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Rafaela: Condenaron a un hombre a pagar 300 mil pesos a su expareja

Una mujer inició una demanda luego de finalizar una convivencia de 21 años con un hombre. Ella tenía 16 años en el inicio de la relación y luego se dedicó al cuidado del hogar y los hijos. La Sala II de la Cámara Civil, Comercial y Laboral de Rafaela ordenó al demandado a pagar una compensación de 300 mil pesos.

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Foto: Jueza Ma. José Alvarez Tremea

La Sala II de Cámara Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, integrada por los Dres. Ma. José Alvarez Tremea, Duilio Hail y Pablo Lorenzetti, revocó una sentencia de primera instancia en que se había rechazado una demanda de compensación económica promovida por una mujer luego de 21 años de convivencia. En el fallo se ordena al hombre que, luego de terminar la relación de pareja, echó a la mujer de su casa, a pagar la suma de 300 mil pesos.

De acuerdo al expediente, la unión convivencial entre los involucrados se inició cuando la actora tenía 16 años, y desde entonces se dedicó al cuidado del hogar y la familia aunque luego abrió y atendió un pequeño kiosco en la misma casa.

En un extracto de la sentencia, la Dra. Alvarez Tremea señaló que «el motivo había sido haber transcurrido entre el cese de la convivencia y el reclamo, el plazo de caducidad de tres meses, contados desde el día de cese de la convivencia para lo cual la jueza de grado tomó el día en que la mujer realizó la denuncia contra el hoy demandado por hechos de violencia de género, motivando una medida cautelar de exclusión del hogar».

El fundamento de la revocación de este fallo por parte de la Sala II fue que el cómputo del plazo de caducidad fue efectuado sin valorar la situación particular de la mujer afectada por violencia de género. «El rechazo de la demanda por caducidad habiendo omitido considerar los efectos de la violencia de género, no solo afecta derechos patrimoniales sino que lesiona principios fundamentales de la mujer como la igualdad, la no discriminación y la tutela judicial efectiva», subraya.

En los argumentos para revocar el fallo de primera instancia, la Sala II señala que «la jueza de grado, al conferir a la exclusión ordenada como medida de protección de la integridad psicofísica de la mujer los efectos de un cese voluntario de la convivencia, realizó una interpretación de las normas en juego que llevó a un resultado caracterizado por la ignorancia de la situación de violencia denunciada y colocando a la mujer nuevamente en el rol de víctima, esta vez del sistema judicial, vulnerando así múltiples normas convencionales que tiene por fin garantizar el acceso a la justicia».

Asimismo, la Sala II sostuvo que «nunca el ejercicio de los mecanismos tendientes a hacer efectivo el derecho a vivir una vida libre de violencia puede acarrear como efecto perverso o no deseado la pérdida del derecho de acceso a la Justicia con el objeto de obtener la compensación que reestablezca el equilibrio patrimonial perdido por el cese de la convivencia». La medida cautelar de protección consistente en la exclusión del hogar no puede ser calificado como acto voluntario respecto del cese de la convivencia, enfatizó.

«A los fines de determinar la procedencia de la compensación económica pretendida por la mujer se tuvo en cuenta que la unión convivencial se inició cuando la actora era muy joven (16 años) y que desde entonces (y por 21 años) se dedicó al cuidado del hogar y la familia, abriendo luego un pequeño comercio que funcionaba en un inmueble del demandado y que no pudo proseguir luego del cese de la convivencia», indica en cuanto a los detalles de la causa.

En este escenario, la Sala II planteó que «la fijación de una compensación económica exige un análisis completo del cuadro que incluya una mirada hacia atrás, respecto a lo acontecido durante la convivencia, pero principalmente hacia el futuro, esto es acerca de la posibilidad de desarrollo económico de los integrantes de la pareja una vez concluida». En este caso «al proyectar las perspectivas de desarrollo económico de la Sra. A., se advierten múltiples obstáculos tales como la falta de incorporación al mercado del trabajo por el inicio de una relación convivencial a temprana edad, a lo que se agregan cuestiones de índole general que indican que las condiciones de inserción en el mercado del trabajo de las mujeres sigue siendo muy desfavorable con relación a los hombres persistiendo una notable brecha salarial».

«Por ello la Sala II entendió que la compensación económica respondía a un imperativo de justicia a los fines de conferir a la Sra. A. las herramientas indispensables para iniciar un nuevo proyecto de vida. El monto de $300.000 fue determinado por la mujer en la pretensión contenida en el escrito de demanda por lo cual el tribunal se limitó a analizar la razonabilidad del mismo realizando para ello una serie de cuantificaciones, de las que surgió que el mismo no se presentaba como excesivo», concluyó.

