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Le quitaron los derechos parentales a un papá por bloquear y abandonar a su hija

La jueza de familia, Marissa Lucía Palacios, consideró que las conductas del hombre perjudicaron el bienestar psíquico y emocional de la niña, por lo que el cuidado pasó a ser de la madre.

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Foto: Poder Judicial de Río Negro. (Foto ADN Sur)

En un fallo inédito, la Justicia de Río Negro privó a un padre de su responsabilidad parental tras verificar su desinterés y conducta violenta hacia su hija. La sentencia del Fuero de Familia se basó en que el hombre bloqueó a la menor en redes sociales, se negó a mantener contacto afectivo y obstaculizó decisiones importantes para su crecimiento.

El caso ocurrió en Cipolletti. Desde el nacimiento de la chica, su papá no cumplió con sus deberes, obligando a la madre a hacerse cargo de su cuidado y protección. En el juicio, se pudo acreditar que el hombre nunca participó de las actividades extracurriculares de la hija, eventos escolares y demás reuniones.

En ese marco, la Defensa de Menores consideró que las conductas del padre perjudicaron el bienestar psíquico y emocional de la niña, por lo que ahora el cuidado pasó a ser de la madre.

La jueza de familia en Cipolletti, Marissa Lucía Palacios, habló con Cadena 3 y explicó que existen bastantes casos de este tipo y que la Justicia busca la recomposición del vínculo, aunque no siempre ocurre.

«Son bastantes los casos así. Hay mamás que inician el proceso de desvinculación y en algunos procesos logramos que se recomponga el vínculo, teniendo en cuenta el interés superior del niño, niña o adolescente. Este caso no fue así porque la conducta del padre fue consecuente. Fue notificado varias veces, nunca contestaba, no mostraba interés en las audiencias y vi mucho dolor de parte de la niña», explicó la jueza.

Y añadió: «Toda conducta que uno hace o no hace trae consecuencias. El ‘no hacer’ del papá es el sufrimiento y padecimiento de la niña, quien el día de mañana será una adulta. Los primeros años son fundamentales para el desarrollo integral de un niño o niña, desde lo físico, emocional, espiritual, comer o vestirse».

Palacios insistió en que, en situaciones así, se procura que la recomposición del vínculo. «Este papá tenía la responsabilidad parental que es el conjunto de derechos y deberes. Los deberes van a seguir: debe seguir pagando la cuota alimentaria y demás obligaciones. Pero ya no tendrá derechos», precisó.

La jueza explicó que cuando la niña hacía alguna competencia, necesitaba autorización de la madre y padre, quien no se involucraba y negaba los permisos u obstaculizaba. «Entonces a los jueces nos toca suplir esa responsabilidad. La nena muchas veces no podía viajar para competir», describió.

En ese sentido, Palacios dijo que se privó de responsabilidad parental al progenitor. «Con este fallo, ya no hay que solicitarle ninguna autorización al padre. Fue de importancia la escucha a la niña. En la disfuncionalidad de la pareja, quedan los niños en el medio. La pareja tuvo sus dificultades y el padre hizo la situación extensiva a su hija».

Por último, la jueza explicó que la Justicia cuenta con los equipos técnicos para separar un problema que tienen los adultos y que no se extienda a los hijos. «El papá directamente bloqueó a su hija de las redes, ella le mandaba mensajes y él no respondía. Todo lo que dijo la mamá fue acreditado. Hablamos de una de familia clase media y con estudios», detalló Palacios.

La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo o hija, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado.

Se habilita esta opción cuando se producen determinadas situaciones previstas en la ley, que son que uno de los progenitores sea condenado como autor, coautor, instigador o cómplice de un delito doloso contra la persona o los bienes del hijo de que se trata o el abandono del hijo, dejándolo en un total estado de desprotección, aun cuando quede bajo el cuidado del otro progenitor o la guarda de un tercero.

Otros motivos pueden ser poner en peligro la seguridad, la salud física o psíquica de la hija o hijo o que se haya declarado el estado de adoptabilidad del menor.

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Tras su procesamiento en la causa Seguros, piden quitarle la jubilación de privilegio a Alberto

El documento fue firmado por Graciela Ocaña y otros dos legisladores pertenecientes al interbloque Confianza Pública, tales los casos de María Sol Méndez y Sebastián Nagata. En el escrito, dirigido a Fernando Bearzi, titular del organismo, solicitaron “la suspensión de la asignación mensual vitalicia que percibe el ex Presidente de la Nación Alberto Fernández”.

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Foto: Alberto Fernández quedó más complicado en la causa Seguros.

Legisladores de la Ciudad de Buenos Aires hicieron una presentación a la ANSES para reclamar la anulación de la jubilación de privilegio que percibe Alberto Fernández, expresidente de la Nación, procesado en las últimas horas en la causa Seguros.

El documento fue firmado por Graciela Ocaña y otros dos legisladores pertenecientes al interbloque Confianza Pública, tales los casos de María Sol Méndez y Sebastián Nagata. En el escrito, dirigido a Fernando Bearzi, titular del organismo, solicitaron “la suspensión de la asignación mensual vitalicia que percibe el ex Presidente de la Nación Alberto Fernández”.

