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Decretaron la quiebra del Correo Argentino S.A., empresa del Grupo Macri

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Lo decidió la jueza Marta Cirulli tras dar por fracasado el proceso de salvataje de la firma ya que la propuesta que hizo esta no satisfizo a los acreedores, incluido el Estado nacional.

La justicia comercial decretó este lunes la quiebra del Correo Argentino SA, una empresa del Grupo Macri, tras dar por fracasado el proceso de salvataje, al entender que la oferta realizada por la compañía postal «solo representaba el 100% de la deuda a los ojos de la propia empresa», pero «no abarcaba el valor actual de la misma».

La jueza en lo Comercial Marta Cirulli tomó la decisión luego de que fuera rechazada una nueva propuesta de la empresa postal que no satisfizo el interés del Estado Nacional, acreedor Categoría A, según surge del fallo de 44 páginas al que tuvo acceso Télam.

Los argumentos

En su fallo, la jueza recordó que de las 6 firmas que se presentaron al salvataje solo el propio Correo Argentino S.A. «mantuvo el interés de seguir con el trámite», y párrafos más adelante explicó que la oferta realizada no satisfizo a los acreedores necesarios como para prosperar.

Cirulli señaló en su fallo que la oferta realizada por la concursada solo representaba el 100 por ciento de la deuda a los ojos de la propia empresa pero que no abarcaba el valor actual de la misma.

La magistrada también hizo referencia a la supuesta conformidad que la empresa deudora atribuyó a los acreedores de Categoría C, que habían prestado acuerdo a ofertas realizadas hace casi 20 años, en otra instancia del proceso concursal.

«A lo largo de todo ese tiempo variaron sensiblemente los indicadores económicos y sobrevinieron sucesivas devaluaciones de nuestro signo monetario con gran pérdida del valor adquisitivo, lo cual es de conocimiento público. En esa situación, no podría razonablemente suponerse que aquellos acreedores Categoría C -antes aquiescentes- aceptarían ahora la llamada mejora de propuesta, tratándose de créditos devengados hace dos décadas», sostuvo la jueza.

 

La magistrada resaltó además que aún si se dejaran de lado los cuestionamientos a los avales presentados por la concursada y se trabajara con la hipótesis de que «todas las conformidades, adhesiones y ratificaciones obtenidas resultan legítimas, válidas y computables»; la empresa postal de los Macri no logró la conformidad de su principal acreedor, que es el Estado Nacional.

«No encuentro ahora -como no encontré el 18.3.2010- mérito para calificar al Estado Nacional como acreedor ´hostil´ tal como se irá viendo», sostuvo la jueza al rechazar las acusaciones que había lanzado la empresa de los Macri contra el Estado Nacional, y más precisamente contra la Procuración General del Tesoro, en el expediente del concurso.

«Si la deudora puede ofrecer una propuesta mejor, pero la retacea hasta el último momento posible, mal podría calificar de ´hostil´ al acreedor que decide no aceptarla por hallarla insuficiente», sostuvo la jueza.

Las reacciones

Ante la resolución reaccionaron el Grupo Macri y la coalición opositora Juntos por el Cambio.

El grupo creado por el padre del expresidente Mauricio Macri repudió en un comunicado el fallo y sostuvo que «es increíble que el Estado se apropie de los bienes de una empresa, le deje las deudas y no acepte el pago del 100%, con lo que ahora la lleva a la quiebra. Todo por venganza e intereses políticos. Un paso más hacia Argenzuela».

En igual sintonía, JxC dijo en un documento que hay una «persecución» contra Mauricio Macri; afirmó que es «un día oscuro para la Justicia comercial argentina» y preguntó «¿quién garantizará a las empresas que si les va mal tendrán un tratamiento justo por parte de los tribunales?».

Por su parte, el diputado nacional Leopoldo Moreau (Frente de Todos) consideró que lo más valioso en el fallo de que determinó la quiebra de la empresa Correo Argentino SA «es que en la Argentina es posible que los poderosos no tengan impunidad».

{source} <blockquote class=»twitter-tweet»><p lang=»es» dir=»ltr»>Es grave que Macri y sus complices llevaran el Correo a la quiebra pero mucho mas grave es haber llevado a la quiebra al pais endeudandolo como nadie lo hizo nunca antes y rompiendo el aparato productivo.</p>&mdash; Leopoldo Moreau (@MoreauLeopoldo) <a href=»https://twitter.com/MoreauLeopoldo/status/1412209969500393473?ref_src=twsrc%5Etfw»>July 6, 2021</a></blockquote> <script async src=»https://platform.twitter.com/widgets.js» charset=»utf-8″></script>  {/source}

Moreau dijo al canal C5N que el fallo «fortalecerá la fe de la gente en la democracia y en la justicia» porque «todo tiene un límite».

