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Una santafesina logró cambiar su nombre y apellido por el que se identifica

Amanda Miraflores eligió como llamarse. Es el primer caso que se registra en la provincia por fuera de lo familiar o la ley de identidad de género.

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Una santafesina logró cambiar su nombre y apellido por el que se identifica

Amanda Miraflores, de 40 años, emprendió en 2019 un camino personal y judicial para elegir como quiere ser identificada. El juzgado que resolvió a su favor es el de instancia civil y comercial de 4º nominación, cuyo trámite lo siguió la secretaria María Alfonsina Pacor Alonso. Lleva la firma del juez Iván Di Chiazza. La acompañó el Estudio social y jurídico Lazos.

«La que debe ser amada», es el significado del nombre que escogió para que se imprima en su nuevo documento nacional de identidad que está esperando. Al apellido lo inventó. Más allá de las burocracias, «tiene que ver con una resignificación de mi historia», le cuenta a UNO Santa Fe la cantante y psicóloga social.

Lo legal

La abogada de Miraflores es Jaquelina Bussi. Sobre cómo fue que abordaron la solicitud del cambio, explicó a este medio: «Amanda llegó a nuestro equipo con un planteo absolutamente “original” y novedoso. Lo que más se vio en la jurisprudencia que estudiamos es personas que se cambiaron su apellido paterno por uno materno, o de alguien de la familia, o un referente afectivo. En este caso el apellido es sui generis, que incluso no tiene tradición de uso en Argentina. Que una persona elija su nombre y también su apellido es totalmente inédito. Podríamos decir que escucharla nos permitió incorporar nuevas categorías y formas de pensar la identidad».

De acuerdo detalla la letrada, en el derecho argentino el principio de inmutabilidad de los nombres impedía planteos de este tipo. Las rectificaciones de nombres y cambios estaban reservadas a supuestos de errores materiales y otras cuestiones de excepción (como portar un nombre o apellido que implique una ofensa al honor, a la moral). A partir de la ley 26.743 de identidad de género se avanzó en la posibilidad del cambio registral de nombre por identidad de género, sin necesidad de judicialización. «Gracias a esa ley yo lo pude pensar materialmente a un proceso que ya venía teniendo», destaca Amanda.

«Contextualizamos la pretensión invocando el artículo 2 del Código Civil y Comercial de la Nación que exhorta a interpretar las normas receptando la normativa supralegal y constitucional de derechos humanos», revela Bussi. Y agrega: «Desde Lazos entendimos que la identidad como derecho humano, es relato, es construcción de sentidos, es trayectoria, es dinámica, es justicia y está íntimamente ligada a la salud integral de las personas. Agradecemos enormemente a Amanda Miraflores por haber confiado en nuestro trabajo y por permitirnos transitar juntas este desafío con perspectiva de géneros, y derechos humanos».

La construcción de una misma

Tanto Lazos como Miraflores interpretan que la identidad se inserta en una dinámica de representaciones construidas por la experiencia personal, absolutamente subjetiva y tiene también estrecha relación con factores sociales, afectivos, con las aspiraciones, los valores, deseos y estos factores actúan en conjunto.

«La identidad siempre se construye en relación con el entorno y se trata de una manera de ser y de situarse y de relacionarse. Lo vivido y sentido por Amanda tiene que ver más con otros procesos subjetivos de construcción de la identidad relacionados a la dinámica con la que los nombres y apellidos asignados al nacer muchas veces pueden percibirse como un atributo extraño en el transcurso de la vida», apunta Bussi a UNO.

Amanda por su parte expresó a este medio que está feliz con la resolución ya que es algo que «deseaba tanto». Al ser consultada sobre por qué decidió cambiar su nombre original, respondió: «Es un proceso que vengo atravesando hace un montón. Cuando era chica o adolescente pasaba por una cuestión más fantaseada acerca de de cómo nombrarme y cómo ser nombrada. Creo que es a partir de una de mis profesiones, como cantante, que también me habilita a poder jugar. Si bien hace 20 años que me dedico a la música en distintos momentos he buscado alguna especie de seudónimo. El juego se terminaba con con el apellido. En el 2019 aparece el Señorita Miraflores en el escenario».

«Con Miraflores es el proceso, en realidad solo lo empiezo a pensar. En el sentido de ¿por qué portar algo como heredado? Como esa herencia de padres a hijos. Cuando yo no estaba teniendo relación alguna desde hace bastante. Aunque mi proceso se da a partir de que las artes me posibilitan y también mi formación como psicóloga social. Poder entender que la subjetividad y la identidad están en movimiento constante. Puedo crear y formar esta identidad», describió.

