Judicial
Homicidio en Rafaela: Fueron imputadas las dos mujeres detenidas
Ayer se llevó a cabo la audiencia imputativa, presidida por el juez Javier Bottero, en los Tribunales de Rafaela, donde la fiscal Gabriela Lema acusó a las detenidas de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego en calidad de coautoras”.
Ambas mujeres resultaron ser madre e hija, donde la primera habría disparado un calibre 22, con consentimiento de la segunda, en la zona del torax de la víctima. Hoy se realizará la audiencia cautelar, donde se daría a conocer él o los los motivos del asesinato.
A raíz del asesinato del joven Emiliano Santillán, ocurrido durante el último sábado en el canal norte de nuestra ciudad, entre las calles Chaco y Gabriel Maggi del barrio Italia, y luego de los allanamientos y detenciones de dos mujeres durante el fin de semana, este martes por la tarde se llevó a cabo en la Sala Nº 2 de los Tribunales rafaelinos la audiencia imputativa presidida por el juez Javier Bottero.
Estuvieron presentes también la fiscal Gabriela Lema y la abogada defensora Amalia Cassina, además de las dos personas investigadas. Allí, la fiscal, en virtud de los datos recavados, narró cómo fueron los hechos. En este sentido, la doctora narró, mediante la información suministrada a este Diario, que “el homicidio se produjo el pasado sábado 29 de junio alrededor de las 13:30, donde Sandra Lorena A. (41) y Karen Gisel S. (29), madre e hija respectivamente, y mediante un acuerdo previo, dieron muerte con un arma de fuego calibre 22 a Santillán, quien se encontraba dentro de su domicilio de calle Chaco 1059 de esta ciudad, resultando autora del disparo la mujer de mayor edad”.
Por otro lado, también la fiscal dio a conocer que el proyectil penetró “en la zona superior del torax, ingresando en su cara anterior, generando lesiones viscerales que derivaron en su muerte”.
En base a lo sucedido y a las evidencias, la fiscalía acusó a las detenidas, que se negaron a declarar ante el juez, de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego en calidad de coautoras”.
Durante este miércoles, en el trascurso de la mañana, Lema va a pedir la prisión preventiva para las dos mujeres y se espera, además, que se de a conocer la o las causas que desembocaron en dicho homicidio.
Fuente: La Opinión de Rafaela
Judicial
En abril empezará el juicio en Rafaela a 8 policías que trabajaban en Sunchales
La Fiscalía les endilga a 7 agentes haber torturado a dos presos con antecedentes en el 2019 y a quien era el jefe de la comisaría de encubrir el hecho.

En una instancia previa, una jueza ya había desestimado la carátula de tortura.
Agrandar imagenFamiliares y amigos de los policías aseguran que los acusados son inocentes.
Familiares y amigos de los policías aseguran que los acusados son inocentes.
Siete policías de que trabajaban en Sunchales ( subcomisario FHM de 42 años; la subinspectora SS de 46; el oficial JAC de 34, suboficiales varones CAM de 25 años; BEG de 28 y MLO de 32 y la mujer suboficial -MIA-, de 40 años ) están acusados del delito de “Tortura” y un agente (Jefe de la comisaría pero que no estaba al momento del hecho) de Encubrimiento (LMG, tiene 38 años) por la Fiscalía Regional por un caso ocurrido el 18 de octubre del 2019 en la Comisaría Nº 3 de Sunchales.
Los denunciantes fueron dos hermanos (ambos con antecedentes) que habían sido detenidos legítimamente y que según la fiscal de la causa Dra. Gabriela Lema, sufrieron por parte de los agentes “graves tormentos físicos y psicológicos”. Con las instancias previas al juicio ya concluidas, Se reveló meses atrás que los jueces que integrarán el Tribunal son los doctores José Luis Estévez, Gustavo Bumaguín y Nicolás Stegmayer. El primero de Tostado y los dos restantes de Rafaela. En tanto, en las últimas horas este medio pudo saber de manera exclusiva la fecha de iniciación del juicio, el cual se llevará a cabo por 8 jornadas desde el 16 de abril del 2024.
Cabe recordar que desde noviembre del 2021 no quedan policías detenidos, ya que luego de una audiencia preliminar dos de los uniformados que estaban presos recuperaron su libertad mediante fianzas de 500 mil pesos, cuando la jueza Fortunato cambió la carátula de “Torturas” a la de “Apremios Ilegales” que tiene una pena menor a la de los 25 años que solicita la Fiscalía. En tanto los restantes 6 policías ya habían logrado anteriormente la libertad. De esta manera todos los acusados llegan en libertad al juicio oral y público y así transcurrirán durante dicho proceso judicial.
