Judicial
Rechazan la libertad para una sunchalense procesada por narcotráfico
Se trata de Ana María T. quien fue detenida en noviembre pasado, cuando un allanamiento ordenado por la Fiscalía Federal de Rafaela secuestrara dinero y drogas. Los Jueces sostuvieron en su fallo que no se debe perseguir sólo al narcomenudeo, sino que hay que ocuparse de las etapas superiores, del lavado de activos y la corrupción policial.

La Sala A de la Cámara Federal de Rosario rechazó una apelación presentada por la defensa de Ana María T. de 40 años, detenida en noviembre del año pasado luego de un allanamiento practicado en una vivienda de calle Malvinas al 300 de la ciudad de Sunchales.
El operativo, que fue ordenado por la Fiscalía Federal de Rafaela y demandó una investigación de casi cuatro meses, terminó con la incautación de 323 gramos de marihuana distribuidos en un “ladrillo” y en cinco envoltorios de nylon; cerca de 100 gramos de cocaína dispuestos en 10 “bochitas”, junto a una balanza, teléfonos celulares, anotaciones y más de $40.000.
El Tribunal, Integrado por los Jueces de Cámara Fernando Barbará y Aníbal Pineda ponderaron que la libertad de la acusada, quien se encuentra con prisión preventiva desde el 24 de noviembre del 2021, tendría “efectos inmediatos” en el barrio donde habita, ya que existen pruebas importantes que acreditan “su posible comisión de delitos graves.”
El punto más relevante del fallo de los Jueces Barbará y Pineda aparecen en los fundamentos de su decisión, donde sostuvieron que, sin lugar a dudas, el narcotráfico es la madre de delitos que se originan producto de “la avidez de este tipo de delincuentes por perpetuar o mantener esa empresa criminal”.
Al referirse al narcomenudeo, la calificaron como “una etapa dentro del referido flagelo” y le endilgaron ser responsable de múltiples delitos violentos tales como homicidios, amenazas, abuso de armas, usurpación de propiedades, robos entre otros.
“Nadie duda que existe una vinculación directa entre la disputa territorial de bandas dedicadas al narcomenudeo y los homicidios, abuso de armas y amenazas que se multiplican en nuestra provincia” aseveraron los magistrados.
Asimismo, agregaron “El fenómeno del narcomenudeo no se circunscribe a los problemas de adicción o consumo (…) sino que también debe ser analizado desde los delitos conexos que genera”.
Barbará y Pineda reclamaron que el flagelo del narcotráfico no se soluciona persiguiendo sólo a esa etapa, sino que debe el Estado debe ocuparse de los eslabonas más altos de la cadena, el lavado de activos y la corrupción policial y sus vínculos con el delito, “los cuales permiten que el sistema ilícito perdure”.
Como contraparte, los jueces instaron a que se implementen políticas públicas (fundamentalmente, de salud y educación) destinadas a reducir el consumo de estupefaciente y las adicciones que generan.
“En síntesis, se podrá combatir de forma eficaz el narcotráfico y reducir la criminalidad compleja recién cuando las acciones estatales (entre ellas, la aplicación del derecho penal) no estén destinadas únicamente a investigar y juzgar el narcomenudeo, sino también a todas las demás etapas (producción y distribución) en las que se desarrolla aquélla, al vínculo con la policía y al destino de las ganancias que genera toda la cadena de estos mercados ilícitos” continuaros.
Sin embargo, antes de cerrar su fallo en el que rechazaron la libertad de la sunchalense sospechada, agregaron que “esa necesidad de atacar las etapas superiores del narcotráfico, no implica que no se deba investigar y condenar a los responsables de las formas más pequeñas de comercialización (narcomenudeo), son las que generan las disputas territoriales y, en consecuencia, la violencia que padecen los vecinos y vecinas.
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
La Corte se prepara para ratificar la condena a Cristina: iría presa y no podría ser candidata a diputada
Habría acuerdo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación para confirmar la condena en la causa «Vialidad» a Cristina Kirchner el próximo martes.

El periodista Eduardo Feinmann reveló en su programa «Alguien Tiene que Decirlo», de Radio Mitre, que habría acuerdo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación para confirmar la condena en la causa «Vialidad» a Cristina Kirchner el próximo martes.
Dijo que, de esa forma, la ex presidente y actual presidente del Partido Justicialista nacional, debería presentarse ante la Justicia para que le pinten los dedos y le coloquen una tobillera electrónica.
Dijo que le esperan la cárcel de Ezeiza o la prisión domiciliaria.
Cristina Kirchner adelantó que se presentará como candidata a diputada provincial en la provincia de Buenos Aires pero una condena firme le prohibiría presentarse.
Por su parte, el periodista Adrián Ventura dijo en TN que «la Corte Suprema se prepara para ratificar la condena a Cristina Kirchner y peligra la candidatura».
