Judicial
Sunchales: un menor y un mayor recuperaron la libertad tras un robo y deberán pagar reparaciones económicas
Las decisiones fueron tomadas este viernes en dos audiencias realizadas en los Tribunales de Rafaela.
El hecho investigado ocurrió el 18 de septiembre en una empresa ubicada sobre la Ruta Provincial 280 S, donde los imputados habrían ingresado tras realizar un boquete y sustraer alrededor de $1.300.000.
Dos personas imputadas por un robo ocurrido en una empresa de Sunchales recuperaron la libertad bajo distintas medidas y con compromisos de reparación económica por un total de $2.000.000.
Las resoluciones fueron adoptadas este viernes durante dos audiencias realizadas por separado en los Tribunales de la vecina ciudad, en las que intervinieron los jueces Laura Lencina y Gustavo Bumaguin.
Según la investigación fiscal, el hecho ocurrió durante la madrugada del 18 de septiembre en una empresa ubicada en el kilómetro 1,5 de la Ruta Provincial 280 S.
De acuerdo con la acusación, un menor y un mayor de edad habrían actuado conjuntamente y utilizado una maza para realizar un boquete en una de las paredes del establecimiento. Luego ingresaron al lugar, provocaron un importante desorden mientras buscaban dinero y finalmente violentaron un cajón cerrado con llave, de donde sustrajeron aproximadamente $1.300.000.
El hecho fue calificado como robo calificado por efracción en calidad de coautores.
El menor deberá cumplir medidas socioeducativas
En la audiencia correspondiente al menor, identificado con las iniciales ADB, intervino como fiscal Carina Gerbaldo, mientras que la defensa estuvo a cargo del Dr. Carlos Farías Demaldé. La jueza fue Laura Lencina.
El adolescente decidió no declarar. Luego de un cuarto intermedio solicitado por la Fiscalía para explicar a las víctimas las medidas que se adoptarían, las partes acordaron una serie de medidas cautelares y socioeducativas.
Entre las medidas dispuestas se estableció que deberá fijar domicilio en la vivienda de su madre en Sunchales y quedar bajo su cuidado como adulta responsable.
También tendrá prohibido acercarse o mantener contacto con las víctimas, sus familiares y testigos de la causa, por cualquier medio. La prohibición incluye además acercarse al negocio donde ocurrió el hecho y mantener contacto con el coimputado mayor de edad.
Como parte de las medidas socioeducativas, deberá concurrir a un espacio terapéutico, retomar la escolaridad secundaria durante el ciclo lectivo 2027 y cumplir con acciones vinculadas a la responsabilización y reparación del daño.
Durante la audiencia, el adolescente pidió disculpas, lo que fue aceptado por la víctima que participó mediante videoconferencia.
Además, deberá realizar una reparación económica de $500.000, que será abonada en cinco cuotas mensuales de $100.000 mediante transferencia al alias que indique la víctima.
El seguimiento de estas medidas estará a cargo de la Secretaría de Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia, con informes periódicos hasta que el adolescente alcance la mayoría de edad.
El mayor seguirá el proceso en libertad
En el caso del mayor imputado, identificado como Patricio D. C., intervino el fiscal Juan Manuel Puig y resolvió el juez Gustavo Bumaguin.
El magistrado consideró que, en esta etapa del proceso, existía probabilidad suficiente de que el imputado hubiera participado del hecho investigado, aunque entendió que no correspondía disponer la prisión preventiva.
Por ese motivo, continuará el proceso en libertad y deberá cumplir distintas reglas de conducta.
Entre ellas, deberá fijar domicilio y permanecer bajo el cuidado de una familiar, además de no acercarse ni mantener contacto con las víctimas y testigos, y no concurrir al lugar donde ocurrió el robo.
También deberá presentarse una vez por semana en la Comisaría de Sunchales y cumplir con una fianza personal de $1.500.000.
A esto se suma el compromiso de reparación económica ofrecido por su defensa, que contempla tres cuotas de $500.000, mediante depósito judicial, a partir de octubre.
Finalmente, el juez estableció como regla de conducta que no cometa un nuevo delito y advirtió que el incumplimiento de las medidas podría derivar en una revisión de su situación procesal.
Con información de Diario Castellanos
Judicial
Revocaron el fallo que había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil
La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires dejó sin efecto la resolución de la jueza Laura De Marinis, que había declarado inconstitucional el artículo de la nueva ley que establece el régimen penal juvenil desde los 14 años.
La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó este viernes el fallo de la jueza Laura De Marinis, quien había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil en el marco de una causa por tentativa de robo agravado.
La magistrada había sobreseído a un adolescente de 14 años, al considerar que la aplicación de la nueva normativa resultaba regresiva en ese caso concreto.
La decisión de la Cámara hizo lugar al recurso de apelación presentado por el fiscal Mauro Andrés Tereszko y la auxiliar fiscal Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil.
Anularon el sobreseimiento y apartaron a la jueza
Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca revocaron el sobreseimiento del adolescente, identificado en el expediente con las iniciales “M.I.A.”.
Además, apartaron a De Marinis del caso y ordenaron el sorteo de un nuevo juez para que continúe interviniendo en las actuaciones principales.
