Judicial
Salta 2141: 22 muertes, 62 heridos y un solo condenado que no irá preso
Según el fallo de primera instancia, el gasista que trabajó en el edificio el 6 de agosto de 2013 provocó la tragedia más grande de la historia de Rosario. Su arresto solo se hará efectivo si un tribunal de alzada ratifica la sentencia. Las otras diez personas que llegaron al juicio fueron absueltas
La explosión ocurrida el 6 de agosto de 2013 en Salta 2141, que dejó un saldo de 22 muertos y 62 heridos, tiene un único responsable penal. Según consideró la justicia, en primera instancia, el gasista que realizó mal su trabajo aquella mañana provocó la tragedia más grande de la historia de Rosario. Carlos Osvaldo García recibió este martes la pena de 4 años de prisión efectiva, pero no quedó preso, ya que su arresto solo se hará efectivo si un tribunal de alzada ratifica la sentencia. Las otras diez personas que llegaron al juicio fueron absueltas por «insuficiencia probatoria» en su contra.
Con la sentencia, el tribunal integrado por los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Carlos Leiva no consideró que la tragedia fue la consecuencia de trabajos mal hechos anteriormente en el edificio y la falta de control sobre los mismos. No hizo lugar, como pretendía la Fiscalía y la querella, a la teoría de imputación objetiva, es decir, a que existió una cadena de omisiones de varias personas que generaron situaciones de peligro que aportaron al resultado final: la explosión. «Se advierte que la teoría del caso presenta fisuras argumentales», indicó Canavesio al leer la resolución en la sala 7 del Centro de Justicia Penal.
¿Por qué condenaron a García y por qué no irá preso?
Las once personas que llegaron al juicio fueron acusadas por el delito de estrago culposo agravado. Estrago significa un daño de grandes proporciones que haya generado peligro; culposo porque ninguno tuvo la intencionalidad de causar la explosión; y agravado por la cantidad de personas afectadas por el hecho. El máximo de pena por este delito es de cinco años de prisión efectiva. Y la Fiscalía pidió ese monto de pena para nueve de los once acusados, a excepción del gasista José Luis Allala (gasista que trabajó en la torre a finales de julio) y a Gerardo Bolaño (reclamista de Litoral Gas que cortó el servicio a finales de julio).
Si bien no se conocieron los fundamentos, ya que se darán a conocer luego, el tribunal solo encontró pruebas para condenar a García. «Había pruebas para condenar a más personas», sostuvieron desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA), que apelará las absoluciones.
García no quedó preso tras la audiencia porque, según confiaron desde la justicia, llegó en libertad y la condena no está firme; y porque la sentencia no fue unánime. Los jueces Canavesio y Zvala se inclinaron por dictar cuatro años de prisión efectiva, mientras que Leiva consideró que debía recibir tres años de prisión en suspenso bajo el cumplimiento de una serie de reglas de conducta que tendría que realizar por el período de cuatro años.
Según la acusación, Carlos García manipuló el gabinete de gas sin haber cortado el suministro para empezar a trabajar; tampoco la luz; no cerró la puerta de acceso al edificio; ni avisó a los vecinos cuando comenzó la fuga que duró doce minutos. «Sabíamos que iba a ser condenado», expresó la fiscal Argüelles en conferencia de prensa al tiempo que añadió que se vio sorprendida por la absolución de los otros diez imputados.
Los fiscales y la querella hicieron hincapié durante el debate oral y público en que tres fallecimientos fueron por inhalación de monóxido de carbono y no por traumatismos, según determinaron las autopsias. Por ese motivo remarcaron un dato: el suministro de gas se cortó en la zona 2 horas y 46 minutos después de la explosión, ya que la única máquina que tenía Litoral Gas para hacerlo estaba en otro punto de la ciudad, en Circunvalación y Oroño. Sugirieron de esta forma que podría haber sido menor la cantidad de víctimas fatales si se interrrumpía antes.
Para el tribunal no hubo elementos suficientes para responsabilizar penalmente a los reclamistas de Litoral Gas que hicieron trabajos en el edificio previamente, ni a sus superiores, ni a los encargados de la administración del consorcio por haber contratado a García y por haber sugerido a los vecinos que no llamaran a la empresa porque se iban a quedar sin servicio.
Fuente: Rosario3.com
Judicial
⚖️ Dos condenados por intentos de homicidio en Sunchales y Frontera
Los tribunales de Rafaela dictaron dos condenas a prisión efectiva por graves hechos de violencia ocurridos en el departamento Castellanos, en casos que fueron investigados por el fiscal Martín Castellano.
📌 En el primero de los hechos, ocurrido en Sunchales, fue condenado Edgardo Ángel Calvimonte (29) a 5 años y 6 meses de prisión por intentar asesinar a otro hombre durante una violenta discusión.
