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Tribunales rafaelinos: más imputaciones comprometen a sunchalense

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Se trata de Edgardo C., un sunchalense al que en enero lo habían acusado de otros ocho delitos.

Los hechos

Como lo informamos el día lunes tras la audiencia imputativa referida a Edgardo C. y tal como lo expuso la fiscalía, es preciso recordar que el hombre había sido imputado en enero del corriente año por ocho delitos, por los cuales estaba cumpliendo medidas alternativas, hasta que fue aprehendido el viernes 6 de septiembre.

De esta manera, en la audiencia imputativa se lo implicó en cuatro situaciones delictivas, que se suman a las anteriores y por tal motivo el “conteo” de los hechos en esta nueva imputación, comienza desde el hecho número nueve.  

La fiscal Mirna Segré detalló que, en lo que refiere al noveno hecho en el cual está vinculado Edgardo C. ocurrió el día 24 de abril de este año, cerca de las 23:45 hs cuando el imputado en compañía de otro hombre, del cual se desconoce la identidad, ingresaron en un domicilio ubicado en calle Dentesano de la localidad de Sunchales, treparon un tapial, ingresaron por el patio y rompiendo el vidrio de la puerta de la cocina ingresaron a una casa y se llevaron una billetera que estaba arriba de la mesa. La misma contenía documentación personal, correspondiente al dueño de la casa.

Luego se retiraron del lugar, pero el imputado terminó discutiendo con otra persona, se toman a golpes de puño. Efectivos policiales observan esta situación en la vía pública y se presentan para intentar chequearlos, fue ahí cuando el imputado golpea a un policía para intentar darse a la fuga, el efectivo policial sufrió lesiones dolosas de carácter leve. Este hecho fue caratulado como robo calificado por escalamiento y resistencia y atentado contra la autoridad.

El segundo hecho referido, que sería el décimo retomando el conteo señalado anteriormente, ocurrió el 21 de junio cerca de las 10 hs, cuando el imputado se presentó en un domicilio ubicado en calle Tucumán de la misma localidad y amenazó a un hombre diciendo “te voy a cagar a tiros a vos y a tu familia”. Este hecho fue determinado como amenaza simple.

El onceavo hecho imputado a Edgardo “viejarda” C. sucedió el 10 de julio de 2019, cerca de las 13:30 hs., cuando sustrajo una bicicleta en calle Alvear, pero la víctima lo persigue y logra recuperar el vehículo. Este hecho fue caratulado como robo en grado de tentativa.

Finalmente, el hecho número doce en el cual está implicado el sujeto, ocurrió el pasado 2 de septiembre, entre las 19:30 y las 20 hs., en ocasión de que el imputado se transportaba en bicicleta y en la intersección de calles Tucumán e Italia (Sunchales) saltó del vehículo e interceptó a un hombre. En esta situación portaba un arma de fuego de fabricación casera y amenaza a la víctima diciendo “dame todo”. La víctima de la situación, se resiste y por lo tanto comienzan a forcejear. El imputado le apunta la cara con el arma y le propina varios golpes en la cabeza, generando graves lesiones. Particularmente le provocó cortes en la cabeza y le fractura el dedo meñique de la mano derecha. Logró sustraerle una mochila, donde llevaba el celular, billetera con la suma aproximada de $300 o $400, distintas tarjetas y documentación personal y de la motocicleta de la víctima. Luego de apoderarse de sus pertenencias, se dio a la fuga. Este hecho fue caratulado como robo doblemente calificado por el uso de arma y por las lesiones graves ocasionadas.

Ampliación de imputación

En relación a la audiencia de ampliación de imputación, la fiscal amplió información vinculada a los hechos número 9 y 12. En cuanto al primero, agregó la mención a que se desconoce la identidad del sujeto con el que ingresó a robar al domicilio referido; además informó que en momentos en que la policía logra aprehender al sujeto, secuestran parte de lo que habían robado, a excepción del dinero. En relación al otro hecho agregó referencias a las pruebas con las que cuentan en la investigación.

Caducidad de medidas alternativas anteriores

En lo que respecta a la caducidad de las medidas alternativas que estaba transitando Edgardo C. en relación la imputación que le realizaron en audiencia en enero de este año, la fiscal Mirna Segré expresó que el imputado estaba implicado en hechos de gravedad anteriormente, y que más allá de eso, el 15 de abril recuperó la libertad, pero continuó cometiendo delitos. Agregó que, entre las medidas alternativas, Edgardo C. debía presentarse a firmar ante las autoridades correspondientes en la localidad de Sunchales durante todos los viernes, pero en 9 oportunidades no se presentó a hacerlo. Finalmente, Mirna Segré manifestó que solicita la caducidad de las medidas alternativas y prisión preventiva para Edgardo C.

