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Judicial

Ceres: Procesan a una empresaria por la contaminación con plomo

Se trata del vicepresidente del directorio de “Nesaglo S.A.” y de la Directora General de Desarrollo Sustentable del Ministerio de Medio Ambiente provincial. La falta de mérito contra esta última fue apelada por el Fiscal Federal Gustavo Onel, al entender que sus omisiones le costaron la vida a una niña y la intoxicación por plomo de unas 20 personas.

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Ceres: Procesan a una empresaria por la contaminación con plomo

El Dr. Marcelo Bailaque, juez subrogante del Juzgado Federal de Rafaela dictó el procesamiento de Norma O. en su carácter de vicepresidente del directorio de la firma “Nesaglo S.A.” y le trabó un embargo por 10 millones de pesos.

Asimismo, dictó la falta de mérito para Monica U., quien se desempeña como Directora General de Desarrollo Sustentable del Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Santa Fe. Sin embargo, ésta medida fue apelada por la Fiscalía Federal de Rafaela, al entender que la funcionaria obró con “responsabilidad negligente” al no controlar correctamente las actividades del predio.

La medida procesal adoptada por el Juzgado llega luego del pedido del Fiscal Gustavo Onel quien había solicitado el procesamiento de ambas, en el marco de una causa abierta a instancias de la contaminación con plomo ocurrida en la ex fábrica de baterías que funcionó en la ciudad de Ceres y que desencadenó la muerte de una menor de edad y la intoxicación por ese material de la menos otras 20 personas que vivían en ese predio.

La causa se inició a principios del año pasado, a partir de una actuación “de oficio” del Fiscal Onel, luego de que tomara estado público el fallecimiento de la niña, que vivía en el predio junto a su familia y otras personas carenciadas, que se habían instalado en la fábrica abandonada.

En ese momento, se ordenó la clausura definitiva del predio a fin de evitar mayores daños a la salud de las personas, y se llevaron a cabo numerosas medidas de prueba, entre las que cabe destacar informes ambientales, declaraciones testimoniales y amplios peritajes del suelo y el agua de la zona, por intermedio de la División Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina.

En el documento al que tuvo acceso Rafaela Noticias, se reveló que las autoridades habían advertido que, si bien la fábrica se encontraba en un evidente estado de abandono, existían restos de materiales e insumos utilizados en la manufactura de beterías, que podrían producir afectaciones a la salud de los residentes del lugar, por lo que había declarado al predio “Zona no apta para ser habitada”.

Para el Fiscal Federal, Norma O. como integrante tanto del directorio como del órgano de administración y representación de la sociedad que controlaba el predio, no se ocupó de un adecuado tratamiento de los elementos que había en el lugar al momento de cerrar. Tal “impericia” desencadenó la contaminación y posterior intoxicación de al menos 20 personas, cuatro de ellas hospitalizadas y, a su vez, una de estas últimas fallecida.

Por su parte, a Mónica U. se le achaca que, en su carácter de funcionaria no controló a la firma en lo que refiere a protección ambiental, siendo que la última evaluación data del año 2013. Incluso, el titular fiscal refiere a informes que demuestran que, desde que la empresa abandonó el predio en 2017, no hubo movimientos administrativos hasta un día después del inicio de esta investigación y la decisión de clausura firmada por la funcionaria llegó cuatro días después de la clausura que ya había sido dispuesta el Juzgado Federal.

Fuente: Rafaela Noticias

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Condenaron a un profesor de vóley de Tostado a siete años de prisión por grooming y estupro calificado

Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, fue condenado a siete años de prisión efectiva por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos menores de edad en Tostado.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada tras un juicio oral desarrollado en los tribunales de esa ciudad.

La Justicia de Santa Fe condenó a Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, a siete años de prisión efectiva por los delitos de grooming y estupro calificado, cometidos contra dos menores de edad en la ciudad de Tostado, departamento Nueve de Julio.

La sentencia fue dictada por el juez Juan Gabriel Peralta, al finalizar el juicio oral, en una resolución que coincidió con el pedido formulado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Se aprovechó de su rol como profesor de vóley

La fiscal Hemilce Fissore, quien representó al MPA durante el debate, sostuvo que el condenado era profesor de vóley de las víctimas y utilizó esa posición de confianza para cometer los delitos.

Según explicó la funcionaria judicial, Altamiranda se aprovechó de su mayoría de edad, de la relación de autoridad que mantenía con las menores y de la inmadurez sexual de las víctimas.

Tras conocerse el fallo, Fissore manifestó su conformidad con la decisión judicial y señaló que la condena fue la misma que había solicitado la Fiscalía. Además, indicó que aguardará los fundamentos de la sentencia para su análisis.

Los hechos investigados

De acuerdo con la investigación, entre octubre y el 18 de noviembre de 2023, el ahora condenado mantuvo contacto con una de las menores mediante mensajes enviados a través de Instagram, con la finalidad de concretar encuentros de carácter sexual.

