Judicial
Tragedia de Once: diez años después, ningún condenado sigue en la cárcel y De Vido espera por la Corte
Los funcionarios y empresarios condenados insisten en que el tren frenaba. Para el Poder Judicial, la administración fraudulenta de los subsidios contribuyó y agravó el siniestro ferroviario.
Ninguno de los 19 condenados por la tragedia de Once, el mayor siniestro ferroviario de la historia argentina, del que hoy se cumplen diez años, está actualmente en la cárcel.
De la primera tanda en ser juzgados, la mayoría de los 18 condenados ya agotaron la pena o accedieron a los regímenes de progresividad que les permite gozar de la libertad condicional, bajo condiciones de conducta que deben cumplir so pena de volver a prisión.
Es el caso de la mayoría de los directivos de Trenes de Buenos Aires (TBA), que uno a uno –tal como lo vino informando esta Agencia- fueron egresando de los penales de Ezeiza y Marcos Paz. El ex titular de TBA Claudio Cirigliano, condenado a siete años de prisión, aún cumple esa pena pero en su domicilio, beneficio al que accedió por razones de salud.
Los hechos ocurridos aquel 22 de febrero de 2012 fueron juzgados en dos etapas; en la segunda, el ex ministro de Planificación, Julio De Vido, recibió la pena de cinco años y ochos meses de prisión.
El ex ministro estuvo dos años y medio preso (en distintas modalidades) pero por otras causas. Si bien su condena por la tragedia de Once fue ratificada en 2020 por la Cámara Federal de Casación Penal, aún resta un pronunciamiento final de la Corte Suprema y hasta entonces el fallo no estará firme.
En ese hipotético caso se abrirán dos escenarios: en el primero, la posibilidad del cumplimiento en la modalidad domiciliaria, en la que De Vido transcurrió los últimos meses del tiempo en que estuvo anteriormente detenido; en el segundo, una discusión jurídica sobre si el tiempo que ya permaneció detenido se debe computar como parte del cumplimiento de esta nueva condena.
Esa discusión probablemente se produzca también en torno a la situación de Ricardo Jaime, quien está preso por otras causas pero fue excarcelado en 2020 por los sucesos de Once.
Una enrevesada situación procesal habilitó a una revisión de su condena por administración fraudulenta y estrago culposo agravado por los muertos que causó, y en ese contexto el Tribunal Oral Federal número dos resolvió su excarcelación en este expediente.
Paolo Menghini, padre de uno de los 52 muertos en el siniestro ferroviario y cabeza de una de las querellas, aceptó reiteradamente que “el tiempo pasa, los plazos se cumplen y las penas se extinguen”, pero manifestó reiteradamente la indignación de los familiares de las víctimas por las reducciones en los plazos para recuperar la libertad por “estímulo educativo”.
En ese sentido, uno de los principales apuntados fue el ex secretario de Transporte Juan Pablo Schiavi, pero otros condenados de menor relevancia pública también redujeron sus tiempos entre rejas gracias a los estudios que cursaron en prisión, incluso en prisión domiciliaria.

El motorman de la formación siniestrada, Marcos Córdoba, condenado a tres años y tres meses de prisión, recuperó su libertad en 2020 y por el paso del tiempo la pena en su contra ya expiró. La causa fue instruida en primera instancia por el difunto juez Claudio Bonadio y por el fiscal Federico Delgado.
Los funcionarios y los empresarios condenados argumentaron siempre que la formación Chapa 11 que se estrelló contra el extremo de llegada de los andenes de la estación de Once frenaba correctamente y que el siniestro se debió a un error humano sólo atribuible a Marcos Córdoba.
Para la Justicia, el mal estado de conservación de las formaciones, producto del desvío de los subsidios que el Estado pagaba para el adecuado funcionamiento de los trenes, contribuyó a la tragedia y potenció sus consecuencias.
Fuente: NA
Judicial
Condenaron a un profesor de vóley de Tostado a siete años de prisión por grooming y estupro calificado
Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, fue condenado a siete años de prisión efectiva por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos menores de edad en Tostado.
La sentencia fue dictada tras un juicio oral desarrollado en los tribunales de esa ciudad.
La Justicia de Santa Fe condenó a Diego Raúl Altamiranda, de 40 años, a siete años de prisión efectiva por los delitos de grooming y estupro calificado, cometidos contra dos menores de edad en la ciudad de Tostado, departamento Nueve de Julio.
La sentencia fue dictada por el juez Juan Gabriel Peralta, al finalizar el juicio oral, en una resolución que coincidió con el pedido formulado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Se aprovechó de su rol como profesor de vóley
La fiscal Hemilce Fissore, quien representó al MPA durante el debate, sostuvo que el condenado era profesor de vóley de las víctimas y utilizó esa posición de confianza para cometer los delitos.
Según explicó la funcionaria judicial, Altamiranda se aprovechó de su mayoría de edad, de la relación de autoridad que mantenía con las menores y de la inmadurez sexual de las víctimas.
Tras conocerse el fallo, Fissore manifestó su conformidad con la decisión judicial y señaló que la condena fue la misma que había solicitado la Fiscalía. Además, indicó que aguardará los fundamentos de la sentencia para su análisis.
