Contáctenos

Pais

Este sábado arrancó el confinamiento: qué restricciones hay

Publicado

el

El confinamiento estricto volvió este sábado, en el que no se permiten actividades grupales al aire libre, los bares y restaurantes no pueden recibir clientes y la restricción horaria comienza a las 18.

La mayoría de las provincias, también la ciudad de Buenos Aires, adhiere al decreto presidencial con excepción de Mendoza.

Según el DNU presidencial, los días 5 y 6 de junio «en los Departamentos, Partidos y Aglomerados que se encuentren en situación de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario o de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, se aplicarán las siguientes medidas:

a) Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.

Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible. Cuando no fuera posible, los trabajadores y las trabajadoras recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual neta de aportes y contribuciones al sistema de seguridad social. Los trabajadores y las trabajadoras, así como los empleadores y las empleadoras, deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -INSSJP- (Leyes Nros. 19.032, 23.660 y 23.661).

El beneficio establecido en el párrafo anterior no podrá afectar el financiamiento de la seguridad social, ni los derechos conferidos a los trabajadores y a las trabajadoras por los regímenes de la seguridad social.

b) Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.

Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias establecidas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21. En ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

Con el fin de realizar las salidas y desplazamientos previstos en este inciso no será necesario contar con autorización para circular.

c) La restricción de circulación nocturna establecida en el artículo 18 del Decreto N° 287/21 y ampliada por el inciso 6° del artículo 21 del mismo regirá desde las DIECIOCHO (18) horas hasta las SEIS (6) horas del día siguiente.

Solo el personal esencial podrá utilizar el transporte público el fin de semana del 5 y 6 de junio.

Personal esencial:

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

3. Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas. Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las dotaciones de personal del Poder Judicial de la Nación que dispongan las autoridades correspondientes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.

15. Actividades vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA autorice. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.

Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y la de sus regulados en caso de resultar necesario.

25. Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas.

26. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

27. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.

28. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

29. Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

30. Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES- en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1. Personal de aduanas.

31. Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario.

Todas las personas exceptuadas conf
orme este artículo deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a circular y, en su caso, al uso de transporte público.

OTRAS EXCEPCIONES PARA CIRCULAR, SIN USO DE TRANSPORTE PÚBLICO: Quedan exceptuadas de las restricciones previstas en artículo 3°, sin autorización para el uso del transporte público de pasajeros, las personas que realizan las siguientes actividades y servicios, o se encuentran en las situaciones previstas en los siguientes incisos:

1. Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.

2. Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.

3. Producción y distribución de biocombustibles.

4. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20.

5. Servicios esenciales de sanitización, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.

6. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. Actividades vinculadas a la protección ambiental minera.

7. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

8. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

9. Personas que deban trasladarse para realizar viajes al exterior.

10. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público. Todo ello conforme la Decisión Administrativa N° 524/20.

11. Industrias que realicen producción para la exportación.

 

 

 

 

 

 

Fuente: Minuto Uno

 

Seguí Leyendo
Clic para Comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Pais

Indignación en Bariloche: un alumno se disfrazó de una mujer abusada en el viaje de egresados

El adolescente se puso un vestido con roturas y se pintó la entrepierna con sangre. El descargo de sus compañeros.

Publicado

el

Foto: Indignación en Bariloche: un alumno se disfrazó de una mujer abusada en el viaje de egresados

Un aberrante video se viralizó en las últimas horas protagonizado por un alumno de la escuela IPET 267 de Bell Ville, Córdoba, en el que aparece disfrazado de “mujer violada” durante el viaje de egresados en Bariloche.

En las imágenes que subieron en la cuenta de Instagram de su promoción se muestra al adolescente que llevaba un vestido roto y el cuerpo pintado con manchas rojas -simulando la sangre-. En la espalda tenía escrita la palabra “violada”.

El video, que dura apenas unos segundos, termina cuando aparece otro compañero y hace gestos en los que aluden a un abuso mientras se ríen en complicidad con quien graba.

De inmediato se comenzó a compartir en las redes sociales y despertó enojo por la banalización de un tema tan sensible.

Ante esa situación, la división sacó un comunicado para defenderse de las acusaciones: “Somos conscientes de la gravedad de lo sucedido. Al mismo tiempo, queremos aclarar que este hecho está desligado de nuestra institución, acompañantes y no representa los valores enseñados. Somos adolescentes y entendemos que es un tema delicado y que no debemos fomentarlo. Pedimos disculpas».

Tras la viralización del video, la otra división del colegio publicó un fuerte descargo para repudiar el accionar de sus compañeros.

“Queremos expresar nuestro más absoluto repudio por las recientes publicaciones de un grupo de compañeros que se encuentra en la localidad de Bariloche, realizando el viaje de estudio. Primeramente, comunicarle a la sociedad que nos sentimos totalmente conmocionados por la violencia de las imágenes conocidas por todos y que no sólo son indignantes en todos los sentidos, sino que el comunicado posterior también deslinda responsabilidad y entendemos que es insuficiente para justificar la violencia», comienza el mensaje.

