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El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales

En su última Sesión Ordinaria, el Concejo aprobó por Ordenanza la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito de la Municipalidad de Sunchales y en los términos de la ley provincial N° 9256, la cual funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno o la que en un futuro la reemplace.

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Foto: El Concejo aprobó la conformación de la Junta Médica Local en el ámbito del Municipio de Sunchales

Es importante recordar que la norma santafesina mencionada establece el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el personal de Municipios y Comunas.

En cuanto a la aprobación local, la concejala Laura Balduino fue la responsable de fundamentar la iniciativa, “la que viene a saldar una deuda importante que mantenía el Municipio, en relación a la protección y la garantía de derechos, el control y la justicia en el otorgamiento de licencias médicas a los agentes municipales, principalmente de larga duración. Se busca su uso adecuado, evitar posibles abusos y asegurar que el personal pueda reincorporase a sus puestos de trabajos en condiciones óptimas”, afirmó.

Más adelante recordó también que el proyecto fue presentado por el bloque de Juntos por el Cambio el 8 de mayo, “trabajado en Comisión, donde se tuvieron en cuenta recomendaciones vertidas por el Ejecutivo Municipal”.

Artículos más importantes de la Ordenanza aprobada

Conformación. La Junta Médica Local está conformada por tres (3) profesionales, uno por el Municipio, previo concurso abierto, en calidad de contratado y por el lapso de un año; un especialista según la afección que presente el agente municipal; y uno por la asociación gremial que lo represente. Esta última debe asumir los costos de honorarios de dicha representación y ser notificada con una antelación mínima de tres días hábiles respecto de la fecha, hora y lugar de cada evaluación. Su incomparecencia no impedirá el funcionamiento de la Junta.

El agente municipal puede valerse de un médico de parte, debiendo afrontar en forma particular los gastos y honorarios de dicha intervención.

Funciones. Corresponde al médico designado por el Municipio realizar los exámenes de aptitud física, los exámenes preocupacionales de los agentes municipales, confeccionar las carpetas médicas de los mismos y entender en su seguimiento, controlar, otorgar, denegar, prorrogar, suspender las licencias médicas, revocarlas, determinar las inaptitudes de los agentes y todas aquellas facultades asignadas por la ley 9256.

Además de lo establecido precedentemente, la Junta Médica Local tiene las siguientes funciones específicas:

-Dictaminar sobre las evaluaciones y certificaciones de enfermedades que presente el personal municipal, incluyendo aquellas otorgadas;

-Intervenir en los casos de licencias médicas con motivo de enfermedades inculpables;

-Intervenir en las evaluaciones médicas para la reubicación del personal.

Convocatoria. Se determina que todo agente de la Municipalidad puede ser convocado a Junta Médica Local cuando haya presentado certificados por enfermedad de corta o larga duración, emitido por un profesional de la salud, que supongan su imposibilidad de prestar sus tareas regularmente, o cuando aún sin presentar dichos certificados se haya ausentado de su puesto laboral, manifestando cuestiones de salud por igual plazo. De la misma manera, la intervención puede ser solicitada por el propio agente, mediante la presentación de nota en Mesa de Entradas, junto con el certificado que acredite o avale su enfermedad.

Notificación. Una vez integrada la Junta Médica Local para el tratamiento de los casos presentados, se notifica al agente municipal con setenta y dos (72) horas hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar donde se realizará la evaluación de salud, así como también los integrantes de la misma.

Ausencia sin aviso. En caso de no asistir el agente municipal a la convocatoria de la Junta Médica Local, estando debidamente notificado, sin justificar su ausencia, la licencia quedará sin efecto en forma automática.

Dictamen. Se establece un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles para que la Junta Médica Local emita un dictamen, que debe contener:

-El diagnóstico del agente, cierto o presuntivo;

-La opinión sobre si corresponde o no el otorgamiento de licencia y por cuantos días;

-La revocación de la licencia en curso;

-La reincorporación del agente a su puesto de trabajo o bien, si se debe reubicar en otro sector acorde a sus aptitudes psicofísicas;

-Determinar el grado de invalidez por cada una de las afecciones diagnosticadas;

-Determinar el carácter transitorio o permanente de la incapacidad;

-Fijar la fecha presunta en que se produjo.

