Economía
Empieza a regir el dólar agro: el Gobierno espera que ingresen u$s5.000 millones
El programa estará vigente hasta el 31 de mayo. Por primera vez, incluye a las economías regionales. La medida apunta a acumular dólares y ayudar al campo, tras la sequía.

El Gobierno publicó dos decretos este lunes en el Boletín Oficial para poner en vigencia al Programa de Incremento Exportador, también conocido como “dólar agro”, pero antes llamado “dólar soja” 1 y 2.
Ambos son el 193/2023 y 194/2023 y, entre las cosas que se mencionan, se encuentran las de que el tipo de cambio para los exportadores será de $300 por dólar, tal como se anunció la semana pasada.
Por otro lado, también se menciona la fijación de los plazos de liquidación de divisas y de pago de retención y otros tributos, la adhesión al programa de manera “voluntaria” siempre y cuando se cumplan algunos requisitos.
Dentro del decreto 194, que trata sobre el dólar soja y el dólar agro, menciona que una parte de lo que perciba el Estado por derechos de exportación servirá para financiar “programas que tengan como objeto atender a los efectos negativos de la sequía”.
También se atiende a que la Secretaría de Agricultura, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Nación, la Secretaría de Comercio Interior y la Comisión Nacional de Valores establezcan normas complementarias.
El decreto 193 se refiere a las exenciones, suspensiones de juicio y medidas por la emergencia agropecuaria por la sequía.
Así, menciona que más de 173 millones de hectáreas del campo argentino “se encuentran en condiciones de sequía”, de modo que representa un aumento en 19 millones de hectáreas en comparación a previsiones anteriores.
Cómo afectó la sequía, por regiones
El decreto menciona que el Noroeste Argentino (NOA) se vio afectado por la sequía en los cultivos de soja, maíz y caña de azúcar y en la ganadería, en el Noreste Argentina (NEA), en el abastecimiento de agua para bebida animal e impacto en cultivos de verano y en frutales; en el Centro, en horticultura, frutales y animales de granja; en la Patagonia, en el aumento de incendios; y en Cuyo, en la ganadería y en diques bajos y restricciones en agua.
Ante esto, se otorga a la AFIP el poder de instrumentar un mecanismo con el fin de encuadrar a contribuyentes del sector con actividad “en una zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía” para que reciban los beneficios que se mencionan en el segundo artículo.
Esto implican la suspensión hasta el próximo ciclo productivo tras el período de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares.
Suspensión de ejecución fiscales
Otros de los aspectos que se mencionan tienen que ver con la suspensión de ejecuciones fiscales “por el cobro de impuestos adeudados iniciadas con posterioridad al 1° de febrero de 2023 inclusive”.
“Si en el marco de dichos procesos se hubieran trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza depositados en cuentas bancarias, no bancarias o de pago, o se hubiera efectivizado la intervención judicial de caja”, señalan, la AFIP “deberá arbitrar los medios pertinentes para el levantamiento de la respectiva medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente”.
Además, se suspende “hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia y/o desastre agropecuario” el pago obligatorio de los anticipos a los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales con vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del estado de emergencia y/o desastre, según se señala en el artículo 2.
Deducciones impositivas
Respecto del artículo 3 del primer decreto, menciona que los beneficiarios del artículo 1 “podrán deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina”.
El cuarto, delega a la AFIP a instrumentar para los beneficiarios planes de facilidades de pago de hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con el objetivo de que sean aplicables “para la cancelación, total o parcial, de todos los tributos y de los recursos de la seguridad social, incluyendo sus intereses, multas y demás sanciones”.
“Las deudas originadas en aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas correspondientes a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)”, aclararon.
Dólar a 300 pesos
A su vez, el decreto 194 habla del dólar agro y sostiene que “el aumento en la oferta de divisas contribuye a aliviar el impacto negativo en las importaciones locales de la suba en los precios de combustibles y energía que afecta severamente la disponibilidad de reservas externas”.
En su primer artículo destaca la importante de incentivar la exportación, de adhesión voluntaria “para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto”.
Respecto de la soja, es aplicable hasta el 31 de mayo, aunque con la obligación para todos aquellos a liquiden divisas no más allá del 31 de mayo de 2023 inclusive, “incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación”.
Quienes se vean beneficiados con el dólar soja tendrán que pagar al menos el 20% de los derechos y tributos en abril y el 80% restante en los dos meses siguientes “en partes iguales, no pudiendo superar dicho plazo, en ningún caso, el 29 de junio de 2023, inclusive”.
La liquidez se podrá derivar a cuentas especiales en pesos con actualización automática según el tipo de cambio de referencia mayorista “en los plazos y condiciones que establezca la normativa complementaria de dicha institución”.
Para las economías regionales, amplía “de manera extraordinaria y transitoria del mencionado Programa de Incremento Exportador”, siempre y cuando hayan exportado dentro de los 18 meses previos al programa.
Es en el artículo 12 en el que se confirma el valor del dólar para los exportadores de soja y producciones regionales a $300. El límite de la liquidación de esas divisas es hasta el 31 de agosto.
