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Condenan a una docente y a un médico por falsificación de documentos y fraude

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Se trata de Adriana Muhn de 58 años y de Javier Degatti de 44. Se les impuso una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional y una multa de 35 mil pesos a cada uno. También se ordenó la inhabilitación perpetua de la mujer para ejercer cargos públicos.

Los hechos fueron cometidos entre diciembre de 2018 y febrero de 2019 en perjuicio del ministerio de Educación. El fiscal Martín Castellano estuvo a cargo de la investigación.

Una mujer y un hombre fueron condenados a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional por desplegar maniobras engañosas con suficiente entidad para provocar una disposición patrimonial al ministerio de Educación de la provincia de Santa Fe. Los ilícitos fueron cometidos entre diciembre de 2018 y febrero de 2019.

La condenada es Adriana María de las Nieves Muhn de 58 años, quien poseía en ese momento tres cargos oficiales asignados en entidades educativas provinciales. El otro condenado es Nicolás Degatti de 44 años, quien se desempeñaba como médico psiquiatra en la ciudad de San Francisco (Córdoba).

El fiscal que investigó los hechos es Martín Castellano, a cargo de la sección de Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5. El funcionario del MPA informó que “Muhn fue condenada como autora de los delitos de falsedad ideológica de documento público, uso de documento privado ideológicamente falso y fraude a la administración pública provincial”.

Por otro lado, precisó que “Degatti fue condenado como autor de los delitos de falsedad ideológica de documento público y falsedad ideológica de documento privado, y como partícipe necesario de fraude a la administración pública provincial”.

La sentencia fue dictada por el juez Osvaldo Carlos en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos realizado de forma remota a través de la plataforma Zoom.

“El magistrado resolvió que los condenados deberán pagar además una multa de 35 mil pesos cada uno. Además, a la docente se le impuso la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos”, agregó Castellano.

Licencia médica falsa

“Los delitos que investigamos fueron cometidos entre diciembre de 2018 y febrero de 2019”, precisó el fiscal e indicó que “Muhn y Degatti actuaron con pleno conocimiento y voluntad de engaño mediante inducción a error”.

“El lunes 17 de diciembre de 2018, la docente estatal solicitó licencia médica por 30 días y, junto al médico condenado, completaron y firmaron en forma personal un formulario emitido por el ministerio de Educación. También adjuntaron un certificado privado expedido por el profesional que indicaba reposo laboral por un mes”, relató Castellano.

“El formulario de licencia médica –de carácter público–, al igual que el certificado privado, fueron presentados por Muhn en los tres establecimientos educativos en los que dictaba clases”, informó el fiscal.

“El 18 de enero de 2019, la docente solicitó la renovación de la licencia médica anterior y, del mismo modo, completó y suscribió junto a Degatti el formulario administrativo-público del cartera educativa y adjuntó un nuevo certificado privado”, indicó el fiscal. En tal sentido, agregó que “en esta oportunidad, el certificado fue emitido falsamente e indicaba el mismo período de reposo laboral”.

El funcionario del MPA explicó que “en ambos pedidos de licencias ante los establecimientos educativos provinciales, Muhn indicó ante las autoridades estatales que permanecería en su vivienda”. No obstante, “la condenada no estaba en el territorio nacional al momento de confeccionarse la última solicitud de licencia médica, lo que indica la falsedad de los documentos elaborados y luego utilizados y presentados ante el ministerio de Educación”, agregó.            

Castellano detalló en la audiencia que “Muhn egresó del país el 5 de enero de 2019 a la República Federativa del Brasil junto a sus familiares, y regresó tres semanas después, mientras aún estaba vigente la licencia médica”

Por otro lado, con respecto a Degatti, el fiscal especificó que “se encargó de confeccionar y completar documentación administrativa-estatal y médica privada presentada en nombre de Muhn ante las autoridades educativas provinciales”. Asimismo, informó que “actuó sin examinar a la docente ni constatar su patología o establecer la necesidad de prolongar su licencia médica”.