Estudios de diagnóstico. El agente observado por la Junta Médica Local debe presentar los estudios particulares que se haya practicado, no obstante, la Junta puede disponer la realización de pruebas, exámenes, prácticas y demás estudios de diagnóstico que resulten necesarios para la correcta determinación del estado de salud del mismo. En caso de ser necesario, se fija el lugar y hora de la próxima revisación.

Certificados médicos. En caso de que, como consecuencia de la actuación de la Junta Médica Local, se detecten falsedades en los certificados, antecedentes y/o estudios médicos presentados por los agentes municipales, se deben iniciar contra éstos y contra los profesionales que los hayan expedido y realizado, las correspondientes acciones civiles y penales que correspondan.

El agente que presente certificados médicos falsos o que no se correspondan con lo determinado por la Junta Médica Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, queda también sujeto a responsabilidades disciplinarias y administrativas.

Duración de las licencias. Se establece que las licencias que se otorguen con intervención de la Junta Médica Local no pueden superar los treinta (30) días corridos y para cada período posterior se requerirá nuevo dictamen, citando al agente.

Notificación. Los dictámenes emitidos por la Junta Médica Local deben ser notificados de manera fehaciente al agente municipal involucrado.

Costos. Los gastos y honorarios eventuales que sean necesarios cubrir a los profesionales de la salud intervinientes en cada trámite corren por cuenta del Municipio, a excepción de lo previsto en el artículo 2° de la presente.

Reglamentación. La Ordenanza debe reglamentarse en un plazo improrrogable de noventa (90) días.

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Concejo Sunchales: Nueva Sesión Ordinaria

El Concejo Municipal sesiona el jueves 31 de julio, a partir de las 9, en su Sala “Mirta Rodríguez”.

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Foto: Sala “Mirta Rodríguez”.

Notas oficiales

Tipo: Nota Oficial

Autoría: Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción de Derechos

Asunto: Remite respuesta a Minuta de Comunicación N° 1316 (Solicita al Departamento Ejecutivo el cumplimiento de las Ordenanzas N° 3043 y 3039, las cuales crean el Programa de Promoción y Fortalecimiento del Empleo Joven y el Programa Municipal «+45 Volver a Trabajar», respectivamente).

Tipo: Nota Oficial

Autoría: Secretaría de Gobierno

Asunto: Remite respuesta a Minutas de Comunicación N° 1258 y 1281 (Solicita al Departamento Ejecutivo un informe detallado y actualizado de la nómina de personal municipal de planta permanente, contratados y transitorios).

Tipo: Nota Oficial

Autoría: Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción de Derechos

Asunto: Remite respuesta a Minuta de Comunicación N° 1325 (Solicita al Departamento Ejecutivo los datos estadísticos del informe semestral dispuesto en la Ordenanza N° 2975 – Registro Único de casos de Violencia de Género).

Tipo: Nota Oficial

Autoría: Secretaría de Producción y Finanzas

Asunto: Remite respuesta a Minutas de Comunicación N° 1289, 1309 y 1311 (Solicita al Departamento Ejecutivo remita información relativa a los gastos que insumen mensualmente los servicios incluidos en la Tasa General de Inmuebles Urbanos y Rurales – Detalle de lo recaudado en concepto de Obras y Servicios complementarios año 2024, provenientes de la Tasa General de Inmuebles Rurales, y el destino de dichos fondos).

Peticiones y asuntos particulares

Tipo: Nota Particular

Autoría: Trabajadores de Remises de la ciudad

Asunto: Manifiestan su preocupación por el nuevo procedimiento establecido para la obtención del carnet habilitante categoría D1.

Tipo: Nota Particular

Autoría: Víctor Díaz

Asunto: Requiere el cumplimiento de la normativa existente referida al tránsito pesado, para garantizar la seguridad vial de la comunidad que debe transitar por Av. Moreno.

Tipo: Nota Particular

Autoría: Juan Carlos Rodríguez

Asunto: Efectúa defensa y antepone recurso de nulidad a la Resolución DEM N° 4311/2025.

Tipo: Nota Particular

Autoría: Víctor Díaz-Biblioteca Sueños de Vida

Asunto: Repudio a las palabras del Presidente de la Nación.

Despacho de Comisión

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Dispone la realización del proyecto «Recambio de Alumbrado Público Etapa 3- Primera Parte» y crea una contribución por mejoras destinada a la financiación parcial de la obra.

