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Condenan a una docente y a un médico por falsificación de documentos y fraude

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Se trata de Adriana Muhn de 58 años y de Javier Degatti de 44. Se les impuso una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional y una multa de 35 mil pesos a cada uno. También se ordenó la inhabilitación perpetua de la mujer para ejercer cargos públicos.

Los hechos fueron cometidos entre diciembre de 2018 y febrero de 2019 en perjuicio del ministerio de Educación. El fiscal Martín Castellano estuvo a cargo de la investigación.

Una mujer y un hombre fueron condenados a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional por desplegar maniobras engañosas con suficiente entidad para provocar una disposición patrimonial al ministerio de Educación de la provincia de Santa Fe. Los ilícitos fueron cometidos entre diciembre de 2018 y febrero de 2019.

La condenada es Adriana María de las Nieves Muhn de 58 años, quien poseía en ese momento tres cargos oficiales asignados en entidades educativas provinciales. El otro condenado es Nicolás Degatti de 44 años, quien se desempeñaba como médico psiquiatra en la ciudad de San Francisco (Córdoba).

El fiscal que investigó los hechos es Martín Castellano, a cargo de la sección de Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5. El funcionario del MPA informó que “Muhn fue condenada como autora de los delitos de falsedad ideológica de documento público, uso de documento privado ideológicamente falso y fraude a la administración pública provincial”.

Por otro lado, precisó que “Degatti fue condenado como autor de los delitos de falsedad ideológica de documento público y falsedad ideológica de documento privado, y como partícipe necesario de fraude a la administración pública provincial”.

La sentencia fue dictada por el juez Osvaldo Carlos en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos realizado de forma remota a través de la plataforma Zoom.

“El magistrado resolvió que los condenados deberán pagar además una multa de 35 mil pesos cada uno. Además, a la docente se le impuso la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos”, agregó Castellano.

Licencia médica falsa

“Los delitos que investigamos fueron cometidos entre diciembre de 2018 y febrero de 2019”, precisó el fiscal e indicó que “Muhn y Degatti actuaron con pleno conocimiento y voluntad de engaño mediante inducción a error”.

“El lunes 17 de diciembre de 2018, la docente estatal solicitó licencia médica por 30 días y, junto al médico condenado, completaron y firmaron en forma personal un formulario emitido por el ministerio de Educación. También adjuntaron un certificado privado expedido por el profesional que indicaba reposo laboral por un mes”, relató Castellano.

“El formulario de licencia médica –de carácter público–, al igual que el certificado privado, fueron presentados por Muhn en los tres establecimientos educativos en los que dictaba clases”, informó el fiscal.

“El 18 de enero de 2019, la docente solicitó la renovación de la licencia médica anterior y, del mismo modo, completó y suscribió junto a Degatti el formulario administrativo-público del cartera educativa y adjuntó un nuevo certificado privado”, indicó el fiscal. En tal sentido, agregó que “en esta oportunidad, el certificado fue emitido falsamente e indicaba el mismo período de reposo laboral”.

El funcionario del MPA explicó que “en ambos pedidos de licencias ante los establecimientos educativos provinciales, Muhn indicó ante las autoridades estatales que permanecería en su vivienda”. No obstante, “la condenada no estaba en el territorio nacional al momento de confeccionarse la última solicitud de licencia médica, lo que indica la falsedad de los documentos elaborados y luego utilizados y presentados ante el ministerio de Educación”, agregó.            

Castellano detalló en la audiencia que “Muhn egresó del país el 5 de enero de 2019 a la República Federativa del Brasil junto a sus familiares, y regresó tres semanas después, mientras aún estaba vigente la licencia médica”

Por otro lado, con respecto a Degatti, el fiscal especificó que “se encargó de confeccionar y completar documentación administrativa-estatal y médica privada presentada en nombre de Muhn ante las autoridades educativas provinciales”. Asimismo, informó que “actuó sin examinar a la docente ni constatar su patología o establecer la necesidad de prolongar su licencia médica”.

