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Prepagas: una decisión judicial complica la devolución de dinero a los afiliados

Se trata de un trámite decidido por una jueza que puede alargar los plazos para decidir este tema clave.

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Foto: Prepagas.

La devolución de fondos por parte de las prepagas a los afiliados se puede alargar. Es que la demanda que impulsó el Gobierno contra el aumento desmedido de las cuotas de las prepagas sufrió un revés en las últimas horas cuando la jueza en lo civil y comercial federal Mercedes Maquieira decidió cambiar de manos el expediente.

Sostuvo que la Superintendencia de Seguros de Salud actuó en nombre de los afiliados y remitió el caso a un proceso colectivo que impulsaron muchos ciudadanos comunes contra el DNU de Javier Milei.

Fue el DNU el que permitió los aumentos en las cuotas. Lo insólito de la situación es que, ahora, el propio Ejecutivo que habilitó la desregulación litigará, en un mismo proceso, junto a los afectados y contra las empresas que defienden esas subas.

El Gobierno pretendía que, en el marco de un amparo contra 16 empresas de medicina prepaga -las más importantes del mercado como OSDE, OMINT, Galeno, Swiss Medical, Medicus, Sancor-, “con carácter urgente” se les ordenara a esas empresas dejar sin efecto “en forma definitiva los aumentos desmedidos en las cuotas” y que “solo se permita un eventual incremento” según un índice que establezca el tribunal.

También se buscaba “la devolución y/o reintegro de las sumas que han sido indebidamente percibidas por éstas a la fecha”.

La sugerencia oficial, que receptaron tribunales en amparos individuales, aludía a permitir subas de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Varias empresas salieron a defender en la causa los aumentos: no solo cuestionaron la legitimidad de la SSS para actuar, sino que afirmaron que lo que el Gobierno pretendía, en oposición a “la libertad” que fijó el decreto, era la derogación judicial de lo dispuesto por el propio DNU.

La jueza entonces le pidió a la fiscalía que opinara sobre la competencia en el caso “en razón de la materia, el territorio y el grado, como asimismo en función de los procesos colectivos que se encuentran en trámite vinculados a la cuestión aquí debatida”.

Con un guiño a la jueza, el fiscal Rafael Espínola advirtió que el “análisis de tales aspectos involucra, sin margen de duda, una evaluación por parte de V.S. de los alcances de la acción en trato, definiendo si la misma encuadra o no como proceso colectivo”, pero no opinó al respecto porque es “materia excluyente del Magistrado que interviene”.

Al analizar la cuestión, la jueza Maquiera sostuvo que “queda a la vista que, aun cuando la demanda no ha sido formalmente presentada como una acción colectiva, la pretensión formulada reúne todos los requisitos necesarios para ser considerada como tal”.

Y subrayó: “la Superintendencia de Servicios de Salud no reclama en función de un derecho que le es propio, sino para tutelar los de los millones de afiliados a las empresas demandadas, que ‘…componen aproximadamente el 94,66% del padrón de usuarios del sistema de salud’. De esta manera, la acción es promovida por la actora como órgano de fiscalización de las entidades de medicina prepaga, en virtud de cuyo rol se encontraría obligada a accionar ‘…para la preservación irrestricta de los derechos de los usuarios’” que resultaron perjudicados.

Según la magistrada, “debe tenerse en cuenta también que los bienes que se encuentran involucrados en el litigio -y en virtud de los cuales se acciona- revisten un claro carácter colectivo”. Y añadió que en la demanda del Ejecutivo se hace referencia a que el accionar de las demandadas “…agravia constitucionalmente EL DERECHO A LA SALUD…”. En función de ello, y en base a jurisprudencia de la Corte Suprema, la jueza sostuvo que la demanda impulsada por el Gobierno es un actor más del proceso colectivo.

Y recordó que ya existe una demanda colectiva que impulsaron afiliados a prepagas contra el DNU de Javier Milei: la causa “Wilson, Eduardo Santiago c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo” que busca que se declare “la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 70/2023″.

Aquella acción de amparo fue promovida por el ciudadano Eduardo Santiago Wilson, en su carácter de asociado directo de Swiss Medical S.A., que entendió que el Poder Ejecutivo Nacional ha excedido, en forma arbitraria y manifiestamente ilegítima, sus facultades previstas en el artículo 99, inciso 3), de la Constitución Nacional, sin existir la necesidad y urgencia que en este se requieren al efecto.

