Judicial
Una docente pasó 12 años presa siendo inocente y deberán indemnizarla en Santa Fe
Una docente que fue condenada a prisión perpetua y pasó 12 años presa acusada de haber asesinado a su esposo en la ciudad de Arequito será indemnizada con siete millones de pesos por daños y perjuicios por la provincia de Santa Fe, luego de comprobarse que era inocente.
Se trata de María Antonia Gauna, quien fue condenada en 2008 a la pena de prisión perpetua pero siguió clamando su inocencia hasta que la Corte Suprema de la provincia hizo revisar el caso en 2016, indicaron hoy voceros judiciales.
Gauna estuvo presa desde que salió del estado de coma, en 2005, ya que cuando mataron a su esposo a puñaladas, el 6 de febrero de ese año, ella fue hallada a su lado en gravísimo estado.
En 2008 la mujer, oriunda de la provincia de Corrientes, fue condenada a prisión perpetua como autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo.
Con esa resolución se dio por cerrado el caso por la muerte del productor agropecuario Omar Carlos Bartorelli, esposo de Gauna, que fue encontrado en el jardín de la casa que compartían con ocho puñaladas y ella a su lado, malherida e inconsciente.
Recién 10 años después estudios médicos demostraron que las heridas que tenía Gauna no pudieron ser autoinflingidas y un médico especialista lo declaró ante la justicia.
Ese punto demostró que la mujer era inocente y que hubo un atacante que no solo asesinó a su esposo, sino que intento hacer lo mismo con ella.
En ese sentido, Gauna acusa a un cuñado de su esposo, que «nunca fue investigado», al que identificó con el apodo «Pirulo».
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual número 2 de la provincia dictaminó que el Estado provincial deberá resarcir por daños y perjuicios a Gauna, de acuerdo a lo que establece la ley 7.658 de indemnización por sentencia judicial absolutoria.
«Cuando prospere el recurso de revisión, interpuesto en favor de una persona condenada por error judicial excusable, a pena privativa de la libertad o a inhabilitación de cumplimiento efectivo, aquella tiene derecho a reclamar de la Provincia una equitativa indemnización», indica el texto.
En ese sentido, el Tribunal señaló que «la mujer fue privada de su libertad a consecuencia de resoluciones judiciales siendo declarada absuelta casi doce años después por encontrarla la Corte Suprema de Justicia inocente del delito por la que fuera condenada».
A partir de esa resolución, Gauna instruyó a su abogado para que comience las actuaciones que le permitan volver a su casa, recuperar sus bienes y ser reconocida como heredera de su esposo.
En declaraciones a radio Universidad, de Santa Fe, Gauna contó que la noche del crimen los abordó en su casa un hombre encapuchado al que ella reconoció como cuñado de su marido, apodado Pirulo.
«La noche del crimen, volvimos de cenar, me bajé en mi casa y mi marido fue a guardar el auto a una cochera, a una cuadra. Cuando entré a mi casa me encontré con una persona encapuchada con un arma. Cuando me redujo, me di cuenta que era Pirulo, el cuñado de mi marido. El tipo me pedía plata; yo le di lo que tenía”, contó Gauna.
Luego, dijo que al llegar su esposo, el encapuchado les robó dinero, les dio algo de beber y los obligó a acostarse en su cama.
«Este sujeto nos pedía plata porque mi marido había retirado 25 mil pesos del banco días antes. Nos obligó a tomar algo y nos metió en la cama. Yo tomé todo y mi marido no. El sujeto llamó a alguien por celular y le dijo que si en 5 minutos no salía que entren. Yo me dormí y luego desperté en el sanatorio”», añadió la mujer.
Gauna remarcó que «gracias a las pericias científicas se comprobó que yo tenía los dos tendones cortados y era imposible que me lo hubiera hecho sola”.
Respecto del autor del crimen, dijo que “jamás fue investigado el cuñado de mi marido, a pesar de que siempre lo mencioné».
«Este sujeto está en Arequito usurpando mi casa y explotando el campo de mi marido. Este fue el móvil del crimen. La impunidad de este caso es insólita”, concluyó.
Fuente: Telam.
Judicial
La Corte Suprema dictó la inconstitucionalidad de la prisión perpetua
Los jueces declararon inconstitucional la prisión perpetua por afectar el “derecho a la esperanza” de los condenados, permitiendo la posibilidad de acceder a la libertad condicional en ciertos casos.
En un fallo histórico, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la prisión perpetua, una decisión que modifica el régimen de condenas en Argentina. La resolución, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, se basó en la premisa de que esta pena impide la posibilidad de rehabilitación de los condenados.
La Corte Suprema argumentó la violación de derechos humanos
La decisión del máximo tribunal se basa en que la prisión perpetua, sin posibilidad de revisión, vulnera derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales. Según el fallo, el condenado tiene derecho a la rehabilitación social y a conocer las condiciones que podrían permitir su eventual libertad.
El fallo se centró en el artículo 14 del Código Penal, que restringe la libertad condicional para los condenados por delitos graves, como los tipificados en el artículo 80 (homicidios agravados). La Corte entendió que esta disposición contraviene el principio de resocialización y el derecho a la esperanza, ambos considerados esenciales para la dignidad humana.
Los magistrados afirmaron:
“El mandato de resocialización exige que toda pena privativa de libertad brinde al condenado la posibilidad concreta de reintegrarse a la sociedad.”