La jueza Cirulli resaltó en su fallo que «el ofrecimiento de la concursada presume de satisfacer íntegramente el único crédito Categoría A, en el 100% del capital nominal ($296.205.376,49), más intereses», pero a la hora de calcularlos recurre a una tasa que no puede compensar «ni remotamente lo adeudado por falta de pago de los cánones mensuales, devengados -cuando menos- desde el año 2001 hasta el cese de la concesión del servicio postal, dispuesta en el Decreto N° 1075/2003 del 19.11.2003».

En sus últimos intentos, el Correo Argentino S.A. había ofrecido pagar mil millones de pesos por una deuda que según los cálculos del Estado y del Ministerio Público Fiscal supera los cinco mil millones de pesos.

Qué dice la ley

La 24.522, de Concursos y Quiebras establece en su artículo 48 inciso 8 que «cuando en esta etapa no se obtuviera acuerdo preventivo, por tercero o por el deudor, o el acuerdo no fuese judicialmente homologado, el juez declarará la quiebra sin más trámite».

El concurso de acreedores del Correo Argentino inició en 2001 cuando la empresa del Grupo Macri ya había dejado de pagar hace años el millonario canon que le correspondía para poder explotar la concesión del correo oficial.

Durante el gobierno de Mauricio Macri, el Estado aceptó una oferta del Grupo Macri para pagar la deuda en 15 cuotas; un acuerdo que no prosperó porque la fiscal de la Cámara Comercial Gabriela Boquín determinó que era ruinoso para las arcas del Estado.

En la parte resolutiva del fallo, la magistrada ordenó oficiar a la Inspección General de Justicia, y al Banco Central y requerirle a este último que «el estado de falencia a todas las instituciones de crédito del país, las que deberán trabar embargo sobre todas las sumas de dinero y otros valores que se encuentren depositados a la orden de la fallida, y procedan a transferirlos al Banco de la Ciudad de Buenos Aires».

La jueza también dispuso la incautación de los bienes de la empresa decretada en quiebra para ser rematados «difiriéndose la designación de martillero y la modalidad de realización para el momento en que se cuente con el inventario de bienes, sean incautados los mismos y se acredite que el dominio se encuentra en cabeza de la fallida».

La magistrada dedicó una parte de su fallo a aclarar en qué condiciones llegó a la decisión emitida, luego de que este domingo y lunes el expresidente Mauricio Macri y algunos de sus exfuncionarios la mencionaran en redes sociales y le advirtieran sobre las consecuencias políticas que podría generar un fallo como el de este lunes.

«Aun cuando parezca inusual, las tantas veces reiteradas particularidades que exhibe este trámite, y su extraordinaria atipicidad concursal, me llevan a expresar lo que sigue: Efectué mis reflexiones serenamente, tras un estudio profundo y minucioso de las muy singulares aristas de este procedimiento, como resulta de la totalidad de las consideraciones efectuadas y de la base legal utilizada».

«Me hice cargo de la dificultad que enfrentará el lector común para comprender cabalmente los fundamentos expuestos en el cauce de tan atípico trámite, por lo cual intenté desarrollarlos con la mayor sencillez y simpleza posibles. Invertí todos los esfuerzos jurisdiccionales imaginables para tutelar el interés de la totalidad de los sujetos comprendidos en el procedimiento, cual se puede percibir fácilmente de una detenida lectura de la causa principal y de los Incidentes de Investigación aún en trámite», continuó.

 

 

 

 

 

Fuente: Télam

 

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Judicial

Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio

La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.

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Foto: apelación causa Grupo Spaggiari

La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.

La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.

Las defensas cuestionaron la acusación

El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.

Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.

En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.

También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.

El juez resolverá en los próximos días

Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.

Una causa con 558 hechos investigados

La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.

La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.

Las penas solicitadas por la Fiscalía

En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:

  • 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
  • 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
  • 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
  • 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
  • 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
  • 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
  • 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.

Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.

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Apelarán la prisión preventiva de uno de los acusados por el crimen del niño Zamir Torres en Frontera

La Justicia de Rafaela realiza este miércoles una audiencia para analizar el pedido de apelación presentado por la defensa de Thiago Medrano, uno de los imputados por el homicidio de Zamir Torres, el niño de cuatro años asesinado durante un ataque a balazos ocurrido en Frontera en julio de 2025.

