Judicial
Sunchales: acusan a un jubilado de abusar de una menor con síndrome de down
El testimonio de una psicóloga y la directora de una institución fueron claves para que el Juez Dr. Stegmayer dejara en prisión preventiva al acusado, a pesar de que la madre de la víctima declarara a su favor.

La directora de una institución educativa y una psicóloga lograron desenmascarar una situación que aparentemente llevaba años ocurriendo en el seno de una familia en Sunchales. Así quedó revelado en una audiencia judicial que duró dos horas este jueves por la tarde y de la que participó RAFAELA NOTICIAS. Luis G., alias «El Chivo», es jubilado, tiene 67 años y es oriundo de Tostado. Vivía hasta antes de ser detenido en la ciudad de Sunchales con su pareja desde hacía dos años, conviviendo con la hija de esta última: una menor con una «discapacidad severa»: síndrome de down. Sin poder estructurar frases, pero sí palabras sueltas, el testimonio de la víctima fue para el juez Dr. Stegmayer «contundente», dado el contexto en que surgieron las mismas: ante un grupo de profesionales de una institución educativa que lograron darse cuenta y recabar información sobre lo que la joven estaba viviendo, actuando en consecuencia. Esto es, realizando la correspondiente denuncia policial y dando lugar a que actúen no solamente equipos interdisciplinarios de Sunchales, sino la propia Justicia.
El caso cayó en la fiscal Dra. Gabriela Lema del Ministerio Público de la Acusación, quien en la audiencia de este jueves le endilgó a Luis G. el delito de «Abuso sexual reiterado agravado por tener guarda de la víctima», la cual -como se mencionó anteriormente- tenía una discapacidad. Según el relato de la Fiscal, el acusado abusó en varias oportunidades de la joven tocando sus partes íntimas, lo que surgió no solamente del testimonio de la víctima sino de una hermana de la misma que fue testigo presencial. La cual declaró incluso en la audiencia de este jueves mediante Zoom. La Dra. Lema además habló de un contexto de violencia de género dentro de la familia, no solo hacia la joven víctima, sino hacia su madre – la pareja del acusado-, a quien mantenía alejada de su entorno cercano.
En el allanamiento realizado donde vivía Luis G. con la víctima y su pareja, se encontró detrás de un ropero una escopeta con caños yuxtapuestos calibre 16 apta para el disparo, algo que la Fiscal sumó a la hora de hablar de las situaciones de violencia que había en el hogar. Por este hallazgo, la Dra. Lema le imputó otro delito, además del abuso sexual, el de «Tenencia indebida de arma de fuego de uso civil», dado que el acusado no tenía autorización para tener el arma.

La madre de la víctima defendió al acusado
La madre de la joven abusada, según se desprende de las testimoniales, no le creyó a su hija, asegurando que el abuso era un invento de sus otras hijas que influenciaron a la víctima para echar de la casa a su pareja. Pero en este punto el Juez Stegmayer fue contundente: la denuncia no vino de las hermanas de la víctima en primera instancia, sino de las profesionales de la institución educativa. Además el testimonio de la joven denunciante fue repetido en varias oportunidades ante diferentes personas, lo que habla -en esta instancia de la investigación- de la verosimilitud de su relato.
Los intentos de la abogada defensora pública, Dra. Georgina Alassia para que su defendido quede en libertad fueron en vano. La profesional dijo que Luis G. no tenía causas penales abiertas, que nunca intentó escaparse a pesar de que habían pasado dos meses de la denuncia de abuso sexual que se hizo en agosto. Agregó que su defendido ya era una persona de edad avanzada, que tenía un hijo en Córdoba donde podía ir a vivir para estar lejos de la víctima, que la escopeta que le secuestraron al momento del allanamiento no estaba cargada, y por supuesto, se valió del testimonio de la madre de la joven que favorecía a Luis G.
A pesar de todo esto, el Juez Dr. Stegmayer entendió que los hechos denunciados se encuentran acreditados en esta instancia del proceso, y que si liberaba a Luis G., éste podía entorpecer la causa dado que no tiene un lugar fijo donde vivir (residía antes de ser detenido con la víctima y su madre en Sunchales). Además el Magistrado hizo hincapié en la «ascendencia» (dominio) que tenía Luis G. sobre su pareja, la madre de la víctima, algo que sin dudas podía entorpecer la causa.
Todo lo relatado hasta aquí, terminó en un dictamen por parte del Dr. Stegmayer de prisión preventiva por 90 días para el acusado, mientras avanza la investigación. Pasado este plazo, la Fiscalía puede volver a pedir la extensión de la prisión preventiva si así lo considera necesario.
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
La Corte se prepara para ratificar la condena a Cristina: iría presa y no podría ser candidata a diputada
Habría acuerdo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación para confirmar la condena en la causa «Vialidad» a Cristina Kirchner el próximo martes.

