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Monotributo: cómo quedan los nuevos valores en 2024

En enero se actualizarán los parámetros máximos admitidos en cada categoría en un 49%, en tanto que los montos a pagar, congelados durante 2023, aumentarán un 110,9%.

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Nuevas escalas de monotributo a partir de enero

La facturación anual en la categoría máxima del monotributo será, a partir de enero de 2024, de aproximadamente $16.957.898 en la actividad de comercialización de bienes y de alrededor de $11.916.360 si el contribuyente se dedica a la prestación de servicios.

Si bien los nuevos montos no han sido oficializados, las estimaciones surgen de aplicarles a los valores actuales un reajuste según el esquema de actualizaciones establecido en la normativa vigente.

El incremento de los montos de ingresos permitidos se ubica muy por debajo del nivel de inflación, situación que incrementa el riesgo para los contribuyentes de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los excluya del sistema simplificado por no cumplir con los requisitos, y quedar encuadrados en el régimen impositivo general, más oneroso y burocrático, aun cuando en algunos casos los ingresos recibidos por la actividad sean, en términos de poder adquisitivo, más bajos que antes.

De acuerdo con la normativa vigente para la actualización, los topes de ingresos mínimos y máximos que definen los parámetros de cada categoría, y también los topes de facturación que permiten estar en el sistema subirán un 49,02%, mientras que los importes a pagar por el impuesto integrado y los aportes al sistema jubilatorio y a la obra social aumentarán un 110,9%.

Así, en las categorías A y B -las más bajas- el componente tributario será de $1.049 para el caso de compraventa de bienes y de $2.019 en el caso de prestación de servicios, aproximadamente; el aporte jubilatorio se ubicará en $4.623 y de $5.085, y el pago para la obra social subirá a $6.457 (en este caso, la cifra es igual para las dos categorías). Para quienes deben abonar los tres componentes, la cifra total es de $12.128 en la categoría A y de $13.562 en la B.

Según el mecanismo establecido por ley que rige desde 2018, las variables del esquema del monotributo se incrementan en el inicio de cada año, en un porcentaje igual al acumulado por el índice de movilidad jubilatoria de los doce meses previos. Este año, los haberes previsionales tendrán un reajuste de 110,9% según la fórmula de actualizaciones. Es un índice que se ubica muy por debajo del aumento general de precios que, según se desprende del Relevamiento de Expectativas de Mercado del Banco Central, cerrará el año en un nivel cercano al 200%.

Los incrementos diferenciales se deben al mecanismo legal que habilita al Poder Ejecutivo a aplicar una actualización parcial en julio. Mientras que los aportes pagados por los monotributistas hasta diciembre de este año son los mismos que abonaban al iniciarse el año, los topes de facturación ya sufrieron una modificación.

Por esa razón, en los reajustes previstos para enero se aplican diferentes proporciones. La suba de los ingresos permitidos a mitad de año fue de un porcentaje equivalente a la movilidad jubilatoria del primer semestre, de 41,52%. Por eso, ahora se prevé que habrá un aumento de 49,02%, que es la suba de haberes acumulada cuando se considera el reajuste concretado en septiembre (de 23,29%) y el anunciado para diciembre (de 20,87%).

Nuevos parámetros por categoría

En el caso de los ingresos máximos permitidos, con la actualización estimada función del mecanismo legal, los valores aproximados serían los siguientes. Categoría A: $2.108.279; B: $3.133.928; C: $4.387.500; D: $5.449.072; E: $6.416.502; F: $8.020.627; G: $9.624.753; H (escalón más alto para la prestación de servicios): $11.916.360. En las tres categorías en las que solo se admite a quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los ingresos topes serían de $13.337.157 (H); $15.285.024 (I), y $16.957.898 (K).

Además de esos topes, también suben (en este caso, un 110,9%, ya que no habían sido actualizados en julio), los importes de los alquileres devengados anualmente, correspondientes a inmuebles afectados a la actividad, para poder estar en cada categoría. En los escalones más altos la cifra alcanzará $1.941.785. Y, además, el precio unitario máximo que puede tener un producto comercializado por un monotributista se incrementa de $85.627 a $180.589.

Cuota mensual

Los importes a pagar mensualmente, en tanto, serían los siguientes para quienes tienen la obligación de abonar el impuesto integrado, jubilación y obra social. Categoría C: $15.503 (servicios), $15.241 (comercio); D: $19.498 y $19.066 respectivamente; E: $26.946 y $24.526; F: $33.137 y $29.223; G: $38.695 y $33.440; H: $66.111 y $56.402 respectivamente. En los tres escalones más altos esos importes totales serían de $81.122 (categoría I); $93.619 (J), y $106.964 (categoría K).

