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El sábado vuelve el confinamiento: qué restricciones habrá
Este fin de semana otra vez regirá el confinamiento en todo el país. Mendoza no se sumará.
El confinamiento estricto volverá este sábado, en el que no se permitirán actividades grupales al aire libre, los bares y restos no podrán recibir clientes y la restricción horaria comenzará a las 18.
La mayoría de las provincias, también la ciudad de Buenos Aires, adherirá al decreto presidencial con excepción de Mendoza, que ya anunció que seguirá del mismo modo.
Según el DNU presidencial, los días 5 y 6 de junio «en los Departamentos, Partidos y Aglomerados que se encuentren en situación de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario o de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, se aplicarán las siguientes medidas:
a) Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.
Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible. Cuando no fuera posible, los trabajadores y las trabajadoras recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual neta de aportes y contribuciones al sistema de seguridad social. Los trabajadores y las trabajadoras, así como los empleadores y las empleadoras, deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -INSSJP- (Leyes Nros. 19.032, 23.660 y 23.661).
El beneficio establecido en el párrafo anterior no podrá afectar el financiamiento de la seguridad social, ni los derechos conferidos a los trabajadores y a las trabajadoras por los regímenes de la seguridad social.
b) Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.
Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias establecidas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21. En ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
Con el fin de realizar las salidas y desplazamientos previstos en este inciso no será necesario contar con autorización para circular.
c) La restricción de circulación nocturna establecida en el artículo 18 del Decreto N° 287/21 y ampliada por el inciso 6° del artículo 21 del mismo regirá desde las DIECIOCHO (18) horas hasta las SEIS (6) horas del día siguiente.
Solo el personal esencial podrá utilizar el transporte público el fin de semana del 5 y 6 de junio.
Personal esencial:
1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
3. Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas. Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las dotaciones de personal del Poder Judicial de la Nación que dispongan las autoridades correspondientes.
4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
10. Personal afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones.
11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
12. Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20.
13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.
14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.
15. Actividades vinculadas con el comercio exterior.
16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
20. Servicios de lavandería.
21. Servicios postales y de distribución de paquetería.
22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA autorice. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y la de sus regulados en caso de resultar necesario.
25. Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas.
26. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.
27. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.
28. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
29. Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
30. Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL -ANSES- en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1. Personal de aduanas.
31. Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario.
Todas las personas exceptuadas conforme este artículo deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a circular y, en su caso, al uso de transporte público.
OTRAS EXCEPCIONES PARA CIRCULAR, SIN USO DE TRANSPORTE PÚBLICO: Quedan exceptuadas de las restricciones previstas en artículo 3°, sin autorización para el uso del transporte público de pasajeros, las personas que realizan las siguientes actividades y servicios, o se encuentran en las situaciones previstas en los siguientes incisos:
1. Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.
2. Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.
3. Producción y distribución de biocombustibles.
4. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20.
5. Servicios esenciales de sanitización, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.
6. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. Actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
7. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.
8. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
9. Personas que deban trasladarse para realizar viajes al exterior.
10. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público. Todo ello conforme la Decisión Administrativa N° 524/20.
11. Industrias que realicen producción para la exportación.
Fuente: Minuto Uno
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Temblor en Córdoba: un sismo de 2,7 grados se sintió en Tanti, Villa Carlos Paz y otras localidades
Un temblor de magnitud 2,7 se registró durante la medianoche del domingo en la provincia de Córdoba, con epicentro en la localidad de Tanti.
El movimiento sísmico fue percibido por vecinos de distintas ciudades del Valle de Punilla y también en la capital provincial.
De acuerdo con la información difundida por el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES), el fenómeno ocurrió pocos minutos antes de la medianoche y tuvo una magnitud de 2,7 grados.
El sismo se sintió en varias localidades
Si bien el movimiento tuvo una breve duración, la intensidad fue suficiente para que numerosas personas lo advirtieran y compartieran su experiencia en redes sociales.
Además de Tanti, el temblor fue percibido en Villa Carlos Paz, otras localidades del Valle de Punilla e incluso en distintos sectores de la ciudad de Córdoba.
Hasta el momento, no se reportaron daños materiales ni personas heridas como consecuencia del evento.
El INPRES confirmó la magnitud
Durante las primeras horas de este lunes, el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES) confirmó que el epicentro se localizó en Tanti y estableció que el movimiento alcanzó una magnitud de 2,7, un nivel considerado leve, aunque suficiente para ser percibido por la población cercana.
Con información de Contexto Tucumán
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¿Puede ocurrir un doble terremoto en Argentina? Un geólogo explicó qué provincias tienen mayor riesgo sísmico
Tras los dos fuertes terremotos registrados en Venezuela con apenas 40 segundos de diferencia, especialistas analizaron si un fenómeno similar podría repetirse en Argentina.
