Politica
Ya es oficial: el aumento del gas se pagará después de las elecciones
Para el diferimiento de la suba de tarifas se aumentarán los subsidios. Empresas cobrarán una tasa de interés.
La administración nacional de Mauricio Macri oficializó este lunes que el incremento del 22% de la tarifa del gas se pagará después de las elecciones, durante el verano y en cinco cuotas.
Así lo dispuso la Resolución 336/2019 de la secretaría de Energía, dependiente del ministerio de Hacienda, publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma de Gustavo Sebastián Lopetegui.
El incremento del gas deberá ser pagados a partir de diciembre, es decir, siete días después de un eventual balotaje presidencial (24 de noviembre) .
En el artículo primero la medida dispone establecer con carácter excepcional un diferimiento de pago del 22% en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019.
Esta medida no alcanzará a los usuarios con consumo cero (0) en el referido período de facturación.
El Gobierno señaló que esta postergación de pago es “en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluído por redes”.
Según consideró la administración nacional, las características propias de los consumos residenciales asociados a factores de temperatura (calefacción de los hogares) hacen inevitable que la mayor demanda se produzca en el aludido periodo invernal, con el consiguiente incremento en los niveles promedio de los montos facturados a esos usuarios.
Bajo esas circunstancias, la secretaría de Energía evaluó la posibilidad de otorgar “una mayor homogeneidad” en las erogaciones de los usuarios de tipo residencial, que amortigüen el impacto en las economías familiares de los mayores consumos invernales.
En el artículo segundo la Resolución establece que los diferimientos indicados serán pagados a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por cinco períodos mensuales, iguales y consecutivos.
El ministerio de Hacienda dispuso que el costo financiero del diferimiento, computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero, será asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio.
El subsidio se abonará mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, “conforme a la metodología que oportunamente se determine y con los controles previos correspondientes”.
Se reconocerá, no obstante, la tasa para plazos fijos por montos de veinte millones de pesos ($ 20.000.000) o superiores a plazos de treinta (30) o treinta y cinco (35) días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina.
Esa tasa con la que se afrontará el diferimiento del incremento de las tarifas se ubica en la actualidad en el 52,75% anual, según informó el Banco Central en su último resumen de variables financieras.
Los usuarios podrán optar por no acogerse a este beneficio, manifestando esa circunstancia ante la prestadora del servicio, en cuyo caso ésta deberá refacturar el total del monto adeudado.
Podrán hacerlo quienes tienen capacidad de pago en la actualidad y no quieren abonar luego las facturas del verano junto al extra que significará las cuotas por los períodos no cobrados de este invierno.
El Gobierno comunicó al Enargas, para que adopte las medidas necesarias a fin de que las licenciatarias del servicio de distribución de gas por redes y las subdistribuidoras del servicio ejecuten el diferimiento.
Fuente: La Voz
Politica
Ley de emergencia en discapacidad: qué cambia en pensiones y pagos a prestadores
El Senado dejó firme hoy la ley emergencia en material de Discapacidad que establece que se deberán cancelar deudas con prestadores y las pensiones.

La ley de emergencia en discapacidad que fue ratificada hoy por el Senado Nacional establece una actualización y cancelación de deudas con los prestadores de la salud, y un nuevo mecanismo para ajustar las pensiones no contributivas por discapacidad.
Los principales puntos de la ley que establece la emergencia en discapacidad son los siguientes
-Se establece que la emergencia en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre del 2026.
-La presente ley es de orden público y rige en todo el territorio nacional.
-Se establece una actualización las prestaciones para compensar la diferencia entre los valores actuales y la inflación desde el 2023 a la fecha.
-Se deberá saldar la deuda con los prestadores y actualizar mensualmente los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas, de acuerdo a los índices de la inflación que informa el INDEC.
-Las pensiones no contributivas serán equivalentes al 70 por ciento del haber mínimo jubilatorio.
-Las personas que cobran este beneficio podrán trabajar mientras que no supere los dos salarios mínimos.
-El Poder Ejecutivo Nacional deberá financiar con recursos del Tesoro nacional una compensación de emergencia a los prestadores.
-La oficina de Presupuesto del Congreso determinó que el impacto fiscal por el aumento de las pensiones significa un refuerzo fiscal de 1.889.371 millones de pesos y 3,627.495 millones.
-La diferencia del impacto fiscal se debe al numero de beneficiarios “por nuevas altas entre 493 mil y 946 mil personas, según distintos escenarios” que podrían suceder con la nueva ley, sostuvo la OPC.
-La Agencia Nacional de Discapacidad realizará una auditoria con el objeto de realizar una evaluación justa, transparente, basada en criterios de salud y en un análisis integral de la situación socioeconómica de los beneficiarios.
-El procedimiento de auditoría deberá garantizar notificaciones fehacientes y el debido proceso inclusivo, que aseguren la plena participación y el acceso claro a la información.
-Los empleadores que tomen trabajadores con certificados de discapacidad por tiempo indeterminado serán eximidos del pago del cincuenta por ciento (50%) de las contribuciones patronales y a las cajas de jubilaciones por tres años.
Fuente: NA
Politica
El Senado rechazó el veto de Milei y reactivó ley de emergencia en discapacidad
Con 63 votos a favor y sólo siete en contra, la oposición, nucleada en el interbloque peronista, UCR, PRO y provinciales, revirtió una decisión clave del Ejecutivo.

