Judicial
Salta 2141: 22 muertes, 62 heridos y un solo condenado que no irá preso
Según el fallo de primera instancia, el gasista que trabajó en el edificio el 6 de agosto de 2013 provocó la tragedia más grande de la historia de Rosario. Su arresto solo se hará efectivo si un tribunal de alzada ratifica la sentencia. Las otras diez personas que llegaron al juicio fueron absueltas
La explosión ocurrida el 6 de agosto de 2013 en Salta 2141, que dejó un saldo de 22 muertos y 62 heridos, tiene un único responsable penal. Según consideró la justicia, en primera instancia, el gasista que realizó mal su trabajo aquella mañana provocó la tragedia más grande de la historia de Rosario. Carlos Osvaldo García recibió este martes la pena de 4 años de prisión efectiva, pero no quedó preso, ya que su arresto solo se hará efectivo si un tribunal de alzada ratifica la sentencia. Las otras diez personas que llegaron al juicio fueron absueltas por «insuficiencia probatoria» en su contra.
Con la sentencia, el tribunal integrado por los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Carlos Leiva no consideró que la tragedia fue la consecuencia de trabajos mal hechos anteriormente en el edificio y la falta de control sobre los mismos. No hizo lugar, como pretendía la Fiscalía y la querella, a la teoría de imputación objetiva, es decir, a que existió una cadena de omisiones de varias personas que generaron situaciones de peligro que aportaron al resultado final: la explosión. «Se advierte que la teoría del caso presenta fisuras argumentales», indicó Canavesio al leer la resolución en la sala 7 del Centro de Justicia Penal.
¿Por qué condenaron a García y por qué no irá preso?
Las once personas que llegaron al juicio fueron acusadas por el delito de estrago culposo agravado. Estrago significa un daño de grandes proporciones que haya generado peligro; culposo porque ninguno tuvo la intencionalidad de causar la explosión; y agravado por la cantidad de personas afectadas por el hecho. El máximo de pena por este delito es de cinco años de prisión efectiva. Y la Fiscalía pidió ese monto de pena para nueve de los once acusados, a excepción del gasista José Luis Allala (gasista que trabajó en la torre a finales de julio) y a Gerardo Bolaño (reclamista de Litoral Gas que cortó el servicio a finales de julio).
Si bien no se conocieron los fundamentos, ya que se darán a conocer luego, el tribunal solo encontró pruebas para condenar a García. «Había pruebas para condenar a más personas», sostuvieron desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA), que apelará las absoluciones.
García no quedó preso tras la audiencia porque, según confiaron desde la justicia, llegó en libertad y la condena no está firme; y porque la sentencia no fue unánime. Los jueces Canavesio y Zvala se inclinaron por dictar cuatro años de prisión efectiva, mientras que Leiva consideró que debía recibir tres años de prisión en suspenso bajo el cumplimiento de una serie de reglas de conducta que tendría que realizar por el período de cuatro años.
Según la acusación, Carlos García manipuló el gabinete de gas sin haber cortado el suministro para empezar a trabajar; tampoco la luz; no cerró la puerta de acceso al edificio; ni avisó a los vecinos cuando comenzó la fuga que duró doce minutos. «Sabíamos que iba a ser condenado», expresó la fiscal Argüelles en conferencia de prensa al tiempo que añadió que se vio sorprendida por la absolución de los otros diez imputados.
Los fiscales y la querella hicieron hincapié durante el debate oral y público en que tres fallecimientos fueron por inhalación de monóxido de carbono y no por traumatismos, según determinaron las autopsias. Por ese motivo remarcaron un dato: el suministro de gas se cortó en la zona 2 horas y 46 minutos después de la explosión, ya que la única máquina que tenía Litoral Gas para hacerlo estaba en otro punto de la ciudad, en Circunvalación y Oroño. Sugirieron de esta forma que podría haber sido menor la cantidad de víctimas fatales si se interrrumpía antes.
