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Los fiscales apelaron el arresto domiciliario de Cristina Kirchner: insisten en que vaya a una cárcel común

Diego Luciani y Sergio Mola, acusadores en el caso Vialidad, no aceptan la prisión de la expresidenta en su casa.

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Foto: Ahora decidirá la Cámara Federal de Casación Penal.

Los fiscales apelaron el arresto domiciliario de Cristina Kirchner: insisten en que vaya a una cárcel común Cristina Kirchner presa por corrupción, en su domicilio. Foto: Juano Tesone.

Sin moverse de su criterio inicial, el fiscal general Diego Luciani insistió en que Cristina Kirchner debe cumplir la condena por corrupción adjudicada en el caso Vialidad, en una dependencia del Servicio Penitenciario Federal. Ahora, será la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal la que resolverá si la ex vice, continúa o no con el beneficio del arresto en su departamento porteño de la calle San José 1111.

«Es necesario que el tribunal de Casación declare que no existe impedimento real alguno para que Fernández cumpla intramuros la pena que se le impuso», sostiene el dictamen fiscal.

En relación a ese primer planteo, señalaron que la situación de Cristina, «no difiere en nada de la de los otros ocho condenados en este proceso, que se han presentado a cumplir la pena y fueron alojados en diferentes dependencias del Servicio Penitenciario Federal».

Por eso, Luciani y Mola entendieron que la expresidenta tiene una situación privilegiada, «anómala», que termina convalidando «una prerrogativa contraria a la igualdad ante la ley, que asume la forma de un privilegio indebido para la señora Fernández en desmedro de los demás condenados en esta causa».

Mientras el abogado de la ex presidenta, Carlos Beraldi, se opuso a las restricciones impuestas por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) sobre las visitas que puede ingresar al departamento del barrio de Constitución, como también a la colocación de la tobillera electrónica a su defendida, el Ministerio Público Fiscal sumó otra discusión: el arresto domiciliario.

Hace dos semanas, el TOF 2 ordenó la detención de Cristina Kirchner en cumplimiento de la sentencia condenatoria del caso Vialidad. La justicia le atribuyó el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. Dicha estructura de corrupción ocasionó un daño de 85.000 millones de pesos y la pena a cumplir es de seis años de cárcel.

Los jueces del TOF 2, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, le concedieron a la exmandataria el beneficio del arresto domiciliario, al entender que en una dependencia del Servicio Penitenciario Federal era complejo garantizar la plena seguridad de una ex jefa de Estado.

Fue ese el argumento principal por el cual hace dos semanas Cristina cumple la condena en su departamento de San José 1111, bajo reglas de comportamiento impuestas por el TOF 2 cuyo cumplimiento se volcará en un informe trimestral. También se la monitorea a través de una tobillera electrónica.

En el dictamen al que accedió Clarín, los fiscales sostuvieron este lunes que “jamás existieron motivos reales para apartarse de lo que constituye una clara regla del Código Penal y de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad: la pena de prisión debe cumplirse dentro de un establecimiento penitenciario”.

En especial, continuaron argumentando Luciani y Mola, “si se tiene en cuenta que los jueces contaron, antes de resolver, con una gama de posibilidades viables para cumplir esa regla –tal como consta en la información reservada que el Ministerio de Seguridad de la Nación elevó a ese estrado».

En un planteo anterior, ya había manifestado que el Ministerio de Seguridad, de quien dependen el SPF, había informado que estaban dadas las condiciones de seguridad para alojar en alguna de sus dependencias a Cristina Kirchner.

Sobre ese aspecto la fiscalía indicó: «No se advierten razones humanitarias que justifiquen conceder una medida excepcional como lo es la prisión domiciliaria».

La privación de la libertad en un establecimiento carcelario, añadieron los fiscales, «no supone, por sí misma, un menoscabo de la vida o la integridad de Fernández». Además, recordaron que la razón contemplada por el Tribunal para conceder el arresto domiciliario había sido reclamada por el abogado de Cristina «y fue debidamente evaluada por esta fiscalía general en el dictamen que propició el rechazo”.

