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Condena a Karen Ñáñez: La Cámara de Apelaciones definirá los años de prisión

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Recordamos que en su momento la fiscal María Alejandra Politti -que ahora apeló la decisión de la jueza Laura Lencinas- había pedido 19 años de prisión para la joven autora de la muerte de María Fernanda Chicco ocurrida en Ceres en febrero de 2015.

La Jueza de Menores le aplicó a Ñáñez una pena de siete años de prisión por el Homicido agravado por alevosía.

De acuerdo a información a la que tuvo acceso Diario CASTELLANOS, en las últimas horas la fiscal María Alejandra Politti presentó el escrito de apelación en relación a la decisión adoptada días pasados por la Jueza de Menores de la Primera nominación de nuestra ciudad la Dra. Laura Lencinas quien decidió condenar a Karen Ñáñez, la joven ceresina autora del homicidio agravado por alevosía del que resultara víctima María Fernanda Chicco, a la pena de siete años de prisión por el hecho ocurrido en Ceres en febrero del año 2015 cuando la autora -que ahora es mayor de edad- tenía apenas 16 años.

En su momento Politti había solicitado una pena de 19 años de prisión por lo que ahora apeló dicha decisión y serán los magistrados del Colegio de Jueces de nuestra ciudad, los que deberán determinar si mantienen la sentencia de Lencinas; si deciden bjarla o cómo pretenden la fiscalía y los padres de María Fernanda, elevar considerablemente esa cantidad de años.

Ahora habrá que aguardar si la defensa también apela o apeló la sentencia -habían solicitado la absolución de Ñáñez- y para cuándo se defina la audiencia de apelación.

 

Resolución de la Jueza

En su momento en Diario CASTELLANOS– publicábamos que «La Justicia de Menores de Rafaela condenó a Karen Ñáñez, hallada penalmente responsable del homicidio de María Fernanda Chicco, ocurrido en febrero de 2015 en la ciudad de Ceres, a la pena de 7 años de prisión de cumplimiento efectivo, en una causa que se enmarcó en el Decreto Ley N° 22.278, que determina el Régimen Penal para la Minoridad, aplicable a este caso.

Karen tenía 16 años cuando cometió el asesinato. En el fin de semana de Carnaval, citó mediante engaños a María Fernanda Chicco, de 18, a un aserradero ubicado en las afueras de Ceres, la ciudad en la que ambas residían. Desde el celular del novio de la víctima, del que se había apoderado, la adolescente había llamado a Fernanda para citarla en el escenario donde consumaría el crimen: la hirió con arma blanca y la ahorcó con un alambre.

 

Fundamentación

De acuerdo a las fuentes consultadas, el eje principal del fallo condenatorio incluye aspectos que son propios del régimen penal juvenil y que difieren sustancialmente de los procesos penales que se le siguen a imputados mayores de edad. Puntos principales de la determinación adoptada por Lencina están incluídos en el artículo 4° de la ley 22278, que regula casos como el de la adolescente autora del homicidio.

Específicamente ese artículo indica que «una vez cumplidos estos requisitos, si las modalidades del hecho, los antecedentes del menor, el resultado del tratamiento tutelar y la impresión directa recogida por el juez hicieren necesario aplicarle una sanción, así lo resolverá, pudiendo reducirla en la forma prevista para la tentativa. Contrariamente, si fuese innecesario aplicarle sanción, lo absolverá, en cuyo caso podrá prescindir del requisito del inciso segundo».

Esto significa, ni más ni menos, que el juez puede considerar -independientemente de la calificación legal del hecho cometido y de las características de la imputación formulada- que el menor, en el momento de ser decidida la condena, no debe recibir la sanción, por evaluar que ésta resulta innecesaria. Y absolver al acusado, sea éste un ladrón de gallinas o un asesino serial. Por el contrario, si considera que la sanción resulta necesaria debe fundamentar esta decisión.

 

 

 

Fuente: Diario Castellanos

 

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Brindaron detalles el estado del proceso concursal de Sancor

La firma jurídica advirtió que el juez dio a la empresa una última oportunidad para presentar un plan de contingencia y evitar la quiebra.

