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El Concejo Municipal creó programa para que más nombres de mujeres sean utilizados en la denominación de calles

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Bajo el título “Mujeres Sunchalenses y Santafesinas a la calle”, la iniciativa dispone que el Cuerpo Legislativo implemente una convocatoria pública, con el objetivo de recibir propuestas de nombres de mujeres para identificar las arterias locales. Además fueron elegidos los nombres de María Angélica Barreda, Estela Remondino de Crespo, Dolly Viarengo de Actis y Carmen de la Cruz para futuras denominaciones.

En la Sesión Extraordinaria referida al Día Internacional de la Mujer, el Concejo Municipal en pleno aprobó un proyecto de Resolución, por medio del cual se crea el programa “Mujeres Sunchalenses y Santafesinas a la calle”.

Se trata de una convocatoria pública que debe llevar a cabo el Cuerpo Legislativo, invitando a participar a organizaciones de la ciudad, con el objetivo que presenten propuestas de posibles nombres de mujeres sunchalenses y santafesinas para la denominación de calles y espacios locales.

La iniciativa fue presentada por el concejal Leandro Lamberti, quien afirmó que al momento de la presentación del proyecto  de  un total de 160 calles con nombres de personas, 118 pertenecen a hombres y solamente 42 a mujeres, “lo que sigue evidenciando una manifiesta desigualdad de género, a pesar de las disposiciones de la Ordenanza Nº 2300, la cual ordenó privilegiar los nombres de mujeres a fin de lograr paulatinamente un equiparamiento”, expresó el autor.

Lamberti agregó después que es “es deber del Estado municipal seguir bregando con medidas que disminuyan esta desigualdad, buscando visibilizar y reconocer los aportes de las mujeres en las historia de Sunchales y de la provincia de Santa Fe,  a través de la nomenclatura, para que formen parte de su memoria e identidad”.

La nueva Resolución también dispone conformar una comisión integrada por representantes del Concejo, Ejecutivo Municipal, pudiendo además convocar a docentes, profesores, historiadores y/o a cualquier otra persona que pueda colaborar con la evaluación de los nombres propuestos.

El Área de Comunicación Institucional del ámbito legislativo es la encargada de la coordinación y organización de todos los aspectos que hacen a la difusión y comunicación del programa.

Nombres de mujeres sunchalenses para la denominación de calles

En la misma Sesión fueron aprobados diferentes proyectos de Ordenanza, por medio de los cuales se designaron nombres de mujeres para la denominación de calles.

María Angélica Barreda (proyecto presentado por el concejal Leandro Lamberti): primera Abogada del país, quien debió enfrentarse a una batalla legal en 1910 para obtener su matrícula. Obtuvo la matriculación nacional para ejercer la profesión en la ciudad de Buenos Aires, sin embargo, en su tierra natal su suerte no fue la misma. Su caso llegaría a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia. Por voto mayoritario, Barreda accedió a su matrícula local, abriendo el camino para futuras estudiantes que quisiesen ejercer la carrera de Abogacía en la provincia de Buenos Aires.

Estela Remondino de Crespo (proyecto presentado por  María Alejandra Bugnon de Porporatto y Horacio Bertoglio): primera mujer en recibirse de Abogada en Sunchales.

Nombrada por todos como “Marilú”, en el año 1954 ingreso a la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UNL, para estudiar la carrera de abogacía, situación interrumpida en 1958 tras el fallecimiento de su madre, ya que tuvo que regresar a colaborar en el cuidado de su hermana pequeña. Luego de esa interrupción volvió con sus hermanos a Santa Fe y finalmente se recibió de abogada en el año 1961.

En cuanto a su profesión como abogada, Marilú ejercía en Sunchales y debía trasladarse a Tribunales de Rafaela, en la época en la que estos funcionaban en una antigua casa por calle Belgrano. En estos viajes la acompañaba la Dra. Olga Alarcón de Foschi. Por su condición de mujer, tuvo que alternarse como podía entre la profesión y el cuidado de su familia.

En cuanto a los temas profesionales se dedicó particularmente al Derecho de Familia y ejerció su profesión como mediadora por intuición, aun cuando no existían técnicas universitarias para tal actividad. Es de destacar que el Estudio Jurídico de Marilú fue el primero en informatizarse en Sunchales.