Fuente: Cadena 3
Economía
¿Cuál es el sueldo que se toma para calcular el aguinaldo?
Para calcular el aguinaldo se toma como referencia la remuneración más alta que el trabajador haya percibido en los últimos meses.

Durante el mes de junio, los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados cobran la primera parte del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo.
Esta suma adicional representa el 50% del salario más alto percibido en el primer semestre del año, pero no siempre es claro cuál es el monto que se toma como base para realizar ese cálculo.
Cuál es el sueldo que se toma como referencia
Para calcular el aguinaldo de junio 2025, se debe tomar en cuenta la remuneración mensual más alta percibida entre enero y junio. Esto incluye no solo el sueldo básico, sino también todos los conceptos remunerativos como horas extras, comisiones, premios u otros adicionales cobrados durante ese período.
No se calcula sobre un promedio de salarios, sino exclusivamente sobre el mes en el que el trabajador recibió la mayor remuneración. Esa cifra es la que se toma como referencia para definir el monto del aguinaldo.
Aguinaldo: quiénes lo cobran
El aguinaldo está destinado a trabajadores registrados en relación de dependencia, jubilados y pensionados. Quedan excluidos los trabajadores informales, independientes y monotributistas. En el caso de los trabajadores que no hayan trabajado durante todo el semestre —por ejemplo, si ingresaron a mitad de período—, el pago será proporcional al tiempo trabajado.
Aguinaldo: cuándo se cobra
Según lo establece la ley, la primera mitad del aguinaldo debe abonarse como fecha límite el lunes 30 de junio de 2025. Sin embargo, las empresas cuentan con un plazo de cuatro días hábiles adicionales, por lo que en algunos casos el pago se podría efectuar hasta el viernes 4 de julio.
En el caso de los jubilados y pensionados, el aguinaldo se deposita junto con el haber mensual de junio. La fecha exacta varía según el cronograma de pagos de ANSES, que se organiza por terminación de DNI y nivel de ingresos. Este calendario se publica oficialmente al comienzo de cada mes.
Segunda cuota en diciembre
La segunda parte del aguinaldo se paga en diciembre y toma como referencia la remuneración más alta entre julio y diciembre. Por ley, debe estar depositada antes del 18 de diciembre, en vísperas de las fiestas.
Fuente: TN
Economía
El presidente del Banco Central dijo que el Gobierno Nacional ahora quiere quemar billetes para destruirlos más rápido
Santiago Bausili dijo que no están pudiendo destruir cantidades suficientes con métodos tradicionales.

Santiago Bausili, presidente del Banco Central, adelantó este viernes que el Gobierno está evaluando poner una nueva práctica: la quema de billetes, con el objetivo de destruir papel moneda viejo y sin vida útil. Bausili incluso adelantó que ya se están asesorando con funcionarios de Brasil para concretar la nueva modalidad.
«Los billetes tiene una vida útil. Después de que pasan por una equis cantidad de manos, no se hacen legibles por el cajero automático, cuando los vas a depositar no entran y tenés que hacer la cola», describió las consecuencias del paso del tiempo en los papeles.
Explicó que existen diferentes categorías de billetes, en parte dependiendo de su denominación, y cuando no sirven más «hay que destruirlos».
«Vos me traés uno viejo, yo te doy uno nuevo», graficó el recambio de papeles circulantes en el mercado.
Hubo un factor clave: la introducción de billetes de 10 mil y 20 mil pesos, una novedad que lanzó el Gobierno de Milei con la justificación de que, por la alta inflación, los argentinos tenían que salir a hacer compras con grandes pilones de billetes.
«Eso te baja mucho el volumen de circulación y te hace difícil la administración», añadió Bausili, en el programa «Las Tres Anclas», del que participó el ministro Luis Caputo y que conducen integrantes del equipo económico.
La posibilidad de quemar los billetes fue comentada, como chiste, por uno de los panelistas. El presidente del Banco Central causó sorpresa con su respuesta: «En serio, estamos trabajando en la posibilidad de quemarlos».
«No tenemos la posibilidad de destruir los billetes suficientes», explicó Bausili. Agregó que «hace poco» estuvo hablando con «colegas» de Brasil, porque ellos ya tienen «un mecanismo de quema». Y acotó: «Vamos a aprender».
Y remató con un comentario jocoso: «Les pasamos la inflación al horno».
Dos pedidos de peso para todo el mundo
El Gobierno de Milei viene insistiendo con la idea de que el peso gane poder. En ese sentido, Bausili dijo en la misma nota de este viernes que el blue cotiza por debajo del oficial «porque no hay pesos».
«La gente no necesita ir corriendo al banco, traer el efectivo e ir a cambiar dólares a la cueva. Las cuevas se están quedando por los pesos. Es un cambio de comportamiento», expresó el presidente del Banco Central.
Sobre la posibilidad de «exportar» pesos, habló de dos casos concretos en los que inversores consultaron al Gobierno.