El periodista Eduardo Feinmann reveló en su programa «Alguien Tiene que Decirlo», de Radio Mitre, que habría acuerdo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación para confirmar la condena en la causa «Vialidad» a Cristina Kirchner el próximo martes.
Dijo que, de esa forma, la ex presidente y actual presidente del Partido Justicialista nacional, debería presentarse ante la Justicia para que le pinten los dedos y le coloquen una tobillera electrónica.
Dijo que le esperan la cárcel de Ezeiza o la prisión domiciliaria.
Cristina Kirchner adelantó que se presentará como candidata a diputada provincial en la provincia de Buenos Aires pero una condena firme le prohibiría presentarse.
Por su parte, el periodista Adrián Ventura dijo en TN que «la Corte Suprema se prepara para ratificar la condena a Cristina Kirchner y peligra la candidatura».
Dentro de los pasillos del máximo tribunal está instalada la idea de que la decisión llegaría antes de que comience julio.
El reloj avanza muy rápido, el tiempo se derrumba debajo de los pies de Cristina Kirchner y se esfuma su futuro político. Hoy, a esta hora, el destino de la expresidenta depende de un solo hombre, un único juez. Un juez que ni siquiera ella nombró, Carlos Rosenkrantz.
Ricardo Lorenzetti está firme en su decisión. Rosatti también querría ratificar la condena en la causa Vialidad, pero no tal vez el martes próximo. Es Rosenkrantz quien puede bajarle el pulgar a Cristina o darle una luz de esperanza y postergar la definición.
Hace dos semanas, la expresidenta confirmó su candidatura para la Tercera Sección de la provincia de Buenos Aires con la intención de lograr anticipadamente acceder a los fueros. El cierre de listas para diputados nacionales es el 17 de agosto y los fueros para cualquier candidato llegarían aún después, cuando la jueza federal María Servini oficialice las candidaturas. Demasiado lejos. Por eso, Cristina se anotó para la elección provincial, cuyas listas cierran y se oficializan en julio.
La única manera de que el máximo tribunal pueda dictar una sentencia es, entonces, que los tres jueces coincidan con sus votos en una misma decisión. Y ese dato, sencillo de entender, es la clave del futuro de la exmandataria.
Dos de los magistrados, Horacio Rossatti, el presidente de la Corte, y su predecesor, Ricardo Lorenzetti, coinciden en querer condenar a Cristina. Ellos mantienen una relación tirante, pero eso no les impide compartir el mismo punto de vista: la condena de la exmandataria no debe ser revisada ni llevada a 12 años, sino que debe quedar firme, a seis años de prisión, y debería ser dictada pronto. Hay, sí, un pequeño matiz: Rosatti no desearía precipitar esta definición el martes próximo.
La forma más rápida de resolver este expediente es recurriendo a la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial: “La Corte, según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”. Una fórmula escueta, contundente y suficiente para enviar a alguien a prisión. Rosatti también creería que ese es el camino, pero no está convencido de actuar de manera inmediata.
En otras palabras, esos dos ministros de la Corte no piensan abrir a estudio el recurso planteado por Cristina y por los defensores de los otros imputados. Eso demandaría muchos meses. Cristina, así, quedaría condenada a seis años. Solo difieren en el momento del fallo. Pero está instalada fuerte la idea, dentro de los pasillos de la Corte, que la condena llegaría antes de que comience julio.
Fuente: Contexto Tucumán
Judicial
Caso Loan: finalizó la investigación y piden la elevación a juicio
El fiscal de Goya y de la PROTEX solicitaron la elevación a juicio.

La investigación por la desaparición de Loan Danilo Peña el 13 de junio del año pasado en la provincia de Corrientes concluyó y los fiscales solicitaron la clausura de la instrucción a la jueza Cristina Pozzer Penzo.
La medida, a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, fue firmada por el fiscal federal de Goya, Enrique Mariano De Guzmán, junto con sus pares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Marcelo Colombo y Alejandra Mangano.
En la causa principal están procesados Laudelina Peña, su marido Bernardino Antonio Benítez; Mónica del Carmen Millapi y su esposo Daniel «Fierrito» Ramírez, la funcionaria María Victoria Caillava; su marido, el marino retirado Carlos Pérez y el ex comisario Walter Adrián Maciel.
Ahora, según informaron fuentes del caso a este medio, los defensores tienen seis días como plazo para oponerse al requerimiento.
Luego, si se confirma la elevación a juicio, el Tribunal Oral Federal dictaminará la fecha del debate oral en las dos causas.
En este sentido, días atrás dicho Tribunal rechazó que los 10 procesados en la causa paralela sean enjuiciados en un debate distinto al caso principal.
En esta causa están procesados Elizabeth Noemí Cutaia, Alan Juan José Cañete, Pablo Gabriel Núñez, Verónica Paola Machuca Yuni, Valeria Liliana López, Esteban Federico Rossi Colombo, Nicolás Gabriel “El Americano” Soria, Leonardo Daniel Rubio, Pablo Javier Noguera y Delfina Taborda.
Conforme al escrito judicial enviado a este medio, el Tribunal sostiene que dicha elevación a juicio era “parcial” debido a que “no se había completado la investigación del hecho que dio origen a la causa”.
Fuente: NA
Judicial
Nicolás Mattioli irá a Juicio, acusado de homicidio culposo agravado por la muerte de una ciclista en accidente en Santo Tomé
La Justicia santafesina avanza hacia la instancia de juicio oral y público en una causa que involucra a Nicolás Mattioli, hijo del fallecido cantante Leo Mattioli, imputado por el delito de homicidio culposo agravado tras atropellar con su camioneta a una ciclista que circulaba en forma reglamentaria por una avenida de la ciudad de Santo Tomé. El hecho ocurrió el 21 de septiembre de 2024, minutos antes de las 8 de la mañana, en la intersección de Avenida Richieri y calle Libertad, y tuvo como trágico desenlace la muerte de Claudia Laura Decurgez, de 51 años.

