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Imputaron a un expolicía y comunicador del norte santafesino por el abuso de las hijas de su expareja cuando eran niñas

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El fiscal Leandro Benegas realizó la atribución delictiva en una audiencia desarrollada esta tarde. Se trata de Silvio Omar Stefanucci, de 69 años, quien amenazaba a las víctimas y les decía que si contaban lo ocurrido nadie les creería debido a la credibilidad pública que él tenía por trabajar en los medios de comunicación.

Un expolicía y reconocido comunicador de la ciudad de Vera, identificado como Silvio Omar «Cudy» Stefanucci, de 69 años, fue imputado por el fiscal Leandro Benegas como autor de delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos hijas de su pareja en la ciudad de Vera.

El funcionario del Ministerio Público de la Acusación le endilgó los ilícitos ante el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Martín Gauna Chapero, en una audiencia realizada esta tarde en los tribunales verenses.

“El imputado llevó a cabo su accionar delictivo cuando las víctimas eran menores de edad y convivían con él”, precisó el fiscal. En tal sentido, valoró que “fueron ellas mismas quienes, ahora que son mayores, radicaron la denuncia que dio origen a la investigación”.

En tanto, la audiencia de medidas cautelares que se iba a realizar este miércoles pasó para mañana jueves y la fiscalía adelantó que solicitará la prisión preventiva.

Además, en las últimas horas se conoció que como representante de la familia de las víctimas sobrevivientes de los abusos asumió el equipo jurídico de la doctora Carolina Walker.

Trece años

Benegas señaló que “el hombre investigado abusó de las hijas de su pareja durante trece años, entre 2007 y 2020”. Sostuvo que “desde que las niñas transitaron los primeros tramos de la escuela primaria hasta que finalizaron la secundaria, el imputado las sometió a situaciones humillantes que la mayoría de las veces tuvieron lugar en dos viviendas en las que residió el grupo familiar”.

El fiscal afirmó que “las víctimas fueron agredidas sexualmente en momentos en los que estaban a solas con la pareja de su madre”, y remarcó que “los ilícitos sucedieron en reiteradas oportunidades”.

Por otro lado, narró que “con el fin de atemorizar a las víctimas, el imputado manipulaba un arma de fuego frente a ellas y les aseguraba que estaba cargada y en condiciones de disparar”. Según añadió, “tanto en este tipo de actitudes como en los ataques sexuales, el hombre se valió de la vulnerabilidad de las menores”.

Benegas hizo hincapié en que “el agresor instaba a las víctimas a guardar silencio sobre sus padecimientos”. En tal sentido, planteó que “habitualmente intimidaba a las hijas de su pareja diciéndoles que, dada la credibilidad pública que él tenía por su trabajo vinculado a los medios de comunicación, nadie les iba a creer si contaban la verdad”.

Además, el funcionario del MPA subrayó en la audiencia que “los ilícitos generaron un grave daño en la salud mental de las dos personas abusadas”, y aseveró que “el imputado perpetró los delitos a sabiendas de las consecuencias físicas y psicológicas que podía generar con su conducta”.

Calificación penal

En relación a los delitos cometidos en perjuicio de una de las víctimas, al hombre investigado se le imputó la autoría de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado (por haber ocasionado un grave daño en la salud mental de la víctima y por haber sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechado la situación de convivencia preexistente); abuso sexual gravemente ultrajante (por su duración y por las circunstancias de realización) y abuso sexual simple agravado (por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia.

Por su parte, por los ataques sexuales a la otra víctima, se le endilgó la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante (por su duración y por las circunstancias de su realización) y abuso sexual simple agravado (por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia.

 

 

 

 

Fuente: LT9

 

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Grupo Spaggiari: las defensas apelaron la acusación y buscan frenar la elevación a juicio

La causa judicial contra el Grupo Spaggiari sumó este martes un nuevo capítulo. Las defensas de los imputados apelaron la resolución que admitió la acusación de la Fiscalía y las querellas, cuestionando la validez del proceso y solicitando el sobreseimiento de algunos acusados.

