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Ganancias: oficializan la exención para alquileres de vivienda y venta de inmuebles en Argentina
El Gobierno nacional reglamentó los cambios incorporados en la reforma laboral. Desde 2026, determinadas operaciones inmobiliarias dejarán de tributar el Impuesto a las Ganancias.
El Gobierno nacional reglamentó los cambios incorporados en la reforma laboral. Desde 2026, determinadas operaciones inmobiliarias dejarán de tributar el Impuesto a las Ganancias.
El Gobierno nacional oficializó la reglamentación de una de las modificaciones más importantes incorporadas a la reforma laboral: la exención del Impuesto a las Ganancias para los ingresos provenientes de alquileres de vivienda y para la venta de inmuebles.
La medida fue establecida mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, que define el alcance de los beneficios aprobados por el Congreso y que comenzarán a aplicarse para las operaciones comprendidas desde el 1 de enero de 2026.
Alquileres de vivienda: quiénes quedan exentos
La nueva reglamentación dispone que las ganancias obtenidas por la locación o sublocación de inmuebles destinados a casa-habitación quedarán exentas del pago del impuesto.
La normativa considera como casa-habitación a la vivienda destinada al uso familiar permanente de quien la ocupa.
Además, el beneficio alcanza no solo al alquiler propiamente dicho, sino también a los importes cobrados por muebles, accesorios u otros servicios incluidos dentro del contrato.
Según el texto oficial, la exención será válida para todas las propiedades alquiladas exclusivamente con fines habitacionales por personas humanas o sucesiones indivisas, independientemente de la cantidad de inmuebles que posean.
También dejan de pagar Ganancias las ventas de inmuebles
Otro de los cambios reglamentados alcanza a las operaciones de compraventa de propiedades.
La norma establece que quedarán exentos del Impuesto a las Ganancias los resultados obtenidos por la venta de inmuebles ubicados en Argentina, así como también la transferencia de determinados derechos vinculados a propiedades.
El beneficio alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes como no residentes, siempre que las operaciones se encuentren comprendidas dentro de los parámetros establecidos por la ley.
Qué operaciones incluye la exención
La reglamentación aclara que el beneficio no se limita únicamente a la venta directa de una propiedad.
También contempla la cesión de derechos sobre inmuebles, como boletos de compraventa u otros acuerdos que impliquen la transferencia de derechos económicos relacionados con una propiedad.
Un cambio relevante para el mercado inmobiliario
La reglamentación busca otorgar mayor claridad sobre la aplicación de las exenciones incorporadas en la reforma laboral y representa una modificación significativa para propietarios, inversores y actores del sector inmobiliario.
A partir de ahora, tanto los ingresos provenientes de alquileres destinados a vivienda como determinadas operaciones de venta de inmuebles dejarán de estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias bajo las condiciones previstas por la nueva normativa.
Con información de Clarín
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Volcó un micro que había salido de Laboulaye: al menos 20 personas resultaron heridas
El colectivo de larga distancia cayó por un barranco de seis metros sobre la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco. Investigan si las fuertes ráfagas de viento provocaron el siniestro.
Un colectivo de larga distancia que había partido desde Laboulaye (Córdoba) con destino a la Ciudad de Buenos Aires protagonizó un grave accidente este viernes al volcar y caer por un barranco en la Ruta Nacional 7, a la altura de Carmen de Areco.
Como consecuencia del siniestro, al menos 20 personas resultaron heridas, entre ellas un bebé, y fueron trasladadas a un centro de salud para recibir atención médica.
El micro cayó unos seis metros
El accidente ocurrió en el puente sobre el arroyo La Guardia, donde, por causas que se investigan, el conductor perdió el control del vehículo.
Según las primeras pericias, el colectivo despistó y cayó por un barranco de aproximadamente seis metros de profundidad.
Las autoridades analizan si las intensas ráfagas de viento registradas en la zona fueron un factor determinante en el vuelco.
No hubo personas atrapadas
Al momento del accidente viajaban unas 20 personas, incluido un bebé.
Los equipos de emergencia confirmaron que ningún pasajero quedó atrapado dentro del micro, lo que permitió realizar rápidamente las tareas de rescate y evacuación.
Todos los ocupantes recibieron asistencia médica y fueron derivados al Hospital de Carmen de Areco, donde se evaluó la gravedad de las lesiones.