Dentro de los pasillos del máximo tribunal está instalada la idea de que la decisión llegaría antes de que comience julio.
El reloj avanza muy rápido, el tiempo se derrumba debajo de los pies de Cristina Kirchner y se esfuma su futuro político. Hoy, a esta hora, el destino de la expresidenta depende de un solo hombre, un único juez. Un juez que ni siquiera ella nombró, Carlos Rosenkrantz.
Ricardo Lorenzetti está firme en su decisión. Rosatti también querría ratificar la condena en la causa Vialidad, pero no tal vez el martes próximo. Es Rosenkrantz quien puede bajarle el pulgar a Cristina o darle una luz de esperanza y postergar la definición.
Hace dos semanas, la expresidenta confirmó su candidatura para la Tercera Sección de la provincia de Buenos Aires con la intención de lograr anticipadamente acceder a los fueros. El cierre de listas para diputados nacionales es el 17 de agosto y los fueros para cualquier candidato llegarían aún después, cuando la jueza federal María Servini oficialice las candidaturas. Demasiado lejos. Por eso, Cristina se anotó para la elección provincial, cuyas listas cierran y se oficializan en julio.
La única manera de que el máximo tribunal pueda dictar una sentencia es, entonces, que los tres jueces coincidan con sus votos en una misma decisión. Y ese dato, sencillo de entender, es la clave del futuro de la exmandataria.
Dos de los magistrados, Horacio Rossatti, el presidente de la Corte, y su predecesor, Ricardo Lorenzetti, coinciden en querer condenar a Cristina. Ellos mantienen una relación tirante, pero eso no les impide compartir el mismo punto de vista: la condena de la exmandataria no debe ser revisada ni llevada a 12 años, sino que debe quedar firme, a seis años de prisión, y debería ser dictada pronto. Hay, sí, un pequeño matiz: Rosatti no desearía precipitar esta definición el martes próximo.
La forma más rápida de resolver este expediente es recurriendo a la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial: “La Corte, según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”. Una fórmula escueta, contundente y suficiente para enviar a alguien a prisión. Rosatti también creería que ese es el camino, pero no está convencido de actuar de manera inmediata.
En otras palabras, esos dos ministros de la Corte no piensan abrir a estudio el recurso planteado por Cristina y por los defensores de los otros imputados. Eso demandaría muchos meses. Cristina, así, quedaría condenada a seis años. Solo difieren en el momento del fallo. Pero está instalada fuerte la idea, dentro de los pasillos de la Corte, que la condena llegaría antes de que comience julio.
Fuente: Contexto Tucumán
Judicial
Caso Loan: finalizó la investigación y piden la elevación a juicio
El fiscal de Goya y de la PROTEX solicitaron la elevación a juicio.

La investigación por la desaparición de Loan Danilo Peña el 13 de junio del año pasado en la provincia de Corrientes concluyó y los fiscales solicitaron la clausura de la instrucción a la jueza Cristina Pozzer Penzo.
La medida, a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, fue firmada por el fiscal federal de Goya, Enrique Mariano De Guzmán, junto con sus pares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Marcelo Colombo y Alejandra Mangano.
En la causa principal están procesados Laudelina Peña, su marido Bernardino Antonio Benítez; Mónica del Carmen Millapi y su esposo Daniel «Fierrito» Ramírez, la funcionaria María Victoria Caillava; su marido, el marino retirado Carlos Pérez y el ex comisario Walter Adrián Maciel.
Ahora, según informaron fuentes del caso a este medio, los defensores tienen seis días como plazo para oponerse al requerimiento.
Luego, si se confirma la elevación a juicio, el Tribunal Oral Federal dictaminará la fecha del debate oral en las dos causas.
En este sentido, días atrás dicho Tribunal rechazó que los 10 procesados en la causa paralela sean enjuiciados en un debate distinto al caso principal.
En esta causa están procesados Elizabeth Noemí Cutaia, Alan Juan José Cañete, Pablo Gabriel Núñez, Verónica Paola Machuca Yuni, Valeria Liliana López, Esteban Federico Rossi Colombo, Nicolás Gabriel “El Americano” Soria, Leonardo Daniel Rubio, Pablo Javier Noguera y Delfina Taborda.
Conforme al escrito judicial enviado a este medio, el Tribunal sostiene que dicha elevación a juicio era “parcial” debido a que “no se había completado la investigación del hecho que dio origen a la causa”.