Dolly Viarengo de Actis (proyecto presentado por Leandro Lamberti): destacada docente de la Escuela N° 379 “F. Ameghino. Sus noventa y dos años le sirvieron para desarrollar una vida activa en las instituciones de la ciudad, además de su desempeño como docente laboriosa y responsable, que la llevó a ocupar el cargo de Vicedirectora en la misma institución donde ejerció al frente de las aulas.

Presidenta de la Comisión fundadora del Museo y Archivo Histórico Municipal realizó su trabajo con ahínco. Dirigió la Comisión de la Revista del Centenario de Sunchales en 1986 y participó de la Comisión Central para estos festejos, así como tuvo la responsabilidad frente a la redacción de la Revista de la Sociedad Italiana “Alfredo Cappellini” en 1981, cuando la institución cumplió su centenario de vida.

Colaboradora de la Biblioteca San Carlos y miembro fundador en 1993, se desempeñó como Coordinadora de la Parroquia, con grupos de familia del Barrio Centro – Sur. Con respecto al Centro de Maestros Jubilados de Sunchales (CEMAJUS), nació esta entidad según su idea y propuesta.

Carmen de la Cruz (proyecto presentado por la concejala Andrea Ochat, a través de una propuesta realizada por el grupo Casa de la Pax Cultura): nació en Sunchales el 1 de mayo de 1952 y falleció en Madrid el 23 de julio de 2017.

En 1970 inicia la carrera de Historia en la Universidad Nacional de Córdoba. Fue militante universitaria de izquierda y por ello perseguida por sus ideas durante la época del proceso. Por ese motivo debió exiliarse en España. En ese país se licenció en Geografía e Historia en 1985 en la Universidad Complutense de Madrid. Realizó estudios avanzados en Antropología Social y se especializó en Relaciones Internacionales en Género en el Desarrollo.

Fue una feminista especialista en desarrollo e igualdad de género. Diseñó estrategias en favor de los derechos de las mujeres especialmente en América Latina y contribuyó desde la década de los 90 a la inclusión del enfoque de género en Naciones Unidas desde diversas agencias, especialmente en el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.

 

Prensa Concejo Municipal

 

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El Concejo aprobó la creación del Programa Municipal de Tutores Educativos Solidarios

En la Sesión Ordinaria del jueves 4 de septiembre, el Concejo en pleno aprobó la creación del “Programa Municipal de Tutores Educativos Solidarios”, dependiente de la Subsecretaría de Cultura y Educación o la que en un futuro la reemplace.

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Foto: El Concejo aprobó la creación del Programa Municipal de Tutores Educativos Solidarios

En su artículo 2º, la norma define la propuesta como una tutoría personalizada para estudiantes de nivel primario y secundario que requieran apoyos específicos, con el objetivo de mejorar su desempeño.

Se expresa además que el Programa será llevado a cabo por docentes, incluso aquellos que se hayan acogido al beneficio jubilatorio, como así también por alumnos de niveles superiores de carreras afines a la docencia, que se inscriban como tutores educativos solidarios.

Para esto, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá “celebrar convenios con el Ministerio de Educación provincial, instituciones educativas terciarias y/o universitarias”.

También deberá promocionar el Programa en las escuelas y entidades de bien público, al inicio de cada ciclo lectivo y en cada oportunidad que resulte necesario.

La Ordenanza establece además que las tareas se realizarán bajo la modalidad ad honorem, no generando vínculo laboral alguno, recibiendo los tutores educativos capacitación y seguimiento constante por parte de la Subsecretaría a cargo.

Como última disposición de la norma aprobada, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá dictar su reglamentación en un plazo de sesenta días.

Fundamentación

El proyecto aprobado lleva la autoría de las concejalas Laura Balduino y Carolina Giusti.

“En el contexto como el actual se observa con preocupación un aumento en las tasas de abandono escolar, bajo rendimiento académico y dificultades para acompañar adecuadamente los procesos de aprendizaje, especialmente en los niveles primario y secundario. En este sentido, los Estados locales -si bien no son los responsables directos del sistema educativo- tienen la posibilidad y la responsabilidad de generar políticas públicas que acompañen, complementen y fortalezcan la labor de las instituciones escolares”, afirmó Giusti en el inicio de su fundamentación.