Por otra parte, la Fiscalía acreditó que entre mayo y noviembre de 2023, Altamiranda mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la otra víctima, en distintos lugares de la ciudad de Tostado, entre ellos el interior de un automóvil.

Con las pruebas incorporadas durante el juicio, el magistrado resolvió condenarlo como autor de los delitos de grooming y estupro calificado.

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Sunchales: condenaron a 16 años de prisión a un hombre por abuso sexual contra la hija de su pareja

El condenado reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado homologado por la Justicia de Rafaela.

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Foto: ilustrativa

Durante la investigación también se detectó un intento de alterar una prueba de ADN y las pericias revelaron una situación aún más grave.

Condena por abuso sexual en Sunchales

Un hombre fue condenado a 16 años de prisión de cumplimiento efectivo tras reconocer su responsabilidad por abuso sexual con acceso carnal contra la hija menor de edad de su pareja, en un hecho ocurrido en Sunchales.

La sentencia fue dictada este miércoles en los Tribunales de Rafaela, en el marco de un juicio abreviado presidido por el juez Nicolás Stegmayer. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Favia Burella.

El condenado admitió su responsabilidad en el acuerdo alcanzado con la Fiscalía, el cual fue homologado por el magistrado, dando por finalizado el proceso sin necesidad de llegar a un juicio oral.

El delito fue agravado por la convivencia con la víctima

De acuerdo con la resolución judicial, el hombre fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia y guarda, ya que la víctima, de 13 años, era hija de su pareja.

Además de la pena de 16 años de prisión efectiva, se le impusieron las accesorias legales previstas por el Código Penal.

El imputado permanece detenido desde hace aproximadamente dos años, período en el que se desarrolló la investigación judicial.

Intentó alterar una prueba genética

Durante la investigación, el Ministerio Público de la Acusación detectó una maniobra que buscaba entorpecer la causa.

Según se informó en la audiencia, el ahora condenado habría intentado que otra persona se hiciera pasar por él para someterse a una extracción de sangre destinada a una pericia genética, con el objetivo de modificar el resultado del estudio de ADN.

La maniobra fue advertida a tiempo y no llegó a concretarse.

Las pericias revelaron una situación aún más grave

La prueba genética había sido ordenada debido al embarazo de la menor.

Sin embargo, el estudio determinó que la paternidad correspondía al hijo de 14 años del condenado, quien también había abusado de la víctima.

Debido a que el adolescente era menor de la edad de punibilidad al momento de los hechos investigados, no fue imputado en la causa.

Con la homologación del juicio abreviado, el condenado aceptó la pena acordada con la Fiscalía y el proceso judicial quedó formalmente concluido.

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Condenan a una mujer a pagar más de $43 millones por ocultar la verdadera paternidad de sus mellizos

Un tribunal de Córdoba ordenó indemnizar a un hombre con más de $43 millones tras comprobar que durante 34 años desconoció que los mellizos que había criado no eran sus hijos biológicos.

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Foto: Demandó a su ex por ocultarle que no era el padre de sus mellizos.

La Justicia consideró que existió un ocultamiento que le provocó un importante daño moral y personal.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 3 de Córdoba dictó un fallo considerado inédito, al condenar a una mujer a pagar $43.142.682 a su exesposo por haberle ocultado durante más de tres décadas que los mellizos que criaron juntos eran fruto de una relación extramatrimonial.

El caso salió a la luz cuando una de las hijas asistió a una reunión social y varias personas destacaron su gran parecido físico con otra joven. Esa situación motivó una investigación familiar que culminó con un estudio de ADN, el cual confirmó la identidad de su verdadero padre biológico.

En 2022, la joven inició una acción judicial para impugnar la paternidad. Fue entonces cuando el hombre recibió la notificación judicial y descubrió que no era el padre biológico de los mellizos, pese a haberlos criado durante 34 años.

El abogado del demandante, Remo Bergoglio, explicó que el eje del fallo no fue la infidelidad, sino el ocultamiento deliberado de una duda razonable sobre la verdadera filiación.

La Cámara revirtió el fallo de primera instancia

En una primera etapa, la demanda había sido rechazada por un juez de Villa Carlos Paz, quien entendió que el incumplimiento del deber de fidelidad no generaba, por sí mismo, un daño indemnizable.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión y concluyó que la mujer incurrió en una conducta culposa por omisión, al mantener ocultada la verdadera identidad biológica de los hijos durante décadas.

Los magistrados señalaron que esa conducta produjo un daño civil resarcible, tanto para el hombre como para los propios mellizos.

Cómo se compone la indemnización

La suma fijada por la Justicia contempla distintos conceptos, entre ellos el daño moral, la frustración del proyecto de vida del demandante y los gastos de tratamiento psicológico derivados del impacto emocional que provocó el descubrimiento.

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