Judicial
Condena a Karen Ñáñez: La Cámara de Apelaciones definirá los años de prisión
Recordamos que en su momento la fiscal María Alejandra Politti -que ahora apeló la decisión de la jueza Laura Lencinas- había pedido 19 años de prisión para la joven autora de la muerte de María Fernanda Chicco ocurrida en Ceres en febrero de 2015.
La Jueza de Menores le aplicó a Ñáñez una pena de siete años de prisión por el Homicido agravado por alevosía.
De acuerdo a información a la que tuvo acceso Diario CASTELLANOS, en las últimas horas la fiscal María Alejandra Politti presentó el escrito de apelación en relación a la decisión adoptada días pasados por la Jueza de Menores de la Primera nominación de nuestra ciudad la Dra. Laura Lencinas quien decidió condenar a Karen Ñáñez, la joven ceresina autora del homicidio agravado por alevosía del que resultara víctima María Fernanda Chicco, a la pena de siete años de prisión por el hecho ocurrido en Ceres en febrero del año 2015 cuando la autora -que ahora es mayor de edad- tenía apenas 16 años.
En su momento Politti había solicitado una pena de 19 años de prisión por lo que ahora apeló dicha decisión y serán los magistrados del Colegio de Jueces de nuestra ciudad, los que deberán determinar si mantienen la sentencia de Lencinas; si deciden bjarla o cómo pretenden la fiscalía y los padres de María Fernanda, elevar considerablemente esa cantidad de años.
Ahora habrá que aguardar si la defensa también apela o apeló la sentencia -habían solicitado la absolución de Ñáñez- y para cuándo se defina la audiencia de apelación.
Resolución de la Jueza
En su momento en Diario CASTELLANOS– publicábamos que «La Justicia de Menores de Rafaela condenó a Karen Ñáñez, hallada penalmente responsable del homicidio de María Fernanda Chicco, ocurrido en febrero de 2015 en la ciudad de Ceres, a la pena de 7 años de prisión de cumplimiento efectivo, en una causa que se enmarcó en el Decreto Ley N° 22.278, que determina el Régimen Penal para la Minoridad, aplicable a este caso.
Karen tenía 16 años cuando cometió el asesinato. En el fin de semana de Carnaval, citó mediante engaños a María Fernanda Chicco, de 18, a un aserradero ubicado en las afueras de Ceres, la ciudad en la que ambas residían. Desde el celular del novio de la víctima, del que se había apoderado, la adolescente había llamado a Fernanda para citarla en el escenario donde consumaría el crimen: la hirió con arma blanca y la ahorcó con un alambre.
Fundamentación
De acuerdo a las fuentes consultadas, el eje principal del fallo condenatorio incluye aspectos que son propios del régimen penal juvenil y que difieren sustancialmente de los procesos penales que se le siguen a imputados mayores de edad. Puntos principales de la determinación adoptada por Lencina están incluídos en el artículo 4° de la ley 22278, que regula casos como el de la adolescente autora del homicidio.
Específicamente ese artículo indica que «una vez cumplidos estos requisitos, si las modalidades del hecho, los antecedentes del menor, el resultado del tratamiento tutelar y la impresión directa recogida por el juez hicieren necesario aplicarle una sanción, así lo resolverá, pudiendo reducirla en la forma prevista para la tentativa. Contrariamente, si fuese innecesario aplicarle sanción, lo absolverá, en cuyo caso podrá prescindir del requisito del inciso segundo».
Esto significa, ni más ni menos, que el juez puede considerar -independientemente de la calificación legal del hecho cometido y de las características de la imputación formulada- que el menor, en el momento de ser decidida la condena, no debe recibir la sanción, por evaluar que ésta resulta innecesaria. Y absolver al acusado, sea éste un ladrón de gallinas o un asesino serial. Por el contrario, si considera que la sanción resulta necesaria debe fundamentar esta decisión.
Fuente: Diario Castellanos
Judicial
Crimen de Aralí Vivas: fijaron para septiembre el juicio oral en Córdoba
La Justicia de Córdoba confirmó que el juicio por el crimen de Aralí Vivas, la niña de ocho años asesinada en la ciudad de Brinkmann en 2024, se realizará los días 22, 23 y 29 de septiembre en los tribunales de San Francisco.
La Justicia de Córdoba confirmó que el juicio por el crimen de Aralí Vivas, la niña de ocho años asesinada en la ciudad de Brinkmann en 2024, se realizará los días 22, 23 y 29 de septiembre en los tribunales de San Francisco.
El proceso estará a cargo de la Cámara Criminal y Correccional y contará con la participación de jurados populares.
Tres acusados llegarán detenidos al juicio
En el banquillo de los acusados estarán Rocío Milagros Rauch, madre de la menor; Matías Ezequiel Simeone, pareja de la mujer; y Cristian Hernán Varela, amigo de Simeone.
Los tres permanecen detenidos y enfrentan graves imputaciones vinculadas al asesinato de la niña.
De acuerdo a la investigación impulsada por el Ministerio Público Fiscal, los acusados habrían participado de distintos abusos sexuales contra Aralí que derivaron en su muerte.
Además, la causa incluye la figura de homicidio criminis causa, mientras que Simeone también está acusado de haber provocado el incendio de la vivienda para intentar eliminar pruebas del hecho.
Cómo será el proceso judicial
Antes del inicio del debate oral se realizará la selección de jurados en los tribunales de San Francisco.