El ataque se produjo en octubre del año pasado, cuando la víctima intervino para frenar un conflicto y terminó siendo apuñalada reiteradas veces con una cuchilla, sufriendo heridas de extrema gravedad. La vida del hombre fue salvada gracias a la rápida asistencia.
La sentencia fue dictada por el juez Javier Bottero mediante un juicio abreviado, en el cual el acusado reconoció su responsabilidad.
🔫 Por otro lado, en un juicio oral, Franco Damián Córdoba (32) fue condenado a 6 años de prisión por un intento de homicidio ocurrido en Frontera.
El hecho tuvo lugar en mayo, cuando el acusado ingresó a una vivienda con fines de robo. Al ser sorprendido por el propietario, le disparó con un arma de fuego, hiriéndolo en un hombro.
La víctima logró resguardarse, evitando un desenlace fatal. El fallo fue dictado por el juez Juan Gabriel Peralta.
⚠️ En ambos casos, la Justicia determinó que se trató de tentativas de homicidio, ya que las muertes no se concretaron por circunstancias ajenas a la voluntad de los agresores.
Las penas son de cumplimiento efectivo, marcando una respuesta judicial ante hechos de extrema violencia en la región.
Por Móvil Quique con información de Rafaela Informa
Judicial
⚖️ Cambio clave en la Justicia: la Corte Suprema impulsa una reforma para elegir jueces con menos influencia política
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio un paso importante al proponer una reforma en el sistema de selección de jueces nacionales y federales, con el objetivo de reducir la discrecionalidad política en los concursos.
El proyecto fue elevado al Consejo de la Magistratura y lleva la firma de los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, aunque no cuenta con la del presidente del máximo tribunal, Horacio Rosatti.
📌 La iniciativa apunta a poner límites al peso de la política en la designación de magistrados, buscando que los procesos sean más transparentes y técnicos.
Entre los principales cambios, se propone:
- Dar mayor relevancia a los exámenes y puntajes objetivos
- Fortalecer la evaluación técnica en los concursos
- Reducir la influencia de factores coyunturales o políticos en la conformación de ternas
⚠️ Este planteo llega en un contexto de cambios dentro del Consejo de la Magistratura, donde crece la influencia de La Libertad Avanza.
El nuevo reglamento ya fue girado para su análisis y también se notificó a distintas cámaras judiciales del país. Sin embargo, para que entre en vigencia deberá ser aprobado con mayorías especiales, lo que anticipa un debate intenso en el ámbito judicial y político.
Por Móvil Quique con información de NA
Judicial
⚖️ Revés judicial para Agostina Páez en Brasil: frenan su regreso y deberá esperar el fallo
La situación de Agostina Páez dio un giro inesperado en las últimas horas: la Justicia brasileña decidió impedir su regreso a la Argentina hasta que se dicte la sentencia definitiva.
El fallo del juez sorprendió, ya que tanto la Fiscalía como la querella no se habían opuesto a que la acusada volviera al país mientras avanzaba la causa por injuria racial.
🇧🇷 Decisión inesperada
El magistrado resolvió mantener a Páez en Río de Janeiro, dejando vigentes las restricciones hasta que se presenten los alegatos finales y se emita el fallo, lo que podría demorar entre 15 y 20 días.
👉 La medida contradice el criterio previo de las partes, que avalaban una salida con պայմանes como:
- Pago de una multa
- Reparación económica a las víctimas
- Cumplimiento de tareas comunitarias en Argentina
⚠️ Cambio de escenario
En un primer momento, la audiencia había sido considerada favorable para la defensa. La acusación original —que contemplaba hasta 15 años de prisión— fue reducida a un único hecho continuado con tres víctimas, lo que abre la puerta a una pena más leve.
Sin embargo, el panorama cambió de forma abrupta.
Desde la defensa, encabezada por la abogada Carla Junqueira, calificaron la decisión como inesperada y adelantaron que presentarán un hábeas corpus para revertir la medida.
💬 Indignación en la defensa
“Nunca en mi vida vi una decisión contra lo que pide la propia acusación”, cuestionaron desde el entorno de Páez, marcando la contradicción en el proceso.
💰 Posible sanción económica
Según el Ministerio Público, la imputada podría enfrentar un pago cercano a u$s50.000 por cada víctima, además de tareas comunitarias.
El fallo final será clave no solo para definir el monto del resarcimiento, sino también las condiciones para que pueda abandonar Brasil.
📹 El origen del caso
El hecho ocurrió en enero en un boliche de Río de Janeiro, en medio de una discusión por una cuenta. Según la causa, Páez realizó gestos racistas hacia trabajadores del lugar, lo que quedó registrado en un video que se viralizó y se convirtió en prueba central del caso.
Por Móvil Quique con información de Ámbito
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