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La Anmat prohibió la venta de un barbijo y otros productos médicos
La Anmat detectó que se estaban vendiendo por la web barbijos de un único uso y con supuesta autorización de ese organismo, pero eran falsificaciones.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (Anmat) prohibió este lunes la comercialización de una marca de barbijos, un equipo para tratamientos de estética y un producto químico. Las prohibiciones quedaron plasmadas en tres Disposiciones que fueron publicadas hoy en el Boletín Oficial.
Así, la Disposición 1909/2021 prohíbe «el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos médicos, con o sin estuche secundario, rotulados como: “dimex indumentaria descartable – BARBIJO DE UNICO USO» cuya venta es «exclusiva a profesionales e instituciones sanitarias».
Entre sus considerandos la Anmat indicó que el proceso administrativo comenzó a partir de una denuncia «de un particular que había adquirido barbijos descartables que se ofrecían como productos con autorización de A.N.M.A.T., aunque al recibir el producto el usuario constató que no tenían ningún tipo de identificación».
La Anmat constató que aunque su venta libre está prohibida «se ofrecían en el portal de ventas Mercado Libre». Se realizó una inspección y se tomó como muestra «una caja identificada como “DISPOSABLE FACE MASK (NON MEDICAL) – NONALIERGIC – 50 PCS – PRODUCTION DATE OCTOBER 12,200 – SHEIF IME 2 years – manufactured By XIANTAO KANGHUA PROTECTIVE EQUIPMENT CO. Ltd.”
Así el 10 de febrero pasado «se realizó una inspección en sede de la firma DIMEX de CINMOR S.R.L. y se exhibió al socio gerente de la firma, Sr. Fernando Yoffe, la unidad retirada en carácter de muestra; quien luego de observarlas manifestó que el producto original no se comercializa con estuche secundario y que el texto de la unidad sospechada coincide en contenido y distribución con el original aunque la tipografía difiere con la de los rótulos originales».
De acuerdo con Yoffe, «el producto exhibido es un producto falsificado que no ha sido comercializado por la firma que representa».
Por ello determinó que «desde el punto de vista sanitario se trata de un producto falsificado y que se desconoce su efectivo origen y composición no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población».
La Anmat prohibió además por medio de la Disposición 1848/2021 el uso, comercialización y distribución en todo el país, por no contar la empresa comercializadora con la autorización para vender este tipo de equipos, de los productos “STIMPLUS 4.2, marca Biovelia, electroestimulador corporal facial, Ondas Rusas, Cuadradas, tens”; “MULTIONDAS S5, marca Biovelia, electrodos interferenciales Ondas Rusas, Cuadradas, tens, australianas”; “MULTIONDAS P8, marca Biovelia, electrodos interferenciales Ondas Rusas, Cuadradas, tens, australianas” y “POWER 8MW, marca Biovelia, electroestimulador corporal facial, canales rusas cuadradas tens”.
También prohibió por medio de la Disposición 1910/2021 «el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como: “Sulfato Ferroso Monohidrato (polvo fino), Marca Askell Química Ltda, nombre de fantasía KR-FERROSO, origen Brasil» por haberse falsificado el certificado de registro de dicho producto y en consecuencia ser ilegal.
Fuente: Minuto Uno
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Femicidio en Concordia: una mujer murió tras ser golpeada y su pareja quedó detenida
Paola Mercedes Rigoni, de 47 años, fue encontrada inconsciente y gravemente herida en su vivienda. Su pareja, de 46 años, se presentó en una comisaría y admitió haberla golpeado durante una discusión.
Una mujer de 47 años murió este miércoles en Concordia, Entre Ríos, luego de haber sido encontrada gravemente herida dentro de su vivienda. El caso es investigado como un presunto femicidio.
La víctima fue identificada como Paola Mercedes Rigoni. Por el hecho quedó detenido su pareja, Leandro José Sigwardt, de 46 años, quien se presentó espontáneamente en una comisaría y manifestó que había mantenido una discusión con la mujer.
Según su propio relato, durante el enfrentamiento ambos se habrían agredido físicamente y él terminó golpeando a Rigoni.
El hombre se presentó en una comisaría
La intervención policial comenzó cuando Sigwardt se presentó en la Comisaría 6ª, ubicada en el barrio La Bianca.
Ante los efectivos, relató que había discutido con su pareja y que durante la pelea la había golpeado. También habría manifestado que, en medio de la agresión, la cabeza de Rigoni impactó contra el suelo.
Al llegar a la dependencia policial, el hombre aseguró que desconocía en qué estado se encontraba la mujer.
A partir de esa declaración, los policías se dirigieron inmediatamente hasta la vivienda, ubicada en inmediaciones de Cortada Entre Ríos y calle Pública 4.
La encontraron herida dentro de la vivienda
Cuando llegaron al domicilio, los efectivos encontraron a Rigoni tendida en el piso y todavía con signos vitales.
Personal médico de emergencias acudió al lugar y, debido a la gravedad de su estado, dispuso su traslado urgente al Hospital Delicia Concepción Masvernat.
Sin embargo, la mujer llegó al centro asistencial sin signos vitales. Los profesionales realizaron maniobras de reanimación cardiopulmonar y otras prácticas para intentar salvarla, pero no lograron revertir su estado y finalmente confirmaron su muerte.

