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Comenzó a correr el plazo de presentación para los acreedores del Grupo Spaggiari

Así lo confirmó el Dr. Rafael Juárez, integrante del Estudio Jurídico Mitre y Asociados en un programa radial. El profesional convocó a aquellos que se sientan damnificados a inscribirse para tener posibilidades de cobrar cuando sean rematados los bienes del Grupo.

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Foto: Archivo

En la mañana de este lunes, en el programa Red Urbana que se emite por Radio REC Rafaela, 92.1, se obtuvo el dialogo con el Dr. Rafael Juárez, integrante del Estudio Jurídico Mitre y Asociados, quien brindó detalles sobre que comenzó a correr el plazo de presentación para los acreedores del Grupo Spaggiari.

Sobre el particular el profesional del Derecho decía: «La gente lo que debe saber primero es qué, por un lado se está tramitando una causa penal con relación a las estafas, y por otro lado se está tramitando la quiebra del Grupo Spaggiari aclarando que la misma ya se encuentra firme, ya el Juez Civil determinó que el Grupo Spaggiari ya se encuentra en quiebra. Si bien en algún momento el Grupo solicitó la conversión de la quiebra en concurso preventivo, eso no se produjo y ya está firme la quiebra.

A partir de allí, el Juez lo que hace es llamar a los acreedores para que presenten títulos y demuestren que son acreedores, de que existe la deuda y determina un plazo dentro del cual se deben presentar a lo que se llama la verificación de los créditos. Esa verificación es un procedimiento extrajudicial que se hace ante el Síndico que es un Contador Público que designa el Juez y que se sortea de manera oficial, para que las personas, a través de sus representantes legales, presenten la documentación correspondiente y se le reconozca que tienen una deuda, un crédito específicamente con el Grupo Spaggiari y ese plazo vencerá el 12 de marzo venidero, que es lo más importante que debe saber la gente. Que está corriendo ese plazo que es perentorio ya que una vez que el mismo vence, ya las personas no van a poder verificar su crédito de manera tempestiva, sino que tendrán que hacer otro procedimiento».

Al consultarlo sobre si dicho plazo corre exclusivamente para aquellos que hayan iniciado alguna presentación o acción contra los integrantes del Grupo, el letrado indicaba: «Esto es para todas las personas, tanto los damnificados como los proveedores, trabajadores, etc, todos aquellos que tengan un crédito con el Grupo Spaggiari específicamente.

Todos se deben presentar a verificar; por ahí con los trabajadores hay un procedimiento especial, distinto, pero con las personas damnificadas, aquellos que suscribieron los convenidos de mutuo o algunos que suscribieron los reconocimientos de deuda, todos deben presentarse a verificar, independientemente de que hayan presentado la denuncia penal. La gente debe tener muy claro que estos son dos procedimientos distintos y que ésta es la causa específica para el cobro, para la liquidación de los bienes del Grupo y aquí es donde se deben presentar para poder adquirir su derecho a cobrar en un futuro, cuando se liquiden los bienes».

«La gente debe acompañar la documentación a través de sus representantes legales ante el Síndico y si bien no es absolutamente necesario que tengan un representante, hay una cuestión que la ley exige que es la presentación de una demanda, un escrito donde te solicitan que tiene que justificar la deuda, la causa de esa deuda, expliques un poco lo que fue pasando sobre los hechos y estas cuestiones técnicas es importante que la elabore un abogado porque por este crédito después puede presentarse alguna impugnación o alguna cuestión de defensa que pueda realizar la contraparte y ahí es importante que tenga una buena explicación, una buena elaboración ese escrito y por allí, si la persona no tiene un conocimiento del área legal -más allá de que están facultados a presentarse de manera individual- por ahí podrían correr esos riesgos de no ejercer correctamente su defensa y después perder ese tiempo de verificación y que se rechace su crédito.

Entonces es importante que estén acompañados y por eso siempre la recomendación es que lo hagan a través de un representante legal. Aclaramos que los créditos pueden ser privilegiados o quirografarios.

Los créditos privilegiados son aquellos que tiene alguna garantía, ya sea una hipoteca o una prenda que garantice su crédito.

La mayoría de los contratos de mutuo que realizaron las personas son créditos quirografarios. Entonces, todos van a ser iguales; después, oportunamente cuando se liquiden y rematen los bienes y se divida, todos cobrarán mediante un prorrateo.

Esto quiere decir que todos cobrarán un porcentaje de su deuda en la medida que los bienes puedan llegar a cubrir esa deuda. Y aquellos que no se presenten en tiempo a verificar en tiempo, luego tendrán un plazo de dos años para hacer lo que se llama la verificación tardía pero la misma tiene algunas dificultades ya que la persona se tendrá que hacer cargo de los gastos del proceso con lo que el crédito se verá disminuido por tener que soportar la carga de pagar los gastos.