Castellano subrayó que “las maniobras engañosas desplegadas por los condenados tuvieron entidad suficiente para provocar una disposición patrimonial mediante inducción a error al Estado provincial”. Al respecto, concluyó que “a Muhn se le abonaron los importes correspondientes a los haberes de diciembre de 2018 y de enero y de febrero de 2019, sin ningún tipo de disminución, retención ni descuento”.

 

 

 

 

Fuente: Rafaela Noticias

 

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Causa Vialidad: qué bienes de Cristina Kirchner y su familia podrá ejecutar la Justicia

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner y dejó firme el avance del decomiso millonario en la causa Vialidad.

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Foto: Cristina Kirchner

La Justicia podrá avanzar con tasaciones y posibles remates de propiedades vinculadas a la familia.

La Justicia quedó habilitada para avanzar con la ejecución de bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en el marco de la causa Vialidad.

La medida se conoció luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos extraordinarios presentados por las defensas, ratificando así el avance del decomiso patrimonial dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2.

El decomiso supera los $684 mil millones

Según trascendió, el monto actualizado del decomiso asciende a más de $684.990 millones, cifra que surge tras nuevas pericias contables realizadas por organismos oficiales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.

Originalmente, la sentencia había fijado un decomiso superior a los $84.835 millones, pero posteriormente el monto fue recalculado y actualizado.

Al no cumplirse con el pago exigido por la Justicia, quedó habilitado el proceso de ejecución sobre distintos activos y propiedades vinculadas a los condenados.

Qué bienes podrían ser ejecutados

Entre los inmuebles alcanzados por la medida judicial figuran propiedades ubicadas en El Calafate y Río Gallegos.

El listado incluye:

  • Un inmueble sobre Avenida 17 de Octubre al 800, en El Calafate
  • Diez unidades inmobiliarias ubicadas sobre calle Mitre al 500, en Río Gallegos
  • Una propiedad en 25 de Mayo al 200
  • Un inmueble sobre avenida Presidente Néstor Kirchner al 400
  • Terrenos adquiridos en El Calafate entre 2007 y 2008
  • El predio donde funciona el complejo hotelero Los Sauces Casa Patagónica
  • Parcelas anexadas posteriormente al emprendimiento
  • Dos propiedades de gran superficie en el departamento Lago Argentino

La resolución también alcanza bienes que habían sido cedidos a Máximo y Florencia Kirchner.

Qué puede pasar ahora

Con la decisión judicial, el Estado podrá avanzar con:

  • Tasaciones oficiales
  • Administración de activos
  • Embargos
  • Posibles remates públicos

La única instancia que le queda a la defensa es recurrir mediante una queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sin embargo, esa presentación no frena automáticamente el avance del proceso de ejecución patrimonial.

Qué dijo la Justicia sobre los bienes cedidos

Los jueces también rechazaron el argumento de la defensa respecto a que parte de las propiedades pertenecían legalmente a Máximo y Florencia Kirchner por herencia o cesiones previas.

Según la resolución, existe una “coincidencia temporal y vinculación económica” entre los hechos investigados y el crecimiento del patrimonio familiar, por lo que los traspasos gratuitos no impiden el decomiso dispuesto en la sentencia.

La decisión consolida así la etapa de recupero patrimonial en la causa Vialidad y habilita nuevas medidas judiciales para intentar cubrir el monto millonario fijado por la condena.

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Piden 15 años de prisión para el acusado de matar de un escopetazo a un mecánico en Rafaela

La Fiscalía de Rafaela solicitó una pena de 15 años de cárcel para un hombre de 75 años acusado de asesinar de un disparo a un mecánico en octubre de 2024.

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Foto: ilustrativa de archivo

El caso avanzó formalmente hacia juicio oral tras la audiencia preliminar realizada en los tribunales rafaelinos.

El fiscal de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, confirmó que la acusación apunta contra un hombre identificado con las iniciales FRR, señalado como autor del homicidio de Oscar Helvio Feulién.

Cómo ocurrió el crimen en Rafaela

Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de octubre de 2024 por la tarde en un predio ubicado sobre calle Ángela de la Casa al 400, en la ciudad de Rafaela.

De acuerdo con la Fiscalía, en el lugar funcionaba un negocio de compra y venta de autos usados administrado por el acusado, quien además residía allí.

