Judicial
Crimen en Lehmann: una cacería en moto y tres puñaladas mortales
El fiscal Martín Castellano imputó a Miguel Angel Spahn como autor del hecho y describió cómo se registró el ataque en la noche del viernes en Lehmann.
Gonzalo Riato vivía en calle Colón 423 de Lehmann, con su esposa y sus dos pequeños hijos, un nene de 3 años y una beba de 3 meses. El viernes 7 de julio a las 20 terminó su jornada laboral en la planta de Verónica, junto a su padre, Edgardo. Los dos salieron a las 8 de la noche y cada uno fue a su casa, tras terminar el turno laboral. Ninguno de los dos imaginaba que a Gonzalo lo esperaba la muerte.
Miguel Angel Spahn tiene 37 años. Nacido en Rafaela, vive también sobre calle Colón, pero al 393. En la noche del viernes, Spahn montaba una Honda Wave de color azul. Estaba armado con un cuchillo de 17 cm. de hoja, de 2,5 centímetros de ancho, con un mango de madera y metal. Montaba una Honda Wave de color azul. Comenzó a increpar a Gonzalo. Le gritaba que «lo había dejado sin nada»,que «no tenía códigos» y que había «hablado pestes» de su persona.
Gonzalo quiso escapar. Corrió por Colón hasta calle Suipacha, hizo una cuadra y tomó por Hernandarias, que es paralela a Colón. Gritaba pidiéndole a los vecinos que llamaran a la policía, mientras su agresor lo perseguía en su moto. Riato intentó refugiarse en una casa de calle Hernandarias al 301, donde vive un matrimonio. Spahn seguía insultándolo: «salí, hijo de puta, me arruinaste», «me mandó a la policía, salí hijo de puta», «me cagó la vida», insistía.
Riato volvió a salir de la casa, siempre acosado y perseguido por Spahn. Corrió por 50 metros pero la moto era más rápida: Gonzalo volvió sobre sus pasos, ingresó nuevamente a la casa de Hernandarias 301. Ahi, en el jardín delantero, finalmente fue acorralado por Spahn,que había dejado tirada su moto y ahora atacaba, cuchillo en mano. Tres puñaladas hirieron a Gonzalo. La autopsia posterior reveló que lo hirió en el lateral izquierdo del cuello, en el lateral izquierdo del tórax, porción inferior, y en la zona anterior e inferior del tórax, levemente hacia la derecha, al costado del esternón.
A Spahn no lo detuvo la policía sino un vecino que lo redujo. Gonzalo, trasladado de urgencia por el SIES 107 de Lehmann, murió unos minutos después, a poco de llegar al Hospital de Rafaela. Todos los detalles contados anteriormente fueron narrados por el fiscal Castellano en la audiencia imputativa de este lunes, ante el juez Javier Bottero y la abogada defensora Georgina Alassia, del servicio público de defensa penal.
«Que se pudra en la cárcel»
En la audiencia estuvo presente Edgardo, el padre del joven asesinado. También su consuegro. Afuera esperaban otros familiares, todos visiblemente afectados por la muerte de Gonzalo. Edgardo pidió que Spahn fuera retirado de la sala antes de hacer uso de la palabra, ejerciendo su derecho como víctima. Con la voz quebrada por el llanto, describió a Gonzalo como un joven que «no tenía maldad, vívía trabajando y criando a sus hijos, un tipo responsable, bueno, cero maldad. Por ser tan bueno le pasó lo que le pasó». Consideró que el crimen fue «un acto de crueldad muy alevoso» y sólo expresó su deseo de que el asesino sea castigado «con justicia, pero con todo el rigor de la justicia». «Debería pudrirse en la cárcel», porque «no le importó si había testigos, si lo veían, no lo importó nada. No sé por qué lo atacó, Gonzalo no tenía trato con esa persona, no tiene nombre lo que hizo», remarcó.