La fiscalía entiende que, «para acceder al instituto de la prisión domiciliaria, además de verificarse la condición etaria, debe constatarse que la permanencia en detención carcelaria implica brindar al detenido un trato indigno, inhumano, cruel o que agrava su salud”. Nada de eso ocurriría con la expresidenta.

El comportamiento de CFK

Un punto criticado por el Ministerio Público Fiscal es que los jueces «dejaron prácticamente en cabeza de la propia persona condenada la definición de los alcances de las reglas» de la prisión domiciliaria.

En uno de los tramos más duros de su dictamen, los fiscales advirtieron que «venimos observando cómo, pese a que han transcurrido pocos días desde que se inauguró esta modalidad morigerada del cumplimiento de la pena, la señora Fernández y su defensa no han hecho más que aprovechar a diario el margen de indefinición judicial que se les otorgó, para emitir constantes afrentas contra los propios jueces y magistrado».

Por eso, «solo podemos resaltar que la presente prisión domiciliaria ha desbaratado las expectativas de este Ministerio Público Fiscal, en cuanto garante de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad con respecto al fiel cumplimiento de los fines de la pena (resocialización, readaptación o reinserción)».

Afectación a los vecinos

Luciani y Mola mencionaron un informe del Gobierno porteño que habla sobre la zona estratégica del barrio Constitución, donde se encuentra el departamento en el que se aloja Cristina, con «una alta concentración vehicular y peatonal».

Pero sobre todo, los fiscales dijeron que los informes técnicos elaborados por distintas áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires «evidenciaban afectaciones graves y sostenidas como resultado de la prisión domiciliaria» de la exvice.

Un beneficio sin fundamento

Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, tampoco se justificaba la prisión domiciliaria para preservar mejor la seguridad personal de Cristina. Según los jueces, resultaba “dificultoso” cuidarla en un establecimiento especialmente preparado para ello. «Nada más alejado de la realidad”, dictaminaron Luciani y Mola.

En primer lugar, es innegable que, en general, el “alojamiento individual”, lejos de producirle un perjuicio al interno, constituye una condición beneficiosa respecto del resto de la población carcelaria”.

Para Luciani y Mola, el tribunal de ejecución ha “tergiversado el sentido de lo que debe entenderse por “alojamiento individual” y lo ha equiparado a lo que sería un aislamiento provisional, que, como sanción por hechos graves, se impone a toda persona privada de su libertad en un establecimiento carcelario, consistente en limitar su contacto con el resto de la población carcelaria”.

Los fiscales recordaron que en una cárcel común «se establece en forma expresa el derecho de la persona condenada a estar informada de los sucesos de la vida nacional e internacional por los medios de comunicación social, las publicaciones o las emisiones especiales permitidas».

En suma, se determina que se «prestará asistencia moral y material al interno y, en la medida de lo posible, amparo a su familia».

Por todo ello, Luciani y Mola entienden que nada de todo eso se ve alterado ni menoscabado «por el solo hecho de que el interno se encuentre alojado de manera individual, o bien en un pabellón común».

Calificaron, en consecuencia, de «intrincado el razonamiento» del TOF 2 a través del cual se otorgó el arresto domiciliario a la ex Presidenta. «Ese criterio encierra una falacia clara y evidente. Como ya dijimos y fundamentamos, el “alojamiento individual” de ninguna manera puede implicar un “aislamiento” por sí mismo».

Para sostener esta crítica, recordaron que el Ministerio de Seguridad Nacional, en sentido «diametralmente opuesto a lo que luego resolvieron los jueces, había manifestado que sí existían locaciones bajo la esfera de esa cartera aptas para alojar a Fernández mitigando todo tipo de riesgo o vulneración del entorno de seguridad de la expresidenta y ofreciéndole un entorno controlado y alejado de posibles concentraciones masivas o conglomerados de individuos en el exterior de la edificación».