Fuente: La Opinión de Rafaela

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Tostado: condenaron a 27 años de prisión a un hombre por abusos sexuales contra 11 niñas

Un hombre de 67 años, identificado por sus iniciales CSB, fue condenado a 27 años de prisión por múltiples delitos contra la integridad sexual cometidos durante 41 años en Tostado, departamento Nueve de Julio.

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Foto: El hombre condenado por abusos sexuales en Tostado.

Un hombre de 67 años, identificado por sus iniciales CSB, fue condenado a 27 años de prisión por múltiples delitos contra la integridad sexual cometidos durante 41 años en Tostado, departamento Nueve de Julio.

Las víctimas fueron 11 mujeres que eran niñas al momento de los hechos: nueve pertenecían al entorno familiar del condenado y las otras dos eran vecinas. Además, fue hallado responsable por tenencia de material de abuso sexual infantil.

La sentencia por los abusos cometidos durante 41 años

La condena fue dictada por un tribunal integrado por los jueces Gustavo Bumaguin, Cecilia Álamo y José Boaglio, luego de un juicio oral realizado en los tribunales de Tostado.

La fiscal Brenda Baños, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5, estuvo a cargo de representar al Ministerio Público de la Acusación durante el debate.

La investigación también contó con la supervisión de las fiscales Carla Cerliani y Alejandra Del Río Ayala, a partir de una disposición de la Fiscal General María Cecilia Vranicich.

Tras conocerse el veredicto, Baños calificó la sentencia como histórica, especialmente porque la defensa había solicitado que los abusos sexuales fueran considerados prescriptos.

El tribunal rechazó ese planteo al considerar que, durante un período de 41 años, CSB continuó cometiendo nuevos delitos, lo que interrumpía la prescripción de los hechos anteriores.

De acuerdo con lo explicado por la fiscal, los hechos se produjeron desde que el condenado tenía 21 años hasta los 62 y habría aprovechado la confianza familiar, situaciones de convivencia y la vulnerabilidad de las víctimas.

Dónde ocurrieron los hechos

Los abusos contra nueve niñas de su entorno familiar tuvieron lugar en una vivienda donde residía el acusado, en otras dos casas y también en las instalaciones de una industria en la que trabajaba.

Además, el hombre abusó de dos niñas que eran sus vecinas, a quienes entregaba dinero después de someterlas a prácticas sexuales.

En uno de esos casos, también tomó fotografías.

También fue condenado por tenencia de material de abuso sexual infantil

La sentencia incluyó además una condena por tenencia de material de abuso sexual de las infancias.

Durante un allanamiento realizado en su domicilio, los investigadores secuestraron una computadora que contenía 12 videos y 24 fotografías con contenido sexual en los que aparecían niñas, niños y adolescentes.

Según la investigación, CSB tuvo esos archivos en su poder entre octubre de 2011 y mediados de 2024.

Los delitos incluidos en la condena

El hombre fue condenado por distintos delitos, entre ellos abuso sexual con acceso carnal, abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple, además de otros delitos contra la integridad sexual.

Las figuras contemplaron distintos agravantes vinculados con la guarda y convivencia con víctimas menores de edad.

También recibió condena por promoción de la prostitución de menores de edad agravada y promoción de la corrupción de menores agravada, además de delitos relacionados con la producción y tenencia de imágenes de menores con contenido sexual.

Por otra parte, el tribunal dispuso su absolución por un hecho de promoción de la prostitución de menores de edad agravada y por otro hecho de promoción de la prostitución de mayores de edad.

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Sunchales: dos imputados quedaron en libertad en una causa por un disparo intimidatorio

R. C., de 31 años, y O. C., de 27, fueron imputados en los Tribunales de Rafaela por su presunta participación en un episodio ocurrido el 29 de agosto. La Justicia dispuso que continúen en libertad mientras avanza la investigación.

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Foto: Tribunales de Rafaela, donde se realizó la audiencia por la causa iniciada en Sunchales.

La Justicia dispuso que continúen en libertad mientras avanza la investigación.

La causa por el disparo en Sunchales

Una causa iniciada por un hecho ocurrido durante la noche del 29 de agosto en Sunchales tuvo este miércoles una instancia importante en los Tribunales de Rafaela.

En ese marco, R. C., de 31 años, y O. C., de 27, fueron formalmente imputados por su presunta participación en un episodio en el que un tercer involucrado habría efectuado un disparo contra una mujer con la intención de intimidarla.

La defensa de ambos logró acordar con la Fiscalía medidas alternativas a la prisión preventiva, por lo que los dos imputados recuperaron la libertad mientras continúa la investigación.

Qué sostiene la Fiscalía

De acuerdo con la reconstrucción presentada por la Fiscalía, los dos imputados se trasladaban junto a un tercer hombre en un remis hacia una vivienda de Sunchales.