“Como es de público conocimiento, el día 10 de Julio del corriente, el ex Presidente de la Nación, Alberto Fernández, fue procesado por el Juez Federal Sebastián Casanello por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en la causa denominada ‘Seguros’”, menciona el documento.

Y continúa: “Ante este hecho, la jubilación de privilegio debe ser suspendida a fin de no perjudicar el erario público que vuestro gobierno tanto defiende”.

Los legisladores pidieron que la suspensión se extienda “hasta que se resuelva definitivamente la culpabilidad o no en los hechos que se le imputan”.

“Es sabido que los beneficios que otorga la ley 24.018 son un privilegio para quien desempeño una de las funciones públicas más importantes del país, pero si esa persona utilizó ese lugar de privilegio para beneficio propio y cometió delitos desde ese lugar, no pueden obtener ni mantener este beneficio”, sigue el escrito.

Y profundiza: “En caso de continuar abonando esta asignación de privilegio que a febrero de 2025 ascendía a $8.877.518,67 -conforme contestación de acceso a la información pública-, se estaría generando una millonaria perdida a las arcas del Estado”.

“¿Qué mensaje esta dando el Gobierno Nacional si un jubilado que trabajo toda su vida tiene que elegir entre comer o comprar medicamentos?, en cambio un ex presidente -procesado por corrupción y violencia de genero- cobra casi 9 millones de pesos por mes, es decir mas de 24 jubilaciones mínimas», remarca la presentación de Ocaña, Méndez y Nagata.

Alberto Fernández es acusado de incumplimiento de deberes de funcionario público. (Foto: NA)

Causa Seguros: Alberto Fernández quedó más complicado

Este jueves, el juez Sebastián Casanello procesó por corrupción a Alberto Fernández en la denominada causa Seguros, por incompatibilidad en los deberes de funcionario público cuando era presidente. Además, ordenó un embargo sobre los bienes del ex mandatario por $14.634.220.283,68, confirmaron fuentes judiciales a TN.

La causa se originó con la investigación de la contratación de seguros a través del Banco Nación con la intermediación de brokers cercanos al entorno del ex mandatario.

En su fallo, el magistrado aseguró que el expresidente se involucró en el “plan de expansión de los negocios” de las empresas de Martínez Sosa con el Estado. En ese marco, Casanello entendió que Fernández impulsó “a los actores del mundo privado y exhibiendo públicamente que formaban parte de su entorno más íntimo, en un claro mensaje convalidante de sus acciones”.

Para el juez, “con la connivencia” de Fernández, los brokers “habrían operado en la contratación de seguros de diversos entes estatales, y en especial a través de la intermediación de particulares y empresas entre dichos entes y la aseguradora Nación Seguros; como así también en la inclusión de empresas coaseguradoras por parte de ésta”.

En otro tramo de la sentencia de 400 páginas, Casanello consideró que el decreto firmado por Fernández fue para “priorizar los fines públicos al afán de lucro”, mientras que las fotos que publicaba con Martínez Sosa funcionaban como un activo para el empresario, para que pudiera obtener más contratos gracias a su cercanía con quien por entonces era el Presidente de la Nación.

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La Corte Suprema le puso punto final al reclamo de la mujer que decía ser hija de Sandro

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó de forma definitiva la demanda presentada por una mujer que buscaba ser reconocida como hija biológica de Roberto Sánchez, conocido popularmente como Sandro y fallecido en enero de 2010.

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Foto: Roberto Sánchez, SANDRO

Mediante una resolución firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

La causa se originó cuando Sandra Edit Borda interpuso dos acciones judiciales: una para impugnar la filiación con quien la crió, Carlos Borda, y otra para que se reconociera su vínculo biológico con el cantante.

Sandra Edith Borda

Según relató la demandante, en 2006 su madre le confesó, poco antes de morir, que era hija de Sandro. En 2007, ambas partes se habrían sometido a una prueba de ADN de forma extrajudicial. Borda afirmó que la pareja del artista le informó que el resultado fue negativo, aunque sostuvo no haber visto el estudio personalmente.

En su presentación ante la Justicia, la mujer aseguró que su madre conoció a Sandro en 1965 y que mantuvieron una relación clandestina durante varios años. Tiempo después, su madre se casó con Carlos Borda, aunque los encuentros con el cantante habrían continuado.

En 2014, un fallo judicial anuló la paternidad de Carlos Borda, quien la había criado como hija propia. Al año siguiente, se exhumaron los restos del cantante para realizar una prueba de ADN, cuyo resultado fue negativo.

«Los resultados observados son incompatibles con la existencia de un vínculo padre/hija», indicó el fallo de primera instancia que rechazó el pedido. La Cámara de Apelaciones ratificó esa decisión al considerar que la prueba genética era concluyente y demostraba la inexistencia de la relación biológica entre Borda y Sánchez.