Más adelante expresó además que “los tutores solidarios no reemplazarán al rol docente, sino que funcionarán como acompañantes del proceso educativo, brindando apoyo personalizado, motivación y herramientas de estudio, fortaleciendo así el vínculo entre el alumno, la escuela y la comunidad. Se trata de una política pública con impacto directo en las nuevas generaciones y en el futuro de Sunchales”.

La Concejala destacó también el trabajo que ya se realiza desde diferentes grupos y entidades en relación al apoyo escolar, así como la solidaridad que siempre se demuestra en distintos ámbitos de la ciudad.

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Jueves 4 de septiembre, nueva Sesión Ordinaria

El Concejo Municipal de Sunchales sesiona el jueves 4 de septiembre, a partir de las 9, en su sala “Mirta Rodríguez”.

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Foto: Sala “Mirta Rodríguez”.

Peticiones y asuntos particulares

Tipo: Nota Particular

Autoría: Cooperativa de Agua Potable de Sunchales Ltda.

Asunto: Remite información complementaria al pedido de adecuación tarifaria, referenciado como Expte. N° 2857NP.

Despachos de Comisión para aprobación de proyecto

Tipo: Ordenanza

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Crea el Programa Municipal de Tutores Educativos Solidarios.

Proyectos presentados

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Requiere del Departamento Ejecutivo que proceda a publicar y actualizar el Boletín Oficial en la página web oficial.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Juan Ignacio Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri

Asunto: Dispone aumentos en el régimen tarifario del servicio de agua potable, a partir del 1 de septiembre de 2025.

Tipo: Declaración

Autoría: Juan Ignacio Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri

Asunto: Declara de Interés Social y Cultural la propuesta «Cantando la Paz», impulsada por la Asociación Casa de la Pax Cultura, en adhesión al Día Internacional de la Paz.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza al Departamento Ejecutivo a instalar reductores de velocidad en Avenida Belgrano, en proximidades a la Ruta Provincial N° 280S.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Establece el marco para la creación, organización y funcionamiento del Sistema Local de Educación Inicial y Cuidado Integral.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Pablo Ghiano

Asunto: Solicita a la Subsecretaría de Ambiente y Acción Climática informe las acciones planificadas según lo publicado en la Red Argentina de Municipios frente al Cambio Climático. Así como también solicita respuesta a la Minuta de Comunicación N° 1304 (Solicita al Departamento Ejecutivo el estudio de impacto ambiental y todo lo relativo a la planificación, gestión y presupuesto del Centro de Transferencia de Residuos ubicado en el barrio 9 de Julio).

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Santiago Dobler

Asunto: Reitera las Minutas de Comunicación N° 1288 y 1300, referidas a la contratación del servicio de transmisión de imágenes del Centro de Monitoreo.

Fuera de Lista

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Otorga la concesión del servicio público de provisión de agua potable a la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Sunchales Ltda.

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Sunchales: un proyecto de Ordenanza relativo a reformar la norma que establece reglas para “eventos”

La propuesta fue presentada el pasado 21 de agosto por el bloque de Ahora Sunchales, con esta entrega precisiones del proyecto.

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Foto: Brenda Torriri y Juan Ignacio Astor, bloque de Ahora Sunchales. (La Opinión de Rafaela)

El pasado 21 de agosto el bloque de Ahora Sunchales presentó un proyecto de Ordenanza con la intención de modificar la normativa vigente, ya habías difundido la fundamentación ofrecida por Juan Ignacio Torriri, hoy acercamos mayores detalles del proyecto.

La presente propuesta de reforma a la Ordenanza de Eventos surge como resultado de un proceso de análisis, diálogo y escucha activa frente a las dificultades prácticas que presenta la normativa vigente. A lo largo del tiempo, diversos actores vinculados a la organización de eventos, particularmente del sector nocturno, han expresado inquietudes respecto al cumplimiento de ciertos requisitos normativos, los cuales en muchos casos se perciben como imprecisos, insuficientes o carentes de aplicabilidad operativa. Frente a esta situación, se impulsó un trabajo articulado entre distintas áreas municipales, como la Subdirección de Habilitaciones, Obras Privadas y especialistas en Seguridad e Higiene, junto con representantes del sector empresarial nocturno, con el objetivo de revisar y mejorar dichos procesos.