Fuente: NA
Judicial
Nicolás Mattioli irá a Juicio, acusado de homicidio culposo agravado por la muerte de una ciclista en accidente en Santo Tomé
La Justicia santafesina avanza hacia la instancia de juicio oral y público en una causa que involucra a Nicolás Mattioli, hijo del fallecido cantante Leo Mattioli, imputado por el delito de homicidio culposo agravado tras atropellar con su camioneta a una ciclista que circulaba en forma reglamentaria por una avenida de la ciudad de Santo Tomé. El hecho ocurrió el 21 de septiembre de 2024, minutos antes de las 8 de la mañana, en la intersección de Avenida Richieri y calle Libertad, y tuvo como trágico desenlace la muerte de Claudia Laura Decurgez, de 51 años.

La fiscal del caso, Rosana Marcolín, presentó la acusación formal contra Mattioli, acusándolo de haber causado la muerte de la víctima por una conducción imprudente y negligente. La presentación fue respaldada por los abogados querellantes Diego Martín Guido y Bruno Andrés Rugna, quienes solicitaron que el acusado enfrente un juicio oral con una pena de cuatro años de prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir vehículos, además de las costas procesales y las penas accesorias correspondientes.
En la reconstrucción de los hechos se detalla que Mattioli circulaba en una camioneta Ford Ranger gris por Avenida Richieri, en sentido oeste-este. En la misma dirección y sobre el extremo derecho de la calzada lo hacía Claudia Decurgez, en bicicleta, respetando las normas de tránsito. A pesar de ello, el conductor no advirtió su presencia y la embistió desde atrás, provocando que la mujer saliera despedida hacia un costado del camino y golpeara violentamente su cabeza contra el suelo. El traumatismo de cráneo que sufrió fue letal, y cuando llegó la asistencia médica, los profesionales constataron su fallecimiento.
Una testigo presencial del hecho fue quien dio aviso inmediato a la policía a través del número de emergencias 911. Al llegar al lugar, los efectivos encontraron a Mattioli alterado, y según consta en el acta policial, expresó a viva voz: «No la vi, se me cruzó, todavía está respirando». Sin embargo, esa afirmación fue luego desmentida por las pruebas incorporadas a la causa. Cámaras de seguridad de una vivienda cercana captaron el momento exacto del impacto, mostrando que la ciclista se desplazaba en línea recta, sin realizar movimientos bruscos o indebidos, y que el conductor de la camioneta nunca frenó ni redujo la velocidad antes de la colisión.
Los peritajes accidentológicos determinaron que Mattioli circulaba a una velocidad estimada de 53,31 km/h, por debajo del límite permitido de 60 km/h para esa avenida, pero sin ejercer ninguna maniobra de evasión ni frenada al aproximarse a la víctima, lo cual resulta clave para sustentar la imputación de negligencia. Los informes también indicaron que no existían obstáculos visuales en el trayecto que impidieran advertir la presencia de la bicicleta en la calzada.
Un elemento relevante que agrava la acusación es que Nicolás Mattioli posee visión monocular (es decir, no ve con uno de sus ojos), una condición que, según la fiscalía, no fue tenida en cuenta al momento de conducir un vehículo de gran porte como una camioneta sin adaptaciones específicas que aumenten el campo visual, como espejos retrovisores especiales. Esta omisión, en combinación con la conducta posterior al hecho, contribuyó a que se solicitara una pena por encima del mínimo legal.
Otro de los puntos señalados por la fiscal Marcolín en el escrito acusatorio tiene que ver con la actitud del imputado tras el siniestro. A pesar de tener el teléfono celular en la mano al descender de su vehículo, no realizó ningún llamado al 911 ni solicitó auxilio, algo que fue también observado por la testigo, quien relató que Mattioli se acercó al cuerpo de la víctima, la movió para comprobar si aún respiraba, y repitió que “se le había cruzado”. La fiscal remarcó que esta versión fue un intento de deslindar responsabilidades, atribuyendo la culpa del hecho a la propia víctima, pese a que las pruebas la exoneran completamente.
La calificación legal elegida por la fiscalía es la de homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor, contemplado en el Código Penal y en el artículo 39 inciso b) de la Ley Nacional de Tránsito, que regula la responsabilidad penal por siniestros viales fatales cuando media una conducta imprudente o negligente.
En los próximos días, la Oficina de Gestión Judicial deberá fijar la fecha de la audiencia preliminar, donde un juez de garantías evaluará si se cumplen los requisitos formales y probatorios para dar paso al juicio oral. En esa instancia también se confirmará la admisión de testigos, entre ellos, quienes presenciaron el hecho, personal policial, peritos accidentológicos y médicos forenses.
La causa genera atención pública no solo por la figura mediática del imputado, sino por la contundencia de las pruebas técnicas y testimoniales reunidas, que delinean un caso de conducción temeraria con resultado fatal en un contexto urbano donde la víctima se desplazaba de manera completamente reglamentaria.
El futuro judicial de Nicolás Mattioli se definirá en ese juicio, donde se pondrán en juego los elementos reunidos por la fiscalía para demostrar que la muerte de Claudia Decurgez pudo y debió haberse evitado.
Fuente: InforMate
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