Sobre cómo llegó al apellido Miraflores, dijo: «Es algo inventado, creado. Viene por algunas cuestiones más poéticas. No es un apellido usado en nuestro país, no tiene raíces acá. Y aparece con esa idea de poder mirar más allá, de pensar en la belleza. Aparece como en un recorrido por Latinoamérica, si se quiere. Lo más cerca que tenemos acá es Chaco donde hay una comunidad originaria que se llama Miraflores. Es casi como una resistencia celular de una comunidad originaria. Tiene que ver con una búsqueda más poética».

Amanda comenzó entre el 2018 y el 2019 a presentarse públicamente como Señorita Miraflores en los escenarios. «Con esa legitimación social y con esa bienvenida, aparece una idea. Un poco más corrida de lo fantaseado, y yendo por el derecho ya adquirido. Como como la Ley de Identidad de Género. Y poder pensar en cambiar mi identidad por razones que no sean de género», recuerda.

«Primero me reconozco Amanda, pretendo ser reconocida así y eso lo logro. La legitimación social en especial. Por mi profesión como cantante aparece una posibilidad de ver belleza, de cuestiones propositivas que tengan que ver con los proyectos de vida. Me gusta esa idea de raíz, de las ancestras que me han marcado el el camino. También sirve para multiplicar esta idea de poder ser nombrada y que eso me lleve a lugares felices», contó.

Bussi destaca que la identidad es dinámica, histórica, que incluye procesos, y que además son subjetivas. En estos procesos se imprime lo que se vive, siente, piensa, las aspiraciones, las expectativas, los sueño. «Estas construcciones son genuinas y en el caso particular desde lo simbólico, le permitieron a Amanda reacomodar ciertas vivencias como piezas de un rompecabezas pero construyendo nuevas figuras, y con ello visualizar otros horizontes. Poder decir cómo quiere ser nombrada habla de un recorrido, de una trayectoria, ya que la construcción identitaria es un proceso continuo y jamás acabado. Es resultado tanto de un proceso de interacción social como de una realidad subjetiva. Por ello la identidad constituye una manera de existir en el medio social y define la manera en que las personas interpretan y entienden la realidad y sus acciones», dijo la abogada a este medio.

Amanda recuerda que desde Lazos al principio le explicaron que era menos complejo cambiar su apellido de origen por uno materno. «Pero para mí no era una opción válida, porque tampoco tengo contacto con la familia paterna de mi madre. Ella misma no la tiene. Pensé, ¿por qué seguir perpetrando apellidos que no han sido fundantes en la historia de mi subjetividad? Ahí empiezo un proceso de escritura, de mirada un poco más al interior para poder ir desarrollando las razones, los criterios y los justificativos. Fue un proceso duro porque fue durante pandemia y encierro. Me di cuenta que hay una red que me sostiene y son esos vínculos habilitantes los que me permiten llevar a cabo esto judicialmente», explicó Miraflores. La parte judicial la arrancó este año y la resolución llegó el 28 de julio.

Y concluyó: «Necesitaba la legalidad para por lo menos cerrar por ahora ese proceso de legitimación social. Ahora empieza la parte más burocrática. Lo importante es que el fallo lo que dictamina es una rectificación de mi partida de nacimiento, por lo tanto ya legalmente soy Amanda Miraflores».

Fuente: Uno de Santa Fe

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Judicial

Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio

La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.

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Foto: apelación causa Grupo Spaggiari

La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.

La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.

Las defensas cuestionaron la acusación

El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.

Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.

En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.

También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.

El juez resolverá en los próximos días

Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.

Una causa con 558 hechos investigados

La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.

La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.

Las penas solicitadas por la Fiscalía

En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:

  • 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
  • 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
  • 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
  • 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
  • 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
  • 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
  • 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.

Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.

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Apelarán la prisión preventiva de uno de los acusados por el crimen del niño Zamir Torres en Frontera

La Justicia de Rafaela realiza este miércoles una audiencia para analizar el pedido de apelación presentado por la defensa de Thiago Medrano, uno de los imputados por el homicidio de Zamir Torres, el niño de cuatro años asesinado durante un ataque a balazos ocurrido en Frontera en julio de 2025.

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Foto: apelación prisión preventiva acusado Zamir Torres

La audiencia comenzó a las 10 de la mañana en la Sala Nº 4 de los Tribunales de Rafaela y será presidida por el juez de Segunda Instancia, Matías Drivet.