Y continua: “Esto no es una ‘cosa de adolescentes’. La mayor parte de nosotros somos mayores de edad. Esto forma parte de una manera de mirar el mundo, de naturalizar las violencias contra nuestros cuerpos, de creer que algunos pocos tienen la licencia de reírse de cualquier cosa. Nos sentimos abrumados, tristes».

“Estamos siendo presos de violentos ataques por las redes y muchos de nosotros no solo no fuimos parte de eso sino que, no fuimos a Bariloche. La promo 25 no son un grupo de estudiantes irresponsables que dejaron nuevamente a nuestra escuela expuesta a la mirada social que nos condena. Los ‘canarios’ somos estos otros que día a día, nos educamos para ser mejores en un mundo muy complejo. Somos quienes se sienten parte de una sociedad que llora tantas víctimas de femicidios y violencias”, agrega el comunicado. Y concluye: “Pedimos que se revisen y sancionen a los responsables, nos despegamos de ellos y abrazamos a nuestra escuela y docentes que nos están conteniendo en tan tremenda situación”.

Seguí Leyendo

Pais

Indignación en Corrientes: mataron con una gomera al guacamayo rojo «Charrúa»

Un ejemplar de guamacayo rojo que formaba parte de un proyecto de conservación de la especie fue abatido por el impacto de una gomera.

Publicado

el

Foto: Corrientes: mataron con una gomera al guacamayo rojo "Charrúa"

La Fundación Rewilding Argentina, que lleva adelante el Proyecto de Reintroducción del guacamayo rojo en la provincia de Corrientes, informó la triste noticia de la muerte de “Charrúa”, un ejemplar de esta especie que había nacido en 2023 en los Esteros del Iberá.

El guacamayo “fue abatido por el impacto de una gomera en la localidad de Concepción del Yaguareté Corá. Si bien fue rápidamente atendido, a causa de la gravedad de la herida, a los pocos días, Charrúa murió”, informó Rewilding.

Hacía solamente días desde que la fundación había comunicado en sus redes sociales el increíble recorrido que tres guacamayos rojos («Charrúa», «Pampa» y «Toba») estaban realizando desde que se aventuraron a volar mucho más allá de su lugar de nacimiento.

Los ejemplares visitaron localidades como Apipé, Villa Olivari, Loreto, Carlos Pellegrini, hasta que en Concepción del Yaguareté Corá una familia dió aviso del hallazgo de un guacamayo herido, el cual fue rescatado pero no sobrevivió.

“Charrúa” fue asistido tras el impacto de la gomera, pero no logró sobrevivir.

Conservación de la especie

El guacamayo rojo fue declarado Monumento Natural Provincial de Corrientes en 2021, un reconocimiento que le otorga protección legal contra cualquier daño, razón por la que se realizó una denuncia ante la justicia.

“Charrúa fue el primer guacamayo muerto a manos de personas en 10 años de proyecto. Esperamos que este caso sirva como ejemplo del terrible e innecesario daño que podemos infligir a la fauna y de la necesidad de seguir concientizando en el camino de lograr la coexistencia con todas las formas de vida con las cuales compartimos el planeta”, expresaron desde Rewilding.

Seguí Leyendo

Pais

Encontraron un cuerpo en Entre Ríos: investigan si es del remisero que trasladó a Laurta

El cadáver podría ser de Martín Sebastián Palacios.

Publicado

el

Foto: Encontraron un cuerpo en Entre Ríos: investigan si es del remisero que trasladó a Laurta

Un cuerpo fue encontrado en la ciudad entrerriana de Concordia y la Justicia investiga si pertenece a Matías Sebastián Palacios, el remisero desaparecido que trasladó a Pablo Laurta, el acusado de asesinar a su ex pareja y su ex suegra y de secuestrar a su hijo de 5 años.

Según supo la agencia Noticias Argentinas, el cadáver fue hallado en cercanías del arroyo Yeruá, en el camino que une esa localidad con General Campos.

Las autoridades provinciales informaron que este domingo se llevaron a cabo rastrillajes en la trayectoria del recorrido que hizo el auto Toyota Corolla, aunque se cree que en un momento ya no lo conducía Palacios, sino que era Laurta.

Las cámaras de seguridad captaron que el vehículo en cuestión realizó este trayecto: Ruta Provincial N°22, autovía Nacional 14, caminos vecinales de Estancia Grande, Puerto Yeruá, General Campos, Ruta Nacional N°18, San Salvador, Villaguay y luego Córdoba.

Seguí Leyendo

Clima Sunchales

Sunchales
Clear sky
Claro
32°C
Apparent: 21°C
Presión: 1010 mb
Humedad: 59%
Viento: 20 km/h ESE
Ráfagas: 37 km/h
Indice UV: 0
Salida del Sol: 6:25 am
Puesta de Sol: 7:17 pm
 
Publicidad

Tendencia