Salud
El INAES busca fortalecer a cooperativas de productores de cannabis medicinal
El martes 27 de julio a las 17 horas, por medio de la plataforma Webex y a través de la Coordinación de Capacitación a Cooperativas y Mutuales del INAES, se realizará la primera jornada de una serie de encuentros destinados a abrir el diálogo con organizaciones, productores y productoras vinculadas a la cadena de valor del cannabis medicinal y el cáñamo industrial en el contexto de la media sanción del marco regulatorio para esta actividad en el Congreso.
El dictamen aprobado el 15 de julio en Senadores prevé la conformación de la Agencia Regulatoria de la industria del cáñamo y del cannabis medicinal a los fines de “reglar, controlar y emitir las autorizaciones administrativas con respecto al uso de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados”.
Dicho marco otorga al INAES la responsabilidad de generar normativa específica para promover la conformación de cooperativas con fines de producción dentro de la cadena del cáñamo y del cannabis medicinal y acompañar a las organizaciones, productores y productoras que quieran adoptar esta figura, no solo en lo concerniente a la obtención de su matrícula sino también en el camino de sus primeros años de producción con incentivos concretos mediante líneas de financiamiento que partan del reconocimiento del trabajo previo, pongan en valor los diferentes estadíos en las que se encuentra cada proyecto y acompañen los horizontes de producción que se plantee cada uno.
En el artículo 12 del citado dictamen, se confiere al INAES la responsabilidad de dictar normativa específica para la conformación de cooperativas dedicadas a las actividades de la cadena productiva del cáñamo y el cannabis medicinal. Esta responsabilidad implica también el acompañamiento de las organizaciones, productores y productoras que quieran adoptar la figura cooperativa para la inserción en el nuevo marco, como continuidad de sus actividades y con un régimen especial en las autorizaciones y en los circuitos administrativos.
El dictamen propone reconocer los saberes, conocimientos y experiencias que quienes vienen trabajando en esta cadena tienen acerca de la producción y de los usos del cáñamo y el cannabis medicinal. La conformación de cooperativas que permitan la inserción territorial de productores y productoras dentro de las economías regionales permite construir una nueva industria con una fuerte presencia federal y horizontes esperanzadores en el camino de la reactivación económica.
La posibilidad de generar regímenes específicos de autorizaciones que contemplen las particularidades de los pequeños productores y las pequeñas productoras, que fomenten el asociativismo y vertebren su organización productiva sobre la estructura legal del cooperativismo, genera las condiciones propicias para la promoción de acciones tendientes a la formalización del trabajo de las organizaciones de la sociedad civil, para brindarles un marco asociativo que se ajuste a sus necesidades y permita un desarrollo institucional propicio y opciones de ayuda financiera que acompañen las expectativas de escalabilidad en la producción y las posibilidades de contener una demanda pasible de aumentar en cuanto se reglamente la nueva Ley.
El reconocimiento de los saberes adquiridos por la sociedad civil, en sus distintas formas organizativas, así como el impulso de espacios productivos asociativos y su nueva vida institucional en entidades cooperativas, permite la conformación de nuevos núcleos productivos en nuestro país que se adapten a las potencialidades regionales. Acompañar el proceso de conformación de estas entidades en cooperativas va a promover un desarrollo de la industria con alcance federal y desconcentrado, creando trabajo de calidad con marcos específicos y ajustados a las diversas escalas productivas.
Aquellos productores y productoras que quieran participar de esta primera jornada destinada a conocer los principios del cooperativismo y sus formas de organización interna, poner en común las experiencias previas en el tema, y conocer los principios del asociativismo y sus formas de organización. pueden inscribirse mediante el siguiente formulario online: https://forms.gle/UPrAy66syHxMfaVL6
En conversación con ANSOL, Bárbara Witko, representante del INAES, desarrolló los dos ejes principales en los que está trabajando el INAES: “El primero está relacionado con el proyecto de ley y se trata de la generación de una normativa específica para productores que quieran constituirse como cooperativas. Estamos trabajando en una resolución específica para aquellas organizaciones que quieran cooperativizarse y que quieran adoptar un marco específico, como es el caso de la matriculación para las cooperativas ya constituidas”.
“El segundo eje tiene que ver con el fortalecimiento de la producción de las cooperativas y con la posibilidad de aumentar su escala. Se trata de pensar si la economía solidaria puede ser parte de la nueva industria que se abre en este nuevo marco regulatorio que propone la ley, de empujar la producción hacia el nivel que las organizaciones quieren”, expresó Witko, quien representará al INAES en las capacitaciones que la entidad brindará a las cooperativas del sector durante los próximos meses.