Aunque consideran que es un escenario poco probable, advirtieron que existen provincias con importantes fallas geológicas capaces de generar sismos de gran magnitud.
Los recientes terremotos en Venezuela, de magnitud 7,2 y 7,5, despertaron interrogantes sobre la posibilidad de que un evento similar ocurra en Argentina. Frente a este escenario, el geólogo Andrés Folguera aseguró que un doble sismo como el ocurrido en el país caribeño es posible, aunque muy poco probable.
El especialista explicó que Argentina cuenta con zonas de alta actividad sísmica, donde existen fallas geológicas con capacidad para producir terremotos destructivos.
Las provincias con mayor riesgo sísmico
Según Folguera, las fallas geológicas más importantes del país se encuentran en la región de la precordillera, especialmente en cuatro provincias:
- San Juan
- Mendoza
- La Rioja
- Salta
El geólogo señaló que en San Juan deben monitorearse especialmente las zonas de la Sierra de Pie de Palo y la Sierra de Valle Fértil.
En La Rioja, las áreas de mayor riesgo son las sierras de Famatina, Velasco y Ambato.
Por su parte, en Salta presentan actividad sísmica el Valle de Lerma, el sistema Subandino, la Quebrada de Humahuaca y los Valles Calchaquíes. Además, indicó que Córdoba y San Luis también podrían registrar terremotos importantes.
Qué es una falla geológica
De acuerdo con el Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR), una falla geológica es una fractura o zona de ruptura de la corteza terrestre que se produce cuando las fuerzas tectónicas superan la resistencia de las rocas.
Cuando esa energía acumulada se libera de manera repentina, se origina un terremoto.

Por qué ocurrió el doble terremoto en Venezuela
Folguera explicó que los dos sismos se produjeron en el punto donde se cruzan dos importantes fallas activas: Boconó y Oca.
Estas fracturas permanecen en constante movimiento debido a la interacción entre las placas tectónicas. En el caso de Venezuela, el fondo del Mar Caribe se desplaza por debajo del territorio venezolano a una velocidad aproximada de dos a tres centímetros por año, generando una presión permanente sobre la placa sudamericana.
Según el especialista, esa acumulación de energía fue liberada casi simultáneamente por ambas fallas, dando lugar a un fenómeno considerado muy poco frecuente.
Una coincidencia estadística poco habitual
El geólogo sostuvo que la activación casi simultánea de dos fallas constituye una «casualidad estadística», ya que habitualmente estos procesos ocurren con diferencias de días, semanas o incluso meses.
Cuando una falla libera energía, modifica el equilibrio de las estructuras geológicas cercanas, lo que puede favorecer la activación de otras fallas próximas.
¿Se pueden predecir los terremotos?
Folguera fue categórico al señalar que la ciencia aún no permite predecir con precisión cuándo ocurrirá un terremoto.
No obstante, mencionó que existen investigaciones experimentales, principalmente en China, que estudian posibles variaciones en la gravedad terrestre como herramienta para anticipar sismos, aunque aclaró que esos trabajos todavía se encuentran en una etapa muy preliminar.
Con información de TN
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Trágico choque frontal entre dos camiones en la Ruta Nacional 34: murieron los dos choferes
Un grave accidente de tránsito se registró sobre la Ruta Nacional 34, a la altura del kilómetro 598, cerca de Mailín.
Dos camiones colisionaron de frente, se incendiaron tras el impacto y ambos conductores fallecieron en el lugar.
Un nuevo siniestro vial enluta a la Ruta Nacional 34. Durante la noche de este viernes, dos camioneros perdieron la vida como consecuencia de un violento choque frontal ocurrido en inmediaciones de Mailín, dentro de la jurisdicción de la Comisaría Comunitaria N.º 19 de Herrera.
Por motivos que todavía son materia de investigación, dos camiones con batea impactaron de frente, provocando un incendio que consumió ambos vehículos pocos minutos después de la colisión.

Los dos conductores fallecieron en el lugar
Como consecuencia del fuerte impacto y del posterior incendio, los dos choferes quedaron atrapados en el interior de los camiones y fallecieron en el lugar.
Tras el alerta, acudieron efectivos policiales, personal sanitario y Bomberos Voluntarios de Añatuya, quienes trabajaron intensamente para extinguir las llamas y llevar adelante las tareas de rescate.
Ruta totalmente cortada y pericias en marcha
Debido a la magnitud del siniestro, la Ruta Nacional 34 permaneció totalmente cortada mientras los equipos de emergencia y los peritos realizaban las tareas correspondientes para determinar cómo se produjo la colisión.
Hasta el momento, las autoridades no informaron oficialmente la identidad de las víctimas, mientras continúa la investigación para establecer las causas que desencadenaron el fatal accidente.
Con información de El Liberal
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