Para el tribunal no hubo elementos suficientes para responsabilizar penalmente a los reclamistas de Litoral Gas que hicieron trabajos en el edificio previamente, ni a sus superiores, ni a los encargados de la administración del consorcio por haber contratado a García y por haber sugerido a los vecinos que no llamaran a la empresa porque se iban a quedar sin servicio.
Fuente: Rosario3.com
Judicial
Los hermanos Spaggiari continuarán detenidos en Coronda pese a denuncias de apremios ilegales
El juez de Segunda Instancia de los Tribunales de Santa Fe, Dr. Mario Javier Guedes, resolvió que Fernando y Matías Spaggiari permanecieran en la Unidad Penal de Coronda, pese a las denuncias de violencia institucional que presentaron.
Aunque reconoció la validez del Habeas Corpus correctivo solicitado por la defensa, no accedió a trasladarlos a otra unidad penitenciaria.
La audiencia, realizada este viernes en la Sala 7 de los Tribunales de Santa Fe, contó con la participación de los abogados defensores de los hermanos, los doctores José María Silvela y Andrés Colón, quienes presentaron el recurso en respuesta a los presuntos apremios sufridos por sus clientes en Coronda. Según la defensa, estas agresiones, que incluyeron golpes de tumbas, fueron constatadas por médicos del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), el médico forense y profesionales del Hospital Cullen.
Fallo convalidado, pero sin traslado
El juez Guedes coincidió en que los hechos denunciados por los Spaggiari constituyen un agravamiento ilegítimo de sus condiciones de detención, lo que habilita la acción de Habeas Corpus correctivo. Sin embargo, decidió no modificar el lugar de detención de los imputados, argumentando que no existen elementos suficientes para justificar su traslado desde Coronda, donde habrían ocurrido las agresiones.
La resolución contrasta con un fallo anterior del juez de Primera Instancia Nicolás Falkemberg, quien había dispuesto el traslado inmediato de los hermanos a la Unidad Penal de Las Flores o la Alcaidía de Rafaela, señalando que las lesiones sufridas no podían considerarse autoinfligidas ni producto de un acuerdo con terceros.
Investigación en curso
El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe sigue investigando las denuncias de violencia institucional presentadas por los Spaggiari. El juez Guedes ordenó remitir copias de las actuaciones a la fiscalía para ser consideradas en el marco de la causa en curso.
Por ahora, los hermanos Spaggiari continuarán en la Unidad Penal de Coronda, mientras se avanza en la investigación sobre las presuntas irregularidades en su trato dentro del establecimiento penitenciario. Este caso pone nuevamente en debate las condiciones de detención y el cumplimiento de los derechos humanos en las cárceles de la provincia.
Fuente: Rafaela Informa
Judicial
Cristina Kirchner va a juicio oral por el memorándum con Irán
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo de la expresidenta en la causa que se inició por la denuncia del fiscal Alberto Nisman.
La Corte Suprema de Justicia de Argentina confirmó la elevación a juicio oral que enfrenta a la expresidenta Cristina Kirchner por el Memorándum con Irán.
En un fallo unánime, los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Maqueda rechazaron la apelación presentada por la exmandataria.
La causa surgió a partir de la denuncia presentada por el fiscal Alberto Nisman en enero de 2015, quien acusó al Gobierno argentino, más allá de que se trató de una ley que aprobó el Congreso, de negociar con el memorándum la baja de las alertas rojas de Interpol para cinco iraníes vinculados al atentado a la AMIA.
Cuatro días después de presentar su denuncia, el fiscal Nisman fue encontrado muerto en su departamento de Puerto Madero, con un disparo en la cabeza. La Justicia consideró que fue asesinado. Este hecho trágico sumó un contexto complejo a la causa del memorándum, que involucra a varios funcionarios y figuras políticas.
