Judicial
Hombre deberá resarcir a la víctima y tendrá que donar dinero a una entidad de bien público aquí en Sunchales
Un hombre investigado por el delito de estafa deberá resarcir a la víctima con 29 mil pesos y donar 8 mil pesos a una entidad de bien público de Sunchales
Así fue acordado en el marco de una suspensión de juicio a prueba. El resarcimiento que recibirá la víctima incluye 24 mil pesos que le fueron sustraídos y 5 mil pesos más en concepto de pérdida del valor del dinero desde el hecho hasta la actualidad. El fiscal que investigó el ilícito es Martín Castellano.
Un hombre de 26 años, investigado como autor del delito de defraudación especial cometida mediante el uso de tarjeta de débito ajena, deberá resarcir a la víctima del ilícito la suma de 29 mil pesos y deberá donar otros 8 mil pesos a una entidad de bien público de la ciudad de Sunchales (departamento Castellanos). Así fue resuelto en el marco de una audiencia de suspensión de juicio a prueba (también denominada probation, por su nombre en inglés).
El fiscal que investigó el ilícito es Martín Castellano, a cargo de la sección Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5. El funcionario del MPA explicó que “al imputado –cuyas iniciales son OMC– se le atribuyeron la autoría de los delitos de defraudación previstos en los artículos 172 y 173, inciso 15 del Código Penal de la Nación”. En tal sentido, precisó que “la imputación fue realizada en una audiencia llevada a cabo el pasado 16 de mayo”.
En relación al hecho, Castellano detalló que “el pasado 30 de marzo, el imputado extrajo –sin permiso alguno– desde un cajero automático de la sucursal Sunchales del Nuevo Banco Santa Fe la suma total de 24.000 pesos de la caja de ahorro de la víctima. Lo hizo mediante cinco extracciones diferentes.
“Para lograrlo, se valió de un descuido del titular de la caja de ahorro, quien se había retirado segundos antes de dicho cajero y olvidó su tarjeta de débito con la operación inconclusa”, detalló el fiscal. “A partir del hecho, se realizaron distintas medidas por medio de la Policía de Investigaciones (PDI) de Sunchales (entre ellas allanamientos) y se logró identificar al imputado, además de secuestrarse en su lugar de trabajo y de residencia distintos elementos de interés para el caso”, explicó.
Reparación del daño causado
El funcionario del MPA detalló que “el imputado deberá resarcir a la víctima en una suma fijada en 29 mil pesos, comprensivos del perjuicio de 24 mil pesos causado inicialmente, más una suma de 5 mil pesos en concepto de pérdida de poder adquisitivo de ese dinero desde el momento del hecho a la fecha”. Asimismo, aclaró que “la donación de 8 mil pesos será destinada a la Escuelita de Fútbol de la Vecinal del barrio Colón de la ciudad de Sunchales”.
“Los fondos mencionados serán entregados a la víctima y a la entidad el próximo miércoles 3 de julio”, concluyó Castellano.
Oficina de Prensa y Difusión MPA
Judicial
Ex SanCor CUL: la Justicia confirmó la continuidad de la licitación para vender los activos
La Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Rafaela – Sala II resolvió que continúe el proceso licitatorio para la venta de los activos de la ex SanCor Cooperativas Unidas Limitada (CUL).
La decisión fue adoptada mediante una resolución fechada el 17 de septiembre de 2026, en el marco del expediente correspondiente al proceso de licitación de los activos productivos de la cooperativa.
Rechazaron los planteos de nulidad
Según informó ATILRA, la Cámara rechazó los planteos de nulidad presentados contra la resolución de primera instancia N° 270, dictada el 11 de junio de 2026, mediante la cual se había aprobado el pliego de bases y condiciones para la liquidación de los activos de la ex SanCor CUL.
El Poder Judicial de Santa Fe había informado previamente que el proceso contempla la venta de los activos industriales y marcas de la empresa mediante una licitación pública, organizada en siete lotes: seis unidades productivas y un lote conformado por las marcas y activos intangibles.
La licitación continuará con modificaciones
La Cámara dispuso que el proceso licitatorio continúe, aunque deberá adecuarse a las indicaciones establecidas en la resolución judicial.
De acuerdo con el comunicado difundido por ATILRA, el fallo tiene 70 fojas y sostiene que las modificaciones dispuestas no alteran la cuestión de fondo que había sido resuelta en primera instancia.
La causa se tramita bajo el expediente “Sindicatura s/ Incidente de Licitación para venta de Activos Productivos (Pliego)”, vinculado al proceso de quiebra de SanCor CUL ante la Justicia de Rafaela.
Un paso clave para la venta de los activos
La resolución permite retomar el proceso de licitación iniciado para definir el destino de las unidades productivas y otros activos de la ex cooperativa.
El procedimiento había avanzado con la aprobación del pliego y el llamado a licitación pública dispuesto por la Justicia en junio pasado.
Ahora, con la decisión de la Cámara, la licitación podrá continuar bajo las condiciones y adecuaciones establecidas en el fallo.
El proceso se desarrolla dentro de la quiebra de SanCor CUL y tiene como uno de sus objetivos la enajenación de los activos de la empresa conforme al procedimiento previsto por la Ley de Concursos y Quiebras.
Con información de Radio Belgrano de Suardi
Judicial
La Justicia anuló el testamento de una mujer de 82 años por falta de discernimiento
La Justicia argentina anuló el testamento de una mujer de 82 años que había firmado el documento un día antes de morir, mientras permanecía internada en el Sanatorio Güemes de Buenos Aires.
