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Comenzó a correr el plazo de presentación para los acreedores del Grupo Spaggiari

Así lo confirmó el Dr. Rafael Juárez, integrante del Estudio Jurídico Mitre y Asociados en un programa radial. El profesional convocó a aquellos que se sientan damnificados a inscribirse para tener posibilidades de cobrar cuando sean rematados los bienes del Grupo.

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Foto: Archivo

En la mañana de este lunes, en el programa Red Urbana que se emite por Radio REC Rafaela, 92.1, se obtuvo el dialogo con el Dr. Rafael Juárez, integrante del Estudio Jurídico Mitre y Asociados, quien brindó detalles sobre que comenzó a correr el plazo de presentación para los acreedores del Grupo Spaggiari.

Sobre el particular el profesional del Derecho decía: «La gente lo que debe saber primero es qué, por un lado se está tramitando una causa penal con relación a las estafas, y por otro lado se está tramitando la quiebra del Grupo Spaggiari aclarando que la misma ya se encuentra firme, ya el Juez Civil determinó que el Grupo Spaggiari ya se encuentra en quiebra. Si bien en algún momento el Grupo solicitó la conversión de la quiebra en concurso preventivo, eso no se produjo y ya está firme la quiebra.

A partir de allí, el Juez lo que hace es llamar a los acreedores para que presenten títulos y demuestren que son acreedores, de que existe la deuda y determina un plazo dentro del cual se deben presentar a lo que se llama la verificación de los créditos. Esa verificación es un procedimiento extrajudicial que se hace ante el Síndico que es un Contador Público que designa el Juez y que se sortea de manera oficial, para que las personas, a través de sus representantes legales, presenten la documentación correspondiente y se le reconozca que tienen una deuda, un crédito específicamente con el Grupo Spaggiari y ese plazo vencerá el 12 de marzo venidero, que es lo más importante que debe saber la gente. Que está corriendo ese plazo que es perentorio ya que una vez que el mismo vence, ya las personas no van a poder verificar su crédito de manera tempestiva, sino que tendrán que hacer otro procedimiento».

Al consultarlo sobre si dicho plazo corre exclusivamente para aquellos que hayan iniciado alguna presentación o acción contra los integrantes del Grupo, el letrado indicaba: «Esto es para todas las personas, tanto los damnificados como los proveedores, trabajadores, etc, todos aquellos que tengan un crédito con el Grupo Spaggiari específicamente.

Todos se deben presentar a verificar; por ahí con los trabajadores hay un procedimiento especial, distinto, pero con las personas damnificadas, aquellos que suscribieron los convenidos de mutuo o algunos que suscribieron los reconocimientos de deuda, todos deben presentarse a verificar, independientemente de que hayan presentado la denuncia penal. La gente debe tener muy claro que estos son dos procedimientos distintos y que ésta es la causa específica para el cobro, para la liquidación de los bienes del Grupo y aquí es donde se deben presentar para poder adquirir su derecho a cobrar en un futuro, cuando se liquiden los bienes».

«La gente debe acompañar la documentación a través de sus representantes legales ante el Síndico y si bien no es absolutamente necesario que tengan un representante, hay una cuestión que la ley exige que es la presentación de una demanda, un escrito donde te solicitan que tiene que justificar la deuda, la causa de esa deuda, expliques un poco lo que fue pasando sobre los hechos y estas cuestiones técnicas es importante que la elabore un abogado porque por este crédito después puede presentarse alguna impugnación o alguna cuestión de defensa que pueda realizar la contraparte y ahí es importante que tenga una buena explicación, una buena elaboración ese escrito y por allí, si la persona no tiene un conocimiento del área legal -más allá de que están facultados a presentarse de manera individual- por ahí podrían correr esos riesgos de no ejercer correctamente su defensa y después perder ese tiempo de verificación y que se rechace su crédito.

Entonces es importante que estén acompañados y por eso siempre la recomendación es que lo hagan a través de un representante legal. Aclaramos que los créditos pueden ser privilegiados o quirografarios.

Los créditos privilegiados son aquellos que tiene alguna garantía, ya sea una hipoteca o una prenda que garantice su crédito.

La mayoría de los contratos de mutuo que realizaron las personas son créditos quirografarios. Entonces, todos van a ser iguales; después, oportunamente cuando se liquiden y rematen los bienes y se divida, todos cobrarán mediante un prorrateo.

