Judicial
Prisión preventiva de un hombre al que se investiga por circular en auto por Rafaela con dos armas de fuego de guerra
La medida cautelar fue solicitada por el fiscal Martín Castellano e impuesta por el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia realizada ayer. El imputado tiene 19 años, sus iniciales son CBM y también es investigado por intentar escaparse de la policía. Además, está imputado en otra investigación por ilícitos cometidos el pasado, en el marco de la cual se le habían impuesto normas de conducta, las que incumplió.
Quedó en prisión preventiva un hombre de 19 años al que se investiga por circular en auto por Rafaela con dos armas de fuego de guerra. La medida cautelar fue solicitada por el fiscal Martín Castellano e impuesta por el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia que se llevó a cabo ayer en los tribunales rafaelinos.
“El juez tuvo por acreditados los hechos que atribuimos desde la Fiscalía y también la autoría de esos ilícitos por parte del imputado, cuyas iniciales son CBM”, valoró el fiscal Castellano.
Los hechos
Los ilícitos que se le atribuyen al imputado fueron cometidos entre la 1:30 y las 2:00 de la madrugada del domingo pasado.
“Junto con otras tres personas, circuló en un auto por las calles de Rafaela con dos armas de fuego que estaban cargadas y en condiciones de uso inmediato, y para las cuales no tenía la autorización legal correspondiente para portar”, planteó Castellano. “Se trata de una pistola calibre 9 milímetros con el número de serie suprimido, y un revólver calibre 357 Magnum, los que fueron secuestrados por la policía”, precisó el fiscal.
Castellano relató que “a raíz de un llamado al 911, personal policial de la Agencia de Investigación Criminal comenzó una persecución del vehículo en el que iba el imputado y las otras tres personas” y añadió que “los siguieron por las calles Estrada y Córdoba, Estrada y Beltramino y Obligado y Mosconi”.
“A pesar de haber dado la voz de alto, el imputado y los otros ocupantes del auto no detuvieron la marcha”, remarcó el fiscal. “Recién lo hicieron unos minutos después sobre la vereda de calle Mosconi al 600, donde se bajaron y escaparon en distintas direcciones”, indicó.
En relación al imputado, Castellano detalló que “escapó corriendo por la vereda hacia el norte, se trepó a la pared de una casa ubicada en Mosconi al 610, saltó y se subió a los techos de otras viviendas hasta que fue detenido en un casa ubicada en calle Oliber al 1.500”.
El fiscal del MPA también se refirió a las armas que portaba el imputado y señaló que “fueron encontradas entre las plantas del patio de una de las viviendas por las que había pasado mientras escapaba”. Además, informó que “en uno de los bolsillos del pantalón del imputado se secuestró un cartucho calibre 9 milímetros, mientras que en el vehículo que abandonaron se encontró una caja de balas con 42 cartuchos intactos de calibre 357 Magnum y un teléfono celular marca Samsung”
Investigación
“El magistrado consideró suficientes los elementos recolectados en relación a la portación en la vía pública de dos armas de fuego y en relación a su intento de escapar de la policía”, valoró el fiscal. “Además, entendió que la pena establecida para los delitos atribuidos, es de cumplimiento efectivo”, agregó.
En cuanto a los riesgos procesales, Castellano dijo que “en su resolución, el juez valoró la magnitud y el modo de cumplimiento de la pena en expectativa, a lo que se agrega la actitud evasiva del imputado que intentó darse a la fuga”. Además, sostuvo que “el hombre investigado no tiene arraigo suficiente y recordó que hace menos de un mes se le impusieron medidas alternativas a la prisión preventiva en el marco de otra investigación penal, las que no cumplió”.
“Por último, el magistrado también sostuvo que en caso de que el imputado quedara en libertad, se podría frustrar el éxito de la investigación en torno a otras personas que podrían ser imputadas”, concluyó el fiscal del MPA.
Calificación penal
De acuerdo con la atribución delictiva realizada por el fiscal Castellano, al imputado se lo investiga por la autoría de los delitos de portación indebida de armas de fuego de guerra en forma reiterada, desobediencia y violación de domicilio particular.
Oficina de Prensa y Difusión MPA
Judicial
Un padre deberá indemnizar con $65 millones a su hija por no haberla reconocido durante más de 20 años
Una cámara de apelaciones confirmó la condena contra un hombre que deberá pagar una indemnización de 65 millones de pesos, más intereses, a su hija por los daños ocasionados tras negarse a reconocer legalmente el vínculo filial durante más de dos décadas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la sentencia al considerar acreditado que el demandado conocía la existencia de su hija desde 2004, pero no avanzó con su reconocimiento.
La demanda fue impulsada por la hija
La causa fue iniciada por una mujer, actualmente de 37 años, quien reclamó una reparación económica por los daños morales, psicológicos y patrimoniales sufridos como consecuencia de no haber sido reconocida por su padre durante gran parte de su vida.
El reconocimiento de la filiación se concretó recién en 2022, a través de una sentencia dictada en un proceso judicial anterior.
La Justicia confirmó la responsabilidad del padre
En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización compuesta por:
- $30 millones por daño moral.
- $15 millones por daño psíquico y tratamiento psicológico.
- $20 millones por perjuicio material.
A ese monto se le suman los intereses calculados desde diciembre de 2004, fecha en la que la Justicia consideró que el hombre ya tenía conocimiento del vínculo filial.
La apelación fue rechazada
El demandado apeló la sentencia y aseguró que recién tomó conocimiento del embarazo y del nacimiento de su hija en 2017. También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que la mujer demoró varios años en iniciar el reclamo judicial.
Sin embargo, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó esos argumentos y concluyó que las pruebas reunidas en el expediente demostraban que el padre conocía, o debía conocer, la existencia de su hija desde 2004.