Además de Cristina Kirchner, otros denunciados incluyen a Héctor Timerman, Oscar Parrilli, Juan Martín Mena, Carlos Zannini, Andrés Larroque, Luis D’Elia, el dirigente de la comunidad islámica Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil y Fernando Esteche, exlíder de la agrupación Quebracho.
Todos enfrentan acusaciones relacionadas con el encubrimiento del atentado a la AMIA.
Cristina Kirchner insistió en la nulidad de la causa, en la que se la acusa de encubrimiento agravado por promover la firma del acuerdo entre Argentina e Irán.
El 3 de noviembre de 2023, la expresidenta recurrió a la Corte después de que la Sala I de la Cámara Federal de Casación, integrada por los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, derogara su sobreseimiento y ordenara la realización de un debate público y oral.
Fuente: Cadena 3
Judicial
Alberto Fernández declaró en la causa de los seguros: negó la acusación y no respondió preguntas
El expresidente está acusado por administración fraudulenta y negociaciones incompatibles durante su mandato.
El expresidente Alberto Fernández fue citado a indagatoria para declarar en la causa que investiga irregularidades en la contratación de seguros por parte de organismos estatales en la gestión anterior. El exmandatario se hizo presente este miércoles en Comodoro Py.
Alberto Fernández llegó a Comodoro Py media hora antes y fue indagado por el juez Julián Ercolini y el fiscal Carlos Rívolo en la causa que investiga los 45 contratos firmados por organismos estatales con Nación Seguros y los 25 brokers entre 2019 y 2023. El expresidente está imputado por los delitos de administración fraudulenta en perjuicio del Estado y negociaciones incompatibles.
También fueron citados a declarar Héctor Martínez Sosa, quien se quedó con el 42% de los contratos, su esposa, María Cantero, exsecretaria presidencial, y otros exfuncionarios de Nación Seguros.
Alberto Fernández solicitó la nulidad de la audiencia y su suspensión argumentando que la acusación era “confusa y generalizada”. La misma fue rechazada por el juez Ercolini, quien manifestó que la citación estaba correctamente fundamentada.
Qué declaró Alberto Fernández
El expresidente negó vinculación con la maniobra y no respondió preguntas de Ercolini ni del fiscal Rivolo. Solo respondió preguntas de su defensora.
“Yo sabía que usted no iba a ser imparcial, por eso lo recusé”, dijo Fernández, quien dijo que volverá a recusarlo.
Luego, cuando el juez le consultó si quería escuchar la lectura de la acusación, replicó: “Para qué me van a leer esa barrabasada”.
Se trata de la segunda indagatoria que enfrentará el expresidente, ya que también está siendo investigado en la denuncia por violencia de género que presentó su expareja, Fabiola Yañez. En esa causa deberá presentarse el 11 de diciembre.
Qué se investiga en la causa de los seguros
La investigación está centrada en el decreto 823/2021 que fue firmado por Alberto Fernández en diciembre de ese año. La cual obligaba a los ministerios y otros organismos estatales a contratar pólizas de seguros exclusivamente con Nación Seguros.
Según la acusación en contra del exmandatario es una medida diseñada para beneficiar a intermediarios privados sin licitación pública y sin fomentar la competencia y transparencia en las contrataciones.
La acusación plantea que los responsables llevaron a cabo su operación entre diciembre de 2019 y diciembre de 2023. Durante ese período distribuyeron fondos públicos mediante el direccionamiento irregular de contratos de seguros en beneficio de empresas y particulares.
Entre los imputados también se encuentra el exdirector Alberto Pagliano y otros exfuncionarios del Estado involucrados en la causa por participación.
El decreto firmado por Alberto Fernández fue vetado por el actual presidente mediante el decreto 747/2024.
Esta causa llevó a la investigación de violencia de género en donde Fabiola Yáñez denunció a Alberto Fernández. Tras el peritaje del celular de María Cantero, la exsecretaria del expresidente, se descubrieron los chats en donde quedó al descubierto los hechos de violencia que vivió la ex primera dama.
Fuente: Vía País
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