A su vez, si hay un acuerdo de cobro, se guarda un porcentaje de ese acuerdo para las verificaciones tardías que pueden terminar mucho tiempo después de este acuerdo y entonces, la expectativa de cobro va a ser menor. O sea, primero se les pagará a todos aquellos que se presentaron tempestivamente; después, en función de ese porcentaje menor, cobrará el resto que se presentó de manera tardía. Por eso es importante que la gente aproveche este tiempo hasta el 12 de marzo y se presente a verificar su crédito».

Finalmente el Dr. Juárez señalaba que aquellas personas que no se presentaron o que quieran hacerlo y además inscribirse, nos pueden consultar en el Estudio Jurídico Mitre y Asociados ubicado en Av. Mitre 843, teléfono 03492 15275734 o al 504815 que son los medios de contacto del estudio y coordinamos un turno. Es importante que la gente sepa que si bien el plazo de vencimiento es el 12 de marzo, la documentación se debe presentar de manera personal; hay un proceso que realizar como buscar toda la documentación, hacer original y copia; entonces que no se tome tanto tiempo, sobre todo para consultar por lo menos, ya que después será muy difícil si estamos sobre los últimos días».

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Sunchales: un menor y un mayor recuperaron la libertad tras un robo y deberán pagar reparaciones económicas

Las decisiones fueron tomadas este viernes en dos audiencias realizadas en los Tribunales de Rafaela.

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Foto: Ilustrativa de internet

El hecho investigado ocurrió el 18 de septiembre en una empresa ubicada sobre la Ruta Provincial 280 S, donde los imputados habrían ingresado tras realizar un boquete y sustraer alrededor de $1.300.000.

Dos personas imputadas por un robo ocurrido en una empresa de Sunchales recuperaron la libertad bajo distintas medidas y con compromisos de reparación económica por un total de $2.000.000.

Las resoluciones fueron adoptadas este viernes durante dos audiencias realizadas por separado en los Tribunales de la vecina ciudad, en las que intervinieron los jueces Laura Lencina y Gustavo Bumaguin.

Según la investigación fiscal, el hecho ocurrió durante la madrugada del 18 de septiembre en una empresa ubicada en el kilómetro 1,5 de la Ruta Provincial 280 S.

De acuerdo con la acusación, un menor y un mayor de edad habrían actuado conjuntamente y utilizado una maza para realizar un boquete en una de las paredes del establecimiento. Luego ingresaron al lugar, provocaron un importante desorden mientras buscaban dinero y finalmente violentaron un cajón cerrado con llave, de donde sustrajeron aproximadamente $1.300.000.

El hecho fue calificado como robo calificado por efracción en calidad de coautores.

El menor deberá cumplir medidas socioeducativas

En la audiencia correspondiente al menor, identificado con las iniciales ADB, intervino como fiscal Carina Gerbaldo, mientras que la defensa estuvo a cargo del Dr. Carlos Farías Demaldé. La jueza fue Laura Lencina.

El adolescente decidió no declarar. Luego de un cuarto intermedio solicitado por la Fiscalía para explicar a las víctimas las medidas que se adoptarían, las partes acordaron una serie de medidas cautelares y socioeducativas.

Entre las medidas dispuestas se estableció que deberá fijar domicilio en la vivienda de su madre en Sunchales y quedar bajo su cuidado como adulta responsable.

También tendrá prohibido acercarse o mantener contacto con las víctimas, sus familiares y testigos de la causa, por cualquier medio. La prohibición incluye además acercarse al negocio donde ocurrió el hecho y mantener contacto con el coimputado mayor de edad.

Como parte de las medidas socioeducativas, deberá concurrir a un espacio terapéutico, retomar la escolaridad secundaria durante el ciclo lectivo 2027 y cumplir con acciones vinculadas a la responsabilización y reparación del daño.

Durante la audiencia, el adolescente pidió disculpas, lo que fue aceptado por la víctima que participó mediante videoconferencia.

Además, deberá realizar una reparación económica de $500.000, que será abonada en cinco cuotas mensuales de $100.000 mediante transferencia al alias que indique la víctima.

El seguimiento de estas medidas estará a cargo de la Secretaría de Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, con informes periódicos hasta que el adolescente alcance la mayoría de edad.

El mayor seguirá el proceso en libertad

En el caso del mayor imputado, identificado como Patricio D. C., intervino el fiscal Juan Manuel Puig y resolvió el juez Gustavo Bumaguin.

