Judicial
Prisión preventiva a un sunchalense por Robo y amenazas
Lo decidió el Juez de la IPP Javier Bottero haciendo lugar a lo requerido por el fiscal Guillermo Loyola. La medida fue adoptada por el término de 60 días.
En horas de la mañana de este lunes y mediante la aplicación Zoom, se desarrolló una audiencia de medidas cautelares presidida por el Juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Javier Bottero y solicitada por el fiscal Guillermo Loyola, quien acusó a Leandro R., alías Pitío, de 33 años de edad, nacido en Rosario pero ahora afincado en la ciudad de Sunchales, de los delitos de Robo y amenazas, hecho ocurrido el pasado 30 de octubre en una vivienda de calle Joaquín V. González de la vecina población.
Tras las presentaciones correspondientes tomó la palabra el representante del MPA quien anticipó que iba a solicitar la prisión preventiva sin plazos del encartado al entender que se cumplimentaban los tres incisos del Art. 220 del Código Procesal Penal que hacen referencia a la responsabilidad del acusado en el delito investigado; que la pena en expectativa sea de cumplimiento efectivo en caso de ser condenado (y ésto seráasí ya que el sujeto tiene condenas anteriores y además la última vez que lo dejaron preso lo declararon reincidente); y que exista riesgo de fuga o de entorpecimiento probatorio). Luego Loyola relató lo que presumiblemente ocurrió ese día 30 de octubre de 2024 alrededor de las 10 de la mañana donde el acusado -que es representado legalmente por el Dr. Aníbal Caula del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal- ingresó a la vivienda de calle Joaquín V. González tras forzar aberturas y aprovechando que no había gente en la propiedad se llevó, entre otras cosas, un disco externo, un pen drive, un televisor de 40 pulgadas, auriculares inalámbricos, dos celulares, frazadas, varios anillos y cadenas. Destacó también que al momento de ser aprehendido por personal policial, el sujeto lanzó severas amenazas contra los uniformados y también contra las víctimas al mencionar que les iba a prender fuego a los móviles y también la casa de las personas que lo habían denunciado.
También hizo referencia el fiscal a las condenas anteriores de Leandro R. y aunque no hubo muchas precisiones respecto del riesgo de fuga, sí entendió Loyola que podía haber entorpecimiento probatorio toda vez que el sujeto vive a pocas cuadras de la casa de las víctimas y ya profirió serias amenazas no sólo contra el personal policial, sino también con las personas que sufrieron el ilícito.
El defensor
A su turno el Defensor público Aníbal Caula señaló que en realidad nadie había observado al imputado entrando y saliendo de la vivienda asaltada y que sólo había comentarios pero sin demasiados asideros respecto de que ‘Pitío? había estado ofreciendo a la venta elementos que había sustraído desde la vivienda de calle Joaquín V. González, por lo que solicitó que se le otorgara la libertad bajo el cumplimiento de medidas alternativas.
El Juez
Finalmente el magistrado -tras dar las explicaciones correspondientes y fundamentando cada una de las circunstancias que rodearon el hecho, decidió aplicar una prisión preventiva con plazo, por el término de sesenta días, instando al fiscal a profundizar la investigación y a obtener relatos certeros respecto de las personas a las que ‘Pitío? le habría ofrecido venderle las cosas que había robado, aún cuando éstos fueran menores de edad.
Fuente: Castellanos
Judicial
⚖️ Justicia en Sunchales: juez rechaza prisión preventiva para dos jóvenes acusados de robo
En los Tribunales de Rafaela, el juez Javier Bottero resolvió que Lucas M (21) y Valentín J (19) quedaron en libertad bajo medidas alternativas, al considerar que las pruebas presentadas por la fiscalía son insuficientes para justificar la prisión preventiva en el caso de un robo calificado en Sunchales.
🕵️♂️ Los hechos imputados
Robo en despensa: Durante la madrugada, M. y J. habrían ingresado a una despensa en calle Juan B. Justo al 1200, junto a otros tres individuos no detenidos, sustrayendo una caja registradora, bebidas y alimentos.
- Hurto de fernet: A J. también se le atribuyó un segundo episodio, alrededor del mediodía del último sábado, al sustraer dos botellas de fernet de un supermercado, siendo interceptado con una de ellas.