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Foto: Ilustrativa

La Empresa de Servicios Jurídicos Regali y Asociados brindó detalles sobre el estado actual del proceso concursal de Sancor, aclarando que la información difundida está vinculada a su participación directa en el conflicto.

En el comunicado, los abogados recordaron que “el proceso de concurso recién está en sus pasos iniciales”, tras haber finalizado la etapa de verificación y la de impugnación de los créditos.

Reunión del consorcio de acreedores

Desde el estudio indicaron que en la última reunión del consorcio se abordó el pedido de quiebra presentado por el sindicato, analizando sus consecuencias y las posibilidades de garantizar los créditos de sus representados, en su mayoría ex trabajadores, productores y proveedores de la empresa.

También se trató el pedido de intervención de la administración presentado por el estudio, que solicita el desplazamiento de los cargos directivos y la promoción de una investigación penal por las actividades desarrolladas durante los últimos diez años. “El tiempo de diez años no es caprichoso, sino que tiene que ver con el plazo de prescripción de ciertas acciones”, explicaron.

En ese marco, el juzgado requirió a Sancor la presentación de un plan de contingencia, en el que deberá detallar su estrategia para salir de la crisis, las asesorías con las que cuenta y las decisiones adoptadas.

“El juez está intentando darle una oportunidad más a la empresa para salir de los pedidos de quiebra, que están muy bien fundados y tienen todas las posibilidades de concretarse”, advirtieron desde el estudio.

Riesgo de quiebra

Regali y Asociados alertó que, de concretarse la quiebra, esta sería de carácter liquidativo. “Así como Sancor Seguros continúa con la ejecución de la hipoteca que mantiene sobre el Centro de Distribución de Buenos Aires, el resto de los acreedores podría avanzar sobre sus créditos especiales, entre ellos la marca, uno de los activos más valiosos de la empresa”, precisaron.

También indicaron que el valor de remate de los bienes “suele ser la mitad o menos”, y que las plantas, como la de Sunchales, tienen tecnología obsoleta y bajo valor de venta. “Hasta el momento hubo un solo interesado en la compra, pero el monto ofrecido fue irrisorio y no alcanzaba para pagar ni el 10% de las deudas”, agregaron.

Irregularidades y falta de respuestas

El estudio remarcó que la intervención de la administración se solicita debido a “las irregularidades que existen en el acontecer diario de la empresa y la falta de información verificable”. Denunciaron que la firma “se maneja de forma autónoma y sin rendir cuentas a la sindicatura”, mencionando como ejemplo la negociación con la empresa Elcor S.A., de la cual el juez y la sindicatura se habrían enterado por los medios.

Asimismo, señalaron “la presentación de 850 recibos apócrifos” .

Por último, manifestaron su preocupación por “la falta de respuesta y la desidia con la que los funcionarios tratan la situación”. “Parece que quieren que la empresa quiebre de una vez por todas. No hay voluntad ni espíritu de lucha, y en esas condiciones es imposible rescatarla. Los directivos no dan señales de vida, y el juez ni siquiera los conoce”, concluyeron.

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Continúa la prisión preventiva de un hombre por un intento de homicidio cometido en Sunchales

Confirmaron por la prisión preventiva de un hombre por un intento de homicidio cometido en Sunchales.

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Foto: archivo

Un hombre de 32 años, cuyas iniciales son GSP, continuará en prisión preventiva en el marco de una causa en el que está acusado como autor de una tentativa de homicidio cometida con un arma de fuego el 13 de junio del año pasado en Sunchales

La medida cautelar fue confirmada por el camarista Cristian Fiz, luego de escuchar a las partes en la audiencia de apelación. La preventiva ya había sido ratificada por otro tribunal en diciembre del año pasado. El fiscal a cargo de la investigación es Martín Castellano, de la Sección Homicidios de la Fiscalía Regional 5

Castellano sostuvo que “se tuvo en cuenta que ya presentamos la acusación contra el hombre investigado y estamos a la espera de que la Oficina de Gestión Judicial fije fecha para el inicio del juicio oral y público”.

