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Fiscalía pide perpetua por femicidio en Humberto 1º para el marido, y la Defensa dice que éste actuó en legítima defensa: el miércoles los jueces deciden

Con los alegatos de clausura se dio por finalizado hoy el periodo de presentación de pruebas y alegatos. Ahora viene la sentencia.

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Foto: Con los alegatos de clausura se dio por finalizado hoy el periodo de presentación de pruebas y alegatos. Ahora viene la sentencia.

En la mañana de ayer lunes, en el marco del juicio oral y público que se está desarrollando en los tribunales penales de Rafaela por el femicidio de Mariel Alejandra Zimmermann, cometido el 26 de octubre de 2022 en la localidad de Humberto Primo, se llevaron a cabo los alegatos de clausura, instancia previa a que el jurado de a conocer la sentencia en este conmocionante caso, lo cual está previsto que ocurra mañana, miércoles 7 de agosto.

Se recuerda que el único procesado por el brutal hecho recibe el nombre de Cirilo Eduardo B. de 58 años actualmente, es el ex marido de la víctima, y es considerado hasta ahora el autor penalmente responsable del femicidio de Mariel Alejandra Zimmermann.

El tribunal que juzga a Cirilo B. es presidido por la jueza Cristina Fortunato, e integrado asimismo por los jueces Nicolás Stegmayer y Gustavo Bumaguín. En tanto que el Ministerio Público de la Acusación (MPA) local es representado por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5; y la defensa técnica está a cargo de la abogada Georgina Allassia, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal.

Al igual que en los alegatos de apertura, el fiscal Castellano ratificó el tipo penal escogido para la acusación, por lo que volvió a solicitar la pena máxima para el imputado, de prisión perpetua, como autor del delito de homicidio doloso doblemente agravado por el vínculo existente entre autor y víctima y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género -femicidio-, (Artículo 80 incisos 1ro. y 11ro. en función del Artículo 79 del Código Penal de la Nación), atribuyéndose el mismo al imputado Cirilo Eduardo B. en calidad de autor (Artículo 45 del mismo cuerpo legal).

La Defensa alega que debe ser absuelto ya que actuó «en legítima defensa» y que debe cumplir en todo caso prisión domiciliaria por los problemas de salud que padece el acusado.

Alegato de Clausura del fiscal Castellano

Como corolario de las tres jornadas de audiencias que duró el debate, donde circularon por la sala 48 testigos, el fiscal brindó una síntesis en la cual arribó a su conclusión, teoría del caso y pedido de condena.

En su alegato, Castellano afirmó que el análisis integral, conjunto y razonado de las pruebas sustanciadas en el debate le permiten arribar a la conclusión -sin margen de duda- que Cirilo B. cometió el hecho que se le atribuye en perjuicio de su pareja Mariel Alejandra Zimmermann en calidad de autor.

En cuanto a la materialidad del hecho, el fiscal consideró acreditado que a partir del desarrollo de tareas laborales en el campo durante muchos años, Cirilo B. adquirió una habilidad propia en el uso de cuchillos, y ello se relaciona con algunas referencias formuladas por el Médico Forense en cuanto a la forma y técnica de la herida mortal realizada en el cuello de la víctima.

A criterio del Fiscal no se trató de cualquier forma de apuñalar sino de una con características muy específicas que se suelen utilizar en faenas y labores rurales. Esto sería prueba de un accionar claramente homicida del acusado.

Por otra parte, la relación matrimonial de más de 30 años entre el imputado y la víctima -consideró el Fiscal en la audiencia- ha estado marcada por un trato denigrante y humillante de parte del acusado hacia su esposa, originado en una supuesta infidelidad de ella que Cirilo B. nunca pudo superar. Este, de manera continua y reiterada, reflotaba aquella vieja infidelidad de su pareja en cada nueva discusión que se producía en el seno familiar y en base a aquella parecía justificar el trato indigno dispensado a su esposa.

El día anterior al fatal desenlace existió un conflicto previo. El 25 de octubre de 2022, en horas de la mañana, Cirilo B. -pese a su alegada incapacidad para moverse o trabajar- decidió viajar en su auto a la localidad de Helvecia -distante a casi 150 km. de su casa- para fumigar en un terreno de sus suegros sin avisarle a su pareja, mientras que Mariel Zimmermann desarrolló sus tareas laborales habituales -ella era sostén económico del hogar-, existiendo algún reproche de la mujer por no avisarle con tiempo de este viaje y por las condiciones en que había dejado a su hija Milagros, sola en Humberto Primo.