La fiscal del caso, Rosana Marcolín, presentó la acusación formal contra Mattioli, acusándolo de haber causado la muerte de la víctima por una conducción imprudente y negligente. La presentación fue respaldada por los abogados querellantes Diego Martín Guido y Bruno Andrés Rugna, quienes solicitaron que el acusado enfrente un juicio oral con una pena de cuatro años de prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir vehículos, además de las costas procesales y las penas accesorias correspondientes.
En la reconstrucción de los hechos se detalla que Mattioli circulaba en una camioneta Ford Ranger gris por Avenida Richieri, en sentido oeste-este. En la misma dirección y sobre el extremo derecho de la calzada lo hacía Claudia Decurgez, en bicicleta, respetando las normas de tránsito. A pesar de ello, el conductor no advirtió su presencia y la embistió desde atrás, provocando que la mujer saliera despedida hacia un costado del camino y golpeara violentamente su cabeza contra el suelo. El traumatismo de cráneo que sufrió fue letal, y cuando llegó la asistencia médica, los profesionales constataron su fallecimiento.
Una testigo presencial del hecho fue quien dio aviso inmediato a la policía a través del número de emergencias 911. Al llegar al lugar, los efectivos encontraron a Mattioli alterado, y según consta en el acta policial, expresó a viva voz: «No la vi, se me cruzó, todavía está respirando». Sin embargo, esa afirmación fue luego desmentida por las pruebas incorporadas a la causa. Cámaras de seguridad de una vivienda cercana captaron el momento exacto del impacto, mostrando que la ciclista se desplazaba en línea recta, sin realizar movimientos bruscos o indebidos, y que el conductor de la camioneta nunca frenó ni redujo la velocidad antes de la colisión.
Los peritajes accidentológicos determinaron que Mattioli circulaba a una velocidad estimada de 53,31 km/h, por debajo del límite permitido de 60 km/h para esa avenida, pero sin ejercer ninguna maniobra de evasión ni frenada al aproximarse a la víctima, lo cual resulta clave para sustentar la imputación de negligencia. Los informes también indicaron que no existían obstáculos visuales en el trayecto que impidieran advertir la presencia de la bicicleta en la calzada.
Un elemento relevante que agrava la acusación es que Nicolás Mattioli posee visión monocular (es decir, no ve con uno de sus ojos), una condición que, según la fiscalía, no fue tenida en cuenta al momento de conducir un vehículo de gran porte como una camioneta sin adaptaciones específicas que aumenten el campo visual, como espejos retrovisores especiales. Esta omisión, en combinación con la conducta posterior al hecho, contribuyó a que se solicitara una pena por encima del mínimo legal.
Otro de los puntos señalados por la fiscal Marcolín en el escrito acusatorio tiene que ver con la actitud del imputado tras el siniestro. A pesar de tener el teléfono celular en la mano al descender de su vehículo, no realizó ningún llamado al 911 ni solicitó auxilio, algo que fue también observado por la testigo, quien relató que Mattioli se acercó al cuerpo de la víctima, la movió para comprobar si aún respiraba, y repitió que “se le había cruzado”. La fiscal remarcó que esta versión fue un intento de deslindar responsabilidades, atribuyendo la culpa del hecho a la propia víctima, pese a que las pruebas la exoneran completamente.
La calificación legal elegida por la fiscalía es la de homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor, contemplado en el Código Penal y en el artículo 39 inciso b) de la Ley Nacional de Tránsito, que regula la responsabilidad penal por siniestros viales fatales cuando media una conducta imprudente o negligente.
En los próximos días, la Oficina de Gestión Judicial deberá fijar la fecha de la audiencia preliminar, donde un juez de garantías evaluará si se cumplen los requisitos formales y probatorios para dar paso al juicio oral. En esa instancia también se confirmará la admisión de testigos, entre ellos, quienes presenciaron el hecho, personal policial, peritos accidentológicos y médicos forenses.
La causa genera atención pública no solo por la figura mediática del imputado, sino por la contundencia de las pruebas técnicas y testimoniales reunidas, que delinean un caso de conducción temeraria con resultado fatal en un contexto urbano donde la víctima se desplazaba de manera completamente reglamentaria.
El futuro judicial de Nicolás Mattioli se definirá en ese juicio, donde se pondrán en juego los elementos reunidos por la fiscalía para demostrar que la muerte de Claudia Decurgez pudo y debió haberse evitado.
Fuente: InforMate
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