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Crimen en Lehmann: una cacería en moto y tres puñaladas mortales

El fiscal Martín Castellano imputó a Miguel Angel Spahn como autor del hecho y describió cómo se registró el ataque en la noche del viernes en Lehmann.

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Foto ilustrativa de Internet

Gonzalo Riato vivía en calle Colón 423 de Lehmann, con su esposa y sus dos pequeños hijos, un nene de 3 años y una beba de 3 meses. El viernes 7 de julio a las 20 terminó su jornada laboral en la planta de Verónica, junto a su padre, Edgardo. Los dos salieron a las 8 de la noche y cada uno fue a su casa, tras terminar el turno laboral. Ninguno de los dos imaginaba que a Gonzalo lo esperaba la muerte.

Miguel Angel Spahn tiene 37 años. Nacido en Rafaela, vive también sobre calle Colón, pero al 393. En la noche del viernes, Spahn montaba una Honda Wave de color azul. Estaba armado con un cuchillo de 17 cm. de hoja, de 2,5 centímetros de ancho, con un mango de madera y metal. Montaba una Honda Wave de color azul. Comenzó a increpar a Gonzalo. Le gritaba que «lo había dejado sin nada»,que «no tenía códigos» y que había «hablado pestes» de su persona.

Gonzalo quiso escapar. Corrió por Colón hasta calle Suipacha, hizo una cuadra y tomó por Hernandarias, que es paralela a Colón. Gritaba pidiéndole a los vecinos que llamaran a la policía, mientras su agresor lo perseguía en su moto. Riato intentó refugiarse en una casa de calle Hernandarias al 301, donde vive un matrimonio. Spahn seguía insultándolo: «salí, hijo de puta, me arruinaste», «me mandó a la policía, salí hijo de puta», «me cagó la vida», insistía.

Riato volvió a salir de la casa, siempre acosado y perseguido por Spahn. Corrió por 50 metros pero la moto era más rápida: Gonzalo volvió sobre sus pasos, ingresó nuevamente a la casa de Hernandarias 301. Ahi, en el jardín delantero, finalmente fue acorralado por Spahn,que había dejado tirada su moto y ahora atacaba, cuchillo en mano. Tres puñaladas hirieron a Gonzalo. La autopsia posterior reveló que lo hirió en el lateral izquierdo del cuello, en el lateral izquierdo del tórax, porción inferior, y en la zona anterior e inferior del tórax, levemente hacia la derecha, al costado del esternón.

A Spahn no lo detuvo la policía sino un vecino que lo redujo. Gonzalo, trasladado de urgencia por el SIES 107 de Lehmann, murió unos minutos después, a poco de llegar al Hospital de Rafaela. Todos los detalles contados anteriormente fueron narrados por el fiscal Castellano en la audiencia imputativa de este lunes, ante el juez Javier Bottero y la abogada defensora Georgina Alassia, del servicio público de defensa penal.

«Que se pudra en la cárcel»

En la audiencia estuvo presente Edgardo, el padre del joven asesinado. También su consuegro. Afuera esperaban otros familiares, todos visiblemente afectados por la muerte de Gonzalo. Edgardo pidió que Spahn fuera retirado de la sala antes de hacer uso de la palabra, ejerciendo su derecho como víctima. Con la voz quebrada por el llanto, describió a Gonzalo como un joven que «no tenía maldad, vívía trabajando y criando a sus hijos, un tipo responsable, bueno, cero maldad. Por ser tan bueno le pasó lo que le pasó». Consideró que el crimen fue «un acto de crueldad muy alevoso» y sólo expresó su deseo de que el asesino sea castigado «con justicia, pero con todo el rigor de la justicia». «Debería pudrirse en la cárcel», porque «no le importó si había testigos, si lo veían, no lo importó nada. No sé por qué lo atacó, Gonzalo no tenía trato con esa persona, no tiene nombre lo que hizo», remarcó.

En medio de una sala absolutamente silencionsa, el juez Bottero sólo se limitó a escucharlo y expresarle sus condolencias por la pérdida. Este martes, en una audiencia de medidas cautelares, si todo sucede como se presume y con pocas dudas acerca de la autoría material del hecho, Spahn recibirá la prisión preventiva, a la espera del juicio en la que se dicte su condena. Gonzalo, lamentablemente, ya no volverá con los suyos. Y sus hijos crecerán sin padre, en una familia que deberá sobreponerse ante una pérdida que duele desde cualquier lugar que se la mire.

Fuente: Rafaela Noticias

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Judicial

Condenaron a un profesor de vóley de Tostado a siete años de prisión por grooming y estupro calificado

Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, fue condenado a siete años de prisión efectiva por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos menores de edad en Tostado.

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La sentencia fue dictada tras un juicio oral desarrollado en los tribunales de esa ciudad.

La Justicia de Santa Fe condenó a Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, a siete años de prisión efectiva por los delitos de grooming y estupro calificado, cometidos contra dos menores de edad en la ciudad de Tostado, departamento Nueve de Julio.

La sentencia fue dictada por el juez Juan Gabriel Peralta, al finalizar el juicio oral, en una resolución que coincidió con el pedido formulado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Se aprovechó de su rol como profesor de vóley

La fiscal Hemilce Fissore, quien representó al MPA durante el debate, sostuvo que el condenado era profesor de vóley de las víctimas y utilizó esa posición de confianza para cometer los delitos.