Frente a este escenario, como bloque decidimos asumir el desafío de revisar en profundidad la ordenanza actual. Lo hicimos como mencioné anteriormente a través de reuniones con empresarios del sector, consultas con especialistas y un relevamiento de normativas aplicadas en otras localidades, que nos permitió identificar buenas prácticas y enfoques alternativos. Este trabajo comparativo nos sirvió como base para construir una propuesta superadora, que logre equilibrar la seguridad jurídica, el control estatal y la promoción responsable de actividades culturales y recreativas.

El espíritu de esta reforma es claro: dotar al municipio de una normativa moderna, coherente y aplicable, que fomente la actividad económica sin resignar las condiciones de seguridad, convivencia y cumplimiento normativo. Entendemos que una regulación adecuada no debe ser un obstáculo, sino una herramienta para ordenar, garantizar derechos y promover el desarrollo de propuestas culturales y recreativas que enriquecen la vida comunitaria.

Con esta nueva propuesta buscamos ofrecer respuestas concretas, establecer reglas claras y facilitar el cumplimiento tanto para los organizadores como para las áreas de control y fiscalización municipal. Aspiramos a un marco normativo que no sólo regule, sino que acompañe y potencie el crecimiento de un sector dinámico y estratégico para la ciudad.

Hoy presentamos el proyecto de Ordenanza que hemos trabajado, cuyo objetivo es actualizar y mejorar la regulación de eventos y establecimientos en nuestro distrito municipal de Sunchales. Esta nueva normativa busca adaptarse a las realidades actuales, garantizando una mayor seguridad, higiene y orden público para todos los ciudadanos y asistentes a los eventos.

Permítanme esbozar los puntos claves de esta propuesta, destacando su alcance general y las diferencias fundamentales con la Ordenanza N° 2431/2014, referida a nocturnidad, que esta nueva normativa busca derogar y reemplazar íntegramente.

La nueva ordenanza define «evento» de manera amplia, abarcando toda reunión, función, representación o acto social, deportivo o de cualquier índole, con fines de entretenimiento, que se realice en lugares abiertos o cerrados, públicos o privados, con o sin música o baile, y sean de carácter gratuito o pago.

La clasificación de los eventos se vuelve más detallada y funcional, considerándolos por:

Acceso: Públicos (libre acceso) o Privados (acceso restringido a una lista preestablecida).

Periodicidad: Permanentes (recurrentes) u Ocasionales (no regulares, que requieren habilitación excepcional).

Capacidad: Pequeños (hasta 100 personas), Medianos (entre 101 y 300 personas) y Masivos (más de 301 personas).

Se especifican los espacios aptos para la realización de eventos, distinguiendo entre públicos (abiertos y cerrados, como plazas o museos) y privados (abiertos y cerrados, como jardines o salones). Es importante señalar que esta regulación excluye las residencias particulares cuando se destinan a reuniones sociales ocasionales que no afecten el orden público o a terceros.

Se establecen requisitos diferenciados según la capacidad del evento, lo que permite una regulación más proporcional:

Para eventos pequeños (hasta 100 personas), se requiere una simple notificación a la Municipalidad con al menos 48 horas hábiles de anticipación para los ocasionales, y la habilitación del establecimiento para los permanentes.

Para eventos medianos (entre 101 y 300 personas), se exige autorización previa, incluyendo informe técnico de seguridad e higiene, personal de seguridad, servicio de emergencia médica (tipo área protegida) y seguro de accidentes personales. Para eventos permanentes con actividad musical, se podrá requerir un informe de aptitud acústica.

Para eventos masivos (más de 301 personas), las obligaciones de los organizadores son mucho más rigurosas. Se exige la exhibición de documentación, identificación del personal, limpieza del entorno, puestos de hidratación, cobertura de emergencias con paramédico en el lugar (incluso ambulancia según la cantidad de asistentes), seguro de accidentes personales, operativos de seguridad privada o policía adicional, y operativos de tránsito y control urbano si aplican.

Un punto relevante es la creación de un Registro de Organizadores de Eventos masivos, donde deberán inscribirse aquellos que organicen este tipo de eventos, presentando documentación específica y manteniendo una habilitación con vigencia de un año, sujeta a no registrar sanciones.