La autopsia será clave para determinar qué ocurrió
Las primeras observaciones realizadas sobre el cuerpo detectaron lesiones visibles en las extremidades. También se observaron otras heridas que, en principio, no serían recientes.
Estos elementos fueron incorporados a la investigación y deberán ser analizados para establecer cuándo y cómo se produjeron y si tienen relación con el episodio que terminó con la muerte de Rigoni.
La Justicia ordenó trasladar el cuerpo a la morgue para realizar la autopsia, cuyo resultado será fundamental para determinar la causa de la muerte y precisar cómo y cuándo se produjeron las lesiones.
El estudio forense también permitirá aportar elementos para reconstruir lo ocurrido dentro de la vivienda.
Mientras se esperan los resultados de la autopsia, Sigwardt permanece detenido y a disposición de la Justicia.
Fuente: La Nación
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Adolescente atacó a un gato en Temperley: le pisó la cabeza y el animal quedó internado
El hecho quedó registrado por una cámara de seguridad y generó indignación entre vecinos y organizaciones proteccionistas. El gato sufrió graves lesiones y permanece bajo atención veterinaria intensiva.
Un caso de maltrato animal ocurrido en Temperley generó indignación luego de que se difundiera un video en el que se observa a un adolescente atacando a un gato que se encontraba sobre una vereda.
La secuencia fue registrada por una cámara de seguridad instalada en la zona. En las imágenes se observa al joven, que llevaba uniforme escolar, caminando por la calle hasta advertir la presencia del animal.
En un primer momento, se acercó y acarició al gato. Sin embargo, pocos segundos después, le apoyó un pie sobre la cabeza y ejerció presión, para luego continuar caminando.
A pesar de la agresión, el animal logró levantarse y alejarse del lugar.
El gato permanece internado
Tras el ataque, el gato fue asistido y trasladado de urgencia a una veterinaria. Según informaron medios locales, permanece internado y bajo cuidados intensivos debido a las lesiones que sufrió en la zona craneal.
Su estado es delicado y los profesionales trabajan para intentar salvarle la vida.
El episodio ocurrió sobre calle Florencio Varela, en Temperley, localidad bonaerense. La difusión de las imágenes provocó una fuerte reacción en redes sociales y un pedido para identificar al responsable.
Reclaman una investigación
Vecinos y organizaciones proteccionistas solicitaron la intervención de las autoridades y reclamaron que el episodio sea investigado como un caso de maltrato animal.
También pidieron que el adolescente sea identificado y que sus padres respondan por lo ocurrido.
Mientras continúa el reclamo, la atención está puesta en la evolución del gato, que permanece internado y lucha por recuperarse de las graves lesiones sufridas.
Con información de Contexto Tucumán
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Trabajó casi 6 años “en negro”, pidió que lo regularizaran y terminó en la Justicia: deberán pagarle más de $112 millones
Un trabajador de un supermercado de Necochea logró un fallo favorable tras permanecer casi seis años sin registrar su relación laboral. La Justicia reconoció distintos conceptos adeudados y fijó una indemnización que, con actualización, supera los $112 millones.
Una relación laboral sin registrar
El hombre comenzó a trabajar en junio de 2015 y continuó hasta abril de 2021. Durante ese período realizó tareas de atención al público, reposición y descarga de mercadería, pero nunca fue registrado formalmente por sus empleadores.
El conflicto llegó a la Justicia después de que reclamara que se regularizara su situación laboral, además del pago de salarios y diferencias adeudadas y la realización de los aportes correspondientes.
Ante la falta de respuesta y el rechazo de sus empleadores a las condiciones laborales denunciadas, se consideró despedido el 8 de abril de 2021.
Qué determinó la Justicia
El Tribunal del Trabajo N°1 de Necochea consideró acreditada la relación laboral y estableció que se extendió durante 5 años y 10 meses.
Para llegar a esa conclusión, los jueces tuvieron en cuenta, entre otras pruebas, testimonios de personas que habían visto al trabajador desempeñando sus tareas y la falta de registros laborales aportados por la parte demandada.
También se determinó que el trabajador cobraba $1.500 por día y que su mejor remuneración mensual normal y habitual debía ser de $53.777,39, de acuerdo con la categoría y las escalas salariales correspondientes.
El fallo reconoció diferencias salariales, haberes adeudados, aguinaldos, vacaciones, indemnización por despido, preaviso y distintas sanciones vinculadas con el empleo no registrado.

De $3,3 millones a más de $112 millones
El monto histórico establecido en la condena fue de $3.321.382,48.
Sin embargo, con la actualización correspondiente, la cifra alcanzó los $112.336.500 al 26 de agosto de 2026, según lo establecido en la sentencia.
La Justicia cuestionó un artículo de la reforma laboral
La resolución también incluyó otro aspecto relevante. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802, al considerar que el mecanismo previsto para actualizar créditos laborales en juicios ya iniciados podía perjudicar a los trabajadores que habían recurrido a la Justicia.
Los magistrados entendieron que esa disposición afectaba, entre otros derechos, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y el acceso a la Justicia.
Por ese motivo, resolvieron aplicar el mecanismo de actualización contemplado en el artículo 54: IPC más un 3% anual.
La sentencia estableció que el monto deberá ser abonado dentro de los diez días de notificada la resolución. En caso de incumplimiento, continuará aplicándose la actualización hasta que la deuda sea cancelada.
Con información de TN
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