Individualmente, según el componente de pagos, la actualización marca que el monto del impuesto se moverá entre $1.048 y $72.817, según la categoría. El aporte jubilatorio será de entre $4.623 (categoría A) y $11.991 (categoría K), en tanto que el pago para el sistema de salud tendrá un monto de $6.457 para quienes están en el escalón más bajo y de $22.156 para los categorizados en el tramo más elevado.

Por otra parte, los asalariados, los menores de 18 años, las personas que se anotaron en el monotributo por el alquiler de sus bienes muebles o inmuebles y los jubilados que accedieron a su prestación antes de julio de 1994 mantienen un régimen diferencial por ser aportantes al sistema por fuera del monotributo. Los contribuyentes mencionados, se encuentran liberados de ingresar los pagos para el régimen jubilatorio y para la obra social (los jubilados, sin importar el momento del retiro, no aportan a la obra social).

A la vez, los monotributistas de las categorías A y B están exentos de pagar el impuesto integrado (y sí deben aportar al sistema jubilatorio y al de salud) siempre que no tengan un empleo bajo relación de dependencia, una jubilación o una pensión, ni estén en la conducción o dirección de sociedades, ni alquilen sus bienes, ni se dediquen a inversiones financieras.

Recategorización semestral

En enero regirá, además, el primer período de recategorización obligatoria de 2024. Es el trámite por el cual cada monotributista debe observar la facturación de los 12 meses previos y, en caso de hacer falta, reubicarse en la tabla de las categorías que responden a diferentes rangos de ingresos. Para eso, deberán evaluar su situación mediante el cuadro con los valores ya actualizados que publique AFIP, y que aún no fue oficializado.

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Rescataron a una pareja tras permanecer más de 24 horas atrapada a -22°C por una intensa nevada en Santa Cruz

Una pareja fue rescatada con vida luego de permanecer más de 24 horas aislada en medio de una intensa nevada y temperaturas de hasta -22°C en la zona de Cerro Piedra, provincia de Santa Cruz.

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Foto: Rescatan a una pareja atrapada durante más de 24 horas a -22°C en Cerro Piedra

El operativo fue realizado por fuerzas de seguridad y organismos provinciales tras recibir un pedido de auxilio mediante un sistema de comunicación satelital.

Quedaron varados mientras buscaban provisiones

José Bilbao y Noelia Siares, quienes viven en un establecimiento rural, habían emprendido viaje el sábado por la noche hacia el pueblo para conseguir alimentos y forraje para los animales, debido a las fuertes nevadas registradas en la región.

Sin embargo, durante el recorrido, la camioneta en la que viajaban quedó atrapada por la acumulación de nieve, dejándolos completamente aislados.

Lograron pedir ayuda después de un día

La pareja permaneció refugiada dentro del vehículo soportando el intenso frío y con escasas provisiones. Recién 24 horas después consiguieron establecer contacto con las autoridades mediante un sistema de comunicación satelital, lo que permitió activar el operativo de rescate.

Amplio operativo de rescate

El procedimiento fue encabezado por efectivos de la División Operaciones Rurales de Perito Moreno, con apoyo del Escuadrón 39 de Gendarmería Nacional y personal de Vialidad Provincial.

Tras varias horas de trabajo en condiciones climáticas extremas, los rescatistas lograron llegar hasta el lugar donde se encontraba la camioneta y poner a salvo a ambos ocupantes.

Las autoridades confirmaron que José Bilbao y Noelia Siares se encontraban en buen estado de salud.

«La nieve nos ganó de mano»

Luego del rescate, José Bilbao relató la difícil experiencia vivida.

«La nieve nos ganó de mano y nos agarró con pocas provisiones», expresó.

Además, agradeció el trabajo realizado por los equipos de emergencia: «Ahora que pasó todo y estamos en casa es como que al cuerpo le cuesta reponerse. Estoy agradecido con todos porque hubo mucha predisposición y mucho equipamiento. Por suerte salió todo bien», sostuvo.

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ANMAT prohibió protectores solares, un producto con toxina botulínica y artículos de limpieza por irregularidades

El organismo retiró del mercado protectores solares de tres marcas, una unidad presuntamente falsificada de toxina botulínica y productos de limpieza sin registro sanitario. La medida fue publicada en el Boletín Oficial.

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Foto: PROTECTORES SOLARES. Productos de tres marcas comerciales fueron retirados de circulación por la ANMAT, debido a que nunca fueron autorizados por el organismo.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de la comercialización, distribución, uso y publicidad de distintos productos al detectar irregularidades que impiden garantizar su seguridad, calidad y origen.