A media mañana la pareja se comunicó por Whatsapp y Cirilo B. le explicó la decisión del viaje a Mariel: “Me vine a Helvecia a fumigar porque escuché que anuncian lluvia para el domingo”, dijo. A lo que su esposa le respondió: “por qué hacés esas cosas vos… cómo te vas a ir sin decirme nada, tenías que peinarla… vos de tu vida hacé lo que quieras pero a la chica no me la estés manipulando, llevándola como a vos se te rajen las ganas”, se ventiló durante esta audiencia.

Finalmente Cirilo B. regresó a Humberto Primo alrededor de las 19:15 horas de ese 25 de octubre de 2022. Esa misma noche, en las primeras horas del 26 de octubre ocurrió la tragedia familiar que le costó la vida a Mariel Alejandra Zimmermann a las 00.45 de la madrugada.

Esa trasnoche se inició una discusión entre Cirilo B. y Mariel Zimmermann dentro de la casa familiar, en la cocina-comedor, encontrándose presente también en ese momento Milagros quien vivía con ellos. En el marco de la misma, el imputado habría tomado un cuchillo de cabo blanco marca “Encina” de 32 centímetros que estaba en una vitrina donde guardaba otros cuchillos. Valiéndose de ese cuchillo y mientras tenía inmovilizada a su pareja, Cirilo B. le habría efectuado a Mariel un corte en la zona lateral de su cuello de 13 centímetros de longitud.

Siempre según el relato del Fiscal en la audiencia, luego de esa agresión en perjuicio de la cónyuge, B. se encargó de cambiarse la ropa y de colocarse prendas y calzados limpios – no se hallaron en la casa prendas con sangre excepto unas pantuflas- y de llevar a su hija Milagros en moto hasta el domicilio de su hermana Liliana. En ese momento le indicó a su hermana que había discutido con su pareja, “que la había tenido que degollar” y que le dejaba a su hija Milagros para luego retirarse caminando del lugar.

Pruebas

Entre las pruebas recolectadas, el fiscal mencionó que está acreditado que Cirilo B. se encargó de recorrer unas pocas cuadras caminando hasta llegar a la Comisaría de Humberto Primo -alrededor de las 00:30 horas- y cuando arribó a la puerta de la misma hizo algunas manifestaciones espontáneas y gestos corporales que actuaron como una clara y contundente admisión del hecho.

En particular, Cirilo B. manifestó de modo espontáneo ante ese personal policial y en un estado de evidente nerviosismo “que sabía que su mujer lo engañaba y que había discutido”, o “espósame, degollé a mi esposa”, es decir que la había matado, además de otros gestos similares. “Arruiné mi vida y arruiné la vida de mis hijos” dijo ante empleados policiales de la Comisaría 7ª de Humberto Primo.

La muerte de Zimmermann fue constatada alrededor de las 00:45 horas de ese 26 de octubre por parte de profesionales médicos del servicio 107 de Humberto Primo, y por último por el médico policial que llegó hasta el lugar en compañía del personal de Policía Científica.

El cuchillo de cabo blanco marca “Encina” utilizado por B. para dar muerte a su cónyuge, al igual que las pantuflas y los hisopados levantados, han sido sometidos a estudios comparativos de ADN, surgiendo de los informes científicos practicados por el Laboratorio Forense del Organismo de Investigaciones que efectivamente la sangre presente en la hoja del cuchillo y en las pantuflas de Cirilo B. pertenece al perfil genético de la víctima Mariel en un grado de contundencia tal que no admite dudas.

Para el Fiscal no quedó duda alguna que el tipo penal atribuido a B. -previsto en el Artículo 79 del Código Penal-, “homicidio doloso” cometido en perjuicio de Zimmermann, se encuentra materialmente verificado. El calificativo “femicidio” reprime entonces con pena perpetua la muerte dolosa de una mujer a manos de un hombre mediando violencia de género.

Las pruebas colectadas en el debate le permitieron al fiscal Castellano arribar a la conclusión que la muerte de Zimmermann, en la forma, modo y circunstancias analizadas, no se trató de un hecho aislado de violencia sino que constituyó el desenlace triste y doloroso de un extenso periodo de agresiones verbales y físicas, malos tratos, y humillaciones previas del imputado a la víctima que implicaron un desprecio manifiesto a su dignidad de mujer, basado todo ello en una relación desigual de poder.

Alegato de clausura de la Defensa

En el otro extremo, en las antípodas de la teoría del caso presentada por el Fiscal, la Defensa representada por la abogada del servicio público penal Georgina Allassia, sostuvo que, “me encuentro en condiciones de afirmar que ha quedado probado en este debate, que Cirilo B. el 25 de octubre del año 2022, tuvo que defenderse del ataque inminente de su esposa Mariel Zimmermann, que se abalanzó sobre él con un cuchillo mientras que se encontraba sentado en el sillón del living comedor de su casa”.