Proyectos presentados

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza a BEURBA S.A. a hacer uso del espacio público subterráneo.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar la compra directa de una furgoneta a la empresa Meridiano 83TV SRL.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Modifica el artículo 5° ANEXO III de la Ordenanza N° 3224 (Dispone la realización del proyecto «Recambio de Alumbrado Público- Etapa 2» y crea una contribución por mejoras destinada a la financiación parcial de la obra).

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Determina el valor de la Unidad de Cuenta Municipal a partir del 1 de agosto de 2025.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Departamento Ejecutivo Municipal

Asunto: Crea la Comisión para la Revisión y Actualización de la normativa tributaria y fiscal.

Tipo: Declaración

Autoría: Juan Ignacio Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri

Asunto: Declara de Interés Empresarial y Económico el desarrollo de la empresa Ivolution.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Solicita al Departamento Ejecutivo informe detallado de las rendiciones de cuentas de la partida viáticos del Presupuesto Ejercicio 2025.

Tipo: Minuta de Comunicación

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Solicita al Departamento Ejecutivo detalle de la partida utilizada para la adquisición de los juegos con destino a la Plaza Libertad, dispuesto por Licitación Pública N° 01/2025.

Tipo: Resolución

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Dispone la prórroga en Comisión del Expte. N° 2130JxC (Crea el Programa de Instalación de Cartelería en Braille – Porrogado por Res. N° 845 hasta el 02/08/2025).

Tipo: Ordenanza

Autoría: Carolina Giusti y Laura Balduino

Asunto: Crea el Estatuto del Docente Municipal.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Santiago Dobler

Asunto: Suspende preventivamente toda ejecución de la partida presupuestaria destinada a «Publicidad y propaganda» del Presupuesto Municipal Ejercicio 2025.

Tipo: Ordenanza

Autoría: Pablo Ghiano

Asunto: Crea la Casa de Adopción Animal para la recuperación, reubicación y control de tenencia de animales domésticos.

Fuera de lista

Tipo: Resolución

Autoría: Juan Ignacio Astor y Brenda Torriri

Asunto: Dispone la prórroga en Comisión del Extpe. N° 2529DEM (Establece disposiciones sobre el ingreso por concurso a la planta permanente municipal).

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Ciudad

Recambio de reductores de velocidad en la vía pública

La Municipalidad de Sunchales inició el plan de reparación y recambio de reductores de velocidad en distintos sectores de la ciudad, priorizando la seguridad vial y la durabilidad de las intervenciones. En esta ocasión, se reemplazaron antiguos resaltos construidos con tachas intercaladas por nuevos Reductores de Velocidad Jordan Plas LN-25 bicolor, que cuentan con tecnología y diseño modernos.

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Foto: Prensa Municipalidad de Sunchales

Este cambio responde a una recomendación técnica fundada, ya que las camas de tachas presentan múltiples desventajas: carecen de grip antideslizante, generan riesgos para motociclistas y ciclistas, dificultan el paso de coches de bebés y carros, y requieren numerosas perforaciones que dañan el asfalto o el hormigón. Además, sus fijaciones pueden aflojarse o desprenderse, provocando daños en los vehículos.

Los nuevos dispositivos instalados están inyectados en polipropileno con aditivos antioxidantes y filtros UV, poseen una estructura reticular robusta y grip antideslizante, además de reflectivos con inyectados que otorgan mayor visibilidad y seguridad, incluso en condiciones nocturnas.

Esta mejora se enmarca en un enfoque integral de movilidad segura, que busca reducir riesgos y optimizar el estado de la infraestructura urbana para todos los usuarios de la vía pública.

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Ciudad

El municipio reglamentó el funcionamiento de las subcomisiones vecinales

Con el objetivo de potenciar la participación ciudadana y ordenar el trabajo interno de las comisiones vecinales, el Departamento Ejecutivo Municipal emitió el Decreto N.º 3476/2025, que establece pautas claras para la creación, organización y funcionamiento de las subcomisiones vecinales en todos los barrios de la ciudad.

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Foto: Prensa Municipalidad de Sunchales

En línea con este proceso de fortalecimiento institucional, el pasado viernes 25 de julio el Departamento Ejecutivo Municipal, convocó a los integrantes de las comisiones vecinales a una reunión informativa, con el objetivo de interiorizarlos sobre el contenido del decreto y ponerse a disposición para acompañar, asesorar y atender consultas o inquietudes que pudieran surgir respecto de su implementación.

Con esta iniciativa, el Municipio refuerza su compromiso con una participación barrial activa, democrática y organizada.

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