Esto quiere decir que todos cobrarán un porcentaje de su deuda en la medida que los bienes puedan llegar a cubrir esa deuda. Y aquellos que no se presenten en tiempo a verificar en tiempo, luego tendrán un plazo de dos años para hacer lo que se llama la verificación tardía pero la misma tiene algunas dificultades ya que la persona se tendrá que hacer cargo de los gastos del proceso con lo que el crédito se verá disminuido por tener que soportar la carga de pagar los gastos.

A su vez, si hay un acuerdo de cobro, se guarda un porcentaje de ese acuerdo para las verificaciones tardías que pueden terminar mucho tiempo después de este acuerdo y entonces, la expectativa de cobro va a ser menor. O sea, primero se les pagará a todos aquellos que se presentaron tempestivamente; después, en función de ese porcentaje menor, cobrará el resto que se presentó de manera tardía. Por eso es importante que la gente aproveche este tiempo hasta el 12 de marzo y se presente a verificar su crédito».

Finalmente el Dr. Juárez señalaba que aquellas personas que no se presentaron o que quieran hacerlo y además inscribirse, nos pueden consultar en el Estudio Jurídico Mitre y Asociados ubicado en Av. Mitre 843, teléfono 03492 15275734 o al 504815 que son los medios de contacto del estudio y coordinamos un turno. Es importante que la gente sepa que si bien el plazo de vencimiento es el 12 de marzo, la documentación se debe presentar de manera personal; hay un proceso que realizar como buscar toda la documentación, hacer original y copia; entonces que no se tome tanto tiempo, sobre todo para consultar por lo menos, ya que después será muy difícil si estamos sobre los últimos días».

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Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por violar a Julieta Prandi: quedó detenido

El exmarido de Julieta Prandi fue denunciado por la modelo por violencia física, psíquica y abuso sexual agravado.

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Foto: Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por violar a Julieta Prandi

Claudio Contardi (57) fue condenado este miércoles a 19 años de prisión por abusar sexualmente de su ex esposa, la modelo y conductora Julieta Prandi (44), entre 2015 y 2018, luego del nacimiento del segundo hijo de la pareja. Prandi no estuvo en la sala cuando el Tribunal en lo Criminal n°2 decidió la pena y ordenó la detención del empresario gastronómico, por encontrarlo culpable del delito de abuso sexual agravado.

El juicio, que concluyó este miércoles, se realizó miércoles, jueves y viernes de la semana pasada y contó con la declaración de peritos, la psicóloga y el psiquiatra de la denunciante, además de amigos y familiares que dieron testimonio del deterioro físico y emocional de Prandi.

De buzo celeste, jean y zapatillas, Contardi esperó el veredicto junto a su abogado Claudio Nitzcaner. Ya sin el biombo que los separó durante las audiencias de la semana pasada, Prandi no estaba en la sala para la lectura del veredicto. Una vez que se llevaron a Contardi de la sala, ingresó junto a su pareja actual, Emanuel Ortega, su abogado Fernando Burlando, y amigos y familiares que, uno a uno, esperaron para abrazarla.

Prandi se mostró emocionada, lloró y, como ocurrió la semana pasada, se descompensó, por lo que la sala fue desalojada y la ex modelo tuvo que ser atendida.

«Este fallo es ejemplificador», dijo Burlando al salir del juzgado, y agregó que pedirán que pedirán que se lo incluya en el registro de abusadores del banco nacional de datos genéticos. Además, el abogado argegó que esperarán a leer los fundamentos del fallo antes de tomar una decisión respecto de una eventual apelación.

El juicio

El único testigo presentado por Contardi fue el jefe de seguridad del barrio privado Septiembre, de Escobar, donde se habrían cometido las violaciones. Declaró que Prandi entraba y salía de su casa en remís o con su marido.

El fiscal Christian Fabio pidió la pena de 20 años para el ex marido de Prandi, mientras que el abogado Javier Baños, del estudio de Fernando Burlando que representa al particular damnificado, solicitó en sus alegatos que Contardi sea condenado a 50 años de prisión por los hechos reiterados de abuso sexual agravado.

Para el fiscal, “no hay otra salida que una condena” porque tras el proceso “no queda margen de duda”. Más allá de la percepción del fiscal de juicio, la decisión está en manos de la presidenta del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2, Lucía Leiro, y de los jueces Daniel Répolo y Mariano Aguilar, que anunciarán el veredicto a las 11.

