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Confirmado: prepagas no podrán aumentar la cuota por la edad de la persona afiliada
La medida fue tomada en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin, y rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo en el proceso.

La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la cautelar dictada por el Juzgado Comercial N°9 para que la empresa de medicina prepaga Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica deje sin efecto el aumento del valor de la cuota del grupo familiar dispuesto en razón de la edad de una mujer afiliada, quien había cumplido 70 años.
La medida fue tomada en línea con el dictamen de la fiscal general Gabriela Boquin, y rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo en el proceso.
En su resolución, y según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, los camaristas Pablo Heredia y Juan Garibotto coincidieron con los argumentos de la fiscal general Boquin y confirmaron la decisión dictada por la jueza Paula Hualde, en noviembre de 2023.
En su presentación, la fiscal había destacado que se encontraban «en juego derechos fundamentales con jerarquía constitucional, que hacen a la dignidad de la persona humana y su protección, así como también a la sociedad jurídicamente organizada”, tal es el caso del derecho a la salud.
Al analizar las constancias del caso, la representante del Ministerio Público Fiscal había entendido que, en el caso, se cumplían los requisitos de procedencia de la medida cautelar solicitada y que resultaba necesario “preservar y garantizar la prestación del servicio de salud, lo que sin lugar a dudas implicaría dejar sin efecto los aumentos de cuotas por rango etario, hasta el eventual dictado de una sentencia de fondo en estos autos”.
“Los aumentos injustificados y desproporcionados de la cuota del plan de medicina prepaga, sin dudas pueden devenir en la imposibilidad de cumplimiento de pago de la cuota por parte del afiliado, con su posterior suspensión o resolución del contrato”, había considerado. En tal sentido señaló que mediante la medida cautelar solicitada por las personas afiliadas se neutralizaban “provisoriamente las consecuencias que los mentados aumentos” y evitar un perjuicio en su situación financiera “en medio de un contexto de suma vulnerabilidad e incertidumbre”.
En relación al agravio de la empresa, respecto a que “los aumentos habrían sido consentidos por los actores y que no habrían resultado ilegales, ni abusivos, al encontrarse autorizados por el Decreto 66/2019”, la fiscal general Boquín entendió que ello denotaba “una incorrecta aplicación de la normativa vigente y de los principios generales y específicos del derecho que rigen en materia de consumo”, por cuanto “se omite ponderar la vulnerabilidad de los adultos mayores”.
En esa línea sostuvo que “resulta una realidad incontrastable que el usuario queda atrapado por la necesidad de contar la prestación básica de salud y adhiere a términos y condiciones que muchas veces ni los tiene a la vista, y aunque los tuviera, nada podría hacer para negociarlos”, al tiempo que agregó que “mal podría entenderse que los actores han ‘consentido’ los aumentos previstos contractualmente, ni que la demandada se hubiera encontrado legitimada a realizarlos”.
En el dictamen, la fiscal concluyó que la valoración e interpretación de la normativa, efectuada por Medicus S.A., contrariaba la normativa vigente y vulneraba los derechos humanos tutelados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales.
Fuente: Noticias Argentinas
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Condenaron a prisión perpetua a Lidia Raquel Cardozo, la mujer que mató a golpes a su hijo de 11 años en Salta
Lidia Raquel Cardozo dijo que fue un accidente doméstico, pero la condenaron por matar a su hijo en Salta.

Lidia Raquel Cardozo fue encontrada culpable del homicidio calificado de Guillermo Leonel Francia, su hijo de 11 años, en la provincia de Salta. El nene murió como consecuencia de una golpiza, pero la madre aseguró que era un accidente doméstico, en su casa del barrio Solidaridad.
El brutal asesinato sucedió el pasado 31 de agosto de 2023, en la zona sudeste de la capital provincial y la condena por el crimen fue firmada este lunes por los jueces Leonardo Feans, Martín Pérez y Francisco Mascarello.
El tribunal, además, ordenó que la madre del nene de 11 años sea incorporada al Banco de Datos Genéticos, que es una medida clave que se activa en casos en los que se cometen delitos graves.
Lidia Raquel Cardozo, antes de recibir la condena, habló frente al tribunal y se defendió de las acusaciones. La madre del nene de 11 años negó haber ejercido violencia contra el menor, así como también ejercer maltrato verbal.
La mujer aseguró que el niño murió producto de un fuerte golpe que se dio en su casa, de cuyas circunstancias y consecuencias no se había dado cuenta, en aquél momento. Además, sobre las manchas de sangre que había en el piso, aseguró que pensó que estaba relacionada con su perra, que estaría en celo, el día del episodio.
Qué pasó el día de la muerte del hijo de Lidia Raquel Cardozo
Al darse cuenta de que su hijo estaba herido, decieron trasladarlo hasta el hospital Papa Francisco. En el centro de salud constataron que el niño presentaba una grave lesión en la zona de la cabeza.
Cuando ingresó al servicio de emergencias, los médicos ya no podían hacer nada para reanimarlo. Finalmente, la autopsia confirmó que murió por un «traumatismo cráneoencefálico causado por una lesión“.
Fuente: La Cien
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Allanan ANMAT e INAME por la causa del fentanilo contaminado
La Justicia realizó siete operativos en busca de pruebas sobre presuntas irregularidades en los controles a laboratorios.