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Foto: apelación causa Grupo Spaggiari

La decisión ahora quedó en manos del juez de Cámara Sergio Alvira.

La audiencia de apelación se desarrolló durante la mañana en los Tribunales de Rafaela y se extendió desde las 8:00 hasta las 11:30. En esta oportunidad, los abogados defensores impugnaron la resolución del juez Nicolás Bumaguin, quien había convalidado el requerimiento de elevación a juicio presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y las querellas.

Las defensas cuestionaron la acusación

El abogado Gustavo Abraham, defensor de Fernando y Matías Spaggiari, Mirta Condotto y Rocío Schaberger, sostuvo que la acusación fiscal fue presentada fuera de término y calificó el procedimiento como «defectuoso», por lo que pidió que se rechace la elevación a juicio.

Además, solicitó el sobreseimiento de Rocío Schaberger, al considerar que únicamente cumplía funciones como empleada de la empresa y que no integraba la presunta maniobra delictiva.

En el mismo sentido se pronunciaron las defensoras Victoria Romano, Georgina Allasia y los abogados José María Silvela y Andrés Colón, quienes representan a otros imputados de la causa. Todos coincidieron en que sus defendidos desempeñaban tareas como empleados y no formaban parte de una organización criminal.

También cuestionaron que la resolución judicial describa los hechos de manera general, sin individualizar con precisión la conducta atribuida a cada acusado.

El juez resolverá en los próximos días

Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el juez de Cámara Sergio Alvira decidió no emitir un fallo durante la audiencia y anunció que dará a conocer su resolución dentro del plazo previsto por la ley.

Una causa con 558 hechos investigados

La investigación contra el Grupo Spaggiari se encuentra en una etapa clave tras la audiencia preliminar realizada en mayo.

La causa comprende 558 presuntos hechos de estafa y un perjuicio económico estimado en 235 millones de pesos, 9 millones de dólares y 11 mil euros.

Las penas solicitadas por la Fiscalía

En el requerimiento acusatorio ya admitido en primera instancia, la Fiscalía pidió:

  • 25 años de prisión para Fernando y Matías Spaggiari, actualmente detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda.
  • 9 años de prisión para Mirta Condotto, quien cumple prisión domiciliaria.
  • 8 años y 6 meses para Germán Garetto.
  • 7 años y 6 meses para Myriam Bravo.
  • 6 años y 6 meses para Gabriel Ullman.
  • 5 años para Carolina Schaberger y Carlos Ciancia.
  • 4 años para Cristian Francetti y Cristian Clementz.

Además, el Ministerio Público de la Acusación solicitó una multa de $90.000 para cada imputado y el decomiso de los bienes que permanecen cautelados en el expediente.

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Apelarán la prisión preventiva de uno de los acusados por el crimen del niño Zamir Torres en Frontera

La Justicia de Rafaela realiza este miércoles una audiencia para analizar el pedido de apelación presentado por la defensa de Thiago Medrano, uno de los imputados por el homicidio de Zamir Torres, el niño de cuatro años asesinado durante un ataque a balazos ocurrido en Frontera en julio de 2025.

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Foto: apelación prisión preventiva acusado Zamir Torres

La audiencia comenzó a las 10 de la mañana en la Sala Nº 4 de los Tribunales de Rafaela y será presidida por el juez de Segunda Instancia, Matías Drivet.

El planteo fue presentado por el abogado defensor Darío Schurrer, quien solicitó revisar la prisión preventiva que pesa sobre Thiago Medrano.

El crimen que conmocionó a Frontera

Medrano está imputado por los delitos de homicidio doloso calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por el uso de arma de fuego, además de homicidio doloso calificado en grado de tentativa.

El hecho ocurrió el 9 de julio de 2025 en la ciudad de Frontera, cuando Zamir Torres, de apenas cuatro años, viajaba en un automóvil junto a su madre y su padrastro, Brian Martínez.

