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Condenaron a cuatro años de prisión al expresidente del SAMCo de Sunchales

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En aundiencia realizada en la mañana de este miécoles en tribunales de Rafaela, se llevó a cabo la lectura de sentencia sobre Sunchalense, afectado por el tema SAMco local.

Hugo R. Acuña recibió 4 años de prisión de cumplimiento efectivo a partir de que la sentencia quede firme e inhibición perpetua para ocupar cargos públicos así lo determinó el Juez Alejandro Mognaschi

Próxima etapa, Cámara de apelaciones y actuación de la defensa, hasta que la sentencia quede firme

Ampliaremos

 

Por Móvil Quique – Datos y Fotos, Elvio Saravia

 

Condenaron a cuatro años de prisión al expresidente del SAMCo de Sunchales por el delito de malversación de caudales públicos


(Parte Oficial  MPA)

 

Se trata de Hugo Ricardo Acuña de 63 años, a quien se le impuso la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. El ilícito fue cometido en 2016. También se ordenó su inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.

Un hombre de 63 años identificado como Hugo Ricardo Acuña fue condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo como autor del delito de malversación de caudales públicos agravado cometido en 2016 en perjuicio del SAMCo de Sunchales (departamento Castellanos), hospital “Dr. Almicar Gorosito”. Así lo resolvió el juez Alejandro Mognaschi en el marco de un juicio oral y público que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Rafaela.

Acuña fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de malversación de caudales públicos agravado (peculado) en concurso real con malversación de caudales públicos simple.

Si bien desde Fiscalía se habían solicitado cinco años de prisión de ejecución efectiva, el juez Mognaschi resolvió condenar a Acuña a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. Además, dispuso la inhabilitación absoluta perpetua para el ejercicio de cargos públicos, una multa de 2.500$, más accesorias legales y costas del proceso. La detención del condenado se producirá una vez quede firme la sentencia.

El fiscal que investigó el hecho es Martín Castellano, a cargo de la sección Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5.

La investigación

El ilícito por el que fue condenado Acuña fue cometido en 2016, momento en el que se desempeñaba como funcionario público del SAMCo. “El sábado 28 de noviembre de 2015, la vecinal de un barrio sunchalense organizó un evento gastronómico cuya recaudación fue donada al SAMCo”, explicó el fiscal. “El condenado –en su carácter de presidente de la Comisión Ejecutiva del efector de salud–, recibió la suma donada y no informó al Consejo de Administración ni a la Cooperadora acerca de lo acontecido, y tampoco lo depositó en el plazo previsto”, relató.

“En febrero de 2016, en ocasión en que las directoras técnicas del SAMCo solicitaron información y explicación de lo sucedido con este dinero, Acuña explicó que parte de la suma donada fue destinada al pago de gastos de la cena organizada por la vecinal del barrio”, detalló Castellano.

“El dinero recibido en concepto de esa donación permaneció en poder del imputado desde diciembre de 2015, y el 6 de abril de 2016 entregó parcialmente ese monto a la administradora del SAMCo, destinando una parte al pago de una deuda del hospital con un proveedor”, manifestó. En tal sentido, agregó que “esa entrega parcial se produjo una vez que los hechos adquirieron repercusión pública”.

Finalmente, el fiscal Castellano aseguró que “la conducta del imputado implicó –en su carácter de presidente de la Comisión Directiva del SAMCo Sunchales– sustraer caudales cuya administración le había sido confiada por razón de su cargo”. Además, “esa conducta implicó darle a los caudales administrados una aplicación diferente a la que estuvieran destinados, provocando un daño o entorpecimiento en la prestación de un mejor servicio de salud por parte del SAMCo Sunchales”, concluyó.

Consideraciones finales

El representante del MPA aseveró que “si bien no conocemos los argumentos de la sentencia, entendemos que producto de la valoración integral y conjunta de las pruebas producidas durante el debate, el juez arribó a la conclusión de que Acuña separó de la esfera de la administración del SAMCo fondos públicos –en concepto de donación– que personalmente había recibido como presidente del ente, y le otorgó a parte de ese dinero un destino distinto al que estaba asignado”.

También expresó que «quien asume de manera voluntaria y responsable la obligación de administrar, gestionar o manejar fondos públicos –en este caso un hospital público como ha sucedido con el condenado– debe observar en ese desarrollo de gestión una conducta sumamente transparente, prolija, ordenada y celosa sobre el origen, aplicación y rendición de esos fondos, más aún cuando se trata de fondos destinados a la salud pública». En tal sentido, agregó que «su conducta en el manejo irregular de fondos públicos de un SAMCo, como pasó en este caso, incidió de manera directa y negativa en la salud de los usuarios de dichos servicios”.