En paralelo con lo propuesto por Thea, Witko detalló los cambios que podría generar la inclusión de las cooperativas en el circuito de producción cannábica: “Desde el INAES creemos que la posibilidad de formalizar a estas asociaciones en cooperativas mejora la distribución territorial y posibilita la formalización de trabajos que hoy son ilegales, entendiendo que la industria no es solo el cultivo sino también los insumos necesarios para ese proceso. Las cooperativas pueden permitir que no sea una actividad tan concentrada y que tenga un carácter federal”.
Fuente: La Nueva Mañana
Salud
ANMAT prohibió productos para bajar de peso que contengan retatrutida: qué se sabe
La ANMAT prohibió en todo el país el uso, comercialización, publicación y distribución de productos para uso humano que declaren contener retatrutide o retatrutida. La medida también alcanza a las plataformas de venta electrónica.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización, distribución, publicación y uso de todos los productos para administración en humanos que declaren contener retatrutide o retatrutida, una sustancia que actualmente se encuentra en fase de investigación clínica.
La medida fue establecida mediante la Disposición N° 6140/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a todos los lotes, tamaños y presentaciones de estos productos hasta que cuenten con la correspondiente autorización sanitaria.
Qué resolvió la ANMAT
La disposición establece la prohibición en todo el territorio nacional y también en plataformas de venta electrónica de cualquier producto destinado a uso humano que declare contener retatrutide o retatrutida.
Según los fundamentos de la medida, no existen actualmente especialidades medicinales autorizadas ni comercializadas en Argentina que contengan retatrutida.
La sustancia continúa en fase de investigación clínica, debido a su potencial utilización en personas con diabetes tipo 2 y problemas relacionados con el control de la glucemia.
Cómo surgió la alerta
La intervención de la ANMAT comenzó a partir de una denuncia recibida por correo electrónico en la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud.
La presentación advertía sobre dos sitios web que ofrecían distintos productos, entre ellos algunos que declaraban contener retatrutida.
A partir de la investigación, el organismo determinó que esos productos no contaban con registros que permitieran verificar su elaboración legítima ni su fiscalización de acuerdo con la normativa vigente.
Por ese motivo, el área de fiscalización recomendó impedir su circulación y emitir una advertencia destinada a la población.
También hubo alertas en otros países
Entre los fundamentos de la disposición, la ANMAT señaló que organismos reguladores de Brasil y Paraguay ya habían difundido alertas relacionadas con productos que declaraban contener retatrutida.
Estos antecedentes, sumados a la detección de ofertas de productos con ese ingrediente en internet, llevaron al organismo argentino a adoptar la medida.
La denuncia llegó a la Justicia Federal
Además de prohibir los productos, la ANMAT promovió una ampliación de denuncia ante el Juzgado Federal Criminal y Correccional de Lomas de Zamora N° 2, en el marco de una causa identificada como “denuncia A.N.M.A.T. – GM distribuidor”.
La presentación fue realizada a través de la División Delitos contra la Salud de la Policía Federal Argentina.
El organismo explicó que la medida busca proteger a potenciales compradores y usuarios frente a productos que no cuentan con autorización sanitaria.
La restricción, aclararon, no alcanza a las investigaciones clínicas que cuenten con autorización expresa de la ANMAT.
Con información de Infobae
Salud
¿Qué le pasa al cuerpo de un hombre si deja de tener relaciones sexuales durante mucho tiempo?
Dejar de tener relaciones sexuales o pasar un período sin eyacular no suele provocar daños físicos por sí mismo. Los estudios disponibles tampoco establecen una relación directa entre la frecuencia de la actividad sexual y problemas de próstata.
La falta de actividad sexual durante un período prolongado suele generar dudas sobre sus posibles efectos en la salud masculina. Una de las preguntas más frecuentes es qué ocurre en el organismo de un hombre cuando deja de tener relaciones sexuales o no eyacula con frecuencia.
De acuerdo con los estudios citados en el ámbito médico, la abstinencia sexual no suele provocar daños físicos importantes por sí misma.
Qué ocurre con el semen
Un estudio publicado en PubMed analizó los efectos de distintos períodos de abstinencia eyaculatoria, de entre uno y 11 días, sobre diferentes parámetros del semen.
Los resultados no encontraron que esos períodos de abstinencia perjudicaran la calidad del esperma en los hombres evaluados.
Otro trabajo analizó la relación entre la frecuencia de eyaculación y síntomas asociados a la hiperplasia prostática benigna en hombres de entre 40 y 79 años.
Según los datos obtenidos, la frecuencia de eyaculación no tuvo efectos sobre los síntomas del tracto urinario inferior ni sobre el volumen de la próstata.
¿La eyaculación frecuente reduce el riesgo de cáncer de próstata?