Según la investigación, otro vehículo interceptó al automóvil familiar y sus ocupantes abrieron fuego. Uno de los disparos impactó en el niño, quien falleció, mientras que Martínez sufrió graves heridas.

La principal hipótesis de los investigadores sostiene que el ataque estaba dirigido contra el padrastro del menor y estaría relacionado con una venganza vinculada al narcotráfico, aunque esa versión fue rechazada por la familia de la víctima.

Cinco personas imputadas

La causa ya cuenta con cinco personas imputadas por el crimen.

El pasado 26 de junio, la Justicia dictó la prisión preventiva para Samuel Elías Reyes y Santiago Benavídez, mientras que Brenda Ruiz Díaz recuperó la libertad bajo estrictas medidas alternativas.

Entre las restricciones impuestas a la mujer se encuentran la prohibición de ingresar a Frontera, acercarse a víctimas y testigos, portar armas de fuego y la obligación de presentarse semanalmente en una dependencia policial.

Actualmente, los imputados son Thiago Medrano, Matías Escobedo, Samuel Elías Reyes, Santiago Benavídez y Brenda Ruiz Díaz. Los cuatro hombres permanecen detenidos, mientras que la mujer continúa vinculada al proceso judicial en libertad.

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La Justicia de EE.UU. ratificó la condena contra Argentina por la expropiación de Aerolíneas: deberá pagar casi US$390 millones

La Corte de Apelaciones de Columbia rechazó el recurso presentado por el Estado argentino y confirmó el fallo derivado de la expropiación de Aerolíneas Argentinas. La deuda supera actualmente los US$390 millones con intereses.

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Foto: El Tribunal de Columbia falló en contra del país y lo obligó a pagar ese monto al fondo Titan Consortium.

La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Estados Unidos, confirmó la condena contra la República Argentina en el juicio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral, ocurrida en 2008. La decisión obliga al Estado nacional a afrontar un pago cercano a US$390 millones, incluyendo los intereses acumulados.

El fallo desestimó la apelación presentada por Argentina en el litigio impulsado por el fondo de inversión Titan Consortium, actual titular de los derechos para reclamar la indemnización establecida por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).

La condena supera los US$390 millones

El conflicto judicial se originó tras la estatización de Aerolíneas Argentinas durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.

En 2017, el Ciadi determinó que Argentina debía pagar más de US$320 millones, además de honorarios legales e intereses. Con el paso del tiempo, el monto actualizado asciende a unos US$390 millones.

El demandante original fue el grupo español Marsans, que controlaba Aerolíneas Argentinas y Austral antes de la expropiación. Posteriormente, los derechos del litigio fueron transferidos a Burford Capital y luego al fondo Titan Consortium, que actualmente impulsa el cobro.

La Procuración analiza nuevas medidas

Tras conocerse la resolución, la Procuración del Tesoro de la Nación informó que se encuentra evaluando las alternativas legales disponibles para intentar revertir la decisión o reducir su impacto económico.

Además, señaló que el proceso judicial se originó por decisiones adoptadas hace casi dos décadas y recordó que la actual administración recibió litigios internacionales con reclamos millonarios contra el Estado argentino.

Podrían avanzar sobre activos argentinos

Como el Ciadi no posee mecanismos propios para ejecutar sus sentencias, el fondo acreedor deberá continuar el proceso ante tribunales estadounidenses para intentar cobrar la indemnización.

En ese contexto, Titan Consortium busca autorización para identificar y embargar activos argentinos en Estados Unidos. Entre los bienes que aparecen bajo análisis se encuentran las garantías de los históricos Bonos Brady, depositadas en la Reserva Federal de Nueva York.

Con esta decisión, la Justicia estadounidense confirmó la validez del fallo de primera instancia y mantuvo vigente el reconocimiento del laudo arbitral emitido por el Ciadi.

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