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Monotributo: cómo quedan los nuevos valores en 2024

En enero se actualizarán los parámetros máximos admitidos en cada categoría en un 49%, en tanto que los montos a pagar, congelados durante 2023, aumentarán un 110,9%.

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Nuevas escalas de monotributo a partir de enero

La facturación anual en la categoría máxima del monotributo será, a partir de enero de 2024, de aproximadamente $16.957.898 en la actividad de comercialización de bienes y de alrededor de $11.916.360 si el contribuyente se dedica a la prestación de servicios.

Si bien los nuevos montos no han sido oficializados, las estimaciones surgen de aplicarles a los valores actuales un reajuste según el esquema de actualizaciones establecido en la normativa vigente.

El incremento de los montos de ingresos permitidos se ubica muy por debajo del nivel de inflación, situación que incrementa el riesgo para los contribuyentes de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los excluya del sistema simplificado por no cumplir con los requisitos, y quedar encuadrados en el régimen impositivo general, más oneroso y burocrático, aun cuando en algunos casos los ingresos recibidos por la actividad sean, en términos de poder adquisitivo, más bajos que antes.

De acuerdo con la normativa vigente para la actualización, los topes de ingresos mínimos y máximos que definen los parámetros de cada categoría, y también los topes de facturación que permiten estar en el sistema subirán un 49,02%, mientras que los importes a pagar por el impuesto integrado y los aportes al sistema jubilatorio y a la obra social aumentarán un 110,9%.

Así, en las categorías A y B -las más bajas- el componente tributario será de $1.049 para el caso de compraventa de bienes y de $2.019 en el caso de prestación de servicios, aproximadamente; el aporte jubilatorio se ubicará en $4.623 y de $5.085, y el pago para la obra social subirá a $6.457 (en este caso, la cifra es igual para las dos categorías). Para quienes deben abonar los tres componentes, la cifra total es de $12.128 en la categoría A y de $13.562 en la B.

Según el mecanismo establecido por ley que rige desde 2018, las variables del esquema del monotributo se incrementan en el inicio de cada año, en un porcentaje igual al acumulado por el índice de movilidad jubilatoria de los doce meses previos. Este año, los haberes previsionales tendrán un reajuste de 110,9% según la fórmula de actualizaciones. Es un índice que se ubica muy por debajo del aumento general de precios que, según se desprende del Relevamiento de Expectativas de Mercado del Banco Central, cerrará el año en un nivel cercano al 200%.

Los incrementos diferenciales se deben al mecanismo legal que habilita al Poder Ejecutivo a aplicar una actualización parcial en julio. Mientras que los aportes pagados por los monotributistas hasta diciembre de este año son los mismos que abonaban al iniciarse el año, los topes de facturación ya sufrieron una modificación.

Por esa razón, en los reajustes previstos para enero se aplican diferentes proporciones. La suba de los ingresos permitidos a mitad de año fue de un porcentaje equivalente a la movilidad jubilatoria del primer semestre, de 41,52%. Por eso, ahora se prevé que habrá un aumento de 49,02%, que es la suba de haberes acumulada cuando se considera el reajuste concretado en septiembre (de 23,29%) y el anunciado para diciembre (de 20,87%).

Nuevos parámetros por categoría

En el caso de los ingresos máximos permitidos, con la actualización estimada función del mecanismo legal, los valores aproximados serían los siguientes. Categoría A: $2.108.279; B: $3.133.928; C: $4.387.500; D: $5.449.072; E: $6.416.502; F: $8.020.627; G: $9.624.753; H (escalón más alto para la prestación de servicios): $11.916.360. En las tres categorías en las que solo se admite a quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los ingresos topes serían de $13.337.157 (H); $15.285.024 (I), y $16.957.898 (K).

Además de esos topes, también suben (en este caso, un 110,9%, ya que no habían sido actualizados en julio), los importes de los alquileres devengados anualmente, correspondientes a inmuebles afectados a la actividad, para poder estar en cada categoría. En los escalones más altos la cifra alcanzará $1.941.785. Y, además, el precio unitario máximo que puede tener un producto comercializado por un monotributista se incrementa de $85.627 a $180.589.

Cuota mensual

Los importes a pagar mensualmente, en tanto, serían los siguientes para quienes tienen la obligación de abonar el impuesto integrado, jubilación y obra social. Categoría C: $15.503 (servicios), $15.241 (comercio); D: $19.498 y $19.066 respectivamente; E: $26.946 y $24.526; F: $33.137 y $29.223; G: $38.695 y $33.440; H: $66.111 y $56.402 respectivamente. En los tres escalones más altos esos importes totales serían de $81.122 (categoría I); $93.619 (J), y $106.964 (categoría K).

Individualmente, según el componente de pagos, la actualización marca que el monto del impuesto se moverá entre $1.048 y $72.817, según la categoría. El aporte jubilatorio será de entre $4.623 (categoría A) y $11.991 (categoría K), en tanto que el pago para el sistema de salud tendrá un monto de $6.457 para quienes están en el escalón más bajo y de $22.156 para los categorizados en el tramo más elevado.

