está a cargo de la investigación y solicitó que el imputado, cuyas iniciales son MAS, transite el proceso judicial privado de su libertad. Aunque la defensa pudiera tomar medidas alternativas, el magistrado estimaba que estaban dadas las condiciones para disponer la preventiva sin plazos.
Cuchillo
Castellano relató que “el viernes pasado, aproximadamente a las 20:30, Riato regresó de su trabajo a su domicilio y fue perseguido por el imputado, quien conducía una motocicleta marca Honda modelo Wave y llevaba consigo un cuchillo”.
El fiscal rechazó que “en la vía pública, el hombre investigó insultó a la víctima y le recriminó a viva voz que ‘por culpa de él se había quedado sin nada’” , y puntualizó que “le mostró el arma blanca que portaba”. Según agregó, “mientras la persona intimidada huía de su agresor, se cruzó con varios vecinos a los que les pidió que convocaran a la policía”.
“Cuando Riato ingresó al jardín delantero de su vivienda, ubicado en Hernandarias al 300, fue acorralado por el imputado, quien dejó tirada la moto en la calle y lo atacó con el cuchillo”, aseguró Castellano. “Le asestó tres puñaladas en distintas partes del cuerpo, agresión que provocó la muerte de la víctima ese mismo día en el hospital de Rafaela”, informó.
“El imputado, en tanto, fue reducido en el lugar por los vecinos hasta que llegó la autoridad policial que procedió a su detención”, destacó el fiscal.
Prisión preventiva
Castellano manifestó que “el juez fundamentó la decisión de disponer la prisión preventiva”, y explicó que “consideró que el hecho atribuido al imputado es de alta gravedad y está acreditado con el suficiente grado de probabilidad en virtud de la abundante evidencia recolectada por el MPA”.
Además, el fiscal señaló que “el magistrado sostuvo que la calificación legal del hecho seleccionada por la Fiscalía es la correcta y que, en consecuencia, la pena en expectativa es alta y de ejecución efectiva”. A su vez, “contempló que, en el marco de una declaración voluntaria en la audiencia, el hombre investigado reconoció haber cometido el homicidio”, subrayó.
Riesgos procesales
En cuanto a los riesgos procesales, Castellano precisó que “el juez tuvo en cuenta que el imputado conoce a los testigos, quienes en su mayoría viven en Lehmann y deben ser resguardados en función de un eventual juicio”.
“Por otra parte, el magistrado afirmó que estaban latentes los riesgos de entorpecimiento probatorio y de fuga, ya que el investigado no posee un trabajo estable”, concluyó el fiscal.
Calificación penal
Al hombre de 37 años se le atribuyó la autoría del delito de homicidio doloso simple.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Condenaron a un profesor de vóley de Tostado a siete años de prisión por grooming y estupro calificado
Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, fue condenado a siete años de prisión efectiva por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos menores de edad en Tostado.
La sentencia fue dictada tras un juicio oral desarrollado en los tribunales de esa ciudad.
La Justicia de Santa Fe condenó a Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, a siete años de prisión efectiva por los delitos de grooming y estupro calificado, cometidos contra dos menores de edad en la ciudad de Tostado, departamento Nueve de Julio.
La sentencia fue dictada por el juez Juan Gabriel Peralta, al finalizar el juicio oral, en una resolución que coincidió con el pedido formulado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Se aprovechó de su rol como profesor de vóley
La fiscal Hemilce Fissore, quien representó al MPA durante el debate, sostuvo que el condenado era profesor de vóley de las víctimas y utilizó esa posición de confianza para cometer los delitos.
Según explicó la funcionaria judicial, Altamiranda se aprovechó de su mayoría de edad, de la relación de autoridad que mantenía con las menores y de la inmadurez sexual de las víctimas.
Tras conocerse el fallo, Fissore manifestó su conformidad con la decisión judicial y señaló que la condena fue la misma que había solicitado la Fiscalía. Además, indicó que aguardará los fundamentos de la sentencia para su análisis.
Los hechos investigados
De acuerdo con la investigación, entre octubre y el 18 de noviembre de 2023, el ahora condenado mantuvo contacto con una de las menores mediante mensajes enviados a través de Instagram, con la finalidad de concretar encuentros de carácter sexual.
Por otra parte, la Fiscalía acreditó que entre mayo y noviembre de 2023, Altamiranda mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la otra víctima, en distintos lugares de la ciudad de Tostado, entre ellos el interior de un automóvil.
Con las pruebas incorporadas durante el juicio, el magistrado resolvió condenarlo como autor de los delitos de grooming y estupro calificado.