La mujer apeló mediante un recurso de nulidad e inaplicabilidad de la ley. Sin embargo, en febrero de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires volvió a desestimar la demanda.

Los jueces Luis Esteban Genoud, Daniel Fernando Soria, Sergio Gabriel Torres e Hilda Kogan coincidieron en que los agravios presentados por Borda ya habían sido abordados por los tribunales inferiores, que habían actuado conforme a derecho.

Los magistrados bonaerenses remarcaron que los estudios genéticos realizados fueron contundentes y demostraron la ausencia de vínculo biológico con el cantante. La demandante, indicaron, no logró refutar esos resultados ni aportar elementos que permitieran considerar arbitrarias las sentencias previas.

Finalmente, la mujer recurrió en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que resolvió declarar inadmisible su presentación y cerrar definitivamente la causa.

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La Justicia investiga los 100.000 dólares milagrosos del pastor chaqueño por sospechas de lavado

El evangélico Jorge Ledesma relató el supuesto milagro de la multiplicación del dinero y ahora el fiscal federal Patricio Sabadini pidió informes para esclarecer la procedencia de los fondos con los que construyeron el templo “Portal del Cielo”

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Foto: Jorge Ledesma, pastor evangélico de Chaco

Así como Jesús multiplicó los panes y los peces, el pastor evangélico Jorge Ledesma contó que un milagro hizo crecer los ahorros que tenía en una caja de seguridad: los 100.000 pesos que guardaba allí se convirtieron en 100.000 dólares. Ese dinero, según relató ante sus fieles, financió parte de la construcción en Resistencia, Chaco, del templo “Portal del Cielo”. La historia motivó la apertura de una investigación de oficio en la Justicia Federal por sospechas de lavado de activos y evasión.

Según pudo saber Infobae de fuentes judiciales, se abrió un expediente en el Juzgado Federal N° 1 de Resistencia, a cargo de la jueza Zunilda Niremperger y con la instrucción del fiscal Patricio Sabadini.

La investigación, por ahora preliminar y sin imputaciones, ya tuvo sus primeras medidas este martes. La fiscalía hizo varios pedidos informes a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Unidad de Información Financiera (UIF).

También a la Municipalidad de Resistencia y al Ministerio de Infraestructura provincial, organismos a los que solicitó datos de las últimas tres gestiones.

La investigación preliminar

En todos los casos, el fiscal Sabadini buscará determinar cuánto dinero público recibió la Iglesia Cristiana Internacional, creada por el pastor Ledesma en 1994. Si es que hubiera irregularidades alrededor de la institución o el crecimiento patrimonial de sus líderes, recién entonces se elevarían requerimientos para profundizar la causa.

Además, se armará un equipo de ingenieros y arquitectos para tasar el “Portal del Cielo” y establecer cuánto costó construirlo. Se trata de un estadio cerrado con capacidad para 15.000 personas sentadas, y se lo anunció como el “auditorio evangélico más grande del país y uno de los más imponentes de la región”.

Según estiman las fuentes consultadas por este medio, el valor total oscilaría entre los 50 y 100 millones de dólares, es decir, al menos 500 veces lo que el pastor consiguió con el milagro de la caja fuerte.

Y es que Cristian Ledesma, uno de los hijos del líder religioso, declaró al aire de Radio Con Vos que la de los 100.000 dólares “no fue ni la primera ni la última experiencia similar, pero nunca en esa magnitud”. Sin embargo ante la repregunta de los periodistas no entró en detalles porque “ese asunto correspondía a la contadora”.

Cristian Ledesma, hijo del pastor, contó el milagro de los 100.000 dólares en una entrevista radial

Luego de tres décadas de actividad, la Iglesia Cristiana Internacional superó los 50.000 fieles activos, tiene presencia en más de 40 países y consolidó vínculos con el poder político, especialmente en el ámbito provincial.

A través de sus líderes, Jorge y Alicia Ledesma, la iglesia predica en sus misas evangélicas la sanación, los milagros, la transformación personal y la prosperidad espiritual. Sobre el escenario presentaron varios casos de personas que “llegaron en silla de ruedas” y volvieron caminando a su casa, por ejemplo.

En Chaco, la Iglesia Cristiana Internacional también llevó la actividad al territorio, con redes de merenderos y comedores, colectas de donaciones y acciones comunitarias en sectores vulnerables.

Una fuente local consultada por Infobae explicó que la simbiosis entre la organización y el Gobierno de Chaco existió tanto durante las gestiones de Jorge Capitanich (Partido Justicialista) como en la actual de Leandro Zdero (Unión Cívica Radical), principalmente por la cantidad de fieles que asisten a misa y el mencionado despliegue territorial que alcanzó la entidad.

Esto, sumado al crecimiento exponencial que tuvo la iglesia en los últimos años, posó las sospechas de los investigadores sobre presuntos financiamientos espurios desde el Estado. En cambio, por ahora le restan peso a la hipótesis de que hayan existido irregularidades con el evento de inauguración en sí, donde las entradas se vendieron desde 30.000 a 100.000 pesos.

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