Por otra parte, los asalariados, los menores de 18 años, las personas que se anotaron en el monotributo por el alquiler de sus bienes muebles o inmuebles y los jubilados que accedieron a su prestación antes de julio de 1994 mantienen un régimen diferencial por ser aportantes al sistema por fuera del monotributo. Los contribuyentes mencionados, se encuentran liberados de ingresar los pagos para el régimen jubilatorio y para la obra social (los jubilados, sin importar el momento del retiro, no aportan a la obra social).

A la vez, los monotributistas de las categorías A y B están exentos de pagar el impuesto integrado (y sí deben aportar al sistema jubilatorio y al de salud) siempre que no tengan un empleo bajo relación de dependencia, una jubilación o una pensión, ni estén en la conducción o dirección de sociedades, ni alquilen sus bienes, ni se dediquen a inversiones financieras.

Recategorización semestral

En enero regirá, además, el primer período de recategorización obligatoria de 2024. Es el trámite por el cual cada monotributista debe observar la facturación de los 12 meses previos y, en caso de hacer falta, reubicarse en la tabla de las categorías que responden a diferentes rangos de ingresos. Para eso, deberán evaluar su situación mediante el cuadro con los valores ya actualizados que publique AFIP, y que aún no fue oficializado.

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Papa León XIV en Argentina: cómo inscribirse para ser voluntario durante su visita

La convocatoria está dirigida a argentinos y residentes legales de entre 18 y 65 años. Los voluntarios podrán colaborar en Buenos Aires, Córdoba y Luján durante las actividades previstas entre el 8 y el 11 de noviembre.

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Foto: La organización de la visita del Papa León XIV abrió la preinscripción para voluntarios.

La organización de la visita del Papa León XIV a la Argentina abrió la preinscripción para quienes quieran participar como voluntarios durante las actividades previstas entre el 8 y el 11 de noviembre.

La convocatoria está destinada a argentinos y residentes legales de entre 18 y 65 años, que podrán colaborar en las distintas sedes previstas para la visita papal: Buenos Aires, Córdoba y Luján.

Qué tareas podrán realizar los voluntarios

Los participantes podrán desempeñarse en diferentes áreas vinculadas con la organización y asistencia durante las actividades.

Entre las tareas previstas se encuentran:

  • Atención y asistencia a peregrinos.
  • Logística.
  • Celebraciones litúrgicas.
  • Equipos sanitarios.
  • Accesibilidad.
  • Comunicación.
  • Otras funciones necesarias para el desarrollo de las actividades.

Al completar el formulario, cada postulante podrá seleccionar entre tres y cinco áreas de preferencia. Sin embargo, la asignación definitiva dependerá de las necesidades de cada sede y del perfil de cada persona.

Hasta cuándo hay tiempo para inscribirse

La preinscripción se realiza de manera online mediante la plataforma oficial de acreditaciones del Episcopado y estará disponible hasta el 8 de octubre.

La inscripción no implica la convocatoria automática. La organización aclaró que la selección se realizará de acuerdo con la disponibilidad y los requerimientos de cada sede.

Capacitación y condiciones para los voluntarios

Las personas que sean seleccionadas deberán completar capacitaciones obligatorias, tanto virtuales como presenciales, durante octubre y los primeros días de noviembre.

Los turnos de trabajo serán rotativos y tendrán una duración máxima de ocho horas diarias.

Además, cada voluntario deberá elegir una única sede para desarrollar sus tareas y hacerse cargo de sus propios gastos de traslado.

Quienes sean convocados deberán completar capacitaciones obligatorias, tanto virtuales como presenciales. (Foto: EFE)

Cómo es el proceso de inscripción

El formulario contempla nueve etapas, que incluyen:

  • Datos personales.
  • Información de contacto.
  • Perfil.
  • Disponibilidad.
  • Áreas de servicio.
  • Información de salud.
  • Documentación.
  • Motivos para participar.
  • Compromiso formal.

También se solicita indicar si el postulante cuenta con experiencia previa en actividades de voluntariado.

Bajo el lema “Servicio con humildad”, la organización destacó la importancia de los voluntarios para recibir y asistir a los peregrinos durante la visita del Papa León XIV a la Argentina.

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Dolor en Alta Gracia: la familia de Owen, el nene de 2 años que murió tras ser atacado por un pitbull, lo despidió en redes

El pequeño falleció el viernes luego de ser atacado en su vivienda de barrio Villa Oviedo. Familiares y amigos compartieron fotos y mensajes para despedirlo y acompañar a su mamá, de 19 años.

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Foto: Owen, el nene de 2 años de Alta Gracia que murió tras ser atacado por un pitbull.

La muerte de Owen, un nene de 2 años de Alta Gracia, Córdoba, generó una profunda conmoción entre sus familiares, amigos y vecinos. El pequeño falleció el viernes luego de ser atacado por un pitbull en su casa de barrio Villa Oviedo.

Tras conocerse la noticia, las redes sociales se llenaron de fotografías y mensajes para recordar al niño y acompañar a su familia en este difícil momento.

