Judicial
Crimen de Gaitán en Rafaela: Le asestó una puñalada en la región abdominal y le causó la muerte
Confirmaron en segunda instancia la prisión preventiva del hombre acusado por el homicidio de Nahuel Agustín Gaitán cometido en Rafaela
Se trata de CMM de 28 años, a quien se le atribuyó la autoría fue imputado como autor del delito cometido el 3 de junio de este año. Con esta resolución, el imputado deberá continuar privado de su libertad. La investigación está a cargo del fiscal Martín Castellano.
Un hombre de 28 años cuyas iniciales son CMM continuará en prisión preventiva en el marco de la investigación penal que tramita en la Fiscalía Regional 5 por el homicidio de Nahuel Agustín Gaitán cometido el 3 de junio de este año en Rafaela (departamento Castellanos)
Así fue resuelto por el camarista Cristian Fiz, quien confirmó la medida cautelar impuesta por el juez Nicolás Stegmayer en primera instancia.
En el recurso presentado por la Defensa en segundo instancia, solicitaba medidas alternativas no privativas de la libertad para el imputado. Sin embargo, el camarista las rechazó, hizo lugar a lo planteado por la Fiscalía y mantuvo la medida cautelar por el plazo de ley como se venía cumpliendo hasta ahora.
El fiscal que está a cargo de la investigación y que representó al MPA en la audiencia de apelación es Martín Castellano, de la Sección Homicidios de la Fiscalía Regional 5.
Peligros procesales
Castellano sostuvo que “Fiz coincidió con la Fiscalía en que las evidencias que presentamos en la audiencia de medidas cautelares fueron suficientes para tener por acreditada la materialidad y la participación del imputado en el hecho ilícito”.
En relación con la eventual pena en expectativa, el fiscal manifestó que “el camarista también estuvo de acuerdo con el encuadramiento que realizamos desde el MPA, razón por la cual consideró que la prisión preventiva es proporcional con la calificación legal jurídica que definimos”.
“El juez de segunda instancia también consideró que en materia de riesgos procesales, quedó configurada la posibilidad de que el caso se encamine hacia una pena alta y esa circunstancia constituye un criterio establecido para proyectar consecuencias sobre el proceso en marcha”, puntualizó Castellano.
También destacó que “en relación con el entorpecimiento probatorio, Fiz destacó que existen elementos suficientes como para configurar un riesgo que no puede ser conjurado de otro modo que con la prisión preventiva del imputado, adquiriendo relevancia en este sentido el tenor de los hechos descriptos en la imputación del MPA, la carga de violencia y desprecio por la vida de la víctima y el uso de un arma por parte del imputado”.
“Existe una clara necesidad de consolidar tranquilidad a los testigos para que se concrete la investigación en un tiempo breve y puedan declarar de manera libre en un eventual juicio oral”, agregó con respecto a los fundamentos del juez.
Castellano finalizó diciendo que “el magistrado, por esas razones, consideró que las medidas alternativas sugeridas por la defensa no eran suficientes para neutralizar el peligro expuesto”.
Con un cuchillo
Castellano recordó que “el homicidio fue cometido entre las 21:00 y las 21:22 aproximadamente del lunes 3 de junio pasado, cuando el hombre investigado fue al encuentro de Gaitán que estaba escondido en una zona de pastizales y árboles bajos a la vera de un camino de tierra que conducía al asentamiento denominado Villa del Parque”.
El fiscal narró que “en ese lugar, la víctima se había quedado esperando a un amigo que había ido a comprar estupefacientes a ese asentamiento, lugar al que no quería acercarse debido a que allí estaba el imputado, con quien mantenía conflictos personales previos”.
Agregó el funcionario que “no obstante ello, el imputado supo de la presencia de Gaitán, hacia quien se dirigió con un cuchillo de entre 20 y 30 centímetros de largo y con clara intención y voluntad de provocar la muerte de la víctima, le asestó una puñalada en la región abdominal, herida con la gravedad suficiente que provocó su fallecimiento momentos después a pocos metros del lugar de la agresión”.
Fuente: Rafaela Informa
Judicial
Causa Vialidad: Casación confirmó la condena a 6 años de prisión para Cristina
El tribunal ratificó además la sentencia por «administración fraudulenta» agravada y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles la condena a seis años de prisión a la expresidenta Cristina Kirchner por «administración fraudulenta» agravada en la Causa Vialidad. La decisión se anunció durante la lectura de la sentencia en los tribunales de Retiro.
Detalles de la sentencia
A pesar de la confirmación de la condena, la expresidenta no será detenida en este momento. De acuerdo con el nuevo Código Procesal Penal Federal, la ejecución de la pena se activará solo cuando se agoten todas las instancias judiciales de revisión, un proceso que podría extenderse por años.