El planteo fue presentado por el abogado defensor Darío Schurrer, quien solicitó revisar la prisión preventiva que pesa sobre Thiago Medrano.

El crimen que conmocionó a Frontera

Medrano está imputado por los delitos de homicidio doloso calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego, además de homicidio doloso calificado en grado de tentativa.

El hecho ocurrió el 9 de julio de 2025 en la ciudad de Frontera, cuando Zamir Torres, de apenas cuatro años, viajaba en un automóvil junto a su madre y su padrastro, Brian Martínez.

Según la investigación, otro vehículo interceptó al automóvil familiar y sus ocupantes abrieron fuego. Uno de los disparos impactó en el niño, quien falleció, mientras que Martínez sufrió graves heridas.

La principal hipótesis de los investigadores sostiene que el ataque estaba dirigido contra el padrastro del menor y estaría relacionado con una venganza vinculada al narcotráfico, aunque esa versión fue rechazada por la familia de la víctima.

Cinco personas imputadas

La causa ya cuenta con cinco personas imputadas por el crimen.

El pasado 26 de junio, la Justicia dictó la prisión preventiva para Samuel Elías Reyes y Santiago Benavídez, mientras que Brenda Ruiz Díaz recuperó la libertad bajo estrictas medidas alternativas.

Entre las restricciones impuestas a la mujer se encuentran la prohibición de ingresar a Frontera, acercarse a víctimas y testigos, portar armas de fuego y la obligación de presentarse semanalmente en una dependencia policial.

Actualmente, los imputados son Thiago Medrano, Matías Escobedo, Samuel Elías Reyes, Santiago Benavídez y Brenda Ruiz Díaz. Los cuatro hombres permanecen detenidos, mientras que la mujer continúa vinculada al proceso judicial en libertad.

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La Justicia de EE.UU. ratificó la condena contra Argentina por la expropiación de Aerolíneas: deberá pagar casi US$390 millones

La Corte de Apelaciones de Columbia rechazó el recurso presentado por el Estado argentino y confirmó el fallo derivado de la expropiación de Aerolíneas Argentinas. La deuda supera actualmente los US$390 millones con intereses.

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Foto: El Tribunal de Columbia falló en contra del país y lo obligó a pagar ese monto al fondo Titan Consortium.

La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Estados Unidos, confirmó la condena contra la República Argentina en el juicio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral, ocurrida en 2008. La decisión obliga al Estado nacional a afrontar un pago cercano a US$390 millones, incluyendo los intereses acumulados.

El fallo desestimó la apelación presentada por Argentina en el litigio impulsado por el fondo de inversión Titan Consortium, actual titular de los derechos para reclamar la indemnización establecida por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).

La condena supera los US$390 millones

El conflicto judicial se originó tras la estatización de Aerolíneas Argentinas durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.

En 2017, el Ciadi determinó que Argentina debía pagar más de US$320 millones, además de honorarios legales e intereses. Con el paso del tiempo, el monto actualizado asciende a unos US$390 millones.

El demandante original fue el grupo español Marsans, que controlaba Aerolíneas Argentinas y Austral antes de la expropiación. Posteriormente, los derechos del litigio fueron transferidos a Burford Capital y luego al fondo Titan Consortium, que actualmente impulsa el cobro.

La Procuración analiza nuevas medidas

Tras conocerse la resolución, la Procuración del Tesoro de la Nación informó que se encuentra evaluando las alternativas legales disponibles para intentar revertir la decisión o reducir su impacto económico.

Además, señaló que el proceso judicial se originó por decisiones adoptadas hace casi dos décadas y recordó que la actual administración recibió litigios internacionales con reclamos millonarios contra el Estado argentino.

Podrían avanzar sobre activos argentinos

Como el Ciadi no posee mecanismos propios para ejecutar sus sentencias, el fondo acreedor deberá continuar el proceso ante tribunales estadounidenses para intentar cobrar la indemnización.

En ese contexto, Titan Consortium busca autorización para identificar y embargar activos argentinos en Estados Unidos. Entre los bienes que aparecen bajo análisis se encuentran las garantías de los históricos Bonos Brady, depositadas en la Reserva Federal de Nueva York.

Con esta decisión, la Justicia estadounidense confirmó la validez del fallo de primera instancia y mantuvo vigente el reconocimiento del laudo arbitral emitido por el Ciadi.

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