La ordenanza también aborda aspectos cruciales como la prohibición de venta y suministro de alcohol a menores de 18 años y la promoción de consumo de alcohol. Define horarios de cese de difusión sonora para establecimientos con actividad musical, y establece el cálculo del factor de ocupación basado en el Decreto Reglamentario Nº 351/79.

En cuanto a los servicios sanitarios, se los declara esenciales y se exige que los establecimientos permanentes que no cobren entrada dispongan el uso de sus baños al público en general, con excepción de los salones de fiestas infantiles. Además, se establecen requisitos mínimos de infraestructura e higiene para los sanitarios, y, como una novedad importante, se regulan las condiciones para la instalación de baños inclusivos o sin género. La cantidad mínima de retretes también se ajusta a una nueva tabla y la normativa de edificación vigente.

Se refuerzan las disposiciones sobre seguridad alimentaria, exigiendo carnet de manipulación de alimentos actualizado y acreditación de la procedencia de los alimentos. También se incluyen disposiciones específicas para Parques de Diversiones y Salones de Fiestas Infantiles, detallando requisitos de seguridad de los juegos, y para Discotecas, exigiendo cámaras de seguridad frontales.

Finalmente, se establece un sistema de inspección y un régimen de sanciones que incluye multas, clausuras (preventiva, temporaria, definitiva), secuestro de elementos y revocación de habilitaciones, con la posibilidad de aplicar sanciones de manera acumulativa y la responsabilidad solidaria de los involucrados. El Juzgado de Faltas Municipal es la autoridad competente para sancionar, mientras que el Departamento Ejecutivo Municipal puede disponer medidas preventivas urgentes.

Principales Cambios Respecto a la Ordenanza N° 2431/2014, referida en materia de nocturnidad.

Las diferencias más destacadas son:

Umbral de Eventos Masivos: La Ordenanza N° 2431/2014 definía «Espectáculos Masivos» como aquellos con una afluencia superior a quinientas (500) personas. La nueva ordenanza reduce este umbral a más de 301 personas, lo que implica que una mayor cantidad de eventos estarán sujetos a las regulaciones más estrictas aplicables a los eventos masivos, fortaleciendo la seguridad en eventos de menor escala que antes no eran considerados «masivos».

Registro de Organizadores: Si bien la Ordenanza N° 2431/2014 ya contemplaba un registro para organizadores de eventos de más de 30 personas con una vigencia de 6 meses, la nueva ordenanza eleva el requisito de inscripción para organizadores de «eventos masivos» (más de 301 personas). Además, la habilitación como organizador tendrá una vigencia de un año, lo que simplifica la gestión para aquellos que cumplan con la normativa.

Simplificación y Uniformidad de Horarios de Cese Sonoro: La ordenanza anterior establecía horarios de cese de actividad y difusión musical diferenciados y a veces complejos según el tipo de local. La nueva propuesta unifica los horarios de cese de difusión sonora para establecimientos con actividad musical, estableciendo las 24:00 horas de domingo a jueves y las 06:00 horas del día siguiente para viernes, sábados y vísperas de feriados. Esto proporciona mayor claridad y facilidad de aplicación.

Enfoque Social en Servicios Sanitarios e Inclusión: Esta es una adición significativa. La nueva ordenanza declara los servicios sanitarios como esenciales y exige que ciertos establecimientos permanentes dispongan su uso al público en general, una medida que no estaba explícitamente en la normativa anterior. Más aún, introduce normas claras para la implementación de baños inclusivos o sin género, demostrando un avance en materia de inclusión y accesibilidad. La tabla de cálculo de la cantidad mínima de retretes también se ha actualizado y detallado en comparación con la anterior que consideraba categorías más generales.

Especificaciones de Seguridad Alimentaria: La nueva ordenanza va más allá de una mención general de cumplimiento de normativas de seguridad alimentaria al especificar la obligatoriedad del carnet de manipulación actualizado, y la acreditación de la procedencia y rotulado de ciertos alimentos.

Modernización y Adaptabilidad: En general, la nueva ordenanza busca un marco regulatorio más moderno, claro y adaptable, que permite al Departamento Ejecutivo Municipal ajustar ciertas medidas según las particularidades de cada evento, como los protocolos para el control de alcohol o situaciones de violencia.

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