El fiscal sostuvo que la víctima trabajaba como mecánico y había mantenido un vínculo laboral previo con el imputado. Ese día, Feulién habría concurrido al lugar junto a otras personas para retirar autopartes y elementos personales que permanecían en el predio.

El disparo con una escopeta

La acusación indica que una familiar de la víctima permitió el ingreso al terreno y, mientras Feulién y sus acompañantes entraban, el acusado salió de su vivienda portando una escopeta calibre 16.

Siempre según la reconstrucción del Ministerio Público de la Acusación, el hombre comenzó a increpar al mecánico y a quienes lo acompañaban, acusándolos de haber robado herramientas.

Instantes después, habría efectuado un disparo a corta distancia contra Feulién, impactándolo en el tórax.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Jaime Ferré, donde falleció horas más tarde como consecuencia de las heridas sufridas.

La causa irá a juicio oral

Tras la audiencia preliminar, el juez Nicolás Stegmayer admitió la acusación presentada por la Fiscalía y ahora deberá dictar el auto de apertura a juicio.

Posteriormente, la Oficina de Gestión Judicial definirá el tribunal encargado del debate oral y establecerá la fecha de inicio del juicio.

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Reforma laboral: la Justicia rechazó una demanda millonaria de un médico monotributista

Un fallo de la Justicia laboral de Mendoza aplicó por primera vez aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la Ley de Bases y rechazó una demanda por más de $150 millones presentada por un médico que reclamaba el reconocimiento de una relación de dependencia.

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Foto: Ilustrativa

La sentencia fue dictada por la Primera Cámara del Trabajo de San Rafael en la causa iniciada por un profesional contra un hospital privado, donde el demandante sostenía haber trabajado bajo relación laboral exclusiva realizando guardias y tareas de coordinación médica.

Sin embargo, el tribunal concluyó que existía una locación de servicios de carácter civil y no un vínculo laboral formal.

La reforma laboral y los monotributistas

El fallo se convirtió en uno de los primeros antecedentes judiciales que aplican la nueva redacción de la legislación laboral respecto a profesionales que facturan como monotributistas.

La normativa establece que la presunción automática de relación laboral no se aplica cuando:

  • Se trata de servicios profesionales
  • Existen facturas o recibos emitidos regularmente
  • El prestador conserva autonomía organizativa y económica

Por qué la Justicia rechazó la relación de dependencia

Durante el juicio, el hospital logró acreditar distintos elementos que, según los jueces, demostraron la independencia profesional del médico.

Entre los principales puntos destacados en la sentencia figuran:

  • No existía subordinación técnica ni organizativa
  • Los médicos organizaban sus propias guardias
  • Podían acordar reemplazos sin autorización del hospital
  • No había control horario ni fichado
  • El profesional emitía facturas por montos variables
  • También trabajaba en otros consultorios y clínicas

Además, el tribunal señaló que el hospital no ejercía poder disciplinario sobre el profesional, un aspecto considerado clave para descartar una relación laboral.

Debate por los intereses y la nueva ley

Aunque la demanda fue rechazada, los magistrados también analizaron cómo debían calcularse los intereses según la nueva Ley de Modernización Laboral.

La discusión se centró en si correspondía aplicar retroactivamente el nuevo sistema de actualización previsto por la normativa nacional.

La mayoría del tribunal resolvió utilizar la fórmula establecida por la nueva ley desde la fecha de mora, mientras que uno de los jueces sostuvo que debía aplicarse por tramos y solo desde la entrada en vigencia de la reforma.

Finalmente, prevaleció el criterio de aplicación integral.

Qué impacto puede tener el fallo

Especialistas en derecho laboral consideran que la sentencia podría convertirse en un antecedente relevante para empresas y profesionales independientes.

El fallo refuerza la necesidad de:

  • Mantener facturación regular
  • Evitar controles típicos de empleados
  • No aplicar sanciones disciplinarias
  • Garantizar autonomía en horarios y organización

La resolución aparece en un contexto donde la reforma laboral busca redefinir los límites entre trabajo autónomo y relación de dependencia, especialmente en actividades profesionales.

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