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Foto: apelación prisión preventiva acusado Zamir Torres

La audiencia comenzó a las 10 de la mañana en la Sala Nº 4 de los Tribunales de Rafaela y será presidida por el juez de Segunda Instancia, Matías Drivet.

El planteo fue presentado por el abogado defensor Darío Schurrer, quien solicitó revisar la prisión preventiva que pesa sobre Thiago Medrano.

El crimen que conmocionó a Frontera

Medrano está imputado por los delitos de homicidio doloso calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego, además de homicidio doloso calificado en grado de tentativa.

El hecho ocurrió el 9 de julio de 2025 en la ciudad de Frontera, cuando Zamir Torres, de apenas cuatro años, viajaba en un automóvil junto a su madre y su padrastro, Brian Martínez.

Según la investigación, otro vehículo interceptó al automóvil familiar y sus ocupantes abrieron fuego. Uno de los disparos impactó en el niño, quien falleció, mientras que Martínez sufrió graves heridas.

La principal hipótesis de los investigadores sostiene que el ataque estaba dirigido contra el padrastro del menor y estaría relacionado con una venganza vinculada al narcotráfico, aunque esa versión fue rechazada por la familia de la víctima.

Cinco personas imputadas

La causa ya cuenta con cinco personas imputadas por el crimen.

El pasado 26 de junio, la Justicia dictó la prisión preventiva para Samuel Elías Reyes y Santiago Benavídez, mientras que Brenda Ruiz Díaz recuperó la libertad bajo estrictas medidas alternativas.

Entre las restricciones impuestas a la mujer se encuentran la prohibición de ingresar a Frontera, acercarse a víctimas y testigos, portar armas de fuego y la obligación de presentarse semanalmente en una dependencia policial.

Actualmente, los imputados son Thiago Medrano, Matías Escobedo, Samuel Elías Reyes, Santiago Benavídez y Brenda Ruiz Díaz. Los cuatro hombres permanecen detenidos, mientras que la mujer continúa vinculada al proceso judicial en libertad.

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La Justicia de EE.UU. ratificó la condena contra Argentina por la expropiación de Aerolíneas: deberá pagar casi US$390 millones

La Corte de Apelaciones de Columbia rechazó el recurso presentado por el Estado argentino y confirmó el fallo derivado de la expropiación de Aerolíneas Argentinas. La deuda supera actualmente los US$390 millones con intereses.

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Foto: El Tribunal de Columbia falló en contra del país y lo obligó a pagar ese monto al fondo Titan Consortium.

La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Estados Unidos, confirmó la condena contra la República Argentina en el juicio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral, ocurrida en 2008. La decisión obliga al Estado nacional a afrontar un pago cercano a US$390 millones, incluyendo los intereses acumulados.

El fallo desestimó la apelación presentada por Argentina en el litigio impulsado por el fondo de inversión Titan Consortium, actual titular de los derechos para reclamar la indemnización establecida por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).

La condena supera los US$390 millones

El conflicto judicial se originó tras la estatización de Aerolíneas Argentinas durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.

En 2017, el Ciadi determinó que Argentina debía pagar más de US$320 millones, además de honorarios legales e intereses. Con el paso del tiempo, el monto actualizado asciende a unos US$390 millones.

El demandante original fue el grupo español Marsans, que controlaba Aerolíneas Argentinas y Austral antes de la expropiación. Posteriormente, los derechos del litigio fueron transferidos a Burford Capital y luego al fondo Titan Consortium, que actualmente impulsa el cobro.

La Procuración analiza nuevas medidas

Tras conocerse la resolución, la Procuración del Tesoro de la Nación informó que se encuentra evaluando las alternativas legales disponibles para intentar revertir la decisión o reducir su impacto económico.

Además, señaló que el proceso judicial se originó por decisiones adoptadas hace casi dos décadas y recordó que la actual administración recibió litigios internacionales con reclamos millonarios contra el Estado argentino.

Podrían avanzar sobre activos argentinos

Como el Ciadi no posee mecanismos propios para ejecutar sus sentencias, el fondo acreedor deberá continuar el proceso ante tribunales estadounidenses para intentar cobrar la indemnización.

En ese contexto, Titan Consortium busca autorización para identificar y embargar activos argentinos en Estados Unidos. Entre los bienes que aparecen bajo análisis se encuentran las garantías de los históricos Bonos Brady, depositadas en la Reserva Federal de Nueva York.

Con esta decisión, la Justicia estadounidense confirmó la validez del fallo de primera instancia y mantuvo vigente el reconocimiento del laudo arbitral emitido por el Ciadi.

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