Las emotivas despedidas para Owen

Entre las publicaciones compartidas por familiares y allegados apareció una despedida cargada de dolor:

“No sé muy bien por dónde empezar porque despedirme de vos era lo último que quería hacer en mi vida”.

El mensaje fue acompañado por fotografías de distintos momentos junto a Owen, entre abrazos, tardes de pileta y escenas cotidianas que quedaron como recuerdos para sus seres queridos.

“Era tu magia, hacer feliz a todas las personas que te rodeaban”, escribió una joven al recordar la alegría que, según expresó, el pequeño transmitía a quienes estaban cerca suyo.

La despedida concluyó con unas palabras llenas de amor: “Te voy a amar el resto de mi vida. Te voy a llevar en mi corazón por siempre. Hasta pronto, bebé chiquitito”.

Otros familiares y allegados también recurrieron a las redes sociales para despedir al niño. Junto a una imagen de Owen representado como un ángel, se repitió el mensaje: “Descansa en paz Owen”.

Una ciudad de luto tras la muerte del nene de dos años.

La muerte del pequeño

El hecho ocurrió el viernes por la tarde, cuando Owen fue atacado por un pitbull dentro de su vivienda ubicada en barrio Villa Oviedo.

La muerte del niño provocó conmoción en Alta Gracia y dejó a sus familiares y vecinos profundamente afectados por la pérdida.

La familia continúa atravesando el dolor por la muerte del pequeño, mientras las muestras de cariño y los mensajes de despedida se multiplican en las redes sociales.

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Régimen penal juvenil: desde este sábado rige la imputabilidad a partir de los 14 años

El nuevo régimen penal juvenil comenzará a aplicarse este sábado 5 de septiembre y establece cambios en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes.

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Foto: Imagen ilustrativa sobre la entrada en vigencia del nuevo régimen penal juvenil.

La nueva normativa reduce de 16 a 14 años la edad a partir de la cual podrán ser juzgados penalmente.

La Ley 27.801, aprobada por el Congreso en febrero de este año, reemplaza los principales lineamientos de la Ley 22.278, vigente desde la década del 80, y establece nuevas pautas para los procesos y las penas aplicables a menores de edad.

El objetivo declarado de la norma es fomentar en los adolescentes imputados la responsabilidad legal por sus actos, además de promover su educación, resocialización e integración social.

Desde qué edad podrán ser juzgados

Uno de los principales cambios es que los adolescentes podrán ser juzgados por delitos desde los 14 años, cuando anteriormente la edad establecida era de 16.

Las penas contempladas por el nuevo régimen pueden alcanzar los 15 años.

Además, la normativa establece que los progenitores serán civilmente responsables por los ilícitos cometidos por sus hijos.

Al mismo tiempo, se mantiene la prohibición de difundir información que permita identificar al adolescente imputado. Esto incluye nombres, sobrenombres, filiación, parentesco, lugar de residencia, fotografías u otros datos identificatorios.

Dónde serán alojados los adolescentes detenidos

Los jóvenes que sean juzgados y deban permanecer detenidos deberán hacerlo en dependencias especialmente acondicionadas para menores de edad, sin compartir alojamiento con personas adultas.

La nueva normativa también contempla el acceso a distintos programas durante el cumplimiento de las medidas o penas. Entre ellos se encuentran propuestas educativas para finalizar los estudios obligatorios, formación ciudadana, capacitación laboral y actividades deportivas.

Qué penas contempla el nuevo régimen

La ley establece distintas alternativas que podrán aplicarse a los adolescentes condenados:

  • Amonestaciones.
  • Prohibición de contactar o acercarse a la víctima, sus familiares u otras personas.
  • Prohibición de conducir vehículos.
  • Prohibición de concurrir a determinados establecimientos o espectáculos, incluidos los deportivos, musicales o culturales.
  • Prohibición de salir del país o del lugar de residencia.
  • Prestación de servicios a la comunidad.
  • Monitoreo electrónico mediante rastreador.
  • Reparación integral del daño causado a la víctima.
  • Penas privativas de libertad que podrán cumplirse en el domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención.

Cuándo se puede evitar la prisión

El régimen contempla dos situaciones en las que puede evitarse una pena de prisión.

La primera es cuando la condena no supera los tres años.

La segunda corresponde a penas de entre tres y diez años, siempre que el delito no haya provocado la muerte de la víctima, no haya implicado una grave violencia física o psíquica contra otras personas y el adolescente no tenga otras condenas o procesos en curso.

En todos los casos, la normativa establece que deberán aplicarse conjuntamente medidas destinadas a promover la educación, el trabajo y la comprensión de la gravedad del hecho cometido, con el objetivo de favorecer la resocialización y el desarrollo de una vida integrada socialmente.

Qué ocurre después de cumplir parte de la condena

Cuando el adolescente haya cumplido dos tercios de la pena en detención y reúna las condiciones previstas en el Código Penal para acceder a la libertad condicional, podrá continuar cumpliendo la sentencia mediante alguna de las otras penas contempladas por el régimen.

En cambio, si incumple sin justificación una pena alternativa impuesta como condena, el juez deberá reemplazarla por otra de mayor severidad.

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