Con información de Rafaela Noticias
Judicial
Sunchales: condenaron a 16 años de prisión a un hombre por abuso sexual contra la hija de su pareja
El condenado reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado homologado por la Justicia de Rafaela.
Durante la investigación también se detectó un intento de alterar una prueba de ADN y las pericias revelaron una situación aún más grave.
Condena por abuso sexual en Sunchales
Un hombre fue condenado a 16 años de prisión de cumplimiento efectivo tras reconocer su responsabilidad por abuso sexual con acceso carnal contra la hija menor de edad de su pareja, en un hecho ocurrido en Sunchales.
La sentencia fue dictada este miércoles en los Tribunales de Rafaela, en el marco de un juicio abreviado presidido por el juez Nicolás Stegmayer. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Favia Burella.
El condenado admitió su responsabilidad en el acuerdo alcanzado con la Fiscalía, el cual fue homologado por el magistrado, dando por finalizado el proceso sin necesidad de llegar a un juicio oral.
El delito fue agravado por la convivencia con la víctima
De acuerdo con la resolución judicial, el hombre fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia y guarda, ya que la víctima, de 13 años, era hija de su pareja.
Además de la pena de 16 años de prisión efectiva, se le impusieron las accesorias legales previstas por el Código Penal.
El imputado permanece detenido desde hace aproximadamente dos años, período en el que se desarrolló la investigación judicial.
Intentó alterar una prueba genética
Durante la investigación, el Ministerio Público de la Acusación detectó una maniobra que buscaba entorpecer la causa.
Según se informó en la audiencia, el ahora condenado habría intentado que otra persona se hiciera pasar por él para someterse a una extracción de sangre destinada a una pericia genética, con el objetivo de modificar el resultado del estudio de ADN.
La maniobra fue advertida a tiempo y no llegó a concretarse.
Las pericias revelaron una situación aún más grave
La prueba genética había sido ordenada debido al embarazo de la menor.
Sin embargo, el estudio determinó que la paternidad correspondía al hijo de 14 años del condenado, quien también había abusado de la víctima.
Debido a que el adolescente era menor de la edad de punibilidad al momento de los hechos investigados, no fue imputado en la causa.
Con la homologación del juicio abreviado, el condenado aceptó la pena acordada con la Fiscalía y el proceso judicial quedó formalmente concluido.
Con información de Rafaela Noticias
Judicial
Condenan a una mujer a pagar más de $43 millones por ocultar la verdadera paternidad de sus mellizos
Un tribunal de Córdoba ordenó indemnizar a un hombre con más de $43 millones tras comprobar que durante 34 años desconoció que los mellizos que había criado no eran sus hijos biológicos.
La Justicia consideró que existió un ocultamiento que le provocó un importante daño moral y personal.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 3 de Córdoba dictó un fallo considerado inédito, al condenar a una mujer a pagar $43.142.682 a su exesposo por haberle ocultado durante más de tres décadas que los mellizos que criaron juntos eran fruto de una relación extramatrimonial.
El caso salió a la luz cuando una de las hijas asistió a una reunión social y varias personas destacaron su gran parecido físico con otra joven. Esa situación motivó una investigación familiar que culminó con un estudio de ADN, el cual confirmó la identidad de su verdadero padre biológico.
En 2022, la joven inició una acción judicial para impugnar la paternidad. Fue entonces cuando el hombre recibió la notificación judicial y descubrió que no era el padre biológico de los mellizos, pese a haberlos criado durante 34 años.
El abogado del demandante, Remo Bergoglio, explicó que el eje del fallo no fue la infidelidad, sino el ocultamiento deliberado de una duda razonable sobre la verdadera filiación.
La Cámara revirtió el fallo de primera instancia
En una primera etapa, la demanda había sido rechazada por un juez de Villa Carlos Paz, quien entendió que el incumplimiento del deber de fidelidad no generaba, por sí mismo, un daño indemnizable.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión y concluyó que la mujer incurrió en una conducta culposa por omisión, al mantener ocultada la verdadera identidad biológica de los hijos durante décadas.
Los magistrados señalaron que esa conducta produjo un daño civil resarcible, tanto para el hombre como para los propios mellizos.
Cómo se compone la indemnización
La suma fijada por la Justicia contempla distintos conceptos, entre ellos el daño moral, la frustración del proyecto de vida del demandante y los gastos de tratamiento psicológico derivados del impacto emocional que provocó el descubrimiento.
Con información de Cadena 3
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