El juez Juan Rafael Stinco abrió el 29 de diciembre pasado “el proceso colectivo no susceptible de división, puesto que lo que se persigue es el restablecimiento de funciones de contralor a un organismo especializado (la Superintendencia de Servicios de Salud), lo cual -según indica el Sr. Juez- ‘no puede ser declarado para algunos afectados y rechazado para otros, es decir actuales usuarios y los futuros o potenciales interesados en tales servicios’”.

“Se puede concluir que entre la causa colectiva ‘Wilson’ y estas actuaciones existe una sustancial semejanza en la afectación de los derechos de incidencia colectiva, lo que determina que ambos expedientes deban tramitar de manera conjunta ante un mismo magistrado para evitar el escándalo jurídico que implicaría el dictado de sentencias que sean contradictorias entre sí. Llego a esa conclusión no sólo porque en ambos procesos se busca tutelar a ‘la salud’ como bien colectivo e indivisible, sino también porque, si bien el objeto de uno y otro expediente difieren en cuanto a su formulación, coinciden en cuanto a su finalidad”, dijo la jueza.

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Cambios laborales con la Ley Bases: Todo lo que necesitas saber

La reciente aprobación de la Ley Bases por el Congreso ha traído consigo una serie de cambios significativos en el ámbito laboral. Esta reforma, impulsada por el oficialismo y celebrada como un hito por el presidente Javier Milei, busca modernizar y flexibilizar las relaciones laborales en el país. A continuación, detallamos las principales modificaciones.

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Blanqueo Laboral Entre los artículos 76 y 81, bajo el título “Promoción del empleo registrado”, se establecen beneficios para los empleadores que regularicen a sus trabajadores. Los empleados regularizados solo podrán tener acreditados hasta 5 años de aportes calculados sobre el salario mínimo, vital y móvil para su jubilación.

Fondo de Cese Laboral El artículo 93 permite que, a través de convenios colectivos de trabajo, las indemnizaciones por despido sean reemplazadas por la constitución de un fondo de cese laboral. Los empleadores podrán contratar un servicio privado o autoasegurarse para cumplir con esta disposición.

Ampliación del Periodo de Prueba Los artículos 89 y 95 extienden a 6 meses el periodo de prueba para los trabajadores en un nuevo puesto. Este plazo puede ampliarse a 8 meses en empresas con 6 a 100 empleados y hasta 1 año en empresas más pequeñas. Durante este tiempo, los trabajadores pueden ser despedidos sin causa y sin derecho a indemnización.

Eliminación de Sanciones por No Registro La reforma elimina las indemnizaciones para los empleadores que no registren adecuadamente una relación laboral o lo hagan con un salario menor o una fecha posterior a la real.

Flexibilización de las Relaciones Laborales Se permiten nuevas formas de contratación fuera de la relación laboral convencional, como empleados bajo modalidades de colaboradores o contratos de locación.

Tercerización Laboral Se elimina la prohibición de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación, especialmente en el sector agrario. Los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias, no de las que prestan servicios.

Limitación del Derecho a la Acción Colectiva Participar en bloqueos, tomas de establecimientos, obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y otras acciones en conflictos colectivos pueden ser causas de despido.

Funcionamiento de Sindicatos El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración laboral, dejando esta tarea únicamente en manos del trabajador, quien podrá denunciar ante la autoridad correspondiente a través de un medio electrónico.

Licencia por Embarazo La licencia por embarazo, actualmente de 90 días, podrá reducirse a 30 días antes del parto y acumular los días restantes al período posterior al nacimiento, si así lo decide la persona gestante.

Esta reforma laboral, conocida como Ley Bases, representa un cambio profundo en la dinámica laboral del país, con implicaciones directas para empleados y empleadores por igual.

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Laudelina se quebró y confirmó que atropellaron a Loan en un “accidente”: “Se habrían desecho del cuerpo”

Tras más de dos semanas de la desaparición de Loan, Laudelina afirmó que María Victoria Caillava y Carlos Pérez impactaron contra el nene de cinco años y cambió el rumbo de la causa.

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Foto: Laudelina se quebró y confirmó que atropellaron a Loan

Laudelina, tía de Loan, declaró ante la Justicia acerca de la desaparición del nene de cinco años en Corrientes y confirmó que lo atropellaron. Justamente, habría sido testigo del choque que tuvo como protagonistas a María Victoria Caillava y Carlos Pérez.