Todo el alegato de la Defensa giró en torno a roles invertidos respecto de la acusación fiscal: Cirilo B. como víctima y su esposa difunta Mariel Zimmermann como la agresora.

Para basar su hipótesis, la abogada defensora Allassia señaló varias descripciones que configuran el perfil de víctima buscado para su defendido. Con definiciones tales como que: “Cirilo le tenía miedo a su mujer, y esto está claro. Los últimos ocho años de su matrimonio, esa relación fue un matriarcado”.

Profundizando el concepto agregó que: “el contexto familiar era un hogar en el que la mujer trabajaba y en que el marido era el amo de casa. Era una dinámica de vida que se encontraba consensuada y válida, pero una dinámica de la que Mariel se aprovechaba para decirle a su esposo que era “inservible”, “un gordo pel…”, entre otros adjetivos denigrantes, según explicó la defensora. “Todo el tiempo Mariel hacía referencia a esta situación, degradando siempre a Cirilo por su discapacidad”.

“Ocho años de convivencia -siguió la defensora- con una mujer que lo humilló como hombre y lo denigró como ser humano. Que le pegó, que lo amenazó de muerte en varias oportunidades, tanto verbalmente como con un cuchillo. [El testigo] fue claro al contar el episodio que él mismo vio cuando su mamá le pegaba a su papá”.

“Y llegó el día -prosiguió la Defensa- que finalmente la señora Zimmerman se dispuso a cumplir lo que había prometido. Esta no era la primera vez. Ella ya había intentado matar a su marido con un cuchillo […] Las amenazas de Mariel a Cirilo en los últimos ocho años de relación fueron públicas, graves y sistemáticas. La libertad, la dignidad, la integridad física y psicológica fue afectada en los últimos ocho años”. “Y lo atacó con un cuchillo. ¿Por qué lo atacó? Cirilo nos contó que le dijo que se tenían que separar, le dijo que estaba cansado de este maltrato, de la humillación, y de las peleas”.

Siguiendo con su alegato Allassia insistió en que su defendido Cirilo “en la dinámica de los hechos, aplicó la legítima defensa”.

Y agregó frases contundentes tales como que, “Mariel había tomado alcohol y se abalanzó sobre Cirilo con el cuchillo”; “No hubo provocación por parte de Cirilo”; “Mariel también tenía experiencia en el uso de cuchillos”; “la defensa de Cirilo fue instintiva”; “Quedó probado el temor que Cirilo le tenía a su mujer”.

Concluyó: “Esa noche Mariel quiso matar a Cirilo y él se defendió como pudo, como sabía, instintivamente. Actuó en legítima defensa de su propia vida”. “Allí no había un hombre y una mujer sino dos personas que por igual se desafiaban con cuchillos”, remató.

La pena en expectativa

En referencia a la pena en expectativa solicitada por la Fiscalía, Allasia sostuvo que, “la prisión perpetua termina siendo injusta e irracional”. Y pidió para su pupilo que en el caso que los jueces dicten una condena de efectivo cumplimiento “esta sea de prisión domiciliaria”: “Cirilo es una persona mayor, con una artrosis severa, y necesita andador. Su salud viene en picada”, argumentó.

La sentencia

De acuerdo a lo programado por la Oficina de Gestión Judicial, el miércoles 7 de agosto -luego de analizadas y valoradas las pruebas- está previsto que se realice la audiencia en la que el tribunal dará a conocer la sentencia.

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Causa Vialidad: Casación confirmó la condena a 6 años de prisión para Cristina

El tribunal ratificó además la sentencia por «administración fraudulenta» agravada y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

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Foto: archivo.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles la condena a seis años de prisión a la expresidenta Cristina Kirchner por «administración fraudulenta» agravada en la Causa Vialidad. La decisión se anunció durante la lectura de la sentencia en los tribunales de Retiro.

Detalles de la sentencia

A pesar de la confirmación de la condena, la expresidenta no será detenida en este momento. De acuerdo con el nuevo Código Procesal Penal Federal, la ejecución de la pena se activará solo cuando se agoten todas las instancias judiciales de revisión, un proceso que podría extenderse por años.

Posibles recursos legales

La defensa de Cristina Kirchner ha manifestado su intención de apelar ante la Corte Suprema, que es la última instancia judicial en este caso. La expresidenta, que no cuenta con fueros que impidan su arresto, tiene más de 70 años y, en caso de que la Corte confirme la condena, podría solicitar cumplir la pena en su domicilio.

Impacto de la Ley de Ficha Limpia

Además, si avanza esta ley en el Congreso, la condena le impediría postularse como candidata en futuras elecciones.