Según esa hipótesis, durante el trayecto el otro involucrado habría exhibido un arma calibre 32 y posteriormente efectuado un disparo en dirección a una mujer, aunque sin llegar a impactarla.

La investigación sostiene que el objetivo habría sido amedrentar a la mujer, luego de que presuntamente se negara a comercializar estupefacientes bajo las órdenes del hombre señalado como autor del disparo.

La imputación contra los dos acusados

La Fiscalía considera que R. C. y O. C. no habrían efectuado directamente el disparo, pero sí habrían realizado un aporte al accionar del tercer involucrado.

Por ese motivo, fueron imputados como partícipes secundarios de amenazas coactivas calificadas por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con abuso de arma de fuego.

La imputación no implica una condena y la investigación continuará para determinar las responsabilidades que correspondan.

La investigación continúa

La causa permanece abierta y contempla el análisis de distintos elementos incorporados al expediente.

Entre ellos se encuentran declaraciones, registros de cámaras de seguridad, comunicaciones, mensajes y material audiovisual.

Mientras se desarrolla esta etapa de la investigación, los dos imputados permanecerán en libertad bajo las medidas alternativas acordadas con la Fiscalía.

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SanCor suma $35.000 millones de deuda y la venta de sus activos sigue frenada

La histórica cooperativa láctea atraviesa un complejo escenario judicial y financiero. La sindicatura incorporó nuevas obligaciones al expediente mientras la Justicia mantiene suspendida la licitación de sus plantas y marcas.

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Foto: SanCor atraviesa un complejo proceso de quiebra con deudas crecientes y la venta de sus activos suspendida.

La histórica cooperativa láctea atraviesa un complejo escenario judicial y financiero. La sindicatura incorporó nuevas obligaciones al expediente mientras la Justicia mantiene suspendida la licitación de sus plantas y marcas.

SanCor enfrenta un nuevo aumento de su pasivo

La situación de SanCor continúa marcada por la incertidumbre en medio del proceso de quiebra. La sindicatura incorporó recientemente al expediente nuevas obligaciones por aproximadamente $35.000 millones, correspondientes al período comprendido entre la presentación del concurso preventivo y la formalización de la quiebra.

El monto surge de un informe individual actualizado y se suma al pasivo que ya arrastraba la cooperativa. Sin embargo, la cifra todavía no representa un crédito reconocido en forma definitiva, debido a que aún no existe una resolución judicial firme.

Uno de los puntos que permanece bajo revisión es la deuda con los trabajadores, buena parte de la cual corresponde a créditos con derecho a pronto pago y continúa siendo auditada.

La venta de los activos continúa paralizada

Mientras las obligaciones siguen acumulándose, la Justicia mantiene suspendida la venta de los bienes operativos de SanCor.

La decisión fue tomada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, que analiza distintos recursos y objeciones contra los pliegos de la licitación.

Entre quienes formularon planteos aparecen BAF Latam, Fidulac, ITC Fiduciaria, SMD Delong y otros acreedores.

Los cuestionamientos están relacionados, entre otros aspectos, con los criterios utilizados para establecer los valores de los activos. Uno de los puntos señalados es la reducción del 20% aplicada al valor de la planta de Sunchales, realizada después del incendio ocurrido en junio.

También existen objeciones sobre la composición de los lotes, la inclusión de determinados bienes y marcas comerciales y las condiciones establecidas para la convocatoria, que podrían desalentar a potenciales inversores.

A esto se suman cuestiones vinculadas al desplazamiento del síndico Juan Luis Tomat de algunas tareas consideradas clave en el control de los pliegos.

Una licitación que quedó en suspenso

Meses atrás, el proceso parecía avanzar hacia una definición. Los activos habían sido tasados sobre una base cercana a u$s52,1 millones, lo que había despertado el interés de distintos grupos empresarios.

Sin embargo, en julio la intervención de la Cámara, cuando faltaban menos de tres semanas para el cierre de ofertas, detuvo la liquidación.

Desde entonces, el proceso quedó sujeto a los tiempos de la Justicia.

Incertidumbre sobre el futuro de SanCor

La situación actual presenta dos problemas centrales: por un lado, determinar con precisión el pasivo que continúa creciendo y, por otro, resolver las impugnaciones que mantienen bloqueada la licitación de las plantas y marcas.

La Cámara de Apelaciones todavía no avanzó sobre el análisis de fondo de las objeciones presentadas contra los pliegos. Antes de resolver, debe completarse la tramitación de los recursos y aguardarse el dictamen técnico que debe elaborar la sindicatura plural sobre las apelaciones.

Por el momento, no existe un cronograma estimativo para reactivar el proceso de venta.

De esta manera, la monetización y administración de los bienes destinados a la explotación productiva permanecerán suspendidas hasta que el tribunal superior resuelva las impugnaciones pendientes sobre el mecanismo de enajenación.

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