A pesar de que las principales hipótesis rondaba en la trata de persona que habrían facilitado la exfuncionaria de 9 de Julio y el exmarino, durante la semana, surgió la idea de que, en realidad, ambos chocaron a Loan con su camioneta y se deshicieron de las evidencias.

Laudelina declaró ante el fiscal provincial Gustavo Robineau y confirmó “la teoría del accidente”, según explicó el periodista Adrián Ventura en TN. “Se quebró como testigo anoche”, agregó acerca de la declaración que realizó hasta las 5 de la madrugada del viernes.

Cómo habría sido el accidente de Loan

De esta manera, la esposa de Antonio Benítez e hija de Catalina, reveló qué habría sucedido exactamente aquel jueves 13 de junio, la última vez que se vio a Loan Danilo Peña antes de la desesperada búsqueda.

“Dice que ella estaba caminando, que siente el impacto de la camioneta contra algo, se da vuelta y vio el accidente. Aparentemente, según la versión de Laudelina, el capitán Pérez y su mujer, lo habrían chocado”, sostuvo Ventura acerca de lo dicho por Laudelina.

Una vez que vio lo que ocurrió con el pequeño, la pareja le pidió a la mujer que no revele lo que vio y que se encargarían del nene. “Cuando ve el accidente, el matrimonio le habría dicho ‘lo llevamos urgente al hospital, no digas nada’. Ella se habría callado la boca y no le dijo a su entorno, ni siquiera al padre de Loan”, agregaron.

Laudelina reveló que Victoria Caillava y Carlos Pérez plantaron la zapatilla de Loan

De esta manera, se fueron en la Ford Ranger blanca en la que más tarde se encontraron rastros: “El matrimonio se fue en la camioneta, no sabe qué pasó, aparentemente se habrían desecho del cuerpo porque Laudelina no presenció ese tramo”.

Luego, ambos volvieron en donde ocurrió el incidente para dejar una pista falsa, ayudados por Walter Maciel. “A raíz de eso, cuando vuelven (Caillava y Pérez) a la escena del hecho, le entregan la zapatilla a ella para que la pongan en algún lugar. El comisario habría plantado la zapatilla”, cerraron.

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Caso Loan: habló el padre del nene y acusó a la tía Laudelina

Comienzan los peritajes a los celulares de los acusados y apartaron a la policía correntina de la investigación.

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Caso Loan: habló el padre del nene y acusó a su tía Laudelina

Tras 15 días de la desaparición de Loan sigue la intensa búsqueda del menor. Familiares comenzaron la ronda de declaraciones a cargo del fiscal Mariano De Guzmán. Son seis las personas que están detenidas y alojadas con prisión preventiva en Chaco y Salta. Cinco están imputados por la captación de un menor con fines de explotación. Por otro lado, el comisario Walter Maciel está acusado de haber desviado la atención y plantar pruebas para simular que Loan se había perdido.

Caso Loan: habló el padre del nene y acusó a su tía Laudelina

José Peña, el padre de Loan, declaró frente al fiscal y complicó la situación judicial de Laudelina, su hermana y la tía del pequeño.

José Peña, papá de Loan.

Peña indicó que vio cómo Laudelina se fue con Loan al naranjal. La justicia ya incautó su teléfono celular y comienza la investigación para encontrar información y posibles pruebas.

APARTARON A LA POLICÍA CORRENTINA DE LA INVESTIGACIÓN

El caso está a cargo de la jueza Federal Cristina Pozzer Penzo, el fiscal federal de Goya, Mariano de Guzmán y la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas. Ayer, terminaron de declarar los hermanos del niño que faltaban.

Laudelina y Catalina Peña fueron allanadas. Foto: Web

La jueza tomó la decisión de apartar a la policía correntina de la investigación, por lo que ahora solo intervendrán fuerzas federales.

Laudelina Peña de Benítez, la tía de Loan

Prefectura Naval Argentina se encargará de las cuestiones logísticas, Gendarmería nacional hará las operaciones necesarias en el campo y la Policía Federal Argentina tendrá a cargo la investigación en sí.

Caso Loan: habló el padre del nene y acusó a su tía Laudelina

Patricia Bullrich, la Ministra de Seguridad de la Nación, indicó que utilizarán toda la fuerza para resolver el caso y dar con los culpables del hecho.

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