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Justicia: Agravaron las imputaciones contra los acusados de asesinar a Aralí en Brinkmann

Tanto la madre, como el padrastro y el amigo de éste quedaron ahora imputados por lo mismo: presunto homicidio calificado por el vínculo. En caso de condena, corresponde la perpetua. El viernes, arrancan las indagatorias.

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Foto: Archivo

El fiscal Oscar Gieco decidió agravar la imputación de los dos primeros detenidos por el crimen de Aralí Vivas, la niña de 8 años de Brinkmann, el cual se quiso ocultar mediante un incendio intencional en el domicilio donde vivía.

Ahora, Matías Ezequiel Simeone, padrastro de la víctima, y su amigo, Cristian Hernán Varela, que se encontraban imputados por homicidio simple, son sindicados como presuntos coautores del delito de homicidio calificado por el vínculo.

En el caso de ser acusados en un juicio, a través de esta calificación podrían llegar a recibir prisión perpetua.

Cabe recordar que también se encuentra detenida e imputada Rocío Milagros Rauch, madre de Aralí, como partícipe necesario de homicidio calificado por el vínculo, por comisión por omisión.

A la mujer no se la vincula directamente con la ejecución del crimen, aunque el fiscal le apunta por su descuido como progenitora, lo que contribuyó al asesinato.

Gieco tomó esta decisión que había adelantado La Voz, mediante el avance de la investigación, con el análisis de llamadas telefónicas entre los acusados y los testimonios recabados.

El fiscal también explicó que los tres detenidos serían indagados el próximo viernes por videoconferencia.

Un incendio para despistar

La muerte dataría de la madrugada del sábado 2 de noviembre, entre la 1 y las 6 de la mañana aproximadamente.

Cámaras de seguridad de la zona vieron a Simeone y Varela en la vivienda donde se encontraban Aralí y sus hermanos, yendo y viniendo en determinados horarios. La madre se había ido el día anterior y nunca regresó a la casa previo a la tragedia.

En horas de la siesta de ese día la casa tomó fuego. Alertados por vecinos, arribaron bomberos voluntarios que, a poco de apagar las llamas, hallaron el cadáver de una nena que se encontraba sola en la vivienda. Se trataba de Aralí.

Lo que parecía un incendio trágico tuvo un giro inesperado: por un lado, los peritos de la Dirección Bomberos de la Policía descubrieron que el fuego había sido intencional en la casa; por otro lado, los forenses descubrieron que la nena no presentaba monóxido de carbono en su organismo. Había sido asesinada previamente.

El fiscal Gieco, de San Francisco y a cargo circunstancialmente de Morteros, se puso a trabajar en la causa y ordenó una serie de distintas medidas procesales, entre peritajes y toma de testigos y de pruebas. En ese marco, el estudio forense determinó, a priori, que la criatura había sido víctima de abusos y que presuntamente había muerto a causa de golpes.

Simeone había sido condenado en septiembre de 2023 en un juicio por amenazas y violencia de género y estaba con prisión condicional. La sospecha fiscal es que la pequeña había sido víctima de abusos y fue asesinada. Para ocultar el crimen, se incendió su casa.

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La audiencia de los hermanos Sapggiari será el lunes a las 12.30

Se realizará en el subsuelo del edificio de Tribunales de la capital santafesina ante el Juez Nicolás Falkemberg interviniendo como fiscal el Dr. Eladio Oscar García. La misma se concretará por una presentación de Habeas Corpus realizada por los defensores de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari, los doctores José María Silvela y Andrés Colón.

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Foto: La audiencia de los hermanos Sapggiari será el lunes a las 12.30

Los abogados defensores de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari, los doctores José María Silvela y Andrés Colón, habían presentado un recurso de Habeas Corpus en favor de sus defendidos ante presuntos apremios ilegales que habrían sufrido por parte de personal del Servicio Penitenciario Provincial que presta servicio en la cárcel de Coronda, donde los rafaelinos están privados de su libertad cumpliendo prisión preventiva, acusados en su momento por el fiscal Guillermo Loyola del delito de Estafa en calidad de jefes de una Asociación ilícita que habría engañado a inversores privados.

Fernando y Matías Spaggiari cumplían prisión preventiva en la Alcaidía de la Jefatura de la ciudad de Rafaela y luego, fueron trasladados a la Unidad Penal de Las Flores y luego, derivados al penal de Coronda donde habrían sufrido esta situación denunciada por sus representantes legales. En tanto la madre de ambos, también está cumpliendo prisión preventiva, pero en este caso bajo la morigeración del arresto domiciliario

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Clima Sunchales

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