Por su parte, la abogada defensora Mónica Ronchi, expresó que desde la defensa se resisten a la caducidad de las medidas alternativas. Agregó que su defendido sí se presentó a firmar en reiteradas oportunidades, más allá de las faltas; mencionó que tiene el mismo domicilio y que no se vinculó con las víctimas, que incluso en este tiempo no presentaron queja alguna.

Audiencia de medida cautelar

Tras todo lo señalado, la fiscal Mirna Segré solicitó la prisión preventiva sin plazos para Edgardo C. Resaltó algunas cuestiones referidas a los hechos: en el caso de la novena situación, destacó que cuando quisieron chequearlo intentó correr y terminó forcejeando y golpeando a un policía; en cuanto al décimo, remarcó que se cuenta con cuatro testigos de la situación; en cuanto al onceavo hecho comentó que cuentan con filmaciones de cámaras de seguridad que se encuentra en la vía pública. Finalmente, en relación al último hecho imputado, aportó que al sujeto se le cayó una gorra en el lugar, por tanto, hacen una requisa en su domicilio, donde encuentran una campera de las mismas características a las aportadas por la víctima.

La abogada Mirna Segré declaró que, por la reiteración del delito no debería permitirse una condena condicional, sino que debería ser de cumplimiento efectivo. Agregó que las víctimas manifiestan temor, que se le dieron las posibilidades de transitar medidas alternativas y no cumplió con las firmas que debía presentar, que no tiene un arraigo concreto, no tiene trabajo fijo.

Por su parte, la abogada defensora Mónica Ronchi, resistió la solicitud de la fiscal. Aclaró que, en relación al hecho número 9, su defendido había expresado que respondió con evasivas, pero que sí lo hizo y agregó que él también tenía lesiones por lo ocurrido. En cuanto al segundo hecho, advirtió que los testigos o víctimas hablan de “insultos”, por tanto, esto pone en cuestión la determinación de “amenazas”. Agregó que, luego de 3 meses, ya que fue aprehendido en septiembre, no hizo nada que pueda generar riesgos en relación a las víctimas o testigos.

Para finalizar, Mónica Ronchi expresó que sostiene reservas en cuanto a cómo se llegó a identificar a su defendido en el último hecho imputado, a través de lo que la abogada sostiene que se trata de “deducciones”. Solicitó medidas alternativas para Edgardo C., que se traducen en fijar domicilio, poder presentarse a firmar cualquier día de la semana (ya que su defendido le había expresado que los viernes le resultaba complejo acercarse), la prohibición de contacto con las víctimas o testigos y la posibilidad de pagar una fianza o caución.

Finalmente, el juez Alejandro Mognaschi determinó que revoca las medidas alternativas que estaba cumpliendo el imputado y determinó la prisión preventiva sin plazos para Edgardo C.

Por Móvil Quique

 

 

 

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Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.

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Foto: Cristina Kirchner

La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.

La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.

La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.

El decomiso supera los $684 mil millones

Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.

Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.

Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.

Qué bienes podrían ser ejecutados

Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.

El listado incluye:

  • Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
  • Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
  • Una propiedad en 25 de Mayo al 200
  • Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
  • Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
  • El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
  • Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
  • Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino

La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.

Qué puede pasar ahora

Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:

  • Tasaciones oficiales
  • Administración de activos
  • Embargos
  • Posibles remates públicos

La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.

Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos

Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.

Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.

La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.

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Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela

La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.

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Foto: ilustrativa de archivo

El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.

El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.

Cómo ocurrió el crimen en Rafaela

Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.

De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.

El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.

El disparo con una escopeta

La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.

Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.

Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.

La causa irá a juicio oral

Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.

Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.

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Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista

Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.

Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.

La reforma laboral y los monotributistas

El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.

La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:

  • Se trata de servicios profesionales
  • Existen facturas o recibos emitidos regularmente
  • El prestador conserva autonomía organizativa y económica

Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia

Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.

Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:

  • No existía subordinación técnica ni organizativa
  • Los médicos organizaban sus propias guardias
  • Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
  • No había control horario ni fichado
  • El profesional emitía facturas por montos variables
  • También trabajaba en otros consultorios y clínicas

Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.

Debate por los intereses y la nueva ley

Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.

La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.

La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.

Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.

Qué impacto puede tener el fallo

Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.

El fallo refuerza la necesidad de:

  • Mantener facturación regular
  • Evitar controles típicos de empleados
  • No aplicar sanciones disciplinarias
  • Garantizar autonomía en horarios y organización

La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.

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