En medio de una sala absolutamente silencionsa, el juez Bottero sólo se limitó a escucharlo y expresarle sus condolencias por la pérdida. Este martes, en una audiencia de medidas cautelares, si todo sucede como se presume y con pocas dudas acerca de la autoría material del hecho, Spahn recibirá la prisión preventiva, a la espera del juicio en la que se dicte su condena. Gonzalo, lamentablemente, ya no volverá con los suyos. Y sus hijos crecerán sin padre, en una familia que deberá sobreponerse ante una pérdida que duele desde cualquier lugar que se la mire.
Fuente: Rafaela Noticias
Judicial
Prisión preventiva para un hombre de Hersilia por delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas
Quedó en prisión preventiva un hombre de 51 años al que se investiga por haber cometido delitos sexuales en perjuicio de cuatro niñas en Hersilia. Así lo ordenó el juez Nicolás Stegmayer en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal
La Fiscal Hemilce Fissore está a cargo de la investigación y es quien solicitó que el imputado, cuyas iniciales son FAM, transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado dispuso la prisión preventiva sin plazo.
Los hechos
Fissore señaló que «el martes 13 de enero pasado, aproximadamente a las 14, el hombre investigado realizó exhibiciones obscenas con un claro contenido sexual ante una niña que ingresó a su comercio para comprar golosinas”.
La fiscal manifestó también que “durante el mes de noviembre del año pasado, el imputado contactó a través de WhatsApp a tres niñas con el fin de solicitarles que le envíen fotografías íntimas de índole sexual”.
Agregó que “con el fin de lograr su objetivo, les decía a las niñas que si no le mandaban las fotografías exigidas, efectuaría publicaciones en redes sociales o les causaría algún daño a integrantes de su familia”.
Por último, la Fiscal relató que “el hombre de 51 años, hace aproximadamente un año, intentó agredir sexualmente a otra niña en el interior de su comercio en horario de la siesta cuando la menor concurrió a realizar una compra”. Sostuvo que “el hombre investigado la tomó de la cintura e intentó ingresarla a la parte interior del inmueble pero no logró su objetivo en virtud de la resistencia de la víctima que logró escaparse del lugar”.
Fissore aseguró que “el imputado llevó a cabo los hechos con pleno conocimiento y voluntad respecto del alcance de sus actos”.
Peligros procesales
La fiscal expuso que “el juez dio por acreditadas la autoría y materialidad de los hechos que le imputamos con el grado de probabilidad que demanda esta etapa del proceso penal y en virtud de las numerosas evidencias que presentamos”.
También dijo que “en cuanto a la pena en expectativa, el magistrado sostuvo que será necesariamente de cumplimiento efectivo, no solo porque posee un antecedente condenatorio por delitos de la misma naturaleza sino también por la calificación penal escogida”.
“En relación con la posibilidad de entorpecimiento probatorio, Stegmayer sostuvo que es necesario resguardar las declaraciones de las víctimas vulnerables y resguardarlas de posibles amenazas de parte del imputado”, explicó la fiscal.
Calificación penal
El imputado es investigado como autor de exhibiciones obscenas calificadas por la edad de la víctima, grooming y abuso sexual simple en grado de tentativa.
Fuente: Radio Belgrano de Suardi
Judicial
⚖️ Fallo ejemplar y sin precedentes: empresario deberá comprarle una casa a su hijo tras negarlo durante 38 años
La Justicia bonaerense dictó un fallo histórico que sacude al ámbito del Derecho de Familia y marca un antes y un después en las demandas por filiación.
En Tres Arroyos, un empresario fue condenado a indemnizar con el valor de una vivienda a su hijo biológico, a quien nunca reconoció legalmente durante casi cuatro décadas.
👤 El demandante, hoy de 36 años, creció únicamente con su madre —trabajadora de casas particulares— mientras su padre biológico construía una vida de solvencia económica y prestigio social, ignorando por completo sus responsabilidades afectivas y legales.
🧬 El proceso judicial incluyó pruebas de ADN contundentes, que no solo confirmaron el vínculo biológico, sino que también dejaron expuesta una conducta deliberada de abandono. Según la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Tres Arroyos, el empresario conocía la existencia de su hijo y, aun así, eligió no reconocerlo.
