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En Whatsapp hicieron un video contando una violación y estará 10 años preso

Santo Tomé.- Se trata de Lucas Gerardo Lorenzutti de 20 años, quien llevó a cabo su accionar delictivo junto a por lo menos dos personas más que en ese momento eran menores de edad.

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Foto ilustrativa de internet sobre la detención de un masculino

Un hombre de 20 años identificado como Lucas Gerardo Lorenzutti fue condenado a diez años y ocho meses de prisión por haber abusado sexualmente de una adolescente –menor de edad– en una fiesta realizada en una vivienda de Santo Tomé.

La sentencia fue resuelta por la jueza Susana Luna en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. La fiscal que llevó adelante la investigación es Alejandra Del Río Ayala.

La funcionaria del MPA destacó que “Lorenzutti reconoció su responsabilidad penal por el hecho ilícito que le endilgamos desde la Fiscalía y la magistrada consideró acreditada la atribución delictiva que realizamos”.

De madrugada

Del Río Ayala expuso que “el condenado y al menos dos personas más –que eran menores de edad al momento de los hechos– atacaron sexualmente a la víctima durante la madrugada del domingo 22 de diciembre de 2019”. En tal sentido, precisó que “la fiesta en la que ocurrió el hecho ilícito tuvo lugar en una casa ubicada en calle Fidela Valdez al 4.700”.

La fiscal aseguró que “los agresores aprovecharon que la adolescente había ingerido bebidas alcohólicas y no estaba en condiciones de oponer resistencia al abuso”, y añadió que “la abordaron con violencia en un lugar de la casa en el que no había otras personas que pudieran defenderla”.

Según expuso, “luego la víctima fue encontrada por otros adolescentes que estaban invitados a la fiesta y la auxiliaron”. Contó que “quienes le brindaron ayuda pensaron que no tenía signos vitales y de inmediato la trasladaron hasta el hospital SAMCo de Sauce Viejo, donde se constató que tenía insuficiencias cardiorrespiratorias y no respondía a estímulos”.

“Los profesionales del nosocomio le brindaron pronta y efectiva atención médica y se comunicaron con la Central de Emergencias 911 para informar a las autoridades policiales que la paciente tenía signos de abuso sexual”, destacó la fiscal.

Video

“El condenado admitió haber cometido el ilícito tras haber sido notificado de las evidencias en su contra que logramos reunir durante la Investigación Penal Preparatoria (IPP)”, manifestó Del Río Ayala.

Afirmó que “entre otros elementos contundentes, existe un video que uno de los agresores subió a su estado de WhatsApp minutos después de haber cometido el abuso”. Explicó que “en la filmación, los atacantes manifiestan haber vulnerado conjuntamente la integridad sexual de la víctima y se refieren unos a otros con sus nombres de pila”.

La funcionaria del MPA valoró que “el material audiovisual fue aportado por familiares de la adolescente”. Explicó que “grabaron la pantalla de un teléfono celular para salvaguardar el contenido que normalmente desaparece en 24 horas”, y añadió que “la Agencia de Investigación Criminal (AIC) se encargó de peritar el dispositivo móvil”.

Calificación penal

La fiscal informó que “Lorenzutti fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal calificado (por haber sido cometido por dos o más personas; y por la participación de por lo menos un menor de 18 años)”.

Por su parte, “la Defensa aceptó la calificación penal que propusimos, la pena impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio”, indicó Del Río Ayala. “Además, la víctima –que ahora es mayor de edad– fue notificada y manifestó su conformidad con lo dispuesto”, concluyó.

Fuente: LT10

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Judicial

La Justicia rechazó la libertad condicional en la causa por millonarias maniobras contra Las Taperitas y Williner

La Justicia provincial resolvió no conceder la libertad condicional a Miguel Alberto Olivares, condenado en una causa por estafas y delitos informáticos que provocaron un perjuicio económico millonario a las firmas Las Taperitas y Williner.

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Foto: ilustrativa

El juez interviniente, Gustavo Martín Urdiales, evaluó los informes técnicos y los planteos de las partes durante una audiencia virtual y concluyó que no se encuentran cumplidos los requisitos legales y criminológicos necesarios para otorgar el beneficio.


📌 Los argumentos de la decisión

Olivares cumple una pena de tres años de prisión efectiva y, por el tiempo transcurrido, estaba habilitado a solicitar la libertad condicional. Sin embargo, desde el ámbito judicial se remarcó que el acceso a la audiencia no implica la concesión automática del beneficio.