Según explicó la funcionaria judicial, Altamiranda se aprovechó de su mayoría de edad, de la relación de autoridad que mantenía con las menores y de la inmadurez sexual de las víctimas.

Tras conocerse el fallo, Fissore manifestó su conformidad con la decisión judicial y señaló que la condena fue la misma que había solicitado la Fiscalía. Además, indicó que aguardará los fundamentos de la sentencia para su análisis.

Los hechos investigados

De acuerdo con la investigación, entre octubre y el 18 de noviembre de 2023, el ahora condenado mantuvo contacto con una de las menores mediante mensajes enviados a través de Instagram, con la finalidad de concretar encuentros de carácter sexual.

Por otra parte, la Fiscalía acreditó que entre mayo y noviembre de 2023, Altamiranda mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la otra víctima, en distintos lugares de la ciudad de Tostado, entre ellos el interior de un automóvil.

Con las pruebas incorporadas durante el juicio, el magistrado resolvió condenarlo como autor de los delitos de grooming y estupro calificado.

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Sunchales: condenaron a 16 años de prisión a un hombre por abuso sexual contra la hija de su pareja

El condenado reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado homologado por la Justicia de Rafaela.

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Durante la investigación también se detectó un intento de alterar una prueba de ADN y las pericias revelaron una situación aún más grave.

Condena por abuso sexual en Sunchales

Un hombre fue condenado a 16 años de prisión de cumplimiento efectivo tras reconocer su responsabilidad por abuso sexual con acceso carnal contra la hija menor de edad de su pareja, en un hecho ocurrido en Sunchales.

La sentencia fue dictada este miércoles en los Tribunales de Rafaela, en el marco de un juicio abreviado presidido por el juez Nicolás Stegmayer. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Favia Burella.

El condenado admitió su responsabilidad en el acuerdo alcanzado con la Fiscalía, el cual fue homologado por el magistrado, dando por finalizado el proceso sin necesidad de llegar a un juicio oral.

El delito fue agravado por la convivencia con la víctima

De acuerdo con la resolución judicial, el hombre fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia y guarda, ya que la víctima, de 13 años, era hija de su pareja.

Además de la pena de 16 años de prisión efectiva, se le impusieron las accesorias legales previstas por el Código Penal.

El imputado permanece detenido desde hace aproximadamente dos años, período en el que se desarrolló la investigación judicial.

Intentó alterar una prueba genética

Durante la investigación, el Ministerio Público de la Acusación detectó una maniobra que buscaba entorpecer la causa.

Según se informó en la audiencia, el ahora condenado habría intentado que otra persona se hiciera pasar por él para someterse a una extracción de sangre destinada a una pericia genética, con el objetivo de modificar el resultado del estudio de ADN.

La maniobra fue advertida a tiempo y no llegó a concretarse.

Las pericias revelaron una situación aún más grave

La prueba genética había sido ordenada debido al embarazo de la menor.

Sin embargo, el estudio determinó que la paternidad correspondía al hijo de 14 años del condenado, quien también había abusado de la víctima.

Debido a que el adolescente era menor de la edad de punibilidad al momento de los hechos investigados, no fue imputado en la causa.

Con la homologación del juicio abreviado, el condenado aceptó la pena acordada con la Fiscalía y el proceso judicial quedó formalmente concluido.

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Judicial

Condenan a una mujer a pagar más de $43 millones por ocultar la verdadera paternidad de sus mellizos

Un tribunal de Córdoba ordenó indemnizar a un hombre con más de $43 millones tras comprobar que durante 34 años desconoció que los mellizos que había criado no eran sus hijos biológicos.

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Foto: Demandó a su ex por ocultarle que no era el padre de sus mellizos.

La Justicia consideró que existió un ocultamiento que le provocó un importante daño moral y personal.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 3 de Córdoba dictó un fallo considerado inédito, al condenar a una mujer a pagar $43.142.682 a su exesposo por haberle ocultado durante más de tres décadas que los mellizos que criaron juntos eran fruto de una relación extramatrimonial.

El caso salió a la luz cuando una de las hijas asistió a una reunión social y varias personas destacaron su gran parecido físico con otra joven. Esa situación motivó una investigación familiar que culminó con un estudio de ADN, el cual confirmó la identidad de su verdadero padre biológico.

En 2022, la joven inició una acción judicial para impugnar la paternidad. Fue entonces cuando el hombre recibió la notificación judicial y descubrió que no era el padre biológico de los mellizos, pese a haberlos criado durante 34 años.

El abogado del demandante, Remo Bergoglio, explicó que el eje del fallo no fue la infidelidad, sino el ocultamiento deliberado de una duda razonable sobre la verdadera filiación.

La Cámara revirtió el fallo de primera instancia

En una primera etapa, la demanda había sido rechazada por un juez de Villa Carlos Paz, quien entendió que el incumplimiento del deber de fidelidad no generaba, por sí mismo, un daño indemnizable.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión y concluyó que la mujer incurrió en una conducta culposa por omisión, al mantener ocultada la verdadera identidad biológica de los hijos durante décadas.

Los magistrados señalaron que esa conducta produjo un daño civil resarcible, tanto para el hombre como para los propios mellizos.

Cómo se compone la indemnización

La suma fijada por la Justicia contempla distintos conceptos, entre ellos el daño moral, la frustración del proyecto de vida del demandante y los gastos de tratamiento psicológico derivados del impacto emocional que provocó el descubrimiento.

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