«Un inversor de un fondo, que sabe mucho de macro y siempre fue negativo con la Argentina, hace poco dijo ’Hay países que debieran pensar en el peso como una moneda de reserva de valor’», comenzó Bausili.
«Es el segundo caso», continuó. «Hubo uno que nos planteó seriamente la posibilidad de hacer un stablecoin con el peso, con el mismo objetivo, con la posición de que en el mediano plazo el peso sea usado como moneda de comercio, por lo menos en la región».
Las stablecoins son criptomonedas con valor estable, que suelen ir atadas a monedas fiat como el dólar o el euro. DAI, USDT (Tether), USDC (Coinbase) y BUSD (Binance) son las más utilizadas.
Fuente: Clarín
Economía
El Gobierno oficializó nuevas subas en las tarifas del gas y la luz
Los incrementos se ajustan por la evolución de la inflación, tal como había sido anunciado. En la nota, el detalle.

El Gobierno anunció un incremento en las tarifas de servicios públicos, que se hará efectivo a partir de junio. Las tarifas de luz aumentarán un 2,82%, mientras que las de gas natural se ajustarán en promedio un 6,45%, con variaciones según la zona.
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó, a través de las Resoluciones 400/2025 y 401/2025, firmadas por su interventor Osvaldo Ernesto Rolando, los nuevos precios que deberán aplicar EDENOR y EDESUR a sus usuarios desde el 1 de junio de 2025. Esta decisión fue publicada en el Boletín Oficial durante la madrugada.
El ajuste tarifario impactará en todos los usuarios residenciales y comerciales en la Ciudad de Buenos Aires y el Conurbano bonaerense. La medida se encuentra en el marco de la emergencia energética nacional, que se prorrogó hasta el 9 de julio de 2026.
El ENRE determinó que el Costo Propio de Distribución (CPD) se ajustará en un 2,82% en relación a los valores vigentes de mayo de 2025, basándose en la evolución de los índices de precios mayoristas y al consumidor que publica el INDEC. Según el organismo, “las variaciones registradas en el nivel general del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y en el nivel general del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicados por el INDEC, en el mes de abril de 2025 resultaron del 2,83% y 2,78% respectivamente”.
La resolución también especifica que los nuevos cuadros tarifarios incluyen diferentes categorías de usuarios, con tarifas diferenciadas para usuarios residenciales de Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3, así como para aquellos sin acceso a gas natural o gas propano en zonas frías. También se establecieron tarifas específicas para clubes de barrio y de pueblo, entidades de bien público y usuarios-generadores que inyectan energía a la red.
El fundamento de esta resolución se basa en la necesidad de “continuar con la corrección de los precios relativos de la economía, entre los cuales se encuentran los precios y tarifas concernientes a los sectores de gas natural y energía eléctrica”. Este ajuste tarifario forma parte de la política de reducción gradual de subsidios y de la implementación de mecanismos de actualización mensual, con el objetivo de mantener la remuneración de la distribuidora en términos reales durante el periodo tarifario de cinco años.
Por su parte, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) determinó que todas las empresas distribuidoras de gas natural por redes aplicarán un nuevo recargo sobre el precio del servicio facturado a usuarios residenciales. Esta medida afecta a todos los usuarios de servicio completo de gas natural y responde a la actualización del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, establecido en la Ley 25.565 y sus modificatorias.
Porcentajes determinados por ENERGAS para cada empresa y subzona
- Buenos Aires Norte (Naturgy Ban S.A.) 6,45%
- CABA y Buenos Aires (Metrogas S.A.) 6,52%
- Buenos Aires y Santa Fe (Litoral Gas S.A.) 6,48%
- Mendoza, San Juan y San Luis (Distribuidora de Gas Cuyana S.A.) 6,35%
- Córdoba y La Rioja (Distribuidora de Gas del Centro S.A.) 6,45%
- Salta y Puna (Naturgy NOA S.A.) 6,30%
- Tucumán (Naturgy NOA S.A.) 6,35%
- Buenos Aires (Camuzzi Gas Pampeana S.A.) 6,47%
- Bahía Blanca (Camuzzi Gas Pampeana S.A.) 6,48%
- La Pampa Norte (Camuzzi Gas Pampeana S.A.) 6,47%
- La Pampa Sur (Camuzzi Gas Pampeana S.A.) 6,27%
- Neuquén (Camuzzi Gas del Sur S.A.) 6,27%
- Tierra del Fuego (Camuzzi Gas del Sur S.A.) 6,23%
- Santa Cruz Sur (Camuzzi Gas del Sur S.A.) 6,25%
- Buenos Aires Sur (Camuzzi Gas del Sur S.A.) 6,51%
- Cordillerano (Camuzzi Gas del Sur S.A.) 6,42%
- Entre Ríos (Gas Nea S.A.) 6,49%
- Corrientes (Gas Nea S.A.) 6,49%
- Chaco (Gas Nea S.A.) 6,49%
- Formosa (Gas Nea S.A.) 6,49%
- Paraná (Redengas S.A.) 6,48%
Fuente: Cadena 3
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