La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que, al momento de realizar el testamento, la mujer atravesaba un cuadro de desorientación y deterioro cognitivo que le impedía comprender el alcance del acto. La resolución, dictada el 25 de agosto de 2026, confirmó una sentencia de primera instancia.
Había dejado sus bienes a su cuidadora y a una abogada
La mujer, identificada en el expediente como “señora C.”, era soltera y no tenía hijos. El 24 de julio de 2014, mientras se encontraba internada con cuidados paliativos, firmó un testamento mediante el cual dejaba sus bienes a la mujer que la había cuidado durante sus últimos años y a una amiga abogada.
Entre los bienes mencionados en el expediente figuraban un departamento de la calle Juncal, un local comercial de la avenida Santa Fe, otros locales y un campo.
Después de su fallecimiento, una sobrina inició una demanda para cuestionar la validez del documento. Sostuvo que su tía no se encontraba en condiciones de comprender lo que estaba firmando debido a su estado de salud, su deterioro cognitivo y la medicación que recibía.
Un proceso judicial que duró más de 12 años
El reclamo se extendió durante más de 12 años. Finalmente, la Cámara evaluó documentación médica, declaraciones testimoniales y elementos incorporados desde una causa penal.
Los jueces concluyeron que la mujer no se encontraba en condiciones de comprender el alcance del testamento al momento de firmarlo.
El fallo señala que la formalidad de un instrumento público no puede prevalecer cuando se acredita la ausencia de una voluntad consciente y jurídicamente relevante.
Qué tuvo en cuenta la Justicia
La resolución tomó en consideración testimonios y antecedentes médicos que describían un cuadro de desorientación y deterioro progresivo de la salud durante los días previos al fallecimiento.
El tribunal también hizo referencia a una investigación penal y sostuvo que las circunstancias analizadas permitían considerar acreditada la falta de discernimiento necesaria para otorgar válidamente el testamento.
En otro tramo, el fallo vinculó los hechos con una investigación por circunvención de incapaz, al considerar que se habría aprovechado el estado de la mujer para obtener la firma del documento.
Qué pasó con el escribano
La Cámara también analizó la eventual responsabilidad del escribano que intervino en el otorgamiento del testamento.
Según la resolución, el profesional no responde automáticamente por la posterior anulación de un acto cuando los motivos están relacionados con circunstancias internas de la voluntad de las partes. La situación sería diferente si se demostrara que el escribano participó deliberadamente de un engaño.
En este caso, la participación dolosa del escribano no quedó acreditada, según el fallo.
La decisión judicial se refiere a las circunstancias particulares de este caso y a las pruebas reunidas durante el proceso, que determinaron que la mujer no tenía discernimiento suficiente al momento de firmar el testamento.
Con información de La Nación
Judicial
Caso Spaggiari: el juicio oral comenzará el 8 de octubre y se extenderá hasta diciembre
La causa que investiga presuntas estafas y asociación ilícita vinculadas al Grupo Spaggiari ya tiene fecha para el juicio oral y público en Rafaela. El debate comenzará el 8 de octubre de 2026 y el veredicto está previsto para el 28 de diciembre.
Un juicio con cientos de testigos
De acuerdo con el cronograma establecido por la Oficina de Gestión Judicial de Rafaela, las primeras audiencias comenzarán el 8 de octubre con los alegatos de apertura.
La producción de la prueba se desarrollará a lo largo de al menos 38 audiencias, con la participación de más de 600 testigos, según información publicada sobre la organización del debate.
Los alegatos de clausura de las partes están previstos para el 21 de diciembre, mientras que el veredicto se conocería el 28 de diciembre al mediodía, en los Tribunales de Rafaela.
El camino hasta el juicio
La fecha del debate llega después de distintas instancias judiciales y planteos realizados por las partes durante el proceso.
En mayo, el juez Gustavo Javier Bumaguin había admitido las acusaciones de la Fiscalía y de las querellas particulares, además de rechazar distintos planteos de las defensas.
Las decisiones fueron apeladas y posteriormente el juez de segunda instancia Sergio Enrique Alvira confirmó lo actuado, dejando habilitado el camino hacia el juicio oral.
Entre los cuestionamientos de las defensas estuvieron los plazos de presentación de las acusaciones, la individualización de determinadas conductas y la calificación jurídica planteada por la Fiscalía.
La Cámara entendió que esas cuestiones debían ser analizadas durante el debate y no resueltas anticipadamente en la audiencia preliminar.
La causa Spaggiari
El expediente tiene como imputados a Matías Germán Spaggiari, Fernando Luis Spaggiari, Mirta Ofelia Condotto, Carolina Rocío Schaberger, Myriam Marcela Bravo, Cristian Ezequiel Clemenz, Germán Darío Garetto, Gabriel Lorenzo Ulman, Cristian Marcelo Franzetti y Carlos Andrés Ciancia, según la información publicada sobre la causa.
La acusación del Ministerio Público de la Acusación atribuye distintos hechos de presunta estafa y asociación ilícita, con diferentes grados de participación según cada imputado.
Será durante el juicio donde se producirán y confrontarán las pruebas y se analizará la responsabilidad penal de cada uno de los acusados.
La fijación del cronograma marca así el inicio de una etapa decisiva para una de las causas judiciales de mayor volumen que tramita en los Tribunales de Rafaela.
Con información de Rafaela Informa
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