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El MPA apeló la libertad otorgada al policía imputado por el crimen de Carlos Coletti

La fiscal de San Cristóbal, Hemilce Fissore, presentó un recurso de apelación contra la decisión del juez Juan Gabriel Peralta, que dispuso imponer normas de conducta y otorgar la libertad al policía investigado como autor del homicidio de Carlos Ramón Coletti ocurrido el 1 de octubre de 2022 en Suardi

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“En diciembre del año pasado, el mismo juez dispuso que el hombre investigado quede en prisión preventiva sin plazos”, recordó Fissore. “En los nueve meses que transcurrieron hasta la actualidad no hubo ningún cambio, por eso es que apelamos la decisión.

Subsisten los mismos riesgos procesales que planteamos oportunamente, y sigue existiendo la misma necesidad de preservar los testimonios de personas vulnerables, como las mujeres que estaban en el lugar del hecho”, sostuvo la fiscal.

Impulso de matar

El homicidio de Coletti fue cometido alrededor de las 3:00 de la madrugada del sábado 1 de octubre de 2022 en la vía pública en Suardi, más precisamente en calle 25 de Mayo al 400.

“La víctima fatal llegó en una camioneta a la casa del policía investigado y comenzó a agredirlo físicamente”, relató la fiscal. “Por su parte, el agente de la fuerza pública le propinó golpes con los puños y con un cortafierro de 35 centímetros de largo con el que le provocó la muerte a raíz de numerosas heridas que sufrió en el rostro y en la cabeza”, remarcó.

Fissore planteó que “tal como sostuvimos en reiteradas oportunidades, del informe de la autopsia realizada se desprende el dolo de matar”. Asimismo, sostuvo que “el médico forense describió en 16 ítems las lesiones que presentaba el cuerpo de la víctima y aclaró que las más significativas fueron producidas con el elemento cortante”.

La funcionaria del MPA subrayó que “desde la Fiscalía entendemos que este no es un caso ni de legítima de defensa ni de exceso en la legítima defensa. Estamos ante un homicidio en el que primó el impulso de matar”.

“Durante la situación violenta, en ningún momento estuvo en peligro la vida del policía investigado, razón por la cual no hay manera de acreditar la necesidad racional del medio empleado –el cortafierro de 35 centímetros– para repeler la conducta de la víctima”, argumentó la fiscal. Asimismo, se refirió a las condiciones personales del imputado, “quien es un empleado policial preparado y entrenado para enfrentar una agresión mediante técnicas defensivas”.

Audiencias

Tres días después del homicidio de Coletti se llevó a cabo la audiencia en la que se debatieron por primera vez las medidas cautelares para el policía investigado. “En aquella oportunidad, si bien planteamos que estaban cumplidos los requisitos necesarios para que se imponga la prisión preventiva durante todo el proceso, el juez Peralta hizo lugar a la cautelar privativa de la libertad, pero por 90 días”, trajo a colación la fiscal

“Antes de que esos 90 días vencieran, desde la Fiscalía pedimos una audiencia de revisión de la prisión preventiva. Nuevamente, solicitamos mantenerla durante todo el proceso, y el juez hizo lugar”, destacó Fissore.

La fiscal del MPA continuó explicando que “por el mero transcurso del tiempo, la Defensa del imputado solicitó una nueva audiencia de revisión de la prisión preventiva. Otra vez, el juez Peralta ordenó mantenerla sin plazo, tal como se venía cumpliendo”.

“Finalmente, y ante otro pedido de la Defensa de revisión de la medida cautelar, ahora el juez dispuso la libertad del imputado bajo medidas alternativas, entre ellas, fijar una caución patrimonial personal por la suma de 2.000.000 de pesos; prohibir el ingreso del imputado a la localidad de Suardi durante el proceso y de acercamiento y/o contacto con los testigos del caso, entre otras”, concluyó la fiscal.

Fuente: El Departamental

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Condenaron a un profesor de vóley de Tostado a siete años de prisión por grooming y estupro calificado

Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, fue condenado a siete años de prisión efectiva por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos menores de edad en Tostado.

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La sentencia fue dictada tras un juicio oral desarrollado en los tribunales de esa ciudad.

La Justicia de Santa Fe condenó a Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, a siete años de prisión efectiva por los delitos de grooming y estupro calificado, cometidos contra dos menores de edad en la ciudad de Tostado, departamento Nueve de Julio.

La sentencia fue dictada por el juez Juan Gabriel Peralta, al finalizar el juicio oral, en una resolución que coincidió con el pedido formulado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Se aprovechó de su rol como profesor de vóley

La fiscal Hemilce Fissore, quien representó al MPA durante el debate, sostuvo que el condenado era profesor de vóley de las víctimas y utilizó esa posición de confianza para cometer los delitos.

Según explicó la funcionaria judicial, Altamiranda se aprovechó de su mayoría de edad, de la relación de autoridad que mantenía con las menores y de la inmadurez sexual de las víctimas.

Tras conocerse el fallo, Fissore manifestó su conformidad con la decisión judicial y señaló que la condena fue la misma que había solicitado la Fiscalía. Además, indicó que aguardará los fundamentos de la sentencia para su análisis.