Castellano subrayó que “las maniobras engañosas desplegadas por los condenados tuvieron entidad suficiente para provocar una disposición patrimonial mediante inducción a error al Estado provincial”. Al respecto, concluyó que “a Muhn se le abonaron los importes correspondientes a los haberes de diciembre de 2018 y de enero y de febrero de 2019, sin ningún tipo de disminución, retención ni descuento”.

 

 

 

 

Fuente: Rafaela Noticias

 

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Sunchales: un menor y un mayor recuperaron la libertad tras un robo y deberán pagar reparaciones económicas

Las decisiones fueron tomadas este viernes en dos audiencias realizadas en los Tribunales de Rafaela.

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Foto: Ilustrativa de internet

El hecho investigado ocurrió el 18 de septiembre en una empresa ubicada sobre la Ruta Provincial 280 S, donde los imputados habrían ingresado tras realizar un boquete y sustraer alrededor de $1.300.000.

Dos personas imputadas por un robo ocurrido en una empresa de Sunchales recuperaron la libertad bajo distintas medidas y con compromisos de reparación económica por un total de $2.000.000.

Las resoluciones fueron adoptadas este viernes durante dos audiencias realizadas por separado en los Tribunales de la vecina ciudad, en las que intervinieron los jueces Laura Lencina y Gustavo Bumaguin.

Según la investigación fiscal, el hecho ocurrió durante la madrugada del 18 de septiembre en una empresa ubicada en el kilómetro 1,5 de la Ruta Provincial 280 S.

De acuerdo con la acusación, un menor y un mayor de edad habrían actuado conjuntamente y utilizado una maza para realizar un boquete en una de las paredes del establecimiento. Luego ingresaron al lugar, provocaron un importante desorden mientras buscaban dinero y finalmente violentaron un cajón cerrado con llave, de donde sustrajeron aproximadamente $1.300.000.

El hecho fue calificado como robo calificado por efracción en calidad de coautores.

El menor deberá cumplir medidas socioeducativas

En la audiencia correspondiente al menor, identificado con las iniciales ADB, intervino como fiscal Carina Gerbaldo, mientras que la defensa estuvo a cargo del Dr. Carlos Farías Demaldé. La jueza fue Laura Lencina.

El adolescente decidió no declarar. Luego de un cuarto intermedio solicitado por la Fiscalía para explicar a las víctimas las medidas que se adoptarían, las partes acordaron una serie de medidas cautelares y socioeducativas.

Entre las medidas dispuestas se estableció que deberá fijar domicilio en la vivienda de su madre en Sunchales y quedar bajo su cuidado como adulta responsable.

También tendrá prohibido acercarse o mantener contacto con las víctimas, sus familiares y testigos de la causa, por cualquier medio. La prohibición incluye además acercarse al negocio donde ocurrió el hecho y mantener contacto con el coimputado mayor de edad.

Como parte de las medidas socioeducativas, deberá concurrir a un espacio terapéutico, retomar la escolaridad secundaria durante el ciclo lectivo 2027 y cumplir con acciones vinculadas a la responsabilización y reparación del daño.

Durante la audiencia, el adolescente pidió disculpas, lo que fue aceptado por la víctima que participó mediante videoconferencia.

Además, deberá realizar una reparación económica de $500.000, que será abonada en cinco cuotas mensuales de $100.000 mediante transferencia al alias que indique la víctima.

El seguimiento de estas medidas estará a cargo de la Secretaría de Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, con informes periódicos hasta que el adolescente alcance la mayoría de edad.

El mayor seguirá el proceso en libertad

En el caso del mayor imputado, identificado como Patricio D. C., intervino el fiscal Juan Manuel Puig y resolvió el juez Gustavo Bumaguin.

El magistrado consideró que, en esta etapa del proceso, existía probabilidad suficiente de que el imputado hubiera participado del hecho investigado, aunque entendió que no correspondía disponer la prisión preventiva.

Por ese motivo, continuará el proceso en libertad y deberá cumplir distintas reglas de conducta.

Entre ellas, deberá fijar domicilio y permanecer bajo el cuidado de una familiar, además de no acercarse ni mantener contacto con las víctimas y testigos, y no concurrir al lugar donde ocurrió el robo.