Los hechos investigados
De acuerdo con la investigación, entre octubre y el 18 de noviembre de 2023, el ahora condenado mantuvo contacto con una de las menores mediante mensajes enviados a través de Instagram, con la finalidad de concretar encuentros de carácter sexual.
Por otra parte, la Fiscalía acreditó que entre mayo y noviembre de 2023, Altamiranda mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la otra víctima, en distintos lugares de la ciudad de Tostado, entre ellos el interior de un automóvil.
Con las pruebas incorporadas durante el juicio, el magistrado resolvió condenarlo como autor de los delitos de grooming y estupro calificado.
Con información de Rafaela Noticias
Judicial
Sunchales: condenaron a 16 años de prisión a un hombre por abuso sexual contra la hija de su pareja
El condenado reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado homologado por la Justicia de Rafaela.
Durante la investigación también se detectó un intento de alterar una prueba de ADN y las pericias revelaron una situación aún más grave.
Condena por abuso sexual en Sunchales
Un hombre fue condenado a 16 años de prisión de cumplimiento efectivo tras reconocer su responsabilidad por abuso sexual con acceso carnal contra la hija menor de edad de su pareja, en un hecho ocurrido en Sunchales.
La sentencia fue dictada este miércoles en los Tribunales de Rafaela, en el marco de un juicio abreviado presidido por el juez Nicolás Stegmayer. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Favia Burella.
El condenado admitió su responsabilidad en el acuerdo alcanzado con la Fiscalía, el cual fue homologado por el magistrado, dando por finalizado el proceso sin necesidad de llegar a un juicio oral.
El delito fue agravado por la convivencia con la víctima
De acuerdo con la resolución judicial, el hombre fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia y guarda, ya que la víctima, de 13 años, era hija de su pareja.
Además de la pena de 16 años de prisión efectiva, se le impusieron las accesorias legales previstas por el Código Penal.
El imputado permanece detenido desde hace aproximadamente dos años, período en el que se desarrolló la investigación judicial.
Intentó alterar una prueba genética
Durante la investigación, el Ministerio Público de la Acusación detectó una maniobra que buscaba entorpecer la causa.
Según se informó en la audiencia, el ahora condenado habría intentado que otra persona se hiciera pasar por él para someterse a una extracción de sangre destinada a una pericia genética, con el objetivo de modificar el resultado del estudio de ADN.
La maniobra fue advertida a tiempo y no llegó a concretarse.
Las pericias revelaron una situación aún más grave
La prueba genética había sido ordenada debido al embarazo de la menor.
Sin embargo, el estudio determinó que la paternidad correspondía al hijo de 14 años del condenado, quien también había abusado de la víctima.
Debido a que el adolescente era menor de la edad de punibilidad al momento de los hechos investigados, no fue imputado en la causa.
Con la homologación del juicio abreviado, el condenado aceptó la pena acordada con la Fiscalía y el proceso judicial quedó formalmente concluido.
Con información de Rafaela Noticias
Judicial
Condenan a una mujer a pagar más de $43 millones por ocultar la verdadera paternidad de sus mellizos
Un tribunal de Córdoba ordenó indemnizar a un hombre con más de $43 millones tras comprobar que durante 34 años desconoció que los mellizos que había criado no eran sus hijos biológicos.
La Justicia consideró que existió un ocultamiento que le provocó un importante daño moral y personal.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 3 de Córdoba dictó un fallo considerado inédito, al condenar a una mujer a pagar $43.142.682 a su exesposo por haberle ocultado durante más de tres décadas que los mellizos que criaron juntos eran fruto de una relación extramatrimonial.
El caso salió a la luz cuando una de las hijas asistió a una reunión social y varias personas destacaron su gran parecido físico con otra joven. Esa situación motivó una investigación familiar que culminó con un estudio de ADN, el cual confirmó la identidad de su verdadero padre biológico.
En 2022, la joven inició una acción judicial para impugnar la paternidad. Fue entonces cuando el hombre recibió la notificación judicial y descubrió que no era el padre biológico de los mellizos, pese a haberlos criado durante 34 años.
El abogado del demandante, Remo Bergoglio, explicó que el eje del fallo no fue la infidelidad, sino el ocultamiento deliberado de una duda razonable sobre la verdadera filiación.
La Cámara revirtió el fallo de primera instancia
En una primera etapa, la demanda había sido rechazada por un juez de Villa Carlos Paz, quien entendió que el incumplimiento del deber de fidelidad no generaba, por sí mismo, un daño indemnizable.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión y concluyó que la mujer incurrió en una conducta culposa por omisión, al mantener ocultada la verdadera identidad biológica de los hijos durante décadas.
Los magistrados señalaron que esa conducta produjo un daño civil resarcible, tanto para el hombre como para los propios mellizos.
Cómo se compone la indemnización
La suma fijada por la Justicia contempla distintos conceptos, entre ellos el daño moral, la frustración del proyecto de vida del demandante y los gastos de tratamiento psicológico derivados del impacto emocional que provocó el descubrimiento.
Con información de Cadena 3
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