El juez federal Ernesto Kreplak y la fiscal Laura Roteta encabezaron siete operativos simultáneos en distintos puntos en el marco de la investigación por el fentanilo contaminado.
Entre los lugares allanados se encuentran la sede central de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME). También fueron registrados domicilios particulares: el de la administradora de la ANMAT, Nélida Agustina Bisio, el de la ex titular del INAME, Gabriela Carmen Mantecón Fumadó; el de la directora de Fiscalización y Gestión de Riesgo del INAME, Ana Laura Canil; el de la directora de Poscomercialización y Acciones Regulatorias, Mariela Baldut; y el del jefe de Departamento de Inspectorado del organismo, Maximiliano Carlos Lalin.
La fiscal Roteta fundamentó las medidas en que los organismos habrían actuado con “negligencia, connivencia o complicidad” en las inspecciones y controles realizados a los laboratorios HLB Pharma y Ramallo S.A.
Según se informó, los allanamientos se centraron en la búsqueda de teléfonos celulares y documentación que podrían aportar pruebas clave para determinar responsabilidades en la falta de controles a los laboratorios.
Fuente: Sin Mordaza
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Una mujer podría recibir prisión perpetua por matar a su hija con pastillas de éxtasis y alcohol
La acusada Natalia Etcheverry había declarado que la nena había muerto de causas naturales por su enfermedad. Sin embargo, las sospechas del padre de la nena establecieron que fue un crimen.

Una mujer de 48 años podría ser condenada a prisión perpetua por haber asesinado con alcohol y éxtasis a su hija de ocho años con discapacidad en la ciudad de Mar del Plata. El crimen ocurrió en 2022 y la causa fue caratulada como homicidio doloso.
El juicio empezó este miércoles en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3, en donde la fiscal Florencia Salas expuso las pruebas contra la imputada Natalia Etcheverry. Una de ellas es la pericia que corroboró que la víctima tenía 2,27 gramos de alcohol en sangre y que consumió benzodiacepinas, que no llegó a metabolizar.
El caso fue dado a conocer el 30 de noviembre de 2022, cuando Etcheverry fue detenida en una casa en la calle Luzuriaga al 1200.
De acuerdo a la reconstrucción, su hija murió el 3 de septiembre de ese año. En ese momento, la mujer afirmó haber encontrado muerta a la nena, que tenía un retraso madurativo y trastornos epilépticos. Al no detectar indicios de golpes, los médicos certificaron que falleció por causas naturales.
Sin embargo, el padre de la nena se presentó en la fiscalía y aseguró que tenía sospechas de que Etcheverry pudo haber estado involucrada en el fallecimiento de su hija. De esta manera, la Fiscalía N°1 solicitó al Juzgado de Garantías la ex humación del cuerpo y se realizó una autopsia.
El avance de la investigación permitió localizar restos de metanfetamina y metilendioxi -compatibles con la droga conocida como “éxtasis”- en la casa de la acusada. Los peritos también detectaron una gran cantidad de alcohol en sangre en la víctima, correspondiente a un litro de vino o un vaso de otra bebida blanca con mayor graduación alcohólica. Con esas pruebas, detuvieron a la mujer.
En el juicio, la fiscalía argumentó que fue un “homicidio doloso”, ya que la droga y el alcohol fueron suministrados por Etcheverry con la intención de matar a su hija.
La defensa de la imputada pidió la absolución. En el caso de que no cumplir con esa petición, solicitaron que una sentencia menor por el delito de abandono de persona.
El tribunal, conformado por los jueces Juan Manuel Sueyro, Federico Wacker Schroder y Fabián Riquert, anunciará la sentencia el 16 de septiembre.
Fuente: TN
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