El magistrado consideró que, en esta etapa del proceso, existía probabilidad suficiente de que el imputado hubiera participado del hecho investigado, aunque entendió que no correspondía disponer la prisión preventiva.

Por ese motivo, continuará el proceso en libertad y deberá cumplir distintas reglas de conducta.

Entre ellas, deberá fijar domicilio y permanecer bajo el cuidado de una familiar, además de no acercarse ni mantener contacto con las víctimas y testigos, y no concurrir al lugar donde ocurrió el robo.

También deberá presentarse una vez por semana en la Comisaría de Sunchales y cumplir con una fianza personal de $1.500.000.

A esto se suma el compromiso de reparación económica ofrecido por su defensa, que contempla tres cuotas de $500.000, mediante depósito judicial, a partir de octubre.

Finalmente, el juez estableció como regla de conducta que no cometa un nuevo delito y advirtió que el incumplimiento de las medidas podría derivar en una revisión de su situación procesal.

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Revocaron el fallo que había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires dejó sin efecto la resolución de la jueza Laura De Marinis, que había declarado inconstitucional el artículo de la nueva ley que establece el régimen penal juvenil desde los 14 años.

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Foto: La jueza Laura De Marinis, quien había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil.

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó este viernes el fallo de la jueza Laura De Marinis, quien había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil en el marco de una causa por tentativa de robo agravado.

La magistrada había sobreseído a un adolescente de 14 años, al considerar que la aplicación de la nueva normativa resultaba regresiva en ese caso concreto.

La decisión de la Cámara hizo lugar al recurso de apelación presentado por el fiscal Mauro Andrés Tereszko y la auxiliar fiscal Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil.

Anularon el sobreseimiento y apartaron a la jueza

Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca revocaron el sobreseimiento del adolescente, identificado en el expediente con las iniciales “M.I.A.”.

Además, apartaron a De Marinis del caso y ordenaron el sorteo de un nuevo juez para que continúe interviniendo en las actuaciones principales.

La Cámara también declaró la validez del artículo 1 de la Ley 27.801, que establece el régimen penal aplicable a adolescentes desde los 14 hasta los 18 años cuando sean imputados por hechos previstos como delitos.

Según el criterio expresado en la resolución, la jueza habría realizado un análisis de conveniencia de la norma en lugar de un control de constitucionalidad. Los camaristas también cuestionaron la aplicación de una legislación anterior que, según señalaron, ya había sido derogada por la nueva normativa.

Qué había planteado la jueza De Marinis

En su resolución, De Marinis había sostenido que el Estado debía priorizar respuestas vinculadas con educación, contención y salud, antes que recurrir al sistema penal frente a determinadas trayectorias de vulnerabilidad.

La magistrada había señalado que la incorporación de adolescentes al sistema penal debía constituir un último recurso y había considerado que, en el caso analizado, la aplicación del nuevo régimen implicaba una respuesta regresiva respecto de la situación jurídica anterior.

Por ese motivo, había declarado inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 para el caso concreto y dispuesto el sobreseimiento del adolescente.

La decisión de la Cámara

Con el nuevo fallo, la declaración de inconstitucionalidad quedó sin efecto y también fue anulado el sobreseimiento.

La causa deberá continuar con la intervención de otro juez del fuero Penal Juvenil, conforme a lo dispuesto por la Cámara.

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Damián Córdoba fue imputado por una causa vinculada a la cuota alimentaria de su hija

El cantante de cuarteto fue imputado por presunto incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. La investigación se inició a partir de una denuncia por supuestas faltas de pago y pasó del fuero de Familia a la Justicia penal.

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Foto: Damián Córdoba fue imputado en una causa vinculada con la cuota alimentaria de su hija.

El cantante de cuarteto Damián Córdoba fue imputado por presunto incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, en el marco de una causa relacionada con la cuota alimentaria de su hija de 14 años.

La medida fue dispuesta por el fiscal Juan Pablo Klinger, a partir de una denuncia por supuestas faltas de pago. El reclamo había comenzado en el fuero de Familia y posteriormente derivó en una investigación en la Justicia penal.

Fue citado durante un baile

La citación al músico se concretó durante un baile que brindó el pasado fin de semana en el Club Atenas de Córdoba.

En ese lugar, las autoridades le informaron que debía presentarse ante la Justicia en el marco de la investigación.

La imputación significa que Damián Córdoba quedó formalmente bajo investigación por los hechos denunciados, pero no implica una condena ni determina por sí misma su responsabilidad penal.

La causa continúa bajo investigación del fiscal Juan Pablo Klinger.

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