La acusación de la Fiscalía que deberá probar en el juicio
“Los acusados llevaron a cabo su accionar delictivo entre las 5 y las 6 de la mañana del viernes 18 de octubre de 2019 en el interior de la sede policial ubicada en avenida Belgrano al 300”, precisó la fiscal en su momento, en tanto “los torturados son dos hermanos que habían sido legalmente privados de su libertad”.
Lema afirmó que “las víctimas sufrieron graves tormentos físicos y psicológicos mientras estaban maniatadas con los brazos hacia atrás”, y aclaró que “uno de los hombres atacados tenía esposas y el otro, precintos ajustados más de lo necesario”.
“Los humillaron y los amenazaron con quitarles la vida. Además, a una de las víctimas le aplicaron la técnica conocida como submarino seco, mediante la cual se genera asfixia a partir de colocar una bolsa en la cabeza y también lo amenazaron con agredirlo sexualmente”, añadió la fiscal.
Lema contó que, por un golpe en la nuca, “una de las víctimas atravesó un ventanal de vidrio y sufrió lesiones muy graves en distintas partes del cuerpo, entre ellas, un corte en la vena yugular interna”.
La fiscal explicó que “minutos después, el comisario investigado llegó a la dependencia policial, se enteró de lo ocurrido y omitió comunicarlo a las autoridades competentes”.
“En su carácter de jefe, ordenó a los otros siete agentes que limpiaran el lugar, motivo por el cual se le endilgó el delito de encubrimiento agravado”, completó Lema.
¿Por qué no se trata de torturas?
En una de las audiencias preliminares, la jueza Dra. Fortunato expresó que no están dadas las pruebas -al menos en esta instancia- para hablar del delito de tortura tal como plantea la Fiscalía, desestimando en ese momento la imputación de la parte acusatoria. Y ratificando por otro lado lo que había resuelto en su momento (marzo del 2020) la Cámara integrada por el Juez Dr. Oliva, caratulando el hecho como Apremios Ilegales Calificados. La principal diferencia entre este delito y las torturas, es que en estas últimas “los sufrimientos o padecimientos deben ser infligidos intencionalmente para torturar a la víctima, con el dolo de atormentar o hacer sufrir”, constando además de ” tormentos físicos” y ” sufrimientos psíquicos, con la gravedad suficiente”. Algo que en esta causa por el momento no estaría acreditado.
La Jueza – citando al dictamen de Cámara- asegura que la bolsa con la que se le habría hecho el “submarino seco” (asfixiar a una de las víctimas) no puede contar como prueba, dado que no se halló material de ADN en la misma. Tampoco se puede sumar como evidencia un supuesto palo utilizado para torturar por parte de los policías, dado que las víctimas no lo reconocieron. Fortunato asegura además – siempre apoyándose en el fallo de la Cámara- que los informes médicos sólo refieren a que las víctimas sufrieron lesiones leves esa noche en la Comisaría de Sunchales, salvo un corte en el cuello que recibió uno de los denunciantes producto de haber impactado contra el vidrio de un ventanal. Pero para Fortunato “este corte aún estando en la tesis de la Fiscalía, no aparece como fruto de un obrar enderezado directamente a producirlo”. Es decir, no hay constancia de que haya sido producto de un hecho de tortura por parte de los policías. Dadas estas circunstancias, y debido a que desde que el Dr. Oliva cambió la carátula del caso la Fiscalía no aportó nuevas pruebas, es que Fortunato desestimó el encuadre legal de la parte acusatoria y otorgó – en noviembre del 2021- la libertad a dos de los policías que todavía quedaban detenidos.
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
Caso Spaggiari: reconocido abogado admite que no hubo fraude
El doctor rosarino, Gustavo Feldman, reconoció en una entrevista con Diario CASTELLANOS, que bajo su perspectiva y en base a lo que pudo ir recolectando de la causa, él no percibe que la cesación de pago sea suficiente para considerar a este caso como una estafa.

Mientras en Rafaela todavía siguen los ecos de lo que dejaron las primeras audiencias en el caso Spaggiari, donde los hermanos Fernando y Matías, junto con su madre, Mirta Condotto, fueron puestos en prisión preventiva y domiciliaria respectivamente mientras avanza la causa, los especialistas en el tema todavía debaten si este caso puede ser tomado como una estafa por la mera cesación de pago.
En su visita a Rafaela, el prestigioso doctor Gustavo Feldman, especialista en derecho penal, pasó por la Redacción de Diario CASTELLANOS, donde además de hablar del caso Vicentín donde participa como parte de la querella defendiendo a parte de los acreedores, el abogado también se tomó un minuto para dar su parecer respecto a este caso tan emblemático.
Previo a introducirse en este tema, el doctor admitió que él no forma parte de la causa y que todo su conocimiento se basa en recortes periodísticos y lo que pudo conocer en base a diálogos informales con colegas de la ciudad y que en definitiva “me entusiasmó el tema y me puso a leer sobre el caso Spaggiari”.