En una primera instancia se conformará una nómina de 24 ciudadanos y luego quedarán establecidos los 12 jurados titulares que participarán del juicio.
Un caso que conmocionó a Brinkmann y la región
El crimen de Aralí Vivas generó una fuerte conmoción en Brinkmann y en toda la región luego de que el cuerpo de la menor fuera hallado el 1 de noviembre de 2024 tras un incendio registrado en la vivienda donde residía.
La investigación judicial determinó que el fuego habría sido provocado intencionalmente con el objetivo de ocultar evidencias.
La autopsia reveló que la niña presentaba lesiones compatibles con abuso sexual y un traumatismo craneal.
En caso de que el tribunal coincida con la acusación sostenida por la Fiscalía, los imputados podrían recibir la pena de prisión perpetua.
Con información de Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Intentó abusar sexualmente de una adolescente en Eusebia: imputaron al acusado y pedirán prisión preventiva
La Justicia avanzó en la investigación del grave hecho de violencia de género ocurrido en la localidad de Eusebia, donde un hombre de 45 años fue imputado por intentar abusar sexualmente de una adolescente de 17 años.
La causa es encabezada por la fiscal Flavia Burella, quien formalizó la acusación ante el juez Gustavo Bumaguín. Al imputado se le atribuyó la presunta autoría del delito de “abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa”.
La defensa del acusado está a cargo del defensor público Bruno Rossini.
Persecución y ataque en caminos rurales
De acuerdo con la hipótesis de la Fiscalía, el hecho ocurrió el viernes 31 de mayo en cercanías de una heladería ubicada sobre la ruta 280s.
Según la investigación, el acusado —quien trabaja en un tambo— interceptó a la adolescente e insistió en mantener relaciones sexuales. Tras la negativa de la joven, comenzó una persecución que se extendió por caminos rurales de la zona.
La víctima intentó escapar desviando su recorrido, pero la situación se agravó cuando su motocicleta se quedó sin combustible en medio del campo. En ese momento, el agresor logró alcanzarla.
Siempre según la acusación fiscal, el hombre provocó un choque entre ambas motos para hacerla caer a la banquina. Luego le quitó el teléfono celular para dejarla incomunicada y la sujetó violentamente del cuello mientras intentaba abusar de ella.
La adolescente logró defenderse, arañando al atacante y propinándole una patada en la zona genital. Esa reacción le permitió recuperar su teléfono y escapar corriendo para pedir ayuda, lo que provocó la fuga del agresor.
Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió traumatismos y hematomas, lesiones que fueron constatadas mediante exámenes médicos.
Pedirán la prisión preventiva
Tras la audiencia imputativa, el proceso continuará con una audiencia de medidas cautelares, donde la fiscal Burella solicitará la prisión preventiva del acusado debido a la gravedad del hecho y los riesgos procesales.
Será el juez Bumaguín quien deberá resolver en los próximos días si el imputado permanece detenido mientras avanza la investigación penal.
Con información de Radio Belgrano de Suardi
Judicial
Tacural: quedó en libertad un acusado por un violento robo a una familia dentro de una vivienda
La decisión fue tomada por el juez Gustavo Bumaguin durante una audiencia realizada en Rafaela. El imputado seguirá ligado a la causa bajo estrictas medidas de conducta mientras continúa la investigación.
La Justicia resolvió otorgar la libertad a uno de los imputados en una causa que investiga un violento robo ocurrido en la localidad de Tacural, donde una familia denunció haber sido amenazada y despojada de dinero en efectivo dentro de su vivienda.
La medida fue dispuesta este martes por el juez penal Gustavo Bumaguin durante una audiencia de revisión de prisión preventiva realizada en los tribunales de Rafaela.
El hecho investigado
Según la acusación, el episodio ocurrió durante la noche cuando tres hombres habrían ingresado de manera violenta a una vivienda de Tacural luego de protagonizar previamente un altercado con el propietario del inmueble.
Siempre de acuerdo a la investigación, los agresores forzaron puertas y ventanas para ingresar a la casa, amenazaron de muerte a los integrantes de la familia y se llevaron una importante suma de dinero en efectivo junto a otros elementos de valor.
Entre las víctimas se encontraba además una mujer embarazada, quien también habría sido intimidada durante el asalto.
Qué resolvió la Justicia
La audiencia contó con la participación del fiscal Juan Manuel Puig por parte del Ministerio Público de la Acusación y del abogado defensor Juan Bautista Degiovanni.
Durante el debate, la defensa sostuvo que la investigación se encuentra avanzada y que ya fueron realizadas las principales medidas probatorias, por lo que consideró que no existían riesgos procesales suficientes para mantener la prisión preventiva.
La Fiscalía, en cambio, se opuso al pedido de libertad al entender que persisten riesgos vinculados a la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y las próximas instancias judiciales.
Finalmente, el magistrado hizo lugar al planteo defensivo y ordenó la liberación del acusado bajo una serie de condiciones obligatorias.
Las restricciones impuestas al imputado
Entre las medidas dispuestas por la Justicia figuran:
- Fijar domicilio.
- Someterse al cuidado de un guardador.
- No mantener contacto con víctimas ni testigos.
- Prohibición de ingresar a Tacural.
- Firma periódica en una dependencia policial.
- Prohibición de portar o poseer armas de fuego.
De esta manera, el imputado continuará sometido al proceso penal, aunque en libertad, mientras la causa avanza hacia las próximas etapas judiciales.
Con información de Rafaela Informa
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