En una jornada legislativa que marca un nuevo revés para el Gobierno nacional, el Senado de la Nación dejó sin efecto el veto presidencial a la ley que declara la emergencia en materia de discapacidad.
Con una amplia mayoría de 63 votos afirmativos y sólo siete rechazos, la Cámara alta reactivó la normativa que había sido objetada por el presidente Javier Milei, en lo que constituye el primer veto desactivado por el Congreso en más de dos décadas.
El resultado expone una vez más la falta de respaldo parlamentario del oficialismo, incluso en temas donde intenta imponer una línea de contención presupuestaria.
En esta ocasión, un bloque opositor heterogéneo —integrado por legisladores kirchneristas, radicales, macristas y representantes de fuerzas provinciales— se alineó para sostener la ley que, entre otros puntos, mejora las condiciones de acceso a pensiones no contributivas, actualiza aranceles del sector y establece compensaciones económicas para personas con discapacidad.
La ley, que vuelve a tener vigencia, estará en efecto hasta el 31 de diciembre de 2026 y podrá prorrogarse por un año más. Su objetivo central es responder a las urgencias de un colectivo históricamente postergado, en un contexto económico de alta inflación y recortes que afectan de manera directa a los sectores más vulnerables.
Un revés institucional con alto voltaje político
Más allá del contenido de la ley, el desenlace de la votación tiene un peso político considerable. Se trata de la primera vez en más de 20 años que el Congreso logra desactivar un veto presidencial. En esta ocasión, lo hizo con los dos tercios necesarios, dejando en evidencia la capacidad de articulación de la oposición frente a un Gobierno que ha perdido buena parte de su margen de maniobra legislativa.
Por cuestiones protocolares, la vicepresidenta Victoria Villarruel no presidió la sesión —se encuentra a cargo del Poder Ejecutivo por el viaje de Milei al exterior—, y la conducción del debate quedó en manos del senador libertario y presidente provisional del Senado, Bartolomé Abdala, representante de San Luis.
Qué contempla la ley
La normativa reinstaurada contempla una serie de medidas de urgencia en el ámbito de la discapacidad, entre ellas:
-La reformulación y agilización del acceso a pensiones no contributivas.
-La actualización de los aranceles de prestaciones básicas para personas con discapacidad.
-Compensaciones económicas especiales para afrontar los sobrecostos que impactan directamente en este colectivo.
-Fortalecimiento del rol del Estado como garante de derechos en el sistema de salud y asistencia.
Organizaciones sociales y colectivos vinculados a la discapacidad venían reclamando con fuerza la necesidad de que la ley permaneciera en pie, frente a lo que consideran un retroceso en las políticas públicas del área. La votación en el Senado fue recibida con alivio y esperanza por estos sectores, que exigen mayor sensibilidad estatal frente a las urgencias sociales.
Fuente: Cadena 3
Politica
Cuánto dinero recibirán los partidos que compitan en las elecciones de octubre
El gobierno nacional oficializó el monto para financiar la campaña legislativa.

El gobierno nacional oficializó este jueves los montos que recibirán los partidos y alianzas políticas para financiar las elecciones legislativas nacionales del próximo 26 de octubre.
Según la Resolución 375/2025 publicada en el Boletín Oficial, la Vicejefatura de Gabinete del Interior determinó un aporte global superior a los $13.200 millones destinados a la campaña electoral.
El desglose establece que para la categoría Diputados Nacionales se asignarán $8.815.610.700,67, mientras que para la de Senadores Nacionales la cifra asciende a $4.407.805.350,33.
El documento lleva la firma de Lisandro Catalán, vicejefe de Gabinete del Interior, y precisa que la Dirección Nacional Electoral (DINE) será la encargada de distribuir los recursos entre las agrupaciones políticas que participen de los comicios y de informar la nómina de beneficiarios a la Dirección General de Administración de Interior. También tendrá a su cargo la aplicación de eventuales sanciones que disponga la Justicia Nacional Electoral.
El gasto se solventará con créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 – Subjurisdicción 06 (Vicejefatura de Gabinete del Interior) para el ejercicio 2025.
La resolución recuerda que la Ley 26.215 y sus modificatorias regulan los aportes que los partidos políticos tienen derecho a percibir para las campañas electorales y que el artículo 5° establece que el Estado debe contribuir al normal funcionamiento de los partidos reconocidos.
Fuente: Sin Mordaza