Baños había solicitado la detención preventiva del acusado antes de dejar la sala de audiencia del primer día, pero el fiscal se opuso y el tribunal no la otorgó.

Sin embargo, en el alegato de cierre, el Ministerio Público Fiscal sí pidió que, de ser considerado culpable, el tribunal ordene la inmediata detención del empresario.

“Yo creo que la prueba fue tremenda, él no presentó nada, fue un desastre. Su única estrategia fue intentar evitar el juicio de todas las manera posibles y nada más, es muy probable que nadie haya querido salir a declarar a favor”, cuestionó Baños.

Además, destacó el testimonio de la psicóloga tratante de Prandi, quien la “atendió durante 192 sesiones”, y de las peritos de la Oficina de Violencia Doméstica.

“Fueron categóricos en que Julieta tenía signos inequívocos de alguien que había sufrido un abuso sexual intrafamiliar”, aseveró el ex fiscal de Morón.

Ya sea con destino a un penal bonaerense o con un dispositivo de monitoreo electrónico con prisión domiciliaria, Contardi podría salir preso de la sala de audiencias.

Baños exigió una custodia para Prandi luego de una crisis de angustia que sufrió después de dar sus últimas palabras y el tribunal la dispuso hasta el miércoles.

“Yo lo único que quiero es justicia, yo ya estuve muerta, no quiero estar muerta dos veces”, dijo la mujer, que presenció el juicio junto a su abogado pero separada por un biombo de su ex marido, con quien tuvo dos hijos varones, hoy de 14 y 10 años.

«Era como acercarse a un perrito, acariciarlo y que agachara la cabeza cuando te acercabas. Eso es sinónimo de hostigamiento, violencia física, emocional y psicológica. Era una persona en reconstrucción, desconfianza de todo lo que pasaba. La conocí en una situación que yo no podía comprender cómo una persona que había trabajado toda su vida estaba viviendo en un departamento de dos ambientes con sus dos hijos siendo ella dueña de dos hogares», sostuvo Emanuel Ortega, actual pareja de Julieta Prandi, por videollamada.

La defensa, por su parte, insistió sobre la nulidad del juicio en sus alegatos, al considerar que Contardi no entendió las consecuencias de rechazar el juicio por jurados, algo que para la fiscalía y la querella fue resuelto en todas las instancias previas.

Como pena subsidiaria, los letrados Claudio y Thomas Nitzcaner pidieron 10 años de prisión.

Contardi llegó a la instancia de juicio representado por Juan Carlos García Dietze, que renunció una semana antes de la feria judicial. Por eso tuvieron que postergar el inicio del debate, previsto para dos días antes de lo que finalmente ocurrió.

En ese ínterin contó con la defensa de Maximiliano Costa, defensor oficial del acusado, que el mismo día del arranque se encontró con otros defensores particulares. Fue así que renunció y la defensa quedó en manos de los Nitzcaner.

Contardi tuvo su oportunidad de declarar y lo hizo durante casi una hora. «Nunca abusé de ella sin su consentimiento», fue su extraña frase para defenderse, en un supuesto fallido que no corrigió. «Nunca tuve una relación con Julieta que no fuera consentida», insistió y agregó: «Yo estaba enamorado de Julieta, me casé enamorado, tuve dos hijos enamorado, los hijos son queridos por las dos partes».

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Expectativa por el veredicto en el juicio de Julieta Prandi contra Claudio Contardi

Claudio Contardi está acusado de abuso sexual con acceso carnal, violencia psicológica y amenazas.

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Foto: Expectativa por el veredicto en el juicio de Julieta Prandi contra Claudio Contardi

Este miércoles el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Zárate-Campana dará a conocer el veredicto del juicio contra Claudio Contardi, ex esposo de la modelo Julieta Prandi, acusado de abuso sexual. La decisión estará a cargo de los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar.

La sentencia se dará a conocer luego de las 11. Contardi enfrenta cargos por “abuso sexual con acceso carnal agravado por causar un grave daño en la salud mental de la víctima, con una serie de hechos reiterados”.