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Tiene prohibido entrar a Sunchales

El día martes 23 de septiembre, en la Sala 2 de la Oficina de Gestión Judicial de Rafaela, se llevó adelante una nueva audiencia de prisión preventiva contra un imputado por el delito de hurto simple.

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Se trata de Raúl Osmar Machado, imputado por el delito de hurto simple. La audiencia fue presidida por el juez Javier Carlos Bottero, con la participación del fiscal Juan Manuel Puig, los defensores Andrés Alberto Colón y José María Silvela, y el propio imputado, quien se encontraba detenido en la Alcaidía URV.

Durante la instancia, el fiscal y la defensa acordaron la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva, lo que fue convalidado por el juez. En consecuencia, Machado quedó en libertad con las siguientes condiciones:

Fijar domicilio en Rafaela.
Designación de guardadora a su hermana
Comparecer semanalmente en la comisaría correspondiente.
Prohibición de cometer nuevos delitos.
Prohibición de ingresar a la ciudad de Sunchales.
Con esta resolución, el imputado seguirá el proceso judicial en libertad, aunque bajo un estricto control judicial y territorial.

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Caso Aralí: elevan a juicio a los tres acusados por el brutal asesinato de la menor

La Justicia confirmó que la investigación por el crimen de la Aralí Vivas (8 años) llegó a su fin y la causa será elevada a juicio.

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El fiscal de Instrucción de Morteros, Dr. Francisco Payges, informó que fueron citados a juicio Matías Ezequiel Simeone y Cristian Hernán Varela, imputados por homicidio criminis causa, y Rocío Milagros Rauch, acusada de homicidio calificado por el vínculo (omisión de cuidado).

La acusación es de extrema gravedad: abuso sexual agravado con acceso carnal y reiteración de hechos, homicidio criminis causa y, en el caso de uno de los hombres, incendio intencional de la vivienda.

“El crimen de Aralí nos golpea como sociedad y debe obligarnos a reflexionar a todos”, remarcó el fiscal Payges.

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Prisión preventiva para un sujeto que robó y atacó a una persona en Sunchales

A Luis Alejandro Zanetti, de Sunchales, se le dictaminó la prisión preventiva por un plazo de 30 días tras ser imputado por robo y hurto en hechos ocurridos el 16 de septiembre en Sunchales. La medida fue dictada por el juez Gustavo Bumaguín luego de la solicitud del fiscal Juan Manuel Puig, quien destacó que los hechos endilgados estaban probados y que el imputado podría fugarse o entorpecer la causa, además de recordar que Zanetti tiene otra causa abierta por delitos en Sunchales.

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El episodio comenzó cuando Zanetti ingresó sin autorización al domicilio de calle Viotti. Según la víctima, el imputado golpeó las manos pidiendo cortar el césped y, ante la negativa de ofrecerle trabajo, reaccionó violentamente con un golpe de puño y forcejeó con palos de escoba. Zanetti continuó agrediéndolo verbalmente y luego regresó para sustraer un pico-martillo, arrojando piedras contra la víctima durante la acción. Posteriormente, el imputado sustrajo una mochila y una campera que estaban en la casa de al lado, dándose luego a la fuga en una bicicleta verde.

Durante la audiencia, la víctima expresó temor de que Zanetti recupere la libertad, reforzando el argumento del fiscal sobre el riesgo de fuga y la posibilidad de entorpecer la investigación.

Desde la defensa, a cargo del Dr. Adrián Roca, se argumentó que los delitos imputados tenían baja pena, que la situación se produjo en el marco de una discusión que no inició su defendido y que el imputado posee problemas de salud mental vinculados a adicciones. Propuso medidas alternativas a la prisión preventiva, como que sea recibido por familiares en otras localidades, aunque no se presentó una vivienda concreta, sino solo posibilidades de alojamiento.Comprar vitaminas y suplementos

Finalmente, el juez Bumaguín dictó la prisión preventiva por 30 días dada la baja expectativa de pena de los delitos imputados, agregando que podría revisarse la medida si la defensa consigue que un familiar fuera de Sunchales se haga cargo del imputado.

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