Posibles recursos legales
La defensa de Cristina Kirchner ha manifestado su intención de apelar ante la Corte Suprema, que es la última instancia judicial en este caso. La expresidenta, que no cuenta con fueros que impidan su arresto, tiene más de 70 años y, en caso de que la Corte confirme la condena, podría solicitar cumplir la pena en su domicilio.
Impacto de la Ley de Ficha Limpia
Además, si avanza esta ley en el Congreso, la condena le impediría postularse como candidata en futuras elecciones.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Justicia: Agravaron las imputaciones contra los acusados de asesinar a Aralí en Brinkmann
Tanto la madre, como el padrastro y el amigo de éste quedaron ahora imputados por lo mismo: presunto homicidio calificado por el vínculo. En caso de condena, corresponde la perpetua. El viernes, arrancan las indagatorias.
El fiscal Oscar Gieco decidió agravar la imputación de los dos primeros detenidos por el crimen de Aralí Vivas, la niña de 8 años de Brinkmann, el cual se quiso ocultar mediante un incendio intencional en el domicilio donde vivía.
Ahora, Matías Ezequiel Simeone, padrastro de la víctima, y su amigo, Cristian Hernán Varela, que se encontraban imputados por homicidio simple, son sindicados como presuntos coautores del delito de homicidio calificado por el vínculo.
En el caso de ser acusados en un juicio, a través de esta calificación podrían llegar a recibir prisión perpetua.
Cabe recordar que también se encuentra detenida e imputada Rocío Milagros Rauch, madre de Aralí, como partícipe necesario de homicidio calificado por el vínculo, por comisión por omisión.
A la mujer no se la vincula directamente con la ejecución del crimen, aunque el fiscal le apunta por su descuido como progenitora, lo que contribuyó al asesinato.
Gieco tomó esta decisión que había adelantado La Voz, mediante el avance de la investigación, con el análisis de llamadas telefónicas entre los acusados y los testimonios recabados.
El fiscal también explicó que los tres detenidos serían indagados el próximo viernes por videoconferencia.
Un incendio para despistar
La muerte dataría de la madrugada del sábado 2 de noviembre, entre la 1 y las 6 de la mañana aproximadamente.
Cámaras de seguridad de la zona vieron a Simeone y Varela en la vivienda donde se encontraban Aralí y sus hermanos, yendo y viniendo en determinados horarios. La madre se había ido el día anterior y nunca regresó a la casa previo a la tragedia.
En horas de la siesta de ese día la casa tomó fuego. Alertados por vecinos, arribaron bomberos voluntarios que, a poco de apagar las llamas, hallaron el cadáver de una nena que se encontraba sola en la vivienda. Se trataba de Aralí.
Lo que parecía un incendio trágico tuvo un giro inesperado: por un lado, los peritos de la Dirección Bomberos de la Policía descubrieron que el fuego había sido intencional en la casa; por otro lado, los forenses descubrieron que la nena no presentaba monóxido de carbono en su organismo. Había sido asesinada previamente.
El fiscal Gieco, de San Francisco y a cargo circunstancialmente de Morteros, se puso a trabajar en la causa y ordenó una serie de distintas medidas procesales, entre peritajes y toma de testigos y de pruebas. En ese marco, el estudio forense determinó, a priori, que la criatura había sido víctima de abusos y que presuntamente había muerto a causa de golpes.
Simeone había sido condenado en septiembre de 2023 en un juicio por amenazas y violencia de género y estaba con prisión condicional. La sospecha fiscal es que la pequeña había sido víctima de abusos y fue asesinada. Para ocultar el crimen, se incendió su casa.
Fuente: La Voz
Judicial
La audiencia de los hermanos Sapggiari será el lunes a las 12.30
Se realizará en el subsuelo del edificio de Tribunales de la capital santafesina ante el Juez Nicolás Falkemberg interviniendo como fiscal el Dr. Eladio Oscar García. La misma se concretará por una presentación de Habeas Corpus realizada por los defensores de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari, los doctores José María Silvela y Andrés Colón.
Los abogados defensores de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari, los doctores José María Silvela y Andrés Colón, habían presentado un recurso de Habeas Corpus en favor de sus defendidos ante presuntos apremios ilegales que habrían sufrido por parte de personal del Servicio Penitenciario Provincial que presta servicio en la cárcel de Coronda, donde los rafaelinos están privados de su libertad cumpliendo prisión preventiva, acusados en su momento por el fiscal Guillermo Loyola del delito de Estafa en calidad de jefes de una Asociación ilícita que habría engañado a inversores privados.
Fernando y Matías Spaggiari cumplían prisión preventiva en la Alcaidía de la Jefatura de la ciudad de Rafaela y luego, fueron trasladados a la Unidad Penal de Las Flores y luego, derivados al penal de Coronda donde habrían sufrido esta situación denunciada por sus representantes legales. En tanto la madre de ambos, también está cumpliendo prisión preventiva, pero en este caso bajo la morigeración del arresto domiciliario
Fuente: Castellanos
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