Para llegar a esa conclusión, los jueces analizaron declaraciones testimoniales, registros migratorios y documentación médica incorporada a la causa.
El impacto emocional fue determinante
En la resolución, el tribunal también valoró la historia clínica de la demandante, donde quedaron documentadas las consecuencias emocionales derivadas de la ausencia de la figura paterna.
Entre otros aspectos, se destacaron episodios de ansiedad y el deseo permanente de establecer un vínculo con la familia de su padre.
Finalmente, los magistrados entendieron que el hombre no presentó pruebas suficientes que permitieran desvirtuar la responsabilidad atribuida y confirmaron íntegramente la condena.
Con información de TN
Judicial
Confirman la condena de 23 años de prisión por el crimen de Gonzalo Riatto en Lehmann
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 23 años de prisión para Miguel Ángel Spahn, hallado culpable del homicidio de Gonzalo Andrés Riatto, ocurrido en 2023 en la localidad de Lehmann, departamento Castellanos.
La resolución quedó firme en segunda instancia tras el rechazo del recurso presentado por la defensa.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Sergio Alvira, Cristian Fiz y Fabio Mudry, quienes ratificaron la sentencia dictada durante el juicio oral realizado en septiembre de 2025.
La Cámara rechazó el planteo de la defensa
La investigación fue llevada adelante por el fiscal Martín Castellano, de la Unidad Fiscal Especial Homicidios de la Fiscalía Regional 5.
Según explicó el fiscal, los camaristas consideraron que la pena impuesta está debidamente fundamentada, resulta razonable y es proporcional a la gravedad del delito.
Además, sostuvieron que la defensa no logró demostrar irregularidades en la sentencia y que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración realizada por el tribunal respecto de las circunstancias agravantes y atenuantes.
Los fundamentos de la condena
En la resolución, los jueces remarcaron la extrema gravedad del homicidio, al quedar acreditado que Spahn persiguió a la víctima mientras intentaba escapar y refugiarse, hasta atacarla con múltiples puñaladas.
También tuvieron en cuenta la persistencia del ataque, la violencia ejercida y el fuerte impacto que el crimen provocó en la familia de Gonzalo Riatto.
Rechazaron un nuevo estudio de salud mental
La Cámara también desestimó el pedido de la defensa para realizar una nueva junta médica destinada a evaluar la salud mental del condenado.
Los magistrados entendieron que ese planteo ya había sido resuelto en instancias anteriores y que no existían nuevos elementos que justificaran reabrir la discusión.
Por otra parte, resolvieron remitir el registro audiovisual de la audiencia de apelación al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la 5ª Circunscripción Judicial, para que evalúe expresiones realizadas por la defensa sobre una supuesta influencia del contexto político y social en la determinación de la pena.
Con esta resolución, Miguel Ángel Spahn mantiene la condena de 23 años de prisión como autor del delito de homicidio simple.
Judicial
La Justicia suspendió la venta de SanCor y frenó el proceso de licitación de sus activos
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral resolvió suspender el proceso de venta de los activos de SanCor tras admitir un recurso presentado por el fideicomiso acreedor Fidulac S.A..
La medida paraliza la licitación hasta que se analicen los cuestionamientos sobre el procedimiento aprobado para la liquidación de la histórica cooperativa láctea.
La licitación quedó suspendida
La Sala II de la Cámara de Apelación de la Quinta Circunscripción Judicial concedió la apelación con efecto suspensivo, dejando sin efecto, de manera provisoria, el pliego de bases y condiciones y el cronograma establecido para la venta de los bienes de SanCor.
En la práctica, esto significa que el proceso de licitación queda detenido hasta que el tribunal resuelva si el mecanismo diseñado para la liquidación se ajusta a la legislación vigente.
Los cuestionamientos de Fidulac
El recurso fue impulsado por Fidulac S.A., fideicomiso acreedor presidido por Gustavo Scaglione, que sostiene que la venta por separado de los activos perjudica el valor de la empresa.
Entre las principales objeciones, el fideicomiso planteó:
- La fragmentación de la empresa, al vender marcas, plantas industriales y otros activos por separado.
- Presuntas irregularidades en la elaboración del pliego licitatorio.
- La supuesta falta de participación efectiva del Comité de Acreedores.
- Observaciones sobre la actuación de la sindicatura.
- Cuestionamientos a la valuación utilizada para establecer el precio base de los activos.
Según el planteo, la empresa como unidad productiva tendría un mayor valor económico que la suma de sus partes, además de ofrecer mayores posibilidades de preservar la actividad y las fuentes de trabajo.
Qué resolvió la Cámara
Hasta ahora, esos argumentos no habían sido analizados porque el juez de primera instancia, Marcelo Gelcich, había rechazado el recurso por una cuestión formal relacionada con la representación de Fidulac.
Sin embargo, la Cámara entendió que tanto el presidente del fideicomiso como su abogado acreditaron correctamente la representación legal y resolvió habilitar el tratamiento de la apelación.
Además, los camaristas señalaron que la aprobación del pliego constituye una decisión de gran trascendencia, ya que define el mecanismo y los valores para la venta de los activos, con posibles consecuencias irreversibles para el futuro de la cooperativa.
Qué puede ocurrir ahora
La Cámara todavía no se pronunció sobre el fondo del conflicto. En esta instancia únicamente decidió que los cuestionamientos deben analizarse antes de continuar con la liquidación.
Mientras tanto, la venta de los activos de SanCor permanecerá suspendida hasta que el tribunal determine si corresponde mantener el procedimiento vigente o introducir modificaciones.
Los bienes de la cooperativa fueron valuados judicialmente en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a las marcas y otros activos intangibles, que despertaron el interés de distintos grupos empresarios.
Con información de Conclusión
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