Durante el debate participaron:

  • La defensa técnica, a cargo de Adrián Rocca
  • El Ministerio Público de la Acusación, representado por el fiscal Guillermo Loyola
  • La querella, mediante el abogado Carlos Farías Demaldé

Si bien se destacó que el condenado mantiene buena conducta y adaptación a las normas carcelarias, los informes del Servicio Penitenciario resultaron determinantes y fueron desfavorables.

Entre los puntos señalados:

  • No atravesó instancias concretas del régimen de progresividad
  • Elaboración incompleta del daño causado
  • Aceptación parcial de la responsabilidad penal
  • Escasa empatía hacia las víctimas
  • Debilidad en su red de contención externa

En base a ese cuadro, la Junta Técnica recomendó no otorgar la libertad condicional, criterio que fue finalmente adoptado por el magistrado.


💻 Una causa de alta complejidad

La condena se originó en una investigación que permitió desarticular una organización dedicada a maniobras fraudulentas mediante suplantación de identidad, documentación apócrifa y accesos indebidos a sistemas bancarios.

Las transferencias irregulares superaron los 170 millones de pesos, en una causa que incluyó peritajes informáticos, análisis financieros y cruces de comunicaciones.

Por estos hechos ya hubo otras condenas y el proceso judicial continúa respecto de más personas imputadas.

Con esta resolución, Olivares continuará detenido en la Unidad Penitenciaria de Coronda, sin acceder por el momento a un régimen de egreso anticipado.

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⚖️ Justicia en Sunchales: juez rechaza prisión preventiva para dos jóvenes acusados de robo

En los Tribunales de Rafaela, el juez Javier Bottero resolvió que Lucas M (21) y Valentín J (19) quedaron en libertad bajo medidas alternativas, al considerar que las pruebas presentadas por la fiscalía son insuficientes para justificar la prisión preventiva en el caso de un robo calificado en Sunchales.

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🕵️‍♂️ Los hechos imputados

Robo en despensa: Durante la madrugada, M. y J. habrían ingresado a una despensa en calle Juan B. Justo al 1200, junto a otros tres individuos no detenidos, sustrayendo una caja registradora, bebidas y alimentos.

  • Hurto de fernet: A J. también se le atribuyó un segundo episodio, alrededor del mediodía del último sábado, al sustraer dos botellas de fernet de un supermercado, siendo interceptado con una de ellas.

La fiscalía solicitó prisión preventiva apoyándose en videos de comercios cercanos y declaraciones de testigos, argumentando que se trataba de un robo cometido “en poblado y en banda”.


⚖️ Defensa y argumentos del juez

La abogada Amalia Cassina cuestionó la solidez de las pruebas:

  • Las cámaras de seguridad no permiten identificación clara.
  • La vinculación de J. con el robo se basaba solo en que vestía una camiseta de Boca, prenda de uso masivo.
  • No se observaba coordinación estructurada que evidenciara la existencia de una banda organizada.
  • Ambos imputados no cuentan con antecedentes condenatorios firmes.

Tras evaluar los argumentos, el juez concluyó que no existían riesgos procesales suficientes ni expectativa de pena que justificara la prisión preventiva, y dispuso libertad con medidas alternativas:

  • Fijación de domicilio
  • Presentación mensual ante la autoridad
  • Prohibición de acercamiento a víctimas o testigos

La investigación seguirá su curso para identificar a los demás presuntos involucrados y recopilar nuevas pruebas.

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⚖️ Condenaron a Nicolás Mattioli por la muerte de una ciclista en Santo Tomé

El cantante Nicolás Mattioli fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por el homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, la mujer que falleció tras ser atropellada en septiembre de 2024 en la ciudad de Santo Tomé.

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Foto: Gentileza

La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado, instancia en la que el imputado reconoció su responsabilidad en el hecho.


🚗 El hecho que terminó en tragedia

El siniestro ocurrió en la mañana del 21 de septiembre de 2024, cuando la víctima circulaba en bicicleta por Santo Tomé y fue embestida por la camioneta conducida por el artista.

Producto del fuerte impacto, la mujer perdió la vida, lo que derivó en la imputación y posterior proceso judicial.


📜 Qué establece la condena

La audiencia fue presidida por la jueza penal Susana Luna, con acuerdo entre fiscalía, querella y defensa.

El fallo determina:

  • ⚖️ Tres años de prisión condicional
  • 🚫 Siete años de inhabilitación para conducir vehículos

Cabe recordar que previamente la fiscalía y la querella habían rechazado un pedido de probation presentado por la defensa, lo que finalmente llevó a la realización del juicio abreviado y a la condena confirmada este martes.

La causa sigue generando repercusión en la región.

Noticia en desarrollo.

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