Economía
Empieza a regir el dólar agro: el Gobierno espera que ingresen u$s5.000 millones
El programa estará vigente hasta el 31 de mayo. Por primera vez, incluye a las economías regionales. La medida apunta a acumular dólares y ayudar al campo, tras la sequía.
El Gobierno publicó dos decretos este lunes en el Boletín Oficial para poner en vigencia al Programa de Incremento Exportador, también conocido como “dólar agro”, pero antes llamado “dólar soja” 1 y 2.
Ambos son el 193/2023 y 194/2023 y, entre las cosas que se mencionan, se encuentran las de que el tipo de cambio para los exportadores será de $300 por dólar, tal como se anunció la semana pasada.
Por otro lado, también se menciona la fijación de los plazos de liquidación de divisas y de pago de retención y otros tributos, la adhesión al programa de manera “voluntaria” siempre y cuando se cumplan algunos requisitos.
Dentro del decreto 194, que trata sobre el dólar soja y el dólar agro, menciona que una parte de lo que perciba el Estado por derechos de exportación servirá para financiar “programas que tengan como objeto atender a los efectos negativos de la sequía”.
También se atiende a que la Secretaría de Agricultura, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Nación, la Secretaría de Comercio Interior y la Comisión Nacional de Valores establezcan normas complementarias.
El decreto 193 se refiere a las exenciones, suspensiones de juicio y medidas por la emergencia agropecuaria por la sequía.
Así, menciona que más de 173 millones de hectáreas del campo argentino “se encuentran en condiciones de sequía”, de modo que representa un aumento en 19 millones de hectáreas en comparación a previsiones anteriores.
Cómo afectó la sequía, por regiones
El decreto menciona que el Noroeste Argentino (NOA) se vio afectado por la sequía en los cultivos de soja, maíz y caña de azúcar y en la ganadería, en el Noreste Argentina (NEA), en el abastecimiento de agua para bebida animal e impacto en cultivos de verano y en frutales; en el Centro, en horticultura, frutales y animales de granja; en la Patagonia, en el aumento de incendios; y en Cuyo, en la ganadería y en diques bajos y restricciones en agua.
Ante esto, se otorga a la AFIP el poder de instrumentar un mecanismo con el fin de encuadrar a contribuyentes del sector con actividad “en una zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía” para que reciban los beneficios que se mencionan en el segundo artículo.
Esto implican la suspensión hasta el próximo ciclo productivo tras el período de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares.
Suspensión de ejecución fiscales
Otros de los aspectos que se mencionan tienen que ver con la suspensión de ejecuciones fiscales “por el cobro de impuestos adeudados iniciadas con posterioridad al 1° de febrero de 2023 inclusive”.
“Si en el marco de dichos procesos se hubieran trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza depositados en cuentas bancarias, no bancarias o de pago, o se hubiera efectivizado la intervención judicial de caja”, señalan, la AFIP “deberá arbitrar los medios pertinentes para el levantamiento de la respectiva medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente”.
Además, se suspende “hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia y/o desastre agropecuario” el pago obligatorio de los anticipos a los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales con vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del estado de emergencia y/o desastre, según se señala en el artículo 2.
Deducciones impositivas
Respecto del artículo 3 del primer decreto, menciona que los beneficiarios del artículo 1 “podrán deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina”.
El cuarto, delega a la AFIP a instrumentar para los beneficiarios planes de facilidades de pago de hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con el objetivo de que sean aplicables “para la cancelación, total o parcial, de todos los tributos y de los recursos de la seguridad social, incluyendo sus intereses, multas y demás sanciones”.
“Las deudas originadas en aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas correspondientes a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)”, aclararon.
Dólar a 300 pesos
A su vez, el decreto 194 habla del dólar agro y sostiene que “el aumento en la oferta de divisas contribuye a aliviar el impacto negativo en las importaciones locales de la suba en los precios de combustibles y energía que afecta severamente la disponibilidad de reservas externas”.
En su primer artículo destaca la importante de incentivar la exportación, de adhesión voluntaria “para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto”.
Respecto de la soja, es aplicable hasta el 31 de mayo, aunque con la obligación para todos aquellos a liquiden divisas no más allá del 31 de mayo de 2023 inclusive, “incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación”.
Quienes se vean beneficiados con el dólar soja tendrán que pagar al menos el 20% de los derechos y tributos en abril y el 80% restante en los dos meses siguientes “en partes iguales, no pudiendo superar dicho plazo, en ningún caso, el 29 de junio de 2023, inclusive”.
La liquidez se podrá derivar a cuentas especiales en pesos con actualización automática según el tipo de cambio de referencia mayorista “en los plazos y condiciones que establezca la normativa complementaria de dicha institución”.
Para las economías regionales, amplía “de manera extraordinaria y transitoria del mencionado Programa de Incremento Exportador”, siempre y cuando hayan exportado dentro de los 18 meses previos al programa.
Es en el artículo 12 en el que se confirma el valor del dólar para los exportadores de soja y producciones regionales a $300. El límite de la liquidación de esas divisas es hasta el 31 de agosto.
Fuente: Cadena 3
Economía
Jubilaciones ANSES: de cuánto será el aumento en julio tras conocerse la inflación de mayo
Las jubilaciones y pensiones de ANSES tendrán un aumento de 2,15% en julio de 2026, luego de que el INDEC difundiera el dato de inflación correspondiente a mayo.
La actualización se aplicará en el marco de la nueva fórmula de movilidad establecida por el Decreto 274/24, que determina aumentos mensuales tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses anteriores.
Además, de no haber modificaciones, continuará vigente el bono adicional de $70.000 para quienes perciben haberes mínimos.
Cómo quedan las jubilaciones y pensiones en julio
Con el incremento confirmado, los nuevos montos serán los siguientes:
- Jubilación mínima: $482.594,30 (incluye bono de $70.000)
- PUAM: $400.075,44 (incluye bono)
- Pensión No Contributiva por Invalidez y Vejez: $358.816,01 (incluye bono)
- Pensión para madres de siete hijos: $482.594,30 (incluye bono)
Quiénes cobran el bono de $70.000
El refuerzo económico continuará destinado a los sectores de menores ingresos dentro del sistema previsional.
Según ANSES, recibirán el bono:
- Jubilados que cobran la mínima
- Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC)
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)
Para acceder al monto completo del bono, los ingresos no deben superar los $412.594,30.
En caso de percibir un haber superior, ANSES abonará un monto proporcional hasta alcanzar el tope de $482.594,30.
Cómo funciona la nueva movilidad jubilatoria
Desde la implementación del Decreto 274/24, las jubilaciones, pensiones y asignaciones se ajustan todos los meses según la inflación informada por el INDEC.
El objetivo del esquema es acompañar la evolución de los precios y evitar un mayor deterioro del poder adquisitivo de los haberes previsionales.
Con información de Contexto Tucumán
Economía
La inflación de mayo fue de 2,1% y volvió a desacelerarse, según el INDEC
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informó este jueves que la inflación de mayo fue de 2,1%, marcando así la segunda desaceleración consecutiva del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Con este dato, el costo de vida acumuló un aumento de 14,7% en lo que va de 2026 y una variación interanual de 33,2% respecto al mismo mes del año pasado.
El registro de mayo mostró una baja de 0,5 puntos porcentuales frente a abril, cuando la inflación había sido de 2,6%. En marzo, el IPC había alcanzado el 3,4%.
Los rubros que más aumentaron
Según el informe oficial, la división con mayor incremento fue Comunicación, con una suba de 3,4%, impulsada principalmente por aumentos en servicios de telefonía.
En segundo lugar se ubicó Educación, que registró una variación de 2,9%.
Por el contrario, los sectores con menores aumentos fueron Bebidas alcohólicas y tabaco (0,8%) y Prendas de vestir y calzado (0,3%).