La Cámara también declaró la validez del artículo 1 de la Ley 27.801, que establece el régimen penal aplicable a adolescentes desde los 14 hasta los 18 años cuando sean imputados por hechos previstos como delitos.
Según el criterio expresado en la resolución, la jueza habría realizado un análisis de conveniencia de la norma en lugar de un control de constitucionalidad. Los camaristas también cuestionaron la aplicación de una legislación anterior que, según señalaron, ya había sido derogada por la nueva normativa.
Qué había planteado la jueza De Marinis
En su resolución, De Marinis había sostenido que el Estado debía priorizar respuestas vinculadas con educación, contención y salud, antes que recurrir al sistema penal frente a determinadas trayectorias de vulnerabilidad.
La magistrada había señalado que la incorporación de adolescentes al sistema penal debía constituir un último recurso y había considerado que, en el caso analizado, la aplicación del nuevo régimen implicaba una respuesta regresiva respecto de la situación jurídica anterior.
Por ese motivo, había declarado inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 para el caso concreto y dispuesto el sobreseimiento del adolescente.
La decisión de la Cámara
Con el nuevo fallo, la declaración de inconstitucionalidad quedó sin efecto y también fue anulado el sobreseimiento.
La causa deberá continuar con la intervención de otro juez del fuero Penal Juvenil, conforme a lo dispuesto por la Cámara.
Con información de NA
Judicial
Damián Córdoba fue imputado por una causa vinculada a la cuota alimentaria de su hija
El cantante de cuarteto fue imputado por presunto incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. La investigación se inició a partir de una denuncia por supuestas faltas de pago y pasó del fuero de Familia a la Justicia penal.
El cantante de cuarteto Damián Córdoba fue imputado por presunto incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, en el marco de una causa relacionada con la cuota alimentaria de su hija de 14 años.
La medida fue dispuesta por el fiscal Juan Pablo Klinger, a partir de una denuncia por supuestas faltas de pago. El reclamo había comenzado en el fuero de Familia y posteriormente derivó en una investigación en la Justicia penal.
Fue citado durante un baile
La citación al músico se concretó durante un baile que brindó el pasado fin de semana en el Club Atenas de Córdoba.
En ese lugar, las autoridades le informaron que debía presentarse ante la Justicia en el marco de la investigación.
La imputación significa que Damián Córdoba quedó formalmente bajo investigación por los hechos denunciados, pero no implica una condena ni determina por sí misma su responsabilidad penal.
La causa continúa bajo investigación del fiscal Juan Pablo Klinger.
Con información de Cadena 3
Judicial
Crimen de Aralí Vivas: comenzó el juicio y la familia reclamó justicia
El juicio por el crimen de la niña de 8 años comenzó este martes en San Francisco, con jurados populares y a puertas cerradas. Una familiar reclamó la máxima condena para los tres acusados y cuestionó el accionar de los organismos de protección infantil.
El juicio por el crimen de Aralí Vivas, la niña de 8 años asesinada en Brinkmann, comenzó este martes en la Cámara del Crimen de San Francisco.
El proceso se desarrolla a puertas cerradas y con participación de jurados populares. Durante la primera jornada declararon familiares de la víctima y el debate continuará este miércoles.
El reclamo de la familia
Betiana Heredia, prima de Rocío Milagros Rauch, madre de Aralí y una de las tres personas acusadas, expresó su dolor por el inicio del juicio y reclamó una condena de prisión perpetua para los tres imputados.
“Millones de sensaciones, los sentimientos súper encontrados, con mucho dolor, mucha bronca, mucha indignación”, manifestó Heredia al referirse al comienzo del debate.
La familiar sostuvo además su expectativa de que los tres acusados sean condenados y permanezcan en prisión.
Heredia también cuestionó el rol de su prima en relación con el cuidado de la niña y sostuvo: “Considero que ella es la culpable número uno”.
Reclamo por la protección de los niños
Durante sus declaraciones, la mujer también cuestionó el funcionamiento de los organismos estatales encargados de intervenir ante situaciones de vulnerabilidad infantil.
En ese sentido, relacionó el caso de Aralí con un episodio ocurrido recientemente en Balnearia, donde un bebé permanece internado en grave estado luego de haber sufrido golpes.
“¿Dónde estuvieron los organismos, por qué tenemos que esperar todo esto?”, planteó Heredia.
Y agregó: “Todos llegan tarde, quiero que no haya más una Aralí”, al reclamar una mayor respuesta de los organismos de protección y de la Justicia.
Los tres acusados
El crimen ocurrió el 1 de noviembre de 2024 en Brinkmann. Por el hecho están acusados Rocío Milagros Rauch, Ezequiel Matías Simeone y Cristian Hernán Varela.
Los tres enfrentan cargos por abuso sexual agravado y homicidio criminis causa.
El cuerpo de Aralí fue encontrado después de un incendio registrado en la vivienda. De acuerdo con la investigación, el fuego habría sido provocado con la intención de eliminar evidencias.
La Fiscalía sostuvo durante la investigación que la niña había fallecido antes del incendio y que presentaba lesiones compatibles con abuso sexual.
El juicio tiene previstas tres audiencias y continuará durante los próximos días con la presentación de testimonios y demás elementos del proceso.
Con información de Radio Belgrano de Suardi
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