El caso que llegó a la Corte Suprema
El caso que motivó este fallo tiene como protagonista a Sebastián Alejandro Guerra, condenado en 2014 por el asesinato de María Luján Campilongo, cabo de la Policía Federal, y por herir gravemente a su pareja, Diego Hernán Ghiglione. Ambos policías estaban vestidos de civil cuando fueron atacados por una banda delictiva en 2012.
Guerra fue condenado a prisión perpetua por homicidio agravado, múltiples robos y otros delitos. Sin embargo, su defensa apeló la condena alegando que la pena era incompatible con el derecho internacional. Argumentaron que la exclusión de la libertad condicional equivalía a un castigo cruel e inhumano.
Fuente: La Cien
Judicial
Causa Vialidad: Casación confirmó la condena a 6 años de prisión para Cristina
El tribunal ratificó además la sentencia por «administración fraudulenta» agravada y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles la condena a seis años de prisión a la expresidenta Cristina Kirchner por «administración fraudulenta» agravada en la Causa Vialidad. La decisión se anunció durante la lectura de la sentencia en los tribunales de Retiro.
Detalles de la sentencia
A pesar de la confirmación de la condena, la expresidenta no será detenida en este momento. De acuerdo con el nuevo Código Procesal Penal Federal, la ejecución de la pena se activará solo cuando se agoten todas las instancias judiciales de revisión, un proceso que podría extenderse por años.
Posibles recursos legales
La defensa de Cristina Kirchner ha manifestado su intención de apelar ante la Corte Suprema, que es la última instancia judicial en este caso. La expresidenta, que no cuenta con fueros que impidan su arresto, tiene más de 70 años y, en caso de que la Corte confirme la condena, podría solicitar cumplir la pena en su domicilio.
Impacto de la Ley de Ficha Limpia
Además, si avanza esta ley en el Congreso, la condena le impediría postularse como candidata en futuras elecciones.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Justicia: Agravaron las imputaciones contra los acusados de asesinar a Aralí en Brinkmann
Tanto la madre, como el padrastro y el amigo de éste quedaron ahora imputados por lo mismo: presunto homicidio calificado por el vínculo. En caso de condena, corresponde la perpetua. El viernes, arrancan las indagatorias.
El fiscal Oscar Gieco decidió agravar la imputación de los dos primeros detenidos por el crimen de Aralí Vivas, la niña de 8 años de Brinkmann, el cual se quiso ocultar mediante un incendio intencional en el domicilio donde vivía.
Ahora, Matías Ezequiel Simeone, padrastro de la víctima, y su amigo, Cristian Hernán Varela, que se encontraban imputados por homicidio simple, son sindicados como presuntos coautores del delito de homicidio calificado por el vínculo.
En el caso de ser acusados en un juicio, a través de esta calificación podrían llegar a recibir prisión perpetua.
Cabe recordar que también se encuentra detenida e imputada Rocío Milagros Rauch, madre de Aralí, como partícipe necesario de homicidio calificado por el vínculo, por comisión por omisión.
A la mujer no se la vincula directamente con la ejecución del crimen, aunque el fiscal le apunta por su descuido como progenitora, lo que contribuyó al asesinato.
Gieco tomó esta decisión que había adelantado La Voz, mediante el avance de la investigación, con el análisis de llamadas telefónicas entre los acusados y los testimonios recabados.
El fiscal también explicó que los tres detenidos serían indagados el próximo viernes por videoconferencia.
Un incendio para despistar
La muerte dataría de la madrugada del sábado 2 de noviembre, entre la 1 y las 6 de la mañana aproximadamente.
Cámaras de seguridad de la zona vieron a Simeone y Varela en la vivienda donde se encontraban Aralí y sus hermanos, yendo y viniendo en determinados horarios. La madre se había ido el día anterior y nunca regresó a la casa previo a la tragedia.
En horas de la siesta de ese día la casa tomó fuego. Alertados por vecinos, arribaron bomberos voluntarios que, a poco de apagar las llamas, hallaron el cadáver de una nena que se encontraba sola en la vivienda. Se trataba de Aralí.
Lo que parecía un incendio trágico tuvo un giro inesperado: por un lado, los peritos de la Dirección Bomberos de la Policía descubrieron que el fuego había sido intencional en la casa; por otro lado, los forenses descubrieron que la nena no presentaba monóxido de carbono en su organismo. Había sido asesinada previamente.
El fiscal Gieco, de San Francisco y a cargo circunstancialmente de Morteros, se puso a trabajar en la causa y ordenó una serie de distintas medidas procesales, entre peritajes y toma de testigos y de pruebas. En ese marco, el estudio forense determinó, a priori, que la criatura había sido víctima de abusos y que presuntamente había muerto a causa de golpes.
Simeone había sido condenado en septiembre de 2023 en un juicio por amenazas y violencia de género y estaba con prisión condicional. La sospecha fiscal es que la pequeña había sido víctima de abusos y fue asesinada. Para ocultar el crimen, se incendió su casa.
Fuente: La Voz
-
Provincia2 días ago
Siniestro fatal en Maciel: murieron dos mujeres y un bebé está internado
-
Pais2 días ago
Un feroz intento de femicidio quedó registrado por las cámaras de seguridad de una pizzería
-
Policiales12 horas ago
Sunchales: Ruta Nacional 34 pierde el control y vuelca
-
Policiales11 horas ago
Moto y bicicleta formaron parte de un accidente