También deberá presentarse una vez por semana en la Comisaría de Sunchales y cumplir con una fianza personal de $1.500.000.

A esto se suma el compromiso de reparación económica ofrecido por su defensa, que contempla tres cuotas de $500.000, mediante depósito judicial, a partir de octubre.

Finalmente, el juez estableció como regla de conducta que no cometa un nuevo delito y advirtió que el incumplimiento de las medidas podría derivar en una revisión de su situación procesal.

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Revocaron el fallo que había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires dejó sin efecto la resolución de la jueza Laura De Marinis, que había declarado inconstitucional el artículo de la nueva ley que establece el régimen penal juvenil desde los 14 años.

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Foto: La jueza Laura De Marinis, quien había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil.

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó este viernes el fallo de la jueza Laura De Marinis, quien había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil en el marco de una causa por tentativa de robo agravado.

La magistrada había sobreseído a un adolescente de 14 años, al considerar que la aplicación de la nueva normativa resultaba regresiva en ese caso concreto.

La decisión de la Cámara hizo lugar al recurso de apelación presentado por el fiscal Mauro Andrés Tereszko y la auxiliar fiscal Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil.

Anularon el sobreseimiento y apartaron a la jueza

Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca revocaron el sobreseimiento del adolescente, identificado en el expediente con las iniciales “M.I.A.”.

Además, apartaron a De Marinis del caso y ordenaron el sorteo de un nuevo juez para que continúe interviniendo en las actuaciones principales.

La Cámara también declaró la validez del artículo 1 de la Ley 27.801, que establece el régimen penal aplicable a adolescentes desde los 14 hasta los 18 años cuando sean imputados por hechos previstos como delitos.

Según el criterio expresado en la resolución, la jueza habría realizado un análisis de conveniencia de la norma en lugar de un control de constitucionalidad. Los camaristas también cuestionaron la aplicación de una legislación anterior que, según señalaron, ya había sido derogada por la nueva normativa.

Qué había planteado la jueza De Marinis

En su resolución, De Marinis había sostenido que el Estado debía priorizar respuestas vinculadas con educación, contención y salud, antes que recurrir al sistema penal frente a determinadas trayectorias de vulnerabilidad.

La magistrada había señalado que la incorporación de adolescentes al sistema penal debía constituir un último recurso y había considerado que, en el caso analizado, la aplicación del nuevo régimen implicaba una respuesta regresiva respecto de la situación jurídica anterior.

Por ese motivo, había declarado inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 para el caso concreto y dispuesto el sobreseimiento del adolescente.

La decisión de la Cámara

Con el nuevo fallo, la declaración de inconstitucionalidad quedó sin efecto y también fue anulado el sobreseimiento.

La causa deberá continuar con la intervención de otro juez del fuero Penal Juvenil, conforme a lo dispuesto por la Cámara.

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Damián Córdoba fue imputado por una causa vinculada a la cuota alimentaria de su hija

El cantante de cuarteto fue imputado por presunto incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. La investigación se inició a partir de una denuncia por supuestas faltas de pago y pasó del fuero de Familia a la Justicia penal.

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Foto: Damián Córdoba fue imputado en una causa vinculada con la cuota alimentaria de su hija.

El cantante de cuarteto Damián Córdoba fue imputado por presunto incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, en el marco de una causa relacionada con la cuota alimentaria de su hija de 14 años.

La medida fue dispuesta por el fiscal Juan Pablo Klinger, a partir de una denuncia por supuestas faltas de pago. El reclamo había comenzado en el fuero de Familia y posteriormente derivó en una investigación en la Justicia penal.

Fue citado durante un baile

La citación al músico se concretó durante un baile que brindó el pasado fin de semana en el Club Atenas de Córdoba.

En ese lugar, las autoridades le informaron que debía presentarse ante la Justicia en el marco de la investigación.

La imputación significa que Damián Córdoba quedó formalmente bajo investigación por los hechos denunciados, pero no implica una condena ni determina por sí misma su responsabilidad penal.

La causa continúa bajo investigación del fiscal Juan Pablo Klinger.

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