Por otra parte, Castellano sostuvo que “esos manejos no permitieron elevar el nivel y calidad de prestaciones propias del efector público”.

Castellano referenció que “atañe al Estado la sanción de este tipo de acciones en virtud de la protección de la propia función pública al que estaban destinados”.

Finalmente, aseguró que “la actividad de los funcionarios públicos, en general y en el caso particular de Acuña, debe ser examinada con mayor rigurosidad, no sólo debido a que del cumplimiento de sus obligaciones depende la satisfacción de intereses superiores -en este caso, los servicios de salud-, sino también por cuanto todo desvío o manejo irregular de fondos, quiebra la confianza pública hacia quien debe administrar fondos públicos y en general hacia el normal y regular funcionamiento de la administración pública”.

Oficina de Prensa y Difusión MPA

 

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⚖️ Caso Cecilia Strzyzowski: condena a prisión perpetua para el Clan Sena

En la provincia de Chaco, la jueza Dolly Fernández dio a conocer la sentencia en el marco del femicidio de Cecilia Strzyzowski.

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Foto: Archivo Caso Cecilia Strzyzowski (Video: Gentileza Clarín)

En la provincia de Chaco, la jueza Dolly Fernández dio a conocer la sentencia en el marco del femicidio de Cecilia Strzyzowski.

El Clan Sena fue condenado a prisión perpetua:

  • César Sena recibió la máxima pena como autor del crimen.
  • Sus padres, Emerenciano y Marcela Acuña, fueron declarados culpables como partícipes necesarios.

El fallo representa un paso importante en la búsqueda de justicia para la familia de Cecilia, aunque la noticia sigue en desarrollo.

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🚔 Narcomenudeo y armas ilegales: condenaron a cinco años de prisión a un hombre en Tostado

La Justicia de Tostado condenó a cinco años de prisión efectiva a un hombre de 30 años por vender droga al menudeo y poseer armas de fuego sin autorización.

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Foto: Ilustrativa

El condenado fue identificado como Pablo Jesús Argañaraz, quien recibió la sentencia tras un juicio abreviado llevado adelante en los tribunales locales.
La resolución estuvo a cargo del juez José Luis Estévez, con la Dra. Shirli Tomasso como fiscal del caso.

🔍 Drogas fraccionadas listas para la venta

Durante la audiencia, la fiscal detalló que el acusado tenía estupefacientes fraccionados y preparados para su comercialización, los cuales fueron hallados en un allanamiento realizado el 3 de agosto de 2024 en una vivienda ubicada sobre Naciones Unidas al 1200.

En el procedimiento, personal de la PDI secuestró:

  • Envoltorios con clorhidrato de cocaína
  • Picadura de marihuana

🔫 Armas de fuego sin documentación

Además de la droga, en el mismo operativo la policía encontró un revólver calibre 22 con ocho cartuchos, el cual no contaba con ningún tipo de documentación legal, ni para su tenencia ni para su portación.

La fiscal también recordó que, en un allanamiento previo realizado en 2023, se había secuestrado en poder del acusado una escopeta calibre 16 de dos caños recortados, con dos cartuchos en la recámara.

⚖️ Reconoció los hechos

Argañaraz admitió su culpabilidad, aceptó las calificaciones legales y prestó conformidad con la pena impuesta, lo que permitió resolver el caso mediante un procedimiento abreviado.

La condena incluye los delitos de:

  • Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización
  • Tenencia indebida de arma de fuego de uso civil
  • Tenencia indebida de arma de fuego de guerra

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⚖️ Justicia ordena bloquear el video del asesinato de Jeremías Monzón para proteger a la familia

La Justicia de Santa Fe tomó una decisión clave para proteger a la familia de Jeremías Monzón, el adolescente de 15 años asesinado a fines de diciembre: dictó una medida cautelar que prohíbe la difusión total o parcial del video y otros registros del crimen.

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Foto: Archivo

El tribunal consideró que la circulación de este material no aporta a la investigación judicial y, por el contrario, provoca un impacto emocional grave en los familiares y el entorno social, generando lo que se conoce como revictimización.


Medidas ordenadas

  • Bloqueo y eliminación de contenido: plataformas digitales y redes sociales como Facebook, TikTok, X, Instagram, Telegram y WhatsApp deberán eliminar y desindexar cualquier registro audiovisual del caso.
  • Medios de comunicación: tienen prohibido reproducir el material bajo apercibimiento legal.
  • Investigación del origen: la querella anunció que se investigará cómo se filtró el video, que forma parte de la prueba judicial, ya que su difusión podría implicar irregularidades.

El objetivo de la resolución es evitar la revictimización de la familia y proteger sus derechos, mientras avanza la investigación judicial sobre el asesinato del adolescente.

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