En ese punto el especialista en derecho penal admitió que tal y como sucedió en el caso Vicentín aquí también se generó una importante deuda, incluso con muchos vecinos que reclamaba el pago de deudas pendientes, pero que “hasta donde yo pude aprender y conocer, no estoy en la causa, claro, no he tenido acceso a ninguna actuación judicial, ni mucho menos, pero en algunas charlas con colegas de acá de Rafaela y por los medios, este diario reflejó muy detalladamente cuando fueron las audiencias y demás, yo en el caso Spaggiari, honestamente, no veo una situación de estafa” comenzó relatando el abogado.
En esta misma línea admitió que si bien es clara y evidente que “hay una cesación de pago y es indudable que ha habido circunstancias endógenas y exógenas que han tornado imposible honrar las deudas”, pero que en base a su conocimiento no puede hablar de una situación ardidosa o engañosa. “Es más, me comentaban algunos colegas que muchos de los que ahora están reclamando, con justa razón por sus dineros, hacía cuatro o cinco años que vivían de los intereses que percibían. Quiere decir que había una situación de generación de confianza a partir de una situación genuina de cumplimiento. Y por otra parte no se ven, por lo menos donde yo conozco, reitero, no se ven elementos, como sí se ven en otros casos, empezando por Vicentín, que hagan pensar que se ha diseñado una planificación, que se ha diseñado un ardid para quedarse con el dinero ajeno” detalló.
Así mismo el doctor rosarino reconoció que indudablemente deberán “extremar los recaudos en el plano concursal, para ver de qué manera se puede, por lo menos en parte, cubrir esta deuda”.
Por otro lado, el abogado también se refirió a la actual situación de las personas procesadas con los hermanos y la madre con prisión preventiva y domiciliaria, que según percibe “estamos asistiendo a una detención impropia de las personas que están detenidas. Tengo entendido que hay una mujer anciana detenida. Lamentablemente en la República Argentina la prisión preventiva se usa más como pena anticipada que como medida cautelar. Pero, bueno, tengo la limitación de que conozco lo que conozco por esas referencias oficiosas, informales de colega y por lo que han reflejado los medios” aclaró el abogado, que si bien no participa en la causa se mostró realmente interesado en poder dejar su opinión en claro sobre lo que acontece en este caso que mantiene en vilo a más de un vecino en nuestra ciudad y en la región.
Fuente: Diario Castellanos
Judicial
Sunchales: Lo condenaron por haber agredido a su ex pareja y causar daños a un auto
M. R. A. C., de 34 años, fue condenado a dos años de prisión de cumplimiento condicional por haber agredido físicamente a su ex pareja en Sunchales.

La condena también se le impuso por haber amenazado a la mujer, y por haberle causado daños al vehículo que es del hombre que es la actual pareja de ella.
La fiscal Gabriela Lema, perteneciente a la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 5, representó al MPA en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos en el que se impuso la pena. Por su parte, el juez Nicolás Stegmayer, fue el encargado de dictar la sentencia.
Violencia, amenazas y daño
Lema manifestó que “el 10 de octubre pasado, aproximadamente a las 23:30, el condenado fue en auto a la intersección de calle Montalbett y la ruta 280 de Sunchales, donde estaba su expareja cenando con un hombre al lado del vehículo de él”. Agregó que “C. se bajó de su auto e intentó agredir físicamente al hombre que es la actual pareja de la mujer, lo que no pudo concretar”.
“Al intervenir la mujer para intentar detener la agresión, el condenado comenzó a agredirla físicamente y le provocó lesiones en distintas partes del cuerpo. Además, la insultó y la amenazó de muerte”, prosiguió.
La fiscal manifestó que “C. también daño el vehículo de la actual pareja de la mujer. Le arrojó piedras, luego se subió al automóvil de la mujer y chocó intencionalmente el vehículo del hombre, al que le provocó múltiples daños en la carrocería, espejos retrovisores, vidrios, luneta y faros”.
“El hecho se le atribuyó a C. en un claro contexto de violencia de género”, afirmó la fiscal.
Abreviado
C. fue condenado como autor de los delitos de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo, amenazas, daño, todo en un marco de violencia de género.
Además debió hacerse cargo de la reparación total de los daños causados al automóvil del hombre que estaba con su expareja, y asumió el compromiso de realizar un tratamiento psicológico durante dos años, para lo cual deberá presentar informes trimestrales.
El condenado y su abogado defensor aceptaron la decisión de abreviar los procedimientos del juicio. Asimismo, el imputado admitió su culpabilidad y responsabilidad en los hechos que se le atribuyeron, aceptó la calificación penal propuesta por la Fiscalía y la pena que se le impuso.
Por su parte, las víctimas manifestaron su conformidad respecto al procedimiento abreviado y a la pena impuesta.
Fuente: Radio Suardi
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