Los hechos investigados

De acuerdo con la investigación, entre octubre y el 18 de noviembre de 2023, el ahora condenado mantuvo contacto con una de las menores mediante mensajes enviados a través de Instagram, con la finalidad de concretar encuentros de carácter sexual.

Por otra parte, la Fiscalía acreditó que entre mayo y noviembre de 2023, Altamiranda mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la otra víctima, en distintos lugares de la ciudad de Tostado, entre ellos el interior de un automóvil.

Con las pruebas incorporadas durante el juicio, el magistrado resolvió condenarlo como autor de los delitos de grooming y estupro calificado.

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Sunchales: condenaron a 16 años de prisión a un hombre por abuso sexual contra la hija de su pareja

El condenado reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado homologado por la Justicia de Rafaela.

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Durante la investigación también se detectó un intento de alterar una prueba de ADN y las pericias revelaron una situación aún más grave.

Condena por abuso sexual en Sunchales

Un hombre fue condenado a 16 años de prisión de cumplimiento efectivo tras reconocer su responsabilidad por abuso sexual con acceso carnal contra la hija menor de edad de su pareja, en un hecho ocurrido en Sunchales.

La sentencia fue dictada este miércoles en los Tribunales de Rafaela, en el marco de un juicio abreviado presidido por el juez Nicolás Stegmayer. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Favia Burella.

El condenado admitió su responsabilidad en el acuerdo alcanzado con la Fiscalía, el cual fue homologado por el magistrado, dando por finalizado el proceso sin necesidad de llegar a un juicio oral.

El delito fue agravado por la convivencia con la víctima

De acuerdo con la resolución judicial, el hombre fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia y guarda, ya que la víctima, de 13 años, era hija de su pareja.

Además de la pena de 16 años de prisión efectiva, se le impusieron las accesorias legales previstas por el Código Penal.

El imputado permanece detenido desde hace aproximadamente dos años, período en el que se desarrolló la investigación judicial.

Intentó alterar una prueba genética

Durante la investigación, el Ministerio Público de la Acusación detectó una maniobra que buscaba entorpecer la causa.

Según se informó en la audiencia, el ahora condenado habría intentado que otra persona se hiciera pasar por él para someterse a una extracción de sangre destinada a una pericia genética, con el objetivo de modificar el resultado del estudio de ADN.

La maniobra fue advertida a tiempo y no llegó a concretarse.

Las pericias revelaron una situación aún más grave

La prueba genética había sido ordenada debido al embarazo de la menor.

Sin embargo, el estudio determinó que la paternidad correspondía al hijo de 14 años del condenado, quien también había abusado de la víctima.

Debido a que el adolescente era menor de la edad de punibilidad al momento de los hechos investigados, no fue imputado en la causa.

Con la homologación del juicio abreviado, el condenado aceptó la pena acordada con la Fiscalía y el proceso judicial quedó formalmente concluido.

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Condenan a una mujer a pagar más de $43 millones por ocultar la verdadera paternidad de sus mellizos

Un tribunal de Córdoba ordenó indemnizar a un hombre con más de $43 millones tras comprobar que durante 34 años desconoció que los mellizos que había criado no eran sus hijos biológicos.

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Foto: Demandó a su ex por ocultarle que no era el padre de sus mellizos.

La Justicia consideró que existió un ocultamiento que le provocó un importante daño moral y personal.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 3 de Córdoba dictó un fallo considerado inédito, al condenar a una mujer a pagar $43.142.682 a su exesposo por haberle ocultado durante más de tres décadas que los mellizos que criaron juntos eran fruto de una relación extramatrimonial.

El caso salió a la luz cuando una de las hijas asistió a una reunión social y varias personas destacaron su gran parecido físico con otra joven. Esa situación motivó una investigación familiar que culminó con un estudio de ADN, el cual confirmó la identidad de su verdadero padre biológico.

En 2022, la joven inició una acción judicial para impugnar la paternidad. Fue entonces cuando el hombre recibió la notificación judicial y descubrió que no era el padre biológico de los mellizos, pese a haberlos criado durante 34 años.

El abogado del demandante, Remo Bergoglio, explicó que el eje del fallo no fue la infidelidad, sino el ocultamiento deliberado de una duda razonable sobre la verdadera filiación.

La Cámara revirtió el fallo de primera instancia

En una primera etapa, la demanda había sido rechazada por un juez de Villa Carlos Paz, quien entendió que el incumplimiento del deber de fidelidad no generaba, por sí mismo, un daño indemnizable.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión y concluyó que la mujer incurrió en una conducta culposa por omisión, al mantener ocultada la verdadera identidad biológica de los hijos durante décadas.

Los magistrados señalaron que esa conducta produjo un daño civil resarcible, tanto para el hombre como para los propios mellizos.

Cómo se compone la indemnización

La suma fijada por la Justicia contempla distintos conceptos, entre ellos el daño moral, la frustración del proyecto de vida del demandante y los gastos de tratamiento psicológico derivados del impacto emocional que provocó el descubrimiento.

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