🏠 Una casa como reparación del daño: el eje del fallo
Lo más resonante de la sentencia es el monto de la indemnización. La jueza consideró que el daño causado no fue solo emocional, sino también económico y estructural.
⚠️ Al no ser reconocido como hijo de un empresario con alto poder adquisitivo, el demandante perdió oportunidades concretas:
- acceso a mejor educación
- atención en salud
- estabilidad económica
- bienes básicos
que sí tuvieron sus hermanos reconocidos.
💰 Por ese motivo, la Justicia fijó una indemnización equivalente al valor de una vivienda de clase media, estimada en 65.000 dólares, además de cubrir un tratamiento psicológico prolongado.
📌 El fallo se apoya en el concepto de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad, estableciendo que la reparación debe permitirle al damnificado alcanzar un nivel de vida similar al que habría tenido si hubiera sido reconocido desde el inicio.
🚨 Un precedente clave que cambia las reglas del juego
Este veredicto eleva la vara en las causas por falta de reconocimiento filial. Durante años, este tipo de demandas derivaban en indemnizaciones simbólicas. Hoy, la Justicia comienza a mirar el daño de forma integral y proporcional al patrimonio del progenitor.
📢 El mensaje es claro:
reconocer a un hijo no es una opción, es una obligación legal, y el paso del tiempo no borra el daño causado.
👩⚖️ Para especialistas, este fallo será una guía para futuras demandas en todo el país, alentando a más personas a reclamar por un derecho que les fue negado durante años.
Por Móvil Quique con información de iProfesional
Judicial
🚨 Amenazó de muerte a su ex pareja en plena calle y violó una restricción: quedó preso en Ceres
Un hombre de 35 años quedó en prisión preventiva por 60 días, acusado de amenazar de muerte a su ex pareja en la ciudad de Ceres, en un hecho encuadrado como violencia de género y cometido pese a tener una orden judicial de restricción de acercamiento vigente.
La medida fue dispuesta por la jueza Cecilia Álamo, quien rechazó las alternativas a la detención solicitadas por la defensa del imputado, identificado con las iniciales WDC.
⚠️ El hecho
Según expuso el fiscal Emiliano Odriozola, el episodio ocurrió el martes pasado cerca de las 11:30, en la vía pública. El imputado se acercó a su ex pareja, quien circulaba en motocicleta junto a una amiga, y la amenazó con matarla, al tiempo que realizaba gestos simulando que le cortaría el cuello.
Tras las amenazas, el hombre intentó tomar del cabello a la víctima, maniobra que no logró concretar gracias a la intervención de la acompañante y de un hombre que se encontraba en el lugar.
📌 El fiscal remarcó que al momento del ataque el imputado estaba debidamente notificado de una prohibición de acercamiento, dictada en septiembre del año pasado y aún vigente, por lo que incumplió de manera directa una orden judicial.
⚖️ Riesgos procesales
Durante la audiencia, la magistrada consideró que las circunstancias de tiempo, lugar y la participación del imputado en los hechos no estaban controvertidas, a partir de las pruebas reunidas por la Fiscalía.
Además, evaluó que, al tratarse de amenazas en un contexto de violencia de género, cometidas con una restricción vigente y sumadas a antecedentes de incumplimiento de medidas no privativas de la libertad, la pena en expectativa sería de cumplimiento efectivo.
📌 Este escenario, sostuvo la jueza, incrementa los riesgos procesales, especialmente el entorpecimiento probatorio y el riesgo de fuga, y hace necesario resguardar los testimonios de la víctima y de los testigos.
Por estos motivos, rechazó las medidas alternativas propuestas por la defensa, al considerarlas insuficientes para neutralizar la peligrosidad procesal del imputado.
📚 Calificación penal
El hombre es investigado como autor de los delitos de amenazas simples y desobediencia a un mandato judicial.
Por Móvil Quique con información de Radio Belgrano de Suardi
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