El exmarido de Julieta Prandi llega al juicio en libertad, dado que los jueces no ordenaron la prisión preventiva pese a los pedidos de la querella. El empresario gastronómico sí tiene una prohibición de acercamiento a la víctima de hasta 300 metros y también pesa sobre él la prohibición de salir del país.

El viernes pasado se llevó adelante la última audiencia en la que se realizaron los alegatos finales. Durante esa jornada, tanto la fiscalía como la querella expusieron sus pedidos respecto a la pena que debería corresponderle a Contardi en caso de ser encontrado culpable.

El fiscal Christian Fabio, que lleva adelante la acusación, pidió que el acusado sea condenado a 20 años de prisión con detención inmediata.

“Julieta estaba en un grado de vulnerabilidad tal que era aprovechado por su pareja. Julieta puso en palabras en esta audiencia todos los episodios de la manera en la que pudo. En cinco palabras: su vida fue un infierno”, sostuvo Fabio ante los jueces Daniel Répolo, Lucía Leiro y Mariano Aguilar.

Por su parte, Javier Baños, abogado de Julieta Prandi, solicitó que Contardi sea condenado a 50 años de prisión.

En la segunda jornada del juicio contra su exmarido Claudio Contardi, Julieta Prandi habló con el corazón en la mano ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Zárate-Campana, dejando una profunda impresión en todos los presentes. La reconocida modelo y conductora, visiblemente afectada, rompió el silencio en un momento clave de la causa que la tiene como víctima de abuso sexual.

El momento más desgarrador llegó cuando pidió: “Lo único que le pido a la Justicia es que me dejen vivir en paz”. Y con una advertencia clara, señaló: “Si hasta que haya condena, sepan que esa persona es capaz de cualquier cosa. No creo que se manche las manos de sangre, pero lo considero digno de cualquier cosa. Por mi vida y la de mis hijos, les pido que lo detengan; si no, serán responsables de lo que pase”.

Durante su alegato, denunció la constante revictimización que sufren quienes atraviesan situaciones de violencia de género: “Estamos cansadas de que nos traten como mentirosas y de tener que repetir una y otra vez lo que nos pasó”, afirmó, visiblemente dolida. “Eso es humillante y doloroso. No se lo deseo a nadie”, añadió.

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Prohíben el ingreso al país de un deudor de cuota alimentaria

Lo resolvió la Justicia de Viedma. El hombre vive en Israel y debe 4 millones de pesos en concepto de manutención de su hijo, quien se encuentra al cuidado de la madre.

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Foto: Ilustrativa

Un fallo del fuero de Familia de Viedma determinó que un hombre residente en Israel no podrá ingresar a Argentina hasta que abone una deuda alimentaria superior a los 4 millones de pesos.

La medida, dictada por una jueza, busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas hacia su hijo, cuya madre enfrenta sola la crianza y los gastos desde hace años.

El Poder Judicial aprobó hace meses la liquidación de la deuda, pero las intimaciones previas fueron ignoradas por el demandado, cuyo domicilio actual es desconocido y no se registran bienes a su nombre ni información sobre su empleador.

En su resolución, la magistrada destacó que el incumplimiento reiterado de la cuota alimentaria constituye una violación al derecho del niño a recibir asistencia económica de su progenitor y calificó esta conducta como violencia económica contra la madre, según lo establecido en la Ley 26.485.

El fallo, fundamentado en el artículo 553 del Código Civil y Comercial y el artículo 98 del Código Procesal de Familia, autoriza medidas razonables y no pecuniarias para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

La jueza señaló: “En este caso tan especial, con un demandado viviendo en el Estado de Israel y con domicilio desconocido, exigir la notificación al domicilio real equivaldría a desvirtuar los derechos aquí reconocidos o tornarlos ilusorios”.

Por ello, consideró necesario adoptar “soluciones más creativas” que, en la era de las comunicaciones digitales, garanticen la seguridad jurídica, el derecho de defensa y la eficacia de la sentencia.

La medida dispuesta prohíbe al hombre ingresar al país hasta que acredite el pago total de la deuda en una cuenta del Banco Nación a nombre de la madre del niño.

El oficio dirigido a la Dirección Nacional de Migraciones establece que, de no cumplirse esta condición, la restricción permanecerá vigente.

La jueza argumentó que “no existe, a mi criterio, otra medida que resulte más eficaz para lograr que el ejecutado cumpla con el pago de la suma adeudada”.

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