La fiscalía solicitó prisión preventiva apoyándose en videos de comercios cercanos y declaraciones de testigos, argumentando que se trataba de un robo cometido “en poblado y en banda”.
⚖️ Defensa y argumentos del juez
La abogada Amalia Cassina cuestionó la solidez de las pruebas:
- Las cámaras de seguridad no permiten identificación clara.
- La vinculación de J. con el robo se basaba solo en que vestía una camiseta de Boca, prenda de uso masivo.
- No se observaba coordinación estructurada que evidenciara la existencia de una banda organizada.
- Ambos imputados no cuentan con antecedentes condenatorios firmes.
Tras evaluar los argumentos, el juez concluyó que no existían riesgos procesales suficientes ni expectativa de pena que justificara la prisión preventiva, y dispuso libertad con medidas alternativas:
- Fijación de domicilio
- Presentación mensual ante la autoridad
- Prohibición de acercamiento a víctimas o testigos
La investigación seguirá su curso para identificar a los demás presuntos involucrados y recopilar nuevas pruebas.
Por Móvil Quique
Judicial
⚖️ Condenaron a Nicolás Mattioli por la muerte de una ciclista en Santo Tomé
El cantante Nicolás Mattioli fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por el homicidio culposo de Claudia Laura Decurgez, la mujer que falleció tras ser atropellada en septiembre de 2024 en la ciudad de Santo Tomé.
La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado, instancia en la que el imputado reconoció su responsabilidad en el hecho.
🚗 El hecho que terminó en tragedia
El siniestro ocurrió en la mañana del 21 de septiembre de 2024, cuando la víctima circulaba en bicicleta por Santo Tomé y fue embestida por la camioneta conducida por el artista.
Producto del fuerte impacto, la mujer perdió la vida, lo que derivó en la imputación y posterior proceso judicial.
📜 Qué establece la condena
La audiencia fue presidida por la jueza penal Susana Luna, con acuerdo entre fiscalía, querella y defensa.
El fallo determina:
- ⚖️ Tres años de prisión condicional
- 🚫 Siete años de inhabilitación para conducir vehículos
Cabe recordar que previamente la fiscalía y la querella habían rechazado un pedido de probation presentado por la defensa, lo que finalmente llevó a la realización del juicio abreviado y a la condena confirmada este martes.
La causa sigue generando repercusión en la región.
Noticia en desarrollo.
Por Móvil Quique con información de Infor Mate
Judicial
🔴 Condena ejemplar en Rafaela: 10 años de prisión por violencia de género y abuso sexual
Un hombre de 45 años, identificado como José Francisco Strauss, fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos cometidos en un contexto de violencia de género contra quien era su pareja en la ciudad de Rafaela.
Un hombre de 45 años, identificado como José Francisco Strauss, fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos cometidos en un contexto de violencia de género contra quien era su pareja en la ciudad de Rafaela.
La sentencia fue dictada tras un juicio oral que finalizó este mediodía en los tribunales rafaelinos. La investigación y acusación estuvieron a cargo de la fiscal Gabriela Lema, integrante del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
El juez del debate fue Juan Gabriel Peralta.
⚖️ Los hechos
Según detalló la fiscal, los hechos ocurrieron el 28 de febrero de 2024 por la tarde, en la vivienda que la pareja compartía.
Durante una discusión, el ahora condenado:
- Golpeó a la víctima con puños, cachetadas y puntapiés, incluso en la cabeza.
- Le provocó lesiones graves.
- Continuó la agresión durante la noche.
- A la mañana siguiente, la abusó sexualmente.
Cerca de las 8, la obligó a salir de la casa y siguió agrediéndola en la vereda hasta que vecinos intervinieron para frenar la situación.
📌 La condena
Strauss fue hallado autor de:
- Abuso sexual con acceso carnal.
- Lesiones graves dolosas calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género.
Tras conocerse el veredicto, la fiscal Lema manifestó su conformidad con la sentencia y valoró que el tribunal haya impuesto la pena solicitada por la acusación.
La condena es de cumplimiento efectivo, lo que implica que el condenado deberá cumplir la pena en prisión.
Por Móvil Quique con información de Diario Castellanos
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