Las medidas fueron oficializadas mediante diversas disposiciones publicadas en el Boletín Oficial e incluyen protectores solares, un producto con toxina botulínica presuntamente falsificado y artículos de limpieza sin registro sanitario.

Prohibieron protectores solares de tres marcas

A través de la Disposición 4300/2026, la ANMAT retiró del mercado protectores solares de las marcas:

  • Karité
  • Kiss Beauty
  • Miss Vanesa

Los productos alcanzados por la medida son:

  • COLLAGEN – Nourish Skin UV Protective SPF60++ Sunscreen Serum (Karité).
  • Sunscreen Cream SPF50 (Kiss Beauty).
  • ANTHELIOS XL 50+ SPF (Miss Vanesa).

Durante inspecciones realizadas en comercios de la Ciudad de Buenos Aires, los fiscalizadores comprobaron que estos productos no contaban con inscripción sanitaria ni figuraban en los registros oficiales del organismo.

Además, la documentación sobre su origen no pudo ser presentada durante los controles, por lo que la ANMAT concluyó que se trata de cosméticos ilegítimos, cuya elaboración y condiciones sanitarias no pueden garantizarse.

Detectaron una toxina botulínica presuntamente falsificada

Mediante la Disposición 4394/2026, el organismo también prohibió el uso y comercialización de una unidad identificada como:

  • Dysport 500 IPSEN
  • Lote: P22179
  • Vencimiento: 12/2028

La investigación comenzó luego de que la empresa Galderma Argentina denunciara la existencia de una unidad sospechosa.

Según informó la ANMAT, el número de lote no corresponde a ningún lote de fabricación válido, por lo que se desconoce el origen, el contenido y las condiciones de elaboración del producto. El organismo confirmó además que presentó una denuncia penal para investigar el caso.

También retiraron productos de limpieza

Por medio de la Disposición 4297/2026, la ANMAT prohibió tres productos de limpieza que eran comercializados por internet sin habilitación sanitaria:

  • Tabletas descalcificadoras para cafeteras SMOL.
  • Limpiador para lavarropas Uproot Clean.
  • Limpiador de bachas y desagües Turbo Desagüe.

Tras las verificaciones correspondientes, el organismo determinó que ninguno de estos productos estaba registrado ni pudo identificarse un establecimiento habilitado responsable de su fabricación o comercialización.

El motivo de la medida

La ANMAT explicó que todas estas prohibiciones buscan proteger la salud de los consumidores, ya que no es posible garantizar la calidad, seguridad, composición o condiciones de fabricación de los productos involucrados.

Además, recordó que tanto los cosméticos como los productos domisanitarios y medicamentos deben contar obligatoriamente con las autorizaciones y registros sanitarios correspondientes antes de ser comercializados en el país.

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Volcó un micro que había salido de Laboulaye: al menos 20 personas resultaron heridas

El colectivo de larga distancia cayó por un barranco de seis metros sobre la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco. Investigan si las fuertes ráfagas de viento provocaron el siniestro.

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Foto: Captura de video

Un colectivo de larga distancia que había partido desde Laboulaye (Córdoba) con destino a la Ciudad de Buenos Aires protagonizó un grave accidente este viernes al volcar y caer por un barranco en la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco.

Como consecuencia del siniestro, al menos 20 personas resultaron heridas, entre ellas un bebé, y fueron trasladadas a un centro de salud para recibir atención médica.

El micro cayó unos seis metros

El accidente ocurrió en el puente sobre el arroyo La Guardia, donde, por causas que se investigan, el conductor perdió el control del vehículo.

Según las primeras pericias, el colectivo despistó y cayó por un barranco de aproximadamente seis metros de profundidad.

Las autoridades analizan si las intensas ráfagas de viento registradas en la zona fueron un factor determinante en el vuelco.

No hubo personas atrapadas

Al momento del accidente viajaban unas 20 personas, incluido un bebé.

Los equipos de emergencia confirmaron que ningún pasajero quedó atrapado dentro del micro, lo que permitió realizar rápidamente las tareas de rescate y evacuación.

Todos los ocupantes recibieron asistencia médica y fueron derivados al Hospital de Carmen de Areco, donde se evaluó la gravedad de las lesiones.

Amplio operativo de emergencia

En el lugar trabajaron Bomberos, personal policial, ambulancias y efectivos de Seguridad Vial, quienes asistieron a los pasajeros y aseguraron la zona.

Debido al operativo y a las condiciones climáticas adversas, las autoridades solicitaron circular con extrema precaución por el sector.

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