La relación entre la frecuencia de eyaculación y la salud de la próstata todavía es estudiada.
La Cleveland Clinic señala que algunas investigaciones encontraron una posible asociación entre una mayor frecuencia de eyaculación y un menor riesgo de cáncer de próstata. Sin embargo, también advierte que la relación no está completamente definida.
Una investigación que incluyó a unos 32.000 hombres y cuyos resultados fueron difundidos en 2016 observó que quienes informaban 21 o más eyaculaciones mensuales presentaban aproximadamente un 20% menos de riesgo de desarrollar cáncer de próstata en comparación con quienes registraban entre cuatro y siete eyaculaciones al mes.
Con información de La Nación
Estos resultados corresponden a una asociación observada en el estudio y no significan que eyacular con determinada frecuencia garantice prevenir el cáncer de próstata.
La próstata y el paso de los años
Una de las afecciones más frecuentes en los hombres es la hiperplasia prostática benigna, un crecimiento de la próstata que suele aparecer con el envejecimiento.
Según la información médica citada, esta condición no puede prevenirse ni controlarse simplemente aumentando la actividad sexual o la frecuencia de las eyaculaciones.
La próstata puede aumentar de tamaño con la edad y los problemas urinarios asociados deben ser evaluados por profesionales de la salud.
¿Entonces dejar de tener relaciones hace mal?
En términos generales, no tener relaciones sexuales durante un tiempo no debería provocar problemas físicos por sí mismo.
La actividad sexual y el orgasmo pueden estar asociados con algunos beneficios, como reducción del estrés, alivio de determinadas molestias y sensación de bienestar. Pero eso no significa que una persona que no mantiene relaciones sexuales vaya a desarrollar necesariamente problemas de salud.
La recomendación médica es mantener controles periódicos, especialmente con el paso de los años, para controlar la salud prostática y consultar ante síntomas urinarios u otras molestias.
Salud
ANMAT prohibió los productos de dos laboratorios y ordenó frenar sus actividades en todo el país
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la inhibición preventiva de las actividades de dos laboratorios y prohibió en todo el territorio nacional el uso, comercialización y distribución de todos sus productos.
La medida alcanza a Laboratorio Trifarma S.R.L., de Rosario, y Ugal Farmacéutica S.A., de Ramos Mejía, luego de que el organismo detectara distintos incumplimientos durante sus tareas de fiscalización. Las disposiciones fueron publicadas este miércoles 16 de septiembre en el Boletín Oficial.
Qué detectó ANMAT en Trifarma
En el caso de Trifarma, con establecimiento en Bolivia 586 Bis, Rosario, las actuaciones se iniciaron luego de una comunicación del Ministerio de Salud de Santa Fe.
Según la disposición oficial, el establecimiento había sido alcanzado por un cierre preventivo y por la prohibición de elaborar y comercializar productos de farmacopea.
Entre los principales incumplimientos señalados aparece la falta de un director técnico designado, además de irregularidades vinculadas con el registro de sus productos.
Por ese motivo, ANMAT estableció la inhibición preventiva de las actividades productivas, de control de calidad, comercialización y distribución de la firma.
También prohibió en todo el país el uso, comercialización y distribución de todos los productos elaborados y/o comercializados por Trifarma.
Las irregularidades detectadas en Ugal Farmacéutica
En Ugal Farmacéutica, ubicada en Larrea 1261, Ramos Mejía, la intervención se produjo luego de una inspección del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME).
ANMAT detectó deficiencias críticas y mayores relacionadas con el sistema de gestión de calidad, personal, instalaciones, equipos, documentación, producción y control de calidad.
El organismo también señaló problemas en las condiciones de determinadas áreas y del sistema de climatización y ventilación, además de deficiencias en el monitoreo ambiental, la integridad de los datos y la validación de procesos.
Asimismo, fueron observadas fallas en el control de actividades tercerizadas y en la trazabilidad de los lotes producidos, lo que, según ANMAT, dificulta reconstruir de manera confiable el recorrido de los productos.
Prohibición para todo el país
A partir de estas observaciones, ANMAT resolvió inhibir preventivamente las actividades productivas, de control de calidad y comercialización de Ugal Farmacéutica y prohibió en todo el territorio nacional el uso, comercialización y distribución de todos sus productos.
En ambos casos, la autoridad sanitaria también dispuso el inicio de los sumarios correspondientes, donde deberán individualizarse las presuntas infracciones y determinarse las responsabilidades según el procedimiento administrativo.
Las medidas adoptadas son de carácter preventivo y las empresas cuentan con los mecanismos administrativos y judiciales previstos para recurrir las disposiciones.
Con información de El Litoral
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