Peligros procesales

Castellano sostuvo que “en esta nueva audiencia de apelación, el camarista volvió a coincidir con la Fiscalía en que las evidencias que presentamos en la audiencia de medidas cautelares fueron suficientes para tener por acreditadas la materialidad y la participación del imputado en el hecho ilícito”. En tal sentido, agregó que “el juez de segunda instancia también refirió a la pena en expectativa y dijo que en la acusación solicitamos 13 años de prisión de cumplimiento efectivo”.

El fiscal manifestó que “el juez consideró que ante la proximidad del juicio oral y publico, los riesgos procesales aumentan y podrían hacer que el acusado no se sujete al proceso”.

Con un revólver

Castellano recordó que “el ilícito fue cometido aproximadamente a las 11:30 del jueves 13 de junio del año pasado mientras la víctima caminaba con su novia adolescente por calle Alem al 1.300”. Relató que “luego de perseguirlos desde atrás, el acusado se paró delante de ellos, extrajo un revólver –del que no tenía la debida autorización legal– de su cintura, le apuntó al hombre y le exigió que le entregue sus pertenencias”.

El fiscal manifestó que “mientras la víctima se sacaba la mochila para dársela, el imputado le apuntó a la menor de edad y la amenazó diciéndole que le dispararía con el arma si interfería”.

En tal sentido, agregó que “inmediatamente después, a una distancia aproximada de 50 centímetros, le disparó al rostro del hombre con la clara intención y voluntad de provocarle la muerte”.

El fiscal subrayó que “tras efectuar el disparo, el acusado se fue corriendo del lugar sin haber logrado su objetivo de quitarle la vida a la víctima por razones ajenas a su voluntad debido a la inmediata intervención de personal médico”.

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Crimen en Moisés Ville: libertad para el padre y prisión preventiva para el hijo, acusado de dar la puñalada mortal

Se trata del violento hecho ocurrido el jueves donde un hombre identificado como Gastón Pfaffen fue apuñalado y perdió la vida.

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Foto: Archivo

La justicia resolvió este miércoles la situación procesal de los dos detenidos por el crimen de Gastón Alejandro Pfaffen, de 35 años, ocurrido la semana pasada en Moisés Ville, departamento San Cristóbal.

En la audiencia cautelar realizada en la Oficina de Gestión Judicial de San Cristóbal de manera semipresencial, la fiscal Hemilce Fissore imputó a Fabricio Alejandro Battiston (padre) y a su hijo Fabricio Alejandro Battiston, acusados por el delito de homicidio doloso. A través de la plataforma Zoom, el doctor Carlos Farías Demaldé, asistió profesionalmente a la madre y a la esposa de la víctima, que pedirán constituirse como querellantes en la causa. La audiencia contó ademàs con la participación de los abogados Alejandro María Otte, Juan Manuel Lovaiza y Cecilia Andrea Gaitán como defensores de los acusados.

La juez interviniente Gabriel Peralta, dispuso la libertad del padre, mientras que al hijo, de 23 años, le dictó la prisión preventiva, al considerarlo quien presuntamente le habría propinado la puñalada mortal a Pfaffen. Algo que fue reconocido por el propio acusado a travès de su defensor, aunque alegando legítima defensa.

El violento episodio ocurrió en la vivienda de los Battiston, cuando la víctima —que era empleador del hijo— se presentó en el lugar para reclamarle por el incumplimiento de una tarea laboral. En ese marco se habría generado una discusión que terminó de la peor manera, con Pfaffen herido de arma blanca y posteriormente fallecido.

Minutos después del ataque, personal de la Comisaría 3ª detuvo a padre e hijo, quienes quedaron a disposición de la Fiscalía Regional 5.

Con la medida cautelar definida, la fiscal Fissore deberá profundizar la investigación para establecer con precisión las circunstancias del crimen, reunir pruebas y tomar declaraciones que permitan llegar a juicio.

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