Qué pasó con los precios estacionales y el IPC núcleo
El INDEC indicó además que los precios estacionales lideraron las subas con un incremento de 3,5%, impulsados principalmente por el aumento en verduras, aunque parcialmente compensados por bajas en frutas.
En tanto, los precios regulados avanzaron 2,4%, mientras que el IPC núcleo perforó el umbral del 2% y cerró en 1,9%.

Qué esperan las consultoras y el Gobierno
Las estimaciones privadas anticipaban una inflación cercana al 2,3%, aunque algunas consultoras proyectaban cifras entre el 2,1% y el 2,4%.

Desde la Fundación Libertad y Progreso señalaron que el impacto esperado por la actualización vinculada a combustibles “fue menor al previsto” y destacaron la estabilidad cambiaria y el ajuste fiscal como factores que ayudaron a contener los precios.
Por su parte, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central proyecta que la inflación continuaría desacelerándose y podría perforar el 2% en los próximos meses.
Con información de NA
Economía
Empleadas domésticas: oficializaron un aumento escalonado y así quedan los salarios hasta julio de 2026
El Gobierno nacional oficializó el nuevo aumento salarial para empleadas domésticas y confirmó una actualización escalonada que se aplicará entre abril y julio de 2026.
La medida fue homologada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CTCP) a través de la Resolución 4/2026, publicada en el Boletín Oficial, luego de más de un mes del acuerdo paritario.
Cómo será el aumento para empleadas domésticas
La actualización salarial se aplicará en distintos tramos acumulativos:
- 1,8% en abril
- 1,6% en mayo
- 1,5% en junio
- 1,4% en julio
Además, se incorporará de manera progresiva la suma no remunerativa acordada previamente para marzo. El 50% impactará en abril y el restante en julio.
También se incrementó el adicional por zona desfavorable, que pasó del 30% al 31% sobre los salarios mínimos. Este beneficio alcanza a trabajadoras y trabajadores de:
- La Pampa
- Río Negro
- Chubut
- Neuquén
- Santa Cruz
- Tierra del Fuego
- Partido bonaerense de Patagones
Salarios de empleadas domésticas en julio 2026
Con la última actualización prevista para julio, las remuneraciones mínimas quedarán de la siguiente manera:
Personal para tareas generales
- Con retiro: $3.733,72 por hora y $458.053,22 mensuales
- Sin retiro: $3.996,45 por hora y $505.302,76 mensuales
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $3.996,45 por hora y $505.302,76 mensuales
- Sin retiro: $4.435,86 por hora y $558.972,92 mensuales
Caseros
- $3.996,45 por hora y $505.302,76 mensuales
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $4.223,25 por hora y $517.006,43 mensuales
- Sin retiro: $4.597,18 por hora y $571.426,17 mensuales
Supervisores
- Con retiro: $4.438,77 por hora y $553.725,91 mensuales
- Sin retiro: $4.829,13 por hora y $612.673,11 mensuales
El acuerdo incluye bonos y sumas acumulativas
El entendimiento paritario también contempla la incorporación gradual del bono extraordinario acordado anteriormente, que iba desde $8.000 hasta $20.000, dependiendo de la carga horaria semanal.
Las subas tendrán carácter remunerativo y se aplicarán de manera acumulativa sobre los salarios vigentes.
Con información de Uno de Santa Fe
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