Amplio operativo de emergencia
En el lugar trabajaron Bomberos, personal policial, ambulancias y efectivos de Seguridad Vial, quienes asistieron a los pasajeros y aseguraron la zona.
Debido al operativo y a las condiciones climáticas adversas, las autoridades solicitaron circular con extrema precaución por el sector.
Con información de Cadena 3
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ANSES aplicará un aumento del 1,9% en agosto
Las jubilaciones, pensiones, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el resto de las prestaciones que abona la ANSES tendrán un incremento del 1,9% en agosto, de acuerdo con el índice de inflación de junio informado por el INDEC.
La actualización responde a la fórmula de movilidad establecida por el DNU 274/24, que ajusta los haberes mensualmente según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Cuánto cobrarán los jubilados en agosto
Con el incremento, los haberes previsionales quedarán de la siguiente manera:
- Jubilación mínima: $419.817,13.
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.853,70.
- Pensiones No Contributivas (PNC): $293.872.
- Prestación Básica Universal (PBU): $192.047,17.
Además, el Gobierno anticipó que continuará otorgando el bono de $70.000 para quienes perciben los haberes más bajos. De confirmarse, quienes cobran la jubilación mínima recibirán un total de $489.817,13.
AUH y asignaciones: los nuevos valores
El mismo porcentaje de actualización alcanzará a las asignaciones sociales administradas por la ANSES.
Desde agosto, los montos serán los siguientes:
- Asignación Universal por Hijo (AUH): $150.861,93.
- Asignación Universal por Embarazo (AUE): $150.861,93.
- Asignación por Hijo (SUAF) para el primer tramo de ingresos: $75.439,63.
Cómo se calcula el aumento
Desde marzo de 2024, las prestaciones de ANSES se actualizan mediante un esquema de movilidad que toma como referencia la inflación del mes anterior publicada por el INDEC.
En este caso, el IPC de junio fue del 1,9%, porcentaje que se aplicará a los haberes y asignaciones correspondientes a agosto.
Con información de TN
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ANMAT prohibió la venta de máscaras faciales y de manos de cuatro marcas por riesgo sanitario
La medida alcanza a productos de las marcas USHAS, FAYANKOU, KAKAZIYAN y CHOVEMOAR, que fueron retirados del mercado por carecer de inscripción sanitaria. La prohibición rige en todo el país.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de varias máscaras faciales y una máscara para manos al detectar que los productos no cuentan con inscripción sanitaria, lo que impide garantizar su calidad, seguridad y origen.
La disposición fue oficializada este lunes mediante la Resolución 4193/2026, publicada en el Boletín Oficial, y se mantendrá vigente hasta que los productos sean debidamente regularizados ante la autoridad sanitaria.
¿Por qué ANMAT prohibió estos productos?
La medida fue tomada luego de una investigación realizada por el área de Cosmetovigilancia de ANMAT, que detectó la venta de estos cosméticos tanto en comercios de la Ciudad de Buenos Aires como en plataformas de comercio electrónico con envíos a todo el país.
Durante las inspecciones, los especialistas comprobaron que los envases no exhibían datos de inscripción sanitaria. Posteriormente, al consultar la base de datos oficial, confirmaron que no existían registros compatibles, por lo que fueron considerados productos ilegítimos.
El organismo explicó que la prohibición busca proteger la salud pública, ya que no es posible garantizar las condiciones de elaboración ni la composición de los ingredientes utilizados.
Los productos alcanzados por la medida
La disposición incluye las siguientes presentaciones:
- Máscara facial ROSE FACIAL MASK – USHAS (25 ml).
- Máscara facial LEMON BRIGHTEN FACIAL MASK WHITENING SKIN – FAYANKOU (25 ml, vencimiento 06/2028).
- Máscara facial FACIAL MASK – KAKAZIYAN CARTOON MASK (sin especificación de volumen, de origen chino).
- Máscara facial MASK PACK – KAKAZIYAN (30 ml, elaborada en China).
- Máscara de manos – CHOVEMOAR (36 gramos, lote HBD12C1, con vencimiento 20240411).
Retiro del mercado
La resolución también ordena comunicar la medida a las autoridades sanitarias de todas las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a organismos vinculados con la defensa del consumidor para asegurar el retiro efectivo de estos productos del mercado.
ANMAT recordó que la comercialización de cosméticos sin registro sanitario infringe